OEA - Documento ACTAS-S C 377 26 de 2026
Organización de Estados Americanos
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Detalles
- Título
- OEA - Documento ACTAS-S C 377 26 de 2026
- Autor
- Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2026
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS OEA/Ser.G CONSEJO PERMANENTE CP/ACTA 2493/24 (Transcripción) 9 abril 2024
TRANSCRIPCIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA
DEL CONSEJO PERMANENTE DE LA
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
CELEBRADA EL 9 DE ABRIL DE 2024
Se ruega a las misiones permanentes enviar a la Secretaría, Unidad de Servicios Editoriales, al correo electrónico EDíaz@oas.org, o a la Oficina ADM G -12 del Edificio Administrativo, dentro del plazo de cinco (5) días laborales a partir del 31 de julio de 2026, las correcciones de forma que consideren necesarias. El acta así corregida será sometida a la aprobación del Consejo Permanente y constituirá la versión final.ii
ÍNDICE
Página
Nómina de los miembros que asistieron a la sesión .................................................................................1
Aprobación del proyecto de orden del día ................................................................................................3
Las Normas de las Relaciones Diplomáticas y del Asilo .........................................................................3 - Presentación del Viceministro del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la República del Ecuador ..........................................................................4
Intervenciones de los Estados Miembros .................................................................................................9
Participación de Estados observadores permanentes .............................................................................. 23
Palabras del Secretario General de la Organización de los Estados Americanos .................................... 24iii
DOCUMENTO CONSIDERADO EN LA SESIÓN
Intervenciones de los Estados Miembros .................................................................................................9
Participación de Estados observadores permanentes .............................................................................. 23
Palabras del Secretario General de la Organización de los Estados Americanos .................................... 24iii
DOCUMENTO CONSIDERADO EN LA SESIÓN
(SE PUBLICA POR SEPARADO)
CP/INF. 10165/24, Nota de la Misión Permanente del Ecuador mediante la cual solicita la convocatoria de una sesión extraordinaria urgente del Consejo Permanente para el martes, 9 de abril de 2024, a las 3:00 p.m. con el propósito de abordar las “Normas de las Relaciones Diplomáticas y del Asilo”CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA
CELEBRADA EL 9 DE ABRIL DE 2024
En la ciudad de Washington, D. C., a las tres y siete de la tarde del martes 9 de abril de 2024, celebró sesión extraordinaria el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos con el propósito de abordar las “Normas de las Relaciones Diplomáticas y del Asilo”. Presidió la sesión el Embajador Chet Donovan Neymour, Representante Permanente del Commonwealth de las Bahamas y Presidente del Consejo Permanente. Participó en la sesión el Viceministro del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la República del Ecuador, señor Alejandro Dávalos. Asistieron los siguientes miembros:
Embajadora María del Carmen Roquebert León, Representante Permanente de Panamá Embajadora Alejandra Solano Cabalceta, Representante Permanente de Costa Rica Embajador Héctor Enrique Arce Zaconeta, Representante Permanente de Bolivia
