OEA - Documento CP CAAP 4052 25 rev. 1 de 2025

Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA - Documento CP CAAP 4052 25 rev. 1 de 2025
Autor
Organización de Estados Americanos
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Internacional Público
Año
2025

CONSEJO PERMANENTE DE LA OEA/Ser.G

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS CP/CAAP-4052/25 rev. 5

28 febrero 2025

COMISIÓN DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Original: inglés

Y PRESUPUESTARIOS

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PROYECTO DE RESOLUCIÓN

MEDIDAS ESPECIALES PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS OPERACIONES Y DE LOS RECURSOS HUMANOS DE LA OEA ANTE LA ORDEN EJECUTIVA SOBRE LA REALINEACIÓN DE LA AYUDA EXTERIOR DE LOS ESTADOS UNIDOS[[1]](#footnote-1)/

(Acordado por la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios en su reunión celebrada el 27 de febrero de 2025 y remitido al Consejo Permanente para su consideración)

EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,

(Acordado por la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios en su reunión celebrada el 27 de febrero de 2025 y remitido al Consejo Permanente para su consideración)

EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,

CONSIDERANDO que, a raíz de la reciente Orden Ejecutiva sobre la Reevaluación y Realineación de la Ayuda Exterior de los Estados Unidos, emitida el 20 de enero de 2025, se han recibido varias notificaciones del Departamento de Estado de los Estados Unidos, la USAID y otras entidades federales acerca de la suspensión por un plazo de 90 días de la ejecución de proyectos financiados con fondos del Gobierno de los Estados Unidos; durante el cual se ha ordenado al Gobierno de Estados Unidos que emprenda una revisión de cada uno de sus programas de asistencia para el desarrollo exterior y tome una decisión sobre si continuar, modificar o cesar cada programa, de conformidad con los términos de la Orden Ejecutiva y la política federal estadounidense;[[2]](#footnote-2)/

RECONOCIENDO que esta suspensión ha impactado significativamente a la Secretaría General, con la pérdida temporal de financiamiento para 67 proyectos, programas y actividades afectando a 215 miembros de la fuerza laboral;

RECONOCIENDO ASIMISMO que la continuación de estos proyectos, programas y actividades es esencial para cumplir el mandato de la Organización;

TENIENDO EN CUENTA el artículo 91(b) de la Carta de la Organización de los Estados Americanos y el artículo 107 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General, que autorizan al Consejo Permanente a adoptar las disposiciones de índole reglamentaria necesarias para la administración de la Organización y a aprobar apropiaciones extraordinarias para hacer frente a situaciones no previstas;

TENIENDO EN CUENTA ADEMÁS el informe presentado en los anexos A y B por la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) y, entre otros, los detalles proporcionados por los órganos afectados de la Secretaría General (con estimaciones financieras), junto con un informe de la disponibilidad y las fuentes de los fondos necesarios;

CONSIDERANDO TAMBIÉN la necesidad de una estrategia integrada que incluya tanto alivio financiero a corto plazo como el trabajo a largo plazo con los donantes para asegurar la sostenibilidad de los programas afectados,

RESUELVE:

1. Autorizar a la Secretaría General para que asigne, con carácter excepcional y temporal, un monto de hasta US$4 millones con cargo al Subfondo de Reserva para la Recuperación de Costos Indirectos (SRRCI)[[3]](#footnote-3)/ a fin de proteger los recursos humanos afectados por la suspensión del financiamiento de los Estados Unidos. Esta autorización permanecerá en vigor hasta el 30 de abril de 2025 o hasta que se obtengan otras fuentes de fondos, de estas dos fechas la que ocurra primero.

2. Instruir a las Secretarías y Departamentos afectados a continuar adoptando medidas para 1) reemplazar el financiamiento suspendido mediante contribuciones de otro donante, 2) reducir los costos de los programas afectados por esta suspensión y 3) gestionar la cobertura del donante original una vez completado el período de suspensión de sus contribuciones voluntarias.

3. Instruir a la Secretaría General que establezca un Plan de Contingencia que incluya las siguientes medidas:

1. Diversificación de las fuentes de fondos: La Secretaría General buscará activamente nuevas contribuciones de donantes, tanto de los Estados Miembros, Observadores Permanentes, como de socios externos, para mantener la continuidad de los proyectos, programas y actividades afectados.

