OEA - Documento CP CAAP SA 790 25 de 2025

Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA - Documento CP CAAP SA 790 25 de 2025
Autor
Organización de Estados Americanos
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Internacional Público
Año
2025

CONSEJO PERMANENTE DE LA OEA/Ser.G

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS CP/CAAP/SA.790/25

25 marzo 2025

COMISIÓN DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Original: español

Y PRESUPUESTARIOS

# Síntesis de la sesión celebrada el 12 de marzo de 2025

Esta sesión formal de la CAAP fue presidida por el Embajador Sebastián Kraljevich Chadwick, Representante Permanente de Chile ante la OEA, en su calidad de Presidente de esta Comisión.

El quórum reglamentario quedó establecido con la asistencia de los Representantes de Antigua y Barbuda, Argentina, Bahamas, Barbados, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Grenada, Guatemala, Guyana, Haití, Jamaica, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Saint Kitts y Nevis, Suriname, Trinidad y Tobago y Uruguay.

El registro en audio de la sesión se encuentra en el siguiente enlace:

<http://scm.oas.org/audios/2025/CAAP-4059_03-12-2025.mp3>

Antes de dar inicio a la sesión, el Presidente agradeció a la Secretaría por la realización de los resúmenes instructivos, mejor conocidos como CAAP 101, sesiones que se llevaron a cabo el 11 de marzo de 2025 tanto en inglés como en español.

1. Aprobación del orden del día

El orden del día, documento CP/CAAP-4059/25 rev. 1, fue aprobado sin modificaciones.

2. Nota del Secretario General con la que informa al Consejo Permanente sobre su intención de nombrar al nuevo Inspector General de la Secretaría General, conforme a los procedimientos previstos en las Normas Generales

La Presidencia del Consejo Permanente transmitió a la CAAP una comunicación enviada por el Secretario General sobre su intención de nombrar al nuevo Inspector General de la OEA, distribuido como (CP/INF. 10491/25). En mérito de lo anterior y de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de las Normas Generales[[1]](#footnote-1)/, la Presidencia del Consejo Permanente consideró oportuno encomendar a la CAAP llevar a cabo un análisis y consultas pertinentes para presentar una recomendación al Consejo Permanente. La nota fue distribuida a las delegaciones como CP/CAAP-4058/25.

La Presidencia de la CAAP envió una invitación al Secretario General para que él o quien él designara, participara en la reunión. Se recibió una respuesta que fue distribuida a todas las delegaciones como CP/CAAP/INF. 497/25 add. 1, mediante la que el Secretario nombra a la Directora de Asesoría Legal y al Director de Recursos Humanos como sus representantes para responder cualquier pregunta en su nombre.

Luego de la presentación por parte de la Secretaría General que fue distribuida como CP/CAAP/INF. 501/25, las Delegaciones de Antigua y Barbuda, Bahamas (cuya intervención fue distribuida como CP/CAAP/INF. 505/25), México, Chile, Suriname, Bolivia, Costa Rica, San Kitts y Nevis, Brasil, Trinidad y Tobago, Jamaica, Grenada y El Salvador, la CAAP decidió que se responda la carta al Consejo Permanente informando la recomendación de la Comisión de que el nombramiento del Inspector General debe ser pospuesto hasta el inicio de funciones del nuevo Secretario General. El Presidente de la CAAP circulará un proyecto de carta para que las delegaciones puedan hacer comentarios antes de que sea remitida al Consejo Permanente.

3. Situación de los programas financiados con Fondos Específicos

El pasado miércoles 5 de marzo el Consejo Permanente aprobó la resolución CP/RES. 1277 (2536/25) “Medidas Especiales para el Mantenimiento de las Operaciones y de los Recursos Humanos de la OEA ante la Orden Ejecutiva sobre la Realineación de la Ayuda Exterior de los Estados Unidos”

La Presidencia solicitó a la Secretaría de Administración y Finanzas presentar un informe sobre el estado de la situación de los Fondos Específicos, la puesta en marcha de la resolución y las medidas adoptadas.

La señora Lili Romero de la Secretaría de Administración y Finanzas procedió con un informe verbal a la CAAP, su intervención fue distribuida como CP/CAAP/INF. 502/25.

La CAAP tomó nota del informe y de las intervenciones de las Delegaciones de Canadá, Chile, Brasil, Guatemala y Uruguay.