Embajadora María del Carmen Roquebert León, Representante Permanente de Panamá Embajadora Alejandra Solano Cabalceta, Representante Permanente de Costa Rica Embajador Héctor Enrique Arce Zaconeta, Representante Permanente de Bolivia Embajador Samuel Hinds, Representante Permanente de Guyana Embajador Mauricio Montalvo Samaniego, Representante Permanente del Ecuador Embajador Carlos Roberto Quesada López, Representante Permanente de Honduras Embajador Sebastián Kraljevich Chadwick, Representante Permanente de Chile Embajador Luis Ernesto Vargas, Representante Permanente de Colombia Embajador Francisco O. Mora, Representante Permanente de los Estados Unidos Embajador Benoni Belli, Representante Permanente del Brasil Embajador Stuart Savage, Representante Permanente del Canadá Embajadora Wendy Jeannette Acevedo Castillo, Representante Permanente de El Salvador Embajador Daniel Raimondi, Representante Permanente de la Argentina Embajadora Mayerlyn Cordero Díaz, Representante Permanente de la República Dominicana Embajador José Luis Sardón, Representante Permanente del Perú Consejera Ana Soledad Sandoval Espínola, Representante Interina del Paraguay Ministro Consejero Gonzalo Mauricio Vásquez Orozco, Representante Interino de Guatemala Ministra Consejera Christobelle Elaine Reece, Representante Interina de Barbados Embajador Gandy Thomas, Representante Interino de Haití Ministra Consejera Cinnamon Elizabeth Bottaro, Representante Interina de Belize Ministra Consejera Joy-Dee Davis-Lake, Representante Alterna de Antigua y Barbuda Ministro Consejero Omari Seitu Williams, Representante Alterno de San Vicente y las Granadinas Primera Secretaria Ruedi Josiane Trouchen, Representante Alterna de Trinidad y Tobago
Ministra Consejera Joy-Dee Davis-Lake, Representante Alterna de Antigua y Barbuda Ministro Consejero Omari Seitu Williams, Representante Alterno de San Vicente y las Granadinas Primera Secretaria Ruedi Josiane Trouchen, Representante Alterna de Trinidad y Tobago Consejera Alejandra Castineira Latorre, Representante Alterna del Uruguay Ministro Consejero Mikhail Giovanni Bullard, Representante Alterno del Commonwealth de las Bahamas Primera Secretaria Chanel Vanessa Nahar, Representante Alterna de Suriname Consejero Wendel Stallone Carlson Cornwall, Representante Alterno de Grenada Ministra Delita Elizabeth McCallum, Representante Alterna de Jamaica Ministro Consejero Augustine Fitzstephen Abdullah Skerritt, Representante Alterno de Saint Kitts y Nevis Primera Secretaria Dalia Clement, Representante Alterna de Santa Lucía2También estuvieron presentes el Secretario General de la Organización, señor Luis Almagro Lemes, y el Secretario General Adjunto, Embajador Nestor Mendez, Secretario del Consejo
Permanente.- 3APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ORDEN DEL DÍA
El PRESIDENTE: Good afternoon colleagues.
I have the honor to declare open this special meeting of the Permanent Council pursuant to Article 14 of the Statutes of the Permanent Council, and Article 37 of its Rules of Procedure. Today's meeting is being convened at the request of the Permanent Mission of Ecuador to address, and I quote the: “Rules of Diplomatic Relations and Asylum,” as contained in document CP/INF. 10165/24. This document has been distributed by the Secretariat this past Sunday, April 7, 2024.
Colleagues, in accordance with Article 43 of the Rules of Procedure of the Permanent Council we will proceed to adopt the [draft] order of business for this meeting. The [draft] order of business is
document has been distributed by the Secretariat this past Sunday, April 7, 2024.
Colleagues, in accordance with Article 43 of the Rules of Procedure of the Permanent Council we will proceed to adopt the [draft] order of business for this meeting. The [draft] order of business is established in document CP/OD-2493/24, and as you see we have one substantive item.
Colleagues, the [draft] order of business is presented to you for your consideration . The floor is open.
[El proyecto de orden del día contiene los siguientes puntos:
1. Aprobación del orden del día
2. Las Normas de las Relaciones Diplomáticas y del Asilo • Presentación a cargo de la Delegación del Ecuador
3. Intervenciones de los Estados Miembros.]
I see no requests for the floor. The order of business for this afternoon's special session is so adopted.
NORMAS DE LAS RELACIONES DIPLOMÁTICAS Y DEL ASILO
El PRESIDENTE: There being no further observations, we now proceed with this substantive item for this afternoon. This is item 2, which is entitled “Rules of Diplomatic Relations and Asylum.”
I am therefore pleased to welcome to the House of Americas the Vice Minister of Foreign Affairs of the Republic of Ecuador, señor Alejandro Dávalos.
Presentación del Viceministro del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la República del Ecuador
El PRESIDENTE: Señor Dávalos, we welcome you to this Permanent Council, and I invite you to address the Council.
