OEA - Documento AG doc. (LVIII-E 25) 6 25 rev. 1 de 2025

Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA - Documento AG doc. (LVIII-E 25) 6 25 rev. 1 de 2025
Autor
Organización de Estados Americanos
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Internacional Público
Año
2025

[image]QUINCUAGÉSIMO OCTAVO PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES OEA/Ser.P

15 de octubre de 2025 AG/doc.6 (LVIII-E/25) rev. 1

Washington, D.C. 15 octubre 2025

Original: español

RECOMENDACIONES SOBRE PROCEDIMIENTOS

PARA EL QUINCUAGÉSIMO OCTAVO PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES

DE LA ASAMBLEA GENERAL

(Aprobado en la sesión plenaria celebrada el 15 de octubre de 2025)

La Comisión Preparatoria somete a la consideración de la Asamblea General las recomendaciones que se detallan a continuación sobre los asuntos de procedimiento para el quincuagésimo octavo período extraordinario de sesiones:`

1. Acuerdo sobre el formato. El quincuagésimo octavo período extraordinario de sesiones de la Asamblea General se celebrará de manera presencial en la Sede de la Secretaría General de la Organización.

2. Acuerdo sobre la duración de las exposiciones de Jefas y Jefes de Delegación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento de la Asamblea General, la duración máxima de las exposiciones de las Jefas y Jefes de Delegación en las sesiones plenarias será de seis minutos.

3. Acuerdo sobre la duración del período de sesiones. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento de la Asamblea General, el quincuagésimo octavo período extraordinario de sesiones de la Asamblea General iniciará y concluirá el miércoles, 15 de octubre de 2025.

4. Acuerdo sobre las actas de sesiones. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 77 del Reglamento de la Asamblea General, las actas de las sesiones plenarias serán textuales y, en caso de que la Asamblea General decida instalar la Comisión General, las actas de las sesiones de dicha Comisión serán resumidas.

5. Acuerdo sobre el pedido de uso de palabra. El pedido de uso de palabra seguirá el método tradicional por orden de solicitud a través del dispositivo disponible.

6. Acuerdo sobre las grabaciones. Con base en la recomendación #1 de la auditoría SG/OIG/AUD-13/11 recogida en el informe 2013 de la Oficina del Inspector General, la Secretaría General tomará las medidas internas necesarias para asegurar que las grabaciones de voz de todas las sesiones y reuniones que se celebren durante el quincuagésimo octavo período extraordinario de sesiones sean debidamente grabadas, guardadas y preservadas (incluso con copias de respaldo), para luego ponerlas a disposición de los Estados Miembros que así lo soliciten.

7. Acuerdo sobre las notas a pie de página. Las delegaciones podrán incorporar notas a pie de página a las declaraciones y/o resoluciones, anunciándolo expresamente en el curso de la sesión plenaria en la que se sometan los documentos correspondientes a la aprobación de la Asamblea General.

Las delegaciones tendrán hasta la clausura del período de sesiones para remitir a la Secretaría, por correo electrónico a FootnotesGA@oas.org, el texto de las notas a pie de página que hayan sido anunciadas expresamente, de conformidad con el párrafo anterior.

En las 24 horas posteriores a la clausura del período de sesiones, la Secretaría distribuirá el volumen de las declaraciones y/o resoluciones aprobadas por la Asamblea General con el texto de las notas a pie de página que hayan sido recibidas dentro del plazo previsto para tal efecto.

Las notas a pie de página que hayan sido anunciadas pero cuyo texto no haya sido remitido oportunamente a la Secretaría antes de la clausura del período de sesiones serán incorporadas al volumen de declaraciones y resoluciones que se someta a la revisión de la Comisión de Estilo.

AG09552S01

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