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OEA-CP47480S03-2023

OEA - Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA-CP47480S03-2023
Autor
OEA - Organización de Estados Americanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2023

CONSEJO PERMANENTE OEA/Ser.G CP/DEC.79 (2422/23) rev. 2 5 abril 2023

Original: inglés CP/DEC. 79 (2422/23) IMPULSO Y PROMOCIÓN DE LA JUSTICIA SOCIAL Y LA EQUIDAD EN LAS AMÉRICAS

(Aprobada por el Consejo Permanente en la sesión ordinaria del 29 de marzo de 2023, con el apoyo de las Delegaciones de Antigua y Barbuda, Argentina, Bahamas, Barbados, Belize, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominica, Ecuador, Estados Unidos, Grenada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Panamá, 1/ Paraguay, Perú, República Dominicana, San Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Suriname, Trinidad y Tobago, y Uruguay) EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS, REAFIRMANDO la naturaleza, los fines y los principios establecidos en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en particular en el artículo 3(j) de sus principios, que dice que la justicia y la seguridad sociales son bases de una paz duradera; RECORDANDO la Carta Democrática Interamericana, en la cual se afirma que el crecimiento económico y el desarrollo social basados en la justicia y la equidad y la democracia son interdependientes y se refuerzan mutuamente; RECORDANDO TAMBIÉN que en la Carta Social de las Américas se reconoce que la justicia social y la equidad son esenciales para la democracia; TOMANDO NOTA de la intención de consolidar en este Hemisferio, en el marco de las instituciones democráticas, un sistema de libertad personal y justicia social basado en el respeto de los derechos esenciales de las personas, como se reafirma en el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador” y en la resolución 62/10, “Día Mundial de la Justicia Social”, de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la cual se afirma, entre otras cosas, “que el desarrollo social y la justicia social son indispensables para la consecución y el mantenimiento de la paz y la seguridad en las naciones y entre ellas, y que, a su vez, el desarrollo social y la justicia social no pueden alcanzarse si no se respetan todos los derechos humanos y las libertades fundamentales”; RECORDANDO la Declaración de Compromiso de Puerto España (2009), la Declaración de Nuevo León (2004) y la Declaración de Principios de Miami (1994), en las que los Estados afirman la importancia de reconocer las necesidades diferenciadas de mujeres y hombres para promover y asegurar la integración de la perspectiva de género como un tema transversal en la implementación de normas, planes y programas nacionales y hemisféricos en los ámbitos político, económico, laboral, social y cultural; hacen énfasis en que el papel del empoderamiento de las mujeres, su plena e igualitaria participación en el desarrollo de nuestras sociedades y su igualdad de oportunidades para ejercer liderazgo son fundamentales para la reducción de la pobreza y la inequidad, la promoción de la prosperidad económica y social, y para el desarrollo sostenible y el fomento de la democracia.

RECORDANDO TAMBIÉN que la gran mayoría de los afrodescendientes en las Américas son descendientes de millones de africanos que fueron esclavizados y transportados por la fuerza como parte de la inhumana trata transatlántica de esclavos entre los siglos XV y XIX, que causó un tormento indescriptible a esta población, que sigue sufriendo los efectos de la esclavitud; PREOCUPADO por que los pueblos indígenas han sufrido injusticias históricas como consecuencia, entre otras cosas, de la colonización y el despojo de sus tierras, territorios y recursos, lo cual les ha impedido ejercer plenamente, en particular, su derecho al desarrollo en consonancia con sus necesidades e intereses propios; REAFIRMANDO la determinación y el compromiso de los Estados Miembros de combatir de forma urgente los graves problemas de la pobreza, la exclusión social y la inequidad que afectan en distinta medida a los países del Hemisferio; de enfrentar sus causas y sus consecuencias; y de crear condiciones más favorables para el desarrollo económico y social con equidad para promover sociedades más justas; TOMANDO NOTA de que, desde el 20 de febrero de 2009, se conmemora anualmente el Día Mundial de la Justicia Social, en consonancia con la resolución 62/10 de la Asamblea General de las Naciones Unidas; ALARMADO porque los recientes sucesos y tendencias políticos y sociológicos exacerbados por las plataformas tecnológicas utilizadas para la comunicación social y la información y mal utilizados para la desinformación han llevado a un incremento de nuevas manifestaciones y casos de injusticia social, discriminación y desigualdad, particularmente para mujeres y niñas;