Sir, the floor is yours.- 4El VICEMINISTRO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR: Señor Presidente del Consejo Permanente; señor
Sir, the floor is yours.- 4El VICEMINISTRO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR: Señor Presidente del Consejo Permanente; señor Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA); señores representantes permanentes y observadores permanentes; señor Secretario General Adjunto; funcionarios de la Organización; miembros de las Misiones Permanentes que nos acompañan esta tarde, señores y señoras, en nombre de la señora Canciller del Ecuador, Gabriela Sommerfeld, acudo a esta Casa de las Américas e inicio recordando que el 12 de enero de 2024, la señora Canciller participó en este foro regional, para informar que el Ecuador afronta una grave crisis de conmoción social y violencia, fruto de las actuaciones de grupos terroristas vinculados con la delincuencia organizada transnacional que atentan contra la seguridad ciudadana y soberanía del Estado , en la cual el sistema penitenciario ha sido uno de los ejes críticos de esta descomposición.
En esa oportunidad, la señora Canciller mencionó que el pasado 7 de diciembre de 2023, en el Consejo de Seguridad de [la Organización de] las Naciones Unidas (ONU), el Presidente de la República, Daniel Noboa, manifestó su preocupación por el hecho de que la presencia colusoria del terrorismo y la delincuencia organizada transnacional puede exacerbar los conflictos regionales y debilitar la estabilidad, gobernanza, y seguridad de los Estados afectados.
Además, la Canciller señaló el 14 de diciembre de 2023, que la Fiscalía General del Estado ejecutó, en coordinación con la Policía Nacional, varios operativos que evidenciaron una estructura
Además, la Canciller señaló el 14 de diciembre de 2023, que la Fiscalía General del Estado ejecutó, en coordinación con la Policía Nacional, varios operativos que evidenciaron una estructura criminal incrustada en todos los niveles del Estado y vinculada al narcotráfico y la corrupción, lo que desató una escalada de violencia en todo el país.
Asimismo, comentó que el Gobierno nacional ejecutó operaciones a través del Sistema Nacional de Rehabilitación Social que incluyeron judicialización, operativos y traslados de personas privadas de la libertad de alto riesgo, segmentación de cárceles, depuración de las fuerzas del orden, todas acciones que forman parte del Plan Fénix para combatir la inseguridad.
Como consecuencia de estas medidas, el Ecuador ha sido impactado por actos terroristas provocados por la delincuencia organizada transnacional que amenazan el Estado de derecho, la democracia, la soberanía, la seguridad ciudadana y la convivencia pacífica en el país. La situación de conmoción interna fue agravada por evasiones o fugas de personas privadas de la libertad vinculadas con grupos estructurados de delincuencia organizada, constituyendo un alto riesgo para el Estado.
Para precautelar la seguridad de los ecuatorianos, el 8 de enero de 2024, mediante Decreto Ejecutivo 110, el Presidente de la República, Daniel Noboa Azin, declaró el “Estado de excepción en todo el territorio nacional, por grave conmoción interna”.
Luego de esta medida se suscitaron en varias ciudades del Ecuador desmanes, amotinamientos, secuestros, amenazas, toma de un medio de comunicación, robos y muertes , producto de los actos de terror, violencia y criminalidad perpetrados por estas organizaciones.
secuestros, amenazas, toma de un medio de comunicación, robos y muertes , producto de los actos de terror, violencia y criminalidad perpetrados por estas organizaciones.
Ante esta grave crisis, el 9 de enero pasado, el Presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo 111, en el cual reconoce la existencia de un conflicto armado interno, identifica a veintidós grupos terroristas que actúan en el territorio nacional y dispone de la movilización de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para neutralizarlos.- 5El Jefe de Estado tomó estas medidas con la finalidad de garantizar la soberanía e integridad territorial y luchar contra la delincuencia organizada transnacional, las organizaciones terroristas y otros actores ilegales, con pleno respeto a los instrumentos inter nacionales en materia de seguridad y derechos humanos de los cuales el Ecuador es parte.