2. Diálogo con el Gobierno de los Estados Unidos: El Secretario General entablará un diálogo formal con las autoridades de los Estados Unidos, respecto del mantenimiento de las operaciones y de los recursos humanos de la OEA ante la Orden Ejecutiva sobre la realineación de la ayuda exterior de ese país.

3. Optimización de los costos internos:[[4]](#footnote-4)/ durante el periodo de suspensión de los Fondos Específicos de Estados Unidos la Secretaría General implementará, estrategias de reducción de costos a corto plazo únicamente para mitigar las restricciones financieras inmediatas. incluyendo pero no limitado a:

4. Evaluar la necesidad de cubrir posiciones vacantesfinanciadas por el Fondo Regularque hayan sido publicadas después del 1 de enero de 2025.

5. Limitar todos los viajes únicamente para propósitos críticos que deberán ser aprobados por el respectivo Secretario del Departamento.

6. Reevaluar la necesidad de sesiones en persona que requieran viajes.

7. Suspender la remodelación y reubicación de oficinas que aún no estén contratadas, excepto cuando estén relacionadas con la “Casa del Soldado”/Junta Interamericana de Defensa, la residencia del Secretario General, la seguridad o la reubicación en lugares de menor costo.

8. Negociar nuevos descuentos con los proveedores de servicios para elementos como telecomunicaciones y servicios informáticos.

9. Fomentar la programación de reuniones del Consejo Permanente y el CIDI sus Comisiones, Grupos de Trabajo y órganos subsidiarios en los mismos días cuando lo permitan las circunstancias.

4. Solicitar a la Secretaría General que presente informes mensuales a partir de la aprobación de la presente resolución sobre la implementación del plan de contingencia y los siguientes asuntos:

1. la utilización de fondos del SRRCI; 2. los avances en la obtención de otras fuentes de fondos; 3. información actualizada sobre las discusiones con el Gobierno de los Estados Unidos con respecto al posible restablecimiento de los fondos;

4. Una estimación de las obligaciones financieras de la OEA relacionadas con los recursos humanos afectados; 5. una proyección de las dificultades financieras y operacionales previstas como consecuencia de los cambios en la situación del financiamiento; 6. la estrategia de mitigación correspondiente y recomendaciones para hacer frente a esta situación y mantener la continuidad de actividades clave.

5. Recalcar que este apoyo financiero es temporal y no constituye un compromiso permanente de la Organización o de sus Estados Miembros de prorrogar contratos de los recursos humanos afectados más allá del período de financiamiento. Se avisará por escrito a cada uno de los miembros de la fuerza laboral afectados por esta medida, que la continuación de su contrato sigue supeditada al restablecimiento del financiamiento externo.

6. Encomendar al Secretario General que examine mecanismos financieros adicionales, incluido el posible establecimiento de un Fondo de Contingencia para programas críticos de la OEA, a fin de contar con un enfoque estructurado para hacer frente a crisis de financiamiento similares en el futuro.

7.Hacer un llamado al Gobierno de los Estados Unidos a que considere el papel esencial que desempeñan los programas de la OEA en el fortalecimiento de la seguridad, la democracia, los derechos humanos y el desarrollo en todos los Estados Miembros y a conducir sus programas de ayuda exterior de manera que apoyen los esfuerzos institucionales en curso.[[5]](#footnote-5)/

8. Instruir a la Secretaría General a proporcionar un informe anual al Consejo Permanente, a través del CAAP, detallando las posiciones actualmente financiadas por Fondos Específicos, incluyendo relatores especiales, directores, jefes de unidades y cualquier otra posición clasificada como P4 o superior. El informe debe incluir una evaluación del costo potencial de establecer posiciones equivalentes bajo el Fondo Regular en cada caso.[[6]](#footnote-6)/ [[7]](#footnote-7)/

9. Reafirmar el compromiso de la Organización de asegurar la estabilidad financiera, proteger las principales funciones institucionales y preservar el empleo de sus recursos humanos en consonancia con los recursos y los mecanismos de financiamiento disponibles.

