OEA - Documento AG doc. (LVI-E 25) 6 25 rev. 1 de 2025
Detalles
- Título
- OEA - Documento AG doc. (LVI-E 25) 6 25 rev. 1 de 2025
- Autor
- Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2025
[image]QUINCUAGÉSIMO SEXTO PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES OEA/Ser.P
10 de marzo de 2025 AG/doc.6 (LVI-E/25) rev. 1
Washington, D.C. 10 marzo 2025
Original: español
RECOMENDACIONES SOBRE PROCEDIMIENTOS
PARA EL QUINCUAGÉSIMO SEXTO PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES
DE LA ASAMBLEA GENERAL
(Aprobado en la primera sesión plenaria, celebrada el 10 de marzo de 2025)
La Comisión Preparatoria somete a la consideración de la Asamblea General las recomendaciones que se detallan a continuación sobre los asuntos de procedimiento para el quincuagésimo sexto período extraordinario de sesiones:
1. Acuerdo sobre el formato. El quincuagésimo sexto período extraordinario de sesiones de la Asamblea General se celebrará de manera presencial en la Sede de la Secretaría General de la Organización.
2. Acuerdo sobre la duración de las exposiciones de Jefas y Jefes de Delegación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento de la Asamblea General, la duración máxima de las exposiciones de Jefas y Jefes de Delegación en las sesiones plenarias será de 6 minutos.
3. Acuerdo sobre la duración del período de sesiones. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento de la Asamblea General, el quincuagésimo sexto período extraordinario de sesiones de la Asamblea General empezará y concluirá el lunes, 10 de marzo de 2025.
4. Acuerdo sobre las actas de sesiones. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 77 del Reglamento de la Asamblea General, las actas de las sesiones plenarias serán textuales y, en caso de que la Asamblea General decida instalar la Comisión General, las actas de las sesiones de dicha Comisión serán resumidas.
5. Acuerdo sobre el pedido de uso de palabra. Las solicitudes de palabra en el quincuagésimo sexto período extraordinario de sesiones de la Asamblea General se harán de la manera habitual, por orden de solicitud, utilizando el sistema de petición de palabra.
6. Acuerdo sobre las grabaciones. Con base en la recomendación #1 de la auditoría SG/OIG/AUD-13/11 recogida en el informe 2013 de la Oficina del Inspector General, la Secretaría General tomará las medidas internas necesarias para asegurar que las grabaciones de voz de todas las sesiones y reuniones que se celebren durante el quincuagésimo sexto período extraordinario de sesiones sean debidamente grabadas, guardadas y preservadas (incluso con copias de respaldo), para luego ponerlas a disposición de los Estados Miembros que así lo soliciten.
AG09262S01