El Estado ecuatoriano tiene la convicción de que el desarrollo se fundamenta en la paz y la seguridad. Eliminar la violencia y luchar contra la delincuencia organizada transnacional requiere n contar con el apoyo decidido de todos los países del Hemisferio. El sistema interamericano debe contribuir a la articulación de la cooperación y la construcción de capacidades para superar los desafíos que presentan las amenazas a la seguridad multidimensional.
Señoras y señores, el pueblo ecuatoriano nos exige liberar al país de la delincuencia organizada transnacional, el narcotráfico y la narcopolítica. Desde que asumió el mandato presidencial, el 23 de noviembre de 2023, el Presidente Daniel Noboa ha combatid o frontalmente a la delincuencia organizada transnacional y a la corrupción, en respuesta al clamor ciudadano y en defensa de la
noviembre de 2023, el Presidente Daniel Noboa ha combatid o frontalmente a la delincuencia organizada transnacional y a la corrupción, en respuesta al clamor ciudadano y en defensa de la democracia, la paz y la seguridad de los ecuatorianos.
Enfrentar el flagelo de la inseguridad y las acciones de la delincuencia organizada transnacional constituye una obligación de todas nuestras naciones. Insistimos en la imperiosa necesidad de adoptar medidas conjuntas y efectivas, para alcanzar nuestros objetivos en esta materia.
La acción firme de la justicia, el combate a la impunidad y el cumplimiento de las sentencias privativas de libertad resulta así imperativo. De lo contrario, el tejido social y los valores éticos se deterioran, afectando la convivencia, la paz y el desarrollo económico y social de nuestras naciones.
En relación con los hechos recientes, quiero referirme a lo siguiente : e l señor Jorge Glas Espinel se presentó , el 17 de diciembre de 2023 , en la Embajada de México en el Ecuador, siendo sujeto de medidas sustitutivas de prisión, con la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad judicial. Sobre el mencionado ciudadano pesan dos sentencias ejecutoriadas por delincuencia común, observando estrictamente el debido proceso y un juicio justo con garantía total de defensa. A pesar de que el señor Glas era sujeto de sentencias ejecutoriadas por delitos comunes, la Embajada de México lo recibió en calidad de huésped y, posteriormente, pasó a ser considerado solicitante de asilo.
El señor Glas, aprovechando esas medidas cautelares, gozó de una medida sustitutiva de prisión, gracias a l a cual ingresó a la Embajada de México en Ecuador, solicitó asilo diplomático,
El señor Glas, aprovechando esas medidas cautelares, gozó de una medida sustitutiva de prisión, gracias a l a cual ingresó a la Embajada de México en Ecuador, solicitó asilo diplomático, logrando así evadir la justicia.
Cabe señalar que la Corte Constitucional del Ecuador, en sentencia del 28 de febrero de 2024, resolvió que dichas medidas cautelares son improcedentes por contravenir prohibición expresa en la Ley Orgánica de Garantías Constitucionales y Control Constituci onal. La Embajada de México no consideró y desmereció estos aspectos, al permitir que el señor Glas permanezca en su recinto, impidiendo el funcionamiento del sistema judicial ecuatoriano.
La Cancillería del Ecuador entregó oportunamente a la Embajada de México, toda la información proporcionada por la Corte Nacional de Justicia y la Fiscalía General del Estado, sobre las sentencias condenatorias dictadas por los delitos de asociación ilícit a y de cohecho, así como sobre la orden de captura dispuesta en contra del señor Glas por el delito de peculado.- 6Me referiré brevemente a los procesos judiciales relacionados con el señor Glas.
I. Sentencias en contra del señor Jorge David Glas Espinel:
- Causa penal por el delito de asociación ilícita: en el que fue declarado culpable junto a otros y sentenciado a seis años de privación de libertad, por el Tribunal de Garantías Penales, con fecha 23 de enero de 2018, por el delito de asociación ilícita en una trama de corrupción originada por los sobornos de la empresa brasileña Odebrecht.