ANEXOS

1. CP/CAAP-4052/25 rev. 2 add. 1: Información suministrada por las distintas secretarías de la SG/OEA en cuanto al impacto a sus programas, proyectos y/o actividades y a miembros de su fuerza laboral a raíz de las órdenes de suspensión de trabajo que emanan del Gobierno de los Estados Unidos. 2. Fondo para la Recuperación de Costos Indirectos (FRCI).

NOTAS A PIE DE PÁGINA

…En el Fondo Operacional del Fondo para la Recuperación de Costos Indirectos se requiere que haya un saldo operacional de $1,5 millones de esta reserva para que las operaciones puedan continuar sin interrupciones. Por lo tanto, el monto disponible en el SRRCI para programas a diciembre de 2024 es de $4,2 millones ($5,7 millones menos $1,5 millones). Cabe señalar que los estados financieros preliminares no auditados todavía no reflejan la acreditación de intereses correspondientes al cuarto trimestre de 2024.

6. ... Desde el punto de vista financiero, la instrucción pretende reasignar y absorber más puestos en el presupuesto del Fondo Regular que ha estado sometido a una excesiva tensión de manera crónica. Teniendo en cuenta la actual escala salarial (que incluye las prestaciones), los salarios en la categoría P4 y superiores suelen oscilar entre US$188,000 y US$226,000 al año (aproximadamente), lo que se traduce en una potencial carga adicional (aproximada) de entre US$1.88 millones y US$7.91 millones para el Fondo Regular.

Esta propuesta es especialmente incoherente con los principios de buena gestión fiscal, ya que introduce nuevas obligaciones financieras, mientras que algunos Estados Miembros se han opuesto enérgicamente al pago de los ajustes estatutarios por costo de vida (COLA) (US$0.9 millones para 2025) y a la de cobertura básica de seguro médico para los miembros del personal financiados por el Fondo Regular (US$0.5 millones): desembolso total (US$1.3 millones).

Esta propuesta no atiende a las necesidades de mano de obra de la Organización y carece de aportaciones técnicas, criterios para la selección de puestos, directrices para la planificación estratégica de la mano de obra y auditorías de puestos.

En cuanto a la gobernanza, este párrafo sienta un precedente extremadamente preocupante al crear un mecanismo de facto para transferir personal financiado con fondos específicos a la nómina del Fondo Regular, a pesar de que estos puestos se crearon, financiaron y estructuraron originalmente para atender las prioridades de donantes externos. Con esta práctica se corre el riesgo de institucionalizar irregularidades en la contratación de personal permanente y se socava la integridad de los procesos de contratación de la Organización.

Además, el mensaje implícito a los donantes es igualmente preocupante, ya que indica la disposición de la OEA de responsabilizarse de los salarios del personal financiado con recursos externos, incentivando así a los donantes a transferir sus obligaciones a la Organización. Esta decisión política crea una perversa estructura de incentivos, en la que los donantes pueden esperar razonablemente que la OEA absorba gradualmente al personal de proyectos específicos en su presupuesto regular, erosionando con el tiempo la sostenibilidad del Fondo Regular.

Por lo tanto, esta propuesta representa un claro caso de riesgo moral, ya que crea incentivos sistémicos para la asunción de riesgos y la transferencia de costos, sin las debidas salvaguardias ni medidas de rendición de cuentas.

La inclusión deliberada de este párrafo (y de cualquier versión que de él se derive) en la resolución ha contribuido significativamente al retraso en su aprobación, exacerba la actual crisis y las dificultades financieras por las que atraviesa la Organización a expensas de los miembros del personal y socava tanto la integridad institucional como el bienestar del personal.

CP51114S05

CP51114S05

1. . La Delegación de Estados Unidos presentará pie de página. ↑ 2. . La Delegación de Estados Unidos presentará pie de página. ↑ 3. . Los estados financieros preliminares no auditados del Subfondo de Reserva para la Recuperación de Costos Indirectos (SRRCI) muestran un saldo de $5,7 millones al 31 de diciembre de 2024… ↑ 4. . La Delegación de Colombia presentará pie de página. ↑ 5. . La Delegación de Estados Unidos presentará pie de página. ↑ 6. . La Delegación de las Bahamas deja constancia de sus objeciones e inquietudes con respecto al párrafo operativo #8, debido a sus serias implicaciones financieras y en materia de gobernanza institucional. … ↑ 7. . Las Delegación del Perú presentará pie de página. ↑

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