OEA - Documento CP CAAP 4042 25 rev. 1 de 2025
Detalles
- Título
- OEA - Documento CP CAAP 4042 25 rev. 1 de 2025
- Autor
- Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2025
CONSEJO PERMANENTE DE LA OEA/Ser.G ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS CP/CAAP-4042/25 rev. 1 4 febrero 2025
COMISIÓN DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Original: español
Y PRESUPUESTARIOS
PLAN DEL TRABAJO DE LA CAAP
PARA EL PERÍODO DE ENERO A DICIEMBRE DE 2025
(Aprobado por la Comisión en su reunión celebrada el 4 de febrero de 2025)
En mi calidad de Presidente de la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios (CAAP), me complace presentar a consideración de los Estados Miembros el presente Plan de Trabajo de esta Comisión para el período comprendido entre enero y diciembre de 2025.
I. INTRODUCCIÓN
Como comisión del Consejo Permanente, la CAAP tiene las siguientes funciones establecidas en el artículo 19 del Reglamento del Consejo Permanente:
1. Recomendar al Consejo Permanente los programas que, en el área de su competencia, puedan servir de base a la Secretaría General para preparar el proyecto de programa-presupuesto de la Organización, conforme a lo establecido en el artículo 112 (c) de la Ca rta de la Organización de los Estados Americanos;
2. Examinar el proyecto de programa-presupuesto que la Secretaría General le remita en consulta con el Consejo Permanente para los fines previstos en el artículo 112 (c) de la Carta, y someter al Consejo las observaciones que estime pertinentes;
3. Estudiar las demás materias que le encomiende el Consejo relacionadas con los programas, el presupuesto, la administración y los aspectos financieros de las operaciones de la Secretaría General; y
al Consejo las observaciones que estime pertinentes;
3. Estudiar las demás materias que le encomiende el Consejo relacionadas con los programas, el presupuesto, la administración y los aspectos financieros de las operaciones de la Secretaría General; y
4. Considerar los informes de evaluación anual que el Secretario General presente al Consejo Permanente en cumplimiento de lo dispuesto en las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General. Sobre esta base, valorar globalmente la eficacia de los programas, proyectos y actividades de la Organización y formular las recomendaciones que se estimen pertinentes y elevarlas a la consideración del Consejo Permanente para su eventual remisión a la Comisión Preparatoria, a efectos de que sean consi deradas por la Asamblea General en forma conjunta con el proyecto de programa-presupuesto.
Los artículos 120 y 121 de las Normas Generales (capítulo VIII “Control y evaluación del manejo financiero y presupuestario”) establecen lo siguiente:- 2 -
“Artículo 120. Vigilancia fiscal por parte del Consejo Permanente. La vigilancia fiscal de parte de los Estados Miembros descansa primordialmente en el Consejo Permanente, en el Comité de Auditoría directamente y por medio del Auditor Externo, y en el Inspector General.
El Consejo Permanente velará directamente o a través de la CAAP por la observancia de las presentes Normas Generales, y podrá delegar funciones fiscalizadoras en el Comité de Auditoría y en el Inspector General.
La Secretaría General facilitará a los Estados Miembros el acceso directo al sistema electrónico de informes financieros y de ejecución de la Secretaría General.
El Secretario General deberá informar al Consejo Permanente acerca de cualquier asunto que,
el Inspector General.
La Secretaría General facilitará a los Estados Miembros el acceso directo al sistema electrónico de informes financieros y de ejecución de la Secretaría General.
El Secretario General deberá informar al Consejo Permanente acerca de cualquier asunto que, a su juicio, implique un cambio significativo en la situación financiera vigente o prevista de la Secretaría General.
Artículo 121. Evaluación por parte de la CAAP.
La CAAP considerará los informes de evaluación anual que el Secretario General presente al Consejo Permanente en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 122 de estas Normas y, sobre esa base, valorará globalmente la eficacia de los programas, proyectos y actividades de la Organización, formulará las recomendaciones que estime pertinentes y las elevará a la consideración del Consejo Permanente para su eventual remisión a la Comisión Preparatoria, a efectos de que sean consideradas por la Asamblea General en forma conjunta con el proyecto de programa-presupuesto.”