- Causa penal por el delito de cohecho pasivo propio agravado : sentenciado a
asociación ilícita en una trama de corrupción originada por los sobornos de la empresa brasileña Odebrecht.
- Causa penal por el delito de cohecho pasivo propio agravado : sentenciado a ocho años de privación de libertad por la Corte Nacional de Justicia, en sentencia del 26 de abril de 2020, al comprobarse que el referido ciudadano era parte de una estructura criminal, que utilizó bienes públicos para la recepción de sobornos.
II. Proceso de garantías penitenciarias sobre pedido de prelibertad:
- Causa por el pedido de prelibertad que fue requerido por el señor Glas al haber cumplido el 40% de la condena de 8 años por la unificación de las sentencias de los casos sobornos y Odebrecht. La Jueza del caso negó el pedido de prelibertad tras verificar que no cumplía los requisitos, disponiendo, por tanto, su localización y captura. En el recurso de apelación presentado por el señor Glas, en audiencia del 28 de febrero de 2024, y reinstalación el 7 de marzo de 2024, en segunda instancia, la Corte Provincial de Justicia de Pichincha desechó la apelación de forma unánime. Con esto que do firme la sentencia con la que la Jueza competente negó al señor Glas el pedido de prelibertad, y por ende la disposición judicial de localización y captura para que el mismo retorne a prisión.
III. Proceso penal por el delito de peculado:
- Causa penal que se encuentra en conocimiento de la Corte Nacional de Justicia, seguida por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social,
Contraloría General del Estado, Procuraduría General de l Estado, Fiscalía
- Causa penal que se encuentra en conocimiento de la Corte Nacional de Justicia, seguida por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, Contraloría General del Estado, Procuraduría General de l Estado, Fiscalía General del Estado, en contra del señor Glas y otros, por el delito de peculado al haber abusado de dineros públicos provenientes de fondos de la Ley de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana, para la reconstrucción y reactivación de las zonas afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016.
En audiencia de formulación de cargo realizada el 5 de enero de 2024, la Sala Especializada resolvió aceptar el pedido de Fiscalía y dictar medida cautelar de prisión preventiva en contra de los procesados, entre ellos el señor Jorge Glas, disponiendo girar las boletas de localización y captura en su contra para que cumpla la medida de prisión preventiva en uno de los centros de privación de libertad del país. Asimismo, el 9 de enero de 2024, el Juez ponente dispuso requerir a Interpol la publicación de la difusión roja en contra del referido ciudadano.- 7El señor Glas interpuso recursos de apelación a la prisión preventiva, mismo que fue declarado improcedente de forma unánime por el Tribunal de Apelación de la Corte Nacional de Justicia en audiencia del 21 de febrero de 2024.
El origen de esta crisis diplomática está ligada directamente a estos casos de corrupción y a la pretensión de evadir la justicia, al propiciar el uso indebido de las inmunidades y privilegios diplomáticos, así como de las convenciones que regulan la institución del asilo.
pretensión de evadir la justicia, al propiciar el uso indebido de las inmunidades y privilegios diplomáticos, así como de las convenciones que regulan la institución del asilo.
El Ecuador expresó a la Embajada de México, a través de reiteradas comunicaciones y reuniones oficiales, que no procede de manera alguna la concesión del asilo diplomático al señor Glas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 de la Convención de Caraca s sobre Asilo Diplomático de 1954, y el artículo 1 de la Convención de Montevideo sobre Asilo Político de 1933, que establecen claramente que no es lícito conceder asilo a personas condenadas o procesadas por delitos comunes, y por tribunales ordinarios competentes.
Aspirábamos a que México diera cumplimiento a lo previsto en dichas normas y hubiera dispuesto la salida del señor Glas de Espinel, quien no reunía los requisitos para el asilo y quien de ninguna manera puede ser considerado como un perseguido político.