4. Escala de cuotas para el financiamiento del Fondo Regular

La Asamblea General, mediante la resolución “Programa-presupuesto de la Organización para 2025”, en su sección IV. párrafo resolutivo 31. mandata: “Solicitar a la CAAP que, durante el primer trimestre de 2025, inicie las discusiones encaminadas a definir la escala de cuotas, que entrará en vigor en 2026.”

En cumplimiento con este mandato, esta Comisión inició la consideración de este tema en la reunión celebrada el pasado 4 de febrero. La Secretaría realizó una presentación sobre la metodología actual de acuerdo con los mandatos vigentes para el período 2026-2028, que fue distribuida como CP/CAAP-4044/25.

La CAAP tomó nota de la presentación y acordó dar un espacio de dos semanas para que los Estados Miembros hicieran consultas con sus capitales y realizaran propuestas concretas sobre la metodología.

El plazo de dos semanas se cumplió y en ausencia de propuestas, la Presidencia incluyó nuevamente el punto en la agenda de la sesión celebrada el 20 de febrero. En esa ocasión, y a solicitud de las delegaciones, el plazo se extendió nuevamente hasta el 7 de marzo pasado.

La CAAP acordó continuar con la metodología vigente ad referéndum de la Delegación de México.

La Delegación de las Bahamas solicitó la palabra para referirse a la presentación de la Propuesta de Programa-Presupuesto, intervención que fue distribuida a las delegaciones como CP/CAAP/INF. 504/25.

5. Sistema de Gestión de mandatos

La Asamblea General mediante la resolución AG/RES. 1 (LV-E-24) “Programa-Presupuesto de la Organización para 2025”, en su párrafo operativo IV.11.b. encomienda a la Secretaría General “…que presente a la consideración del Consejo Permanente, por conducto de la CAAP, a más tardar el 31 de enero de 2025, una evaluación del uso de la plantilla para el cálculo de costos de nuevos mandatos, así como los criterios para su utilización y, de ser necesario, sugiera modificaciones al proceso.”

En cumplimiento con el mandato, la SAF preparó dicha evaluación y el 4 de febrero la CAAP consideró los documentos que fueron distribuidos como CP/CAAP-4041/25 que incluyen la evaluación y su correspondiente presentación.

En esa ocasión la CAAP aceptó las recomendaciones de la evaluación y se le encargó a la Secretaría preparar una propuesta con las modificaciones a la plantilla y a los criterios para su uso.

En cumplimiento con lo encomendado, la Secretaría distribuyó el documento (CP/CAAP-4057/25) con los documentos propuestos al igual que la presentación correspondiente.

Luego de la presentación del Sr. Luis Alberto del Castillo, de la Oficina Ejecutiva de la SAF, las Delegaciones de Brasil, Costa Rica, México, las Bahamas y Bolivia hicieron consultas y comentarios que fueron respondidos por la SAF.

La Comisión encargó a la SAF trabajar con la Asesoría Legal en una redacción sobre los mandatos que tienen más de dos años.

La CAAP tomó nota de la presentación y aprobó la plantilla y los criterios para su uso. Tal como se acordó en la sesión del 4 de febrero, habiendo aprobado la plantilla, la Presidencia de la CAAP solicitará una reunión con las presidencias de los otros cuerpos políticos para enfatizar el requerimiento de su uso.

6. Otros asuntos

No habiendo más temas por considerar, se levantó la sesión a las 4:20 p. m.

NOTA A PIE DE PÁGINA

1. … i. Los candidatos a Inspector General serán seleccionados en un concurso público difundido ampliamente en los Estados Miembros.

  1. El proceso de selección de los candidatos a Inspector General será llevado a cabo por una empresa especializada en recursos humanos y reclutamiento de ejecutivos, de reconocido prestigio internacional, seleccionada para este propósito específico por la Secretaría General, con conocimiento del Consejo Permanente y del Comité de Auditoría.
  1. Los términos de referencia para la selección de la empresa encargada de la selección de los candidatos a Inspector General serán previamente aprobados por la CAAP, luego de las debidas consultas con el Comité de Auditoría.
  1. Los términos de referencia para la selección de los candidatos a Inspector General serán previamente aprobados por la CAAP luego de