II. AUTORIDADES
De conformidad con el artículo 28 de su Reglamento, el Consejo Permanente eligió en su sesión ordinaria celebrada el 4 de diciembre de 2024, al Embajador Sebastián Kraljevich Chadwick, Representante Permanente de Chile para ocupar la Presidencia de esta C omisión durante el período que terminará el 31 de diciembre de 2025 e instaló la CAAP en su sesión ordinaria celebrada el 24 de enero de 2025.
III. MANDATOS
De conformidad con el artículo 30 del Reglamento del Consejo Permanente, en su sesión ordinaria del 24 de julio de 2024, el Consejo Permanente aprobó el documento “Distribución de
III. MANDATOS
De conformidad con el artículo 30 del Reglamento del Consejo Permanente, en su sesión ordinaria del 24 de julio de 2024, el Consejo Permanente aprobó el documento “Distribución de mandatos emanados del quincuagésimo cuarto período ordinario de sesiones y otros períodos anteriores de la Asamblea General” ( CP/doc.6030/24 rev. 1) y para el período 2024 -2025 asignó a la CAAP los mandatos contenidos en las resoluciones indicadas a continuación:
A. Mandatos emanados del quincuagésimo cuarto período ordinario de sesiones:
AG/RES. 3032 (LIV-O/24) Convocatoria del quincuagésimo quinto período extraordinario de sesiones de la Asamblea General para considerar y aprobar el Programa -Presupuesto 2025 y tratar3asuntos administrativos y otros asuntos presupuestarios (excepto: párrafo resolutivo 1)
B. Mandatos emanados de períodos anteriores:
AG/RES. 3011 (LIII-O/23) Programa-presupuesto de la Organización para 2024
C. Observaciones y recomendaciones de los informes anuales de los siguientes órganos, organismos y entidades de la Organización (artículo 91 f. de la Carta de la OEA y otras disposiciones)
- Tribunal Administrativo (TRIBAD)
Considerando que los mandatos incluidos bajo la letra A y B se han cumplido o ya no están vigentes, la CAAP solamente está considerando C para efectos de este plan de trabajo.
D. Seguimiento de mandatos del Programa -Presupuesto 2025 y o tros asuntos administrativos y presupuestarios
vigentes, la CAAP solamente está considerando C para efectos de este plan de trabajo.
D. Seguimiento de mandatos del Programa -Presupuesto 2025 y o tros asuntos administrativos y presupuestarios
La Comisión también tendrá bajo su responsabilidad el seguimiento de los mandatos emanados de la resolución AG/RES. 1 (LV-E/24) “Programa-presupuesto de la Organización para 2025” que fue adoptada por la Asamblea General posterior a la distribución de mand atos por parte del Consejo Permanente. Se debe tener presente que algunos temas encomendados por mandatos de la AG/RES. 1 (LVE/24) establecen un plazo para su cumplimiento: Primer Trimestre: • Avances alcanzados en la implementación de la Estrategia Integral de Recursos Humanos. • Propuesta de modificación de los procesos de selección y contratación en el primer trimestre de 2025, con el fin de garantizar que los puestos vacantes sean cubiertos con mayor celeridad. • Opciones para el fortalecimiento de la sostenibilidad e impacto del Fondo Interamericano de Asistencia para Situaciones de Emergencia para la consideración de la CAAP. • Iniciar las discusiones encaminadas a definir la escala de cuotas, que entrará en vigor en 2026.
Tercer Trimestre: • Presentación del análisis de las repercusiones de la implementación del nuevo Sistema de Recuperación de Costos.- 4Cuarto Trimestre: • Revisión del capítulo III, subcapítulo C de las Normas Generales y normas relacionadas de la Secretaría General con miras a mejorar el Sistema de Evaluación del Desempeño de la OEA y que ofrezca una propuesta para ello, a más tardar el cuarto
- Revisión del capítulo III, subcapítulo C de las Normas Generales y normas relacionadas de la Secretaría General con miras a mejorar el Sistema de Evaluación del Desempeño de la OEA y que ofrezca una propuesta para ello, a más tardar el cuarto trimestre de 2025.