El 29 de febrero de 2024, la Cancillería solicitó a la Embajada de México, con base en lo dispuesto en el artículo 22 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, la autorización para que la Policía Nacional pueda cumplir con la orden de captura dispuesta por la Corte Nacional de Justicia, la cual fue negada.
Es importante resaltar que el artículo 41 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas dispone que todas las personas que gocen de privilegios e inmunidades deberán respetar las leyes del Estado receptor y, adicionalmente, están obligadas a no inmiscuirse en los asuntos internos de ese Estado.
Asimismo, dicha disposición refleja otro principio fundamental: los locales de la misión
las leyes del Estado receptor y, adicionalmente, están obligadas a no inmiscuirse en los asuntos internos de ese Estado.
Asimismo, dicha disposición refleja otro principio fundamental: los locales de la misión diplomática no deben ser utilizados de manera incompatible con las funciones de la misión, tal como están enunciadas en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y otras normas de derecho internacional.
México ha hecho énfasis en la importancia y respeto que otorga a la institución del asilo. No obstante, su actitud socava y desnaturaliza la figura del asilo diplomático, tergiversando el verdadero espíritu de las convenciones que regulan esta institución al concederlo a un condenado y prófugo de la justicia ecuatoriana, promoviendo la impunidad.
Por otra parte, el Presidente de México, señor Andrés Manuel López Obrador, formuló muy desafortunadas declaraciones al poner en duda la legitimidad de las elecciones de 2023 en el Ecuador, y al banalizar el asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio, violentando así el principio fundamental de no intervención en los asuntos internos de otros Estados. Las investigaciones alrededor del asesinato del señor Villavicencio dan indicios de que los autores están vinculados con la delincuencia organizada transnacional. La irrupción de la delincuencia organizada transnacional en la política nacional es un fenómeno nuevo para el Ecuador y de ninguna manera puede ser normalizado.- 8Aún estamos de luto y resulta ofensivo señalar que dicho magnicidio estuvo orientado a incidir en los resultados electorales.
Debido a la intromisión en los asuntos internos del Ecuador por parte de México, el Gobierno
Aún estamos de luto y resulta ofensivo señalar que dicho magnicidio estuvo orientado a incidir en los resultados electorales.
Debido a la intromisión en los asuntos internos del Ecuador por parte de México, el Gobierno ecuatoriano, de conformidad con el artículo 9 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, declaró persona non grata a la Embajadora de México en Quito.
México respondió inmediatamente concediendo asilo diplomático al señor Glas Espinel. Es evidente que el asilo concedido al señor Glas por parte del Gobierno mexicano, puede responder a valoraciones de afinidad política, m ás no de naturaleza jurídica y diplomática. Han lesionado de esta manera las tradicionales relaciones de amistad y cooperación entre ambos países.
Posteriormente, el Presidente de México ratificó sus declaraciones, afectando la soberanía del Estado y la dignidad del pueblo ecuatoriano , en tanto que la Secretaría de Relaciones Exteriores de México anunció que ese Gobierno decidió otorgar el asilo político.
Como todo Estado Parte en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de 2003, y en la Convención Interamericana contra la Corrupción de 1996, México debió cooperar para prevenir y combatir los actos de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas.
El combate a la corrupción debe ser una prioridad para todos los Gobiernos y sus autoridades, más allá de cualquier diferencia ideológica. Por ello, la cooperación internacional está llamada a fortalecer esta lucha y consolidar la confianza entre países amigos.
Señoras y señores, representantes permanentes, en cumplimiento de sus obligaciones legales, el Gobierno nacional acató la orden de detención del señor Glas, dispuesta por la Corte Nacional de
fortalecer esta lucha y consolidar la confianza entre países amigos.
Señoras y señores, representantes permanentes, en cumplimiento de sus obligaciones legales, el Gobierno nacional acató la orden de detención del señor Glas, dispuesta por la Corte Nacional de Justicia y lo puso a órdenes de las autoridades competentes. La decisión del señor Presidente de la República fue adoptada ante un riesgo real de fuga inminente del ciudadano requerido por la justicia, lo cual, de haberse concretado, habría representado un nuevo atropello a la convivencia y a la institucionalidad democrática.