CONSCIENTE de que, durante la pandemia de COVID-19, se exacerbaron las disparidades y las desigualdades en varias áreas de los servicios sociales, como el acceso a la educación, la alimentación, los servicios financieros, la atención de salud y la vivienda; TENIENDO EN CUENTA que en la Declaración de Lima, “Juntos contra la desigualdad y la discriminación”, AG/DEC. 106 (LII-O/22), se señala, entre otras cosas, que “la desigualdad y las brechas sociales se profundizan por la persistencia de la exclusión de poblaciones tradicionalmente marginadas por la falta de acceso a servicios básicos de salud y derechos fundamentales, a una educación de calidad e inclusiva, a la protección social, a la seguridad alimentaria, a la inclusión financiera, al trabajo decente 1 .Véase documento CP/INF.9705/23. y a la justicia, situación que afecta sus derechos humanos y reduce significativamente las oportunidades para su participación plena, equitativa y efectiva en la vida política y su desarrollo integral”; TENIENDO EN CUENTA TAMBIÉN que en la Declaración de Lima se señala que “América Latina y el Caribe se encuentran entre las regiones más desiguales del mundo y que la pandemia ocasionada por la COVID-19, la crisis económica, climática y alimentaria, así como los eventos coyunturales internacionales [...] han intensificado las desigualdades estructurales, profundizando la pobreza y afectando principalmente a todas las mujeres, niñas, adolescentes y a las personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad que han sido históricamente discriminados”; y

RECIBIENDO CON BENEPLÁCITO la oportunidad brindada por la sesión extraordinaria del Consejo Permanente del 22 de febrero de 2023, convocada con el fin de conmemorar el decimoquinto Día Mundial de la Justicia Social, para dar a conocer experiencias relacionadas con las fuentes estructurales y sistémicas del privilegio no equitativo y la ventaja injusta que pueden usarse para privar a las personas de la justicia social y del ejercicio de sus derechos de acceso a servicios sociales o a socavar de cualquier otra forma el logro de la justicia social,

DECLARA:

1. Su compromiso con la sensibilización sobre las fuentes estructurales y sistémicas del privilegio no equitativo y la ventaja injusta que pueden socavar el logro de la justicia social y la equidad y, por lo tanto, el fortalecimiento de la democracia, el crecimiento económico y el desarrollo social, y la promoción y protección de los derechos humanos.

2. Su apoyo a una mayor promoción de la reducción de las fuentes estructurales y sistémicas del privilegio no equitativo y la ventaja injusta que pueden usarse para privar a las personas del acceso a servicios sociales.

3. Su compromiso con el fortalecimiento de políticas, programas y proyectos encaminadas a reconocer, promover, proteger y respetar los derechos de las personas afrodescendientes en las Américas.

4. Su renovado compromiso con la promoción del más alto nivel posible de protección en la región de los derechos de los pueblos indígenas, particularmente mujeres y niñas indígenas, y con inclusión de su derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental; y asegurar el acceso, sin discriminación alguna, a todos los servicios, incluida la atención de la salud.

5. Su intención de fomentar la cooperación entre los Estados Miembros para combatir la pobreza y la desigualdad e impulsar la adopción de medidas encaminadas a abordar las fuentes estructurales y sistémicas del privilegio no equitativo y la ventaja injusta en el acceso a servicios sociales, con una perspectiva de género y con énfasis en la educación, la seguridad alimentaria, los servicios financieros, la atención de salud y la vivienda, así como la promoción del empleo pleno y el trabajo decente.

6. Su voluntad de facilitar debates, entre los Estados Miembros, sobre justicia social, incluida la justicia reparadora para los afrodescendientes y los pueblos indígenas.

7. Su decisión de buscar oportunidades para fortalecer la capacidad de la OEA para impulsar y promover la justicia y equidad sociales en el marco de los pilares estratégicos de la Organización. upload_2990327951fe7b96b37bc71ad4ec4a79.DOCX

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