IV. OTRAS SOLICITUDES
- Misión Permanente de Canadá ante la OEA Debate sobre el capítulo III, artículo 21 (Personal de confianza) de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General. • Tribunal Administrativo (TRIBAD)
Reforma al Estatuto del Tribunal Administrativo de la OEA.
V. GRUPOS DE TRABAJO
La Presidencia sugiere que, a fin de alcanzar el consenso necesario y realizar oportunamente las tareas que le fueron encomendadas, la CAAP establezca los siguientes grupos de trabajo:
1. Grupo de Trabajo Encargado de la Revisión Técnica del ProgramaPresupuesto(GT-RTPP), establecido conforme a las resoluciones AG/RES. 2774
(XLIII-O/13) y AG/RES. 2815 (XLIV-O/14)
- De acuerdo con las mencionadas resoluciones, la CAAP deberá establecer dicho grupo de trabajo anualmente con el propósito de realizar la revisión técnica del programa-presupuesto, así como de analizar otros temas que ésta le asigne.
- Además, la Secretaría General brindará orientación y apoyo técnico al Grupo de Trabajo a fin de que ejecute los mandatos establecidos en la mencionada
resolución, incluido lo siguiente:
- La revisión de las implicaciones presupuestarias de los mandatos vigentes de la Organización y la presentación de sus recomendaciones técnicas a la
Trabajo a fin de que ejecute los mandatos establecidos en la mencionada resolución, incluido lo siguiente:
- La revisión de las implicaciones presupuestarias de los mandatos vigentes de la Organización y la presentación de sus recomendaciones técnicas a la CAAP para su consideración al preparar el programa -presupuesto para el siguiente período presupuestario.
- La revisión de la implementación presupuestaria de los mandatos aprobados en el período de sesiones anterior de la Asamblea General.
- La revisión y presentación de comentarios a la CAAP sobre los informes semestrales de administración de recursos y el examen de los gastos realizados y los resultados obtenidos, comparados con las partidas presupuestarias asignadas.- 5iv. La atención de otras solicitudes que la CAAP le encomiende.
2. Grupo de Trabajo sobre la Revisión de los Programas de la OEA (GT/RVPP)
- En su sesión del 11 de agosto de 2009, la CAAP creó el Grupo de Trabajo sobre la Revisión de los Programas de la OEA con el objetivo de establecer un proceso de mediano plazo para revisar el programa-presupuesto de 2011 y años posteriores y para satisfacer la solicitud de los Estados Miembros de contar con un presupuesto orientado hacia resultados. El resultado final sería una organización sostenible en términos financieros, caracterizada por un mejor desempeño que sirva de apoyo a las prioridades claramente definidas y fijadas por los Estados Miembros.
- Este Grupo de Trabajo también se encargará de estudiar temas relacionados con la gestión de mandatos, el plan estratégico, las estrategias de activos físicos, la estrategia de recursos humanos y las Oficinas de la Secretaría General en los
- Este Grupo de Trabajo también se encargará de estudiar temas relacionados con la gestión de mandatos, el plan estratégico, las estrategias de activos físicos, la estrategia de recursos humanos y las Oficinas de la Secretaría General en los Estados Miembros, entre otros mandatos.
- El Grupo de Trabajo continuará reuniéndose, según sea necesario, para desempeñar sus funciones y cumplir otros mandatos que emanen de las resoluciones de la Asamblea General o del Consejo Permanente, u otras solicitudes que la CAAP le encomiende.
VI. ACTIVIDADES DE LA CAAP PARA EL PERÍODO 2025
Como prioridades corresponderá a la CAAP lo siguiente:
A. El estudio y decisión sobre la escala de cuotas.
B. El estudio y evaluación del proyecto de programa -presupuesto para 2026, el establecimiento del tope presupuestario correspondiente, así como la negociación del proyecto de resolución que acompañará el programa-presupuesto.
C. Llevar a cabo los debates y los trabajos necesarios para determinar la nueva estructura de la Secretaría General.
D. Evaluar las recomendaciones derivadas de la evaluación integral de la Organización por un tercero, y monitorear la implementación de aquellas que sean acordadas por los
Estados Miembros.
E. De conformidad con los mandatos que le han sido asignados, la Comisión atenderá igualmente todos los asuntos administrativos, presupuestarios y financieros, así como los informes afines que se sometan a su consideración, además de los ya asignados por
la Asamblea General.
F. Considerar alternativas para mejorar la eficiencia en el uso de los recursos.- 6A. El estudio y decisión sobre la escala de cuotas
la Asamblea General.
F. Considerar alternativas para mejorar la eficiencia en el uso de los recursos.- 6A. El estudio y decisión sobre la escala de cuotas
En el numeral 31 de la sección IV. Disposiciones de carácter administrativo y presupuestario, de la resolución AG/RES. 1 (LIV-E/24), la Asamblea General mandató lo siguiente con respecto a la escala de cuotas para el financiamiento del Fondo Regular de la Organización:
Solicitar a la CAAP que, durante el primer trimestre de 2025, inicie las discusiones encaminadas a definir la escala de cuotas, que entrará en vigor en 2026.
Para dar cumplimiento al mandato, la Presidencia propone que se dé prioridad a estas deliberaciones en el marco de los trabajos de la CAAP en el formato que los Estados Miembros prefieran, sea formal o informal, de forma que se tome una decisión lo más pronto posible.
Antecedentes:
De conformidad con la AG/RES. 1 (XXXIV-E/07) rev. 1, la metodología para el cálculo de la escala de cuotas de la OEA se basa en la metodología utilizada para el cálculo de la escala de contribuciones al Fondo Regular de las Naciones Unidas, adaptada según criterios definidos por la OEA. Esta resolución fue enmendada mediante la resolución CP/RES. 1103 (2168/18), que fue ratificada por la Asamblea General y estableció los límites porcentuales de 49,99% para la cuota máxima (tope) y 0,044% para la cuota mínima (límite inferior).
La Comisión mediante documento CP/CAAP -3952/24 rev.1 dejó plasmado el acuerdo
máxima (tope) y 0,044% para la cuota mínima (límite inferior).
La Comisión mediante documento CP/CAAP -3952/24 rev.1 dejó plasmado el acuerdo alcanzado por los Estados Miembros en relación con las asignaciones de cuotas para 2025 de la siguiente manera:
El 22 de junio de 2023, la Asamblea General aprobó la escala de cuotas del Fondo Regular para 2024, según consta en la resolución correspondiente al programa -presupuesto
2024. Los Estados Miembros acordaron también que esta escala de cuotas seguiría vigent e para el período 2024 y 2025. Además, el 6 de diciembre de 2023, según consta en el documento CP/CAAP-3933/23, los Estados Miembros decidieron no ajustar el porcentaje de las cuotas para 2024 a pesar de que se redujo el número de Estados Miembros de 35 a 34 tras el retiro de Nicaragua el 19 de noviembre de 2023.
Como medida excepcional y transitoria, la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios (CAAP) ha decidido extender el acuerdo previsto en el tercer párrafo del documento CP/CAAP -3933/23 para el año fiscal 2025. Por lo tanto, la CAAP en sus discusiones y análisis de la propuesta del programa -presupuesto para 2025 no considerará una escala de cuota ajustada y observará la escala de cuotas aprobada por las resoluciones CP/RES. 1225 (2434/23) y AG/RES. 3011 (LIII-O/23).
B. Consideración del proyecto de programa-presupuesto de la Organización para 2026
El artículo 112 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos establece lo siguiente:
B. Consideración del proyecto de programa-presupuesto de la Organización para 2026
El artículo 112 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos establece lo siguiente:
“La Secretaría General desempeña además las siguientes funciones:- 7 -
…Preparar el proyecto de programa -presupuesto de la Organización, sobre la base de los programas adoptados por los consejos, organismos y entidades cuyos gastos deban ser incluidos en el programa-presupuesto y, previa consulta con esos consejos o sus comisiones permanentes, someterlo a la Comisión Preparatoria de la Asamblea General y después a la Asamblea misma;”
Adicionalmente, el artículo 86 de las Normas Generales establece que:
“El Secretario General presentará el proyecto de programa -presupuesto a la Comisión Preparatoria y enviará copia del mismo al Presidente del CIDI por lo menos con 90 días de anticipación a la fecha de celebración del período de sesiones de la Asamblea General.”