Señoras y señores representantes, ningún delincuente puede ser considerado como perseguido político cuando tiene sentencia ejecutoriada y orden de captura emitida por las autoridades judiciales competentes.
El Gobierno del Ecuador reitera a los Estados Miembros de la OEA, que el país enfrenta una crisis de seguridad sin precedentes. Esta crisis multifacética que se expresa a través de la corrupción, la violencia criminal, el narcotráfico y la acción del crimen organizado y de grupos terroristas, amenaza al Estado de derecho y a las instituciones democráticas, y esas fuerzas han desestabilizado al país y han permeado la administración de justicia.
¿Qué puede esperar una sociedad si personas con sentencia en firme evade n los mandatos de la justicia? ¿Qué seguridad puede tener la ciudadanía si sus mandatarios no actúan con eficacia para combatir la impunidad y el delito?
Señoras y señores representantes, Ecuador y México son Estados Parte en la Convención sobre Asilo Político de 1933 y en la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954. La concesión de asilo9Señoras y señores representantes, Ecuador y México son Estados Parte en la Convención sobre Asilo Político de 1933 y en la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954. La concesión de asilo9diplomático en este caso ha constituido un acto que vulnera dichos instrumentos al propiciar la evasión de la justicia y la impunidad.
Hacemos un llamado a la comunidad internacional para revisar y actualizar las normas sobre asilo diplomático y otros instrumentos internacionales, a fin de erradicar los nuevos fenómenos delictivos del crimen organizado transnacional, basándose en las disp osiciones, entre otras, de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Transnacional Organizada.
La Carta de la Organización de los Estados Americanos nos llama a respetar el principio de no intervención en los asuntos internos, a defender la soberanía e independencia, a actuar de buena fe en las relaciones entre Estados, así como a solucionar las controversias por medios pacíficos.
El Ecuador siempre ha respetado el derecho internacional y, en este marco, al Gobierno del Ecuador le anima la intención de retomar las relaciones bilaterales con México y superar la situación actual.
En nombre del Gobierno de la República del Ecuador, deseo expresar mi reconocimiento a todos los Estados que se han pronunciado para promover una solución que satisfaga a ambas partes. Invitamos a los Estados Miembros a colaborar de manera constructiva en todo esfuerzo para el logro de este propósito, para el bien de nuestros pueblos y de nuestra América.
Finalmente, agradezco a los Estados Miembros de la OEA, y al Secretario General , por haberme permitido presentar en este foro político los fundamentos que sustentan las acciones del Gobierno ecuatoriano.
Finalmente, agradezco a los Estados Miembros de la OEA, y al Secretario General , por haberme permitido presentar en este foro político los fundamentos que sustentan las acciones del Gobierno ecuatoriano.
Muchas gracias.
El PRESIDENTE: Thank you very much, Vice Minister, for your presentation.
Colleagues, having heard the Vice Minister, we now move on to item three of this afternoon's agenda, interventions by member states.
INTERVENCIONES DE LOS ESTADOS MIEMBROS
El PRESIDENTE: Colleagues, I now offer the floor to delegations and those representatives who may wish to offer comment. The floor is open.
I recognize Antigua and Barbuda. Antigua and Barbuda, the floor is yours.
La REPRESENTANTE ALTERNA DE ANTIGUA Y BARBUDA: Thank you, Chair.
Sir, the delegation of Antigua and Barbuda extends its gratitude to the esteemed Vice Minister of Foreign Affairs of Ecuador for presenting an explanation to this Permanent Council concerning last Friday's incident at the Mexican Embassy.- 10We recognize and appreciate the gesture of engaging with the Organization of American States (OAS) and showing respect for this Council. However, we must express our steadfast commitment to the principles outlined in the Vienna Convention on Diplomatic Relations, not
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