La propuesta del Secretario General deberá cumplir con las disposiciones del numeral 17 de la sección IV. Disposiciones de Carácter Administrativo y Presupuestario de la resolución “Programapresupuesto de la Organización para 2025”; deberá además incluir todos los incrementos estatutarios y cumplir con todos los requisitos mandatados en las Normas Generales.
El artículo 97 de las Normas Generales establece: “Participación de dependencias de la Secretaría General en la discusión del programa -presupuesto. En la medida y en la forma en que la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios así lo determine, las dependencias de la Secretaría General presentarán la información que les sea requerida”.
En concordancia con lo anterior, la CAAP recibirá las presentaciones de las áreas que la
Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios así lo determine, las dependencias de la Secretaría General presentarán la información que les sea requerida”.
En concordancia con lo anterior, la CAAP recibirá las presentaciones de las áreas que la Comisión considere oportuno. Todas las deliberaciones relacionadas con el programa-presupuesto se llevarán a cabo en el marco de los trabajos de la Comisión en format o formal o informal a determinar por la Presidencia.
De manera paralela a la revisión de la propuesta de programa -presupuesto para 2026 que presente la Secretaría General, la CAAP considerará el texto del proyecto de resolución “Programapresupuesto de la Organización para 2026”. La CAAP celebrará las reunio nes formales e informales de la CAAP que sean necesarias. Adicionalmente, la CAAP y sus Grupos de Trabajo seguirán examinando los temas prioritarios que se les encomienden, incluidos los mandatos de la resolución “Programa-Presupuesto de la Organización para 2025.”
C. Llevar a cabo los debates y los trabajos necesarios para determinar la nueva estructura de la Secretaría General
En el numeral 4 de la sección IV. Disposiciones de carácter administrativo y presupuestario, de la resolución AG/RES. 1 (LIV -E/24), la Asamblea General mandató lo siguiente con respecto a la reestructuración de la Secretaría General:
a. Autorizar al Consejo Permanente, de conformidad con el artículo 4 de las Normas Generales, a que apruebe modificaciones a la estructura de la Secretaría General, antes de que asuma funciones el próximo Secretario General, tomando en consideración lo siguiente:
- El establecimiento de la oficina de la Dirección Ejecutiva que
Generales, a que apruebe modificaciones a la estructura de la Secretaría General, antes de que asuma funciones el próximo Secretario General, tomando en consideración lo siguiente:
- El establecimiento de la oficina de la Dirección Ejecutiva que supervisará el rendimiento operativo en todas las funciones de apoyo8en la Secretaría General. Esta oficina incluirá el cargo de Director de
Riesgos.
- Establecer que la Secretaría General estará conformada por hasta cinco (5) Secretarías, las cuales serán definidas por el Consejo Permanente en consulta con el Secretario General electo/entrante.
- La eliminación de la Consejería Estratégica para el Desarrollo Organizacional y la Gestión por Resultados.
- Eliminar el puesto de confianza de nivel P01 bajo la Oficina del Secretario General Adjunto, una vez que concluya el mandato actual.
En ese momento, convertir este puesto en un puesto termino fijo de nivel G07 a ser reclutada mediante concurso externo en v irtud del artículo 44 de las Normas Generales.
b. La reestructuración organizativa deberá ser neutral en costos, en función de la reasignación de las labores de las dependencias eliminadas, con el fin de minimizar los costos operativos y el impacto a las operaciones de la Secretaría General.
c. El Consejo Permanente, por intermedio de la CAAP, llevará a cabo los debates y los trabajos necesarios para determinar la nueva estructura de la Secretaría General, en particular las atribuciones del Director Ejecutivo y los mecanismos de contratación y rendición de cuentas de esa oficina.
D. Evaluar las recomendaciones derivadas de la evaluación integral de la
los trabajos necesarios para determinar la nueva estructura de la Secretaría General, en particular las atribuciones del Director Ejecutivo y los mecanismos de contratación y rendición de cuentas de esa oficina.
D. Evaluar las recomendaciones derivadas de la evaluación integral de la Organización por un tercero, y monitorear la implementación de aquellas que sean acordadas por los Estados Miembros.
En el numeral 21 de la sección IV. Disposiciones de carácter administrativo y presupuestario, de la resolución AG/RES. 1 (LIV -E/24), la Asamblea General mandató lo siguiente con respecto a la implementación de las recomendaciones derivadas de la Revisión Integral por un Tercero:
a. Instruir al Consejo Permanente que, a través de la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios, emprenda un proceso de revisión y análisis de las recomendaciones derivadas de la Revisión Integral por un Tercero que tuvo lugar en 2024 y, de ser el caso, proponga medidas para su implementación.
b. Instruir a la Secretaría General que establezca un Comité de Supervisión e Implementación Interna (CSII) para supervisar la implementación de las medidas resultado de la revisión de las recomendaciones por parte del Consejo Permanente y que prepare un info rme anual a la Asamblea General en su quincuagésimo quinto periodo ordinario de sesiones.
c. Los Términos de Referencia del CSII serán revisados por la CAAP.- 9La Comisión recibió un borrador de términos de referencia que fue considerado durante la última reunión de la CAAP celebrada el 16 de diciembre de 2024. A la fecha se han recibido comentarios por parte de dos delegaciones. Este tema será incluido en la agenda de la Comisión para
última reunión de la CAAP celebrada el 16 de diciembre de 2024. A la fecha se han recibido comentarios por parte de dos delegaciones. Este tema será incluido en la agenda de la Comisión para dar el seguimiento correspondiente lo más pronto posible.
E. La Comisión atenderá todos los asuntos administrativos, presupuestarios y financieros, así como los informes afines que se sometan a su consideración, además de los ya asignados por la Asamblea General
La CAAP ha logrado avanzar considerablemente en lo concerniente a mejorar las operaciones de la Organización. Las labores de la CAAP durante este período se centrarán en cumplir los mandatos contenidos en la resolución AG/RES. 1 (LIV -E/24), “Programa-presupuesto de la Organización para 2025”, además de lo antes expuesto, la Comisión dará seguimiento a cualquier solicitud y mandatos que emanen de resoluciones de la Asamblea General y del Consejo Permanente, según proceda.
Se distribuye separadamente un calendario tentativo que servirá de marco general para la labor de la Comisión. Dicho calendario será modificado en función de los requerimientos de la Comisión y sus Grupos de Trabajo para cumplir con los mandatos encomendados y las prioridades ya mencionadas.
F. Considerar alternativas para mejorar la eficiencia en el uso de los recursos Esta Presidencia desea acompañar a la Secretaría de Administración y Finanzas para buscar espacios de mayor eficiencia en lo administrativo. Somos conscientes de la gran capacidad de los funcionarios de la OEA y que, en sus talentos y mejoras tecnológicas, podemos encontrar las respuestas para una gestión más eficiente.
Al respecto, buscaremos identificar buenas prácticas administrativas utilizadas por los Órganos, entidades y departamentos de la OEA que brinden oportunidades para entregar un mejor
para una gestión más eficiente. Al respecto, buscaremos identificar buenas prácticas administrativas utilizadas por los Órganos, entidades y departamentos de la OEA que brinden oportunidades para entregar un mejor soporte administrativo para cumplir con cada uno de los pilares de la Organización. Asimismo, se considerará la revisión de la estructura de costos internos.
VII. RECURSOS FINANCIEROS
En su resolución AG/RES. 1 (LIV -E/24), “Programa -presupuesto de la Organización para 2025”, la Asamblea General aprobó US$104.900 para financiar todas las reuniones de la CAAP y sus grupos de trabajo para el año 2025.
Me complace presentar, para su consideración, el presente plan de trabajo y la asignación de mandatos que, en conjunto, servirán como marco general para los trabajos de la CAAP durante el período comprendido entre enero y diciembre de 2025.
Embajador Sebastián Kraljevich Chadwick Representante Permanente de Chile Presidente Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios CP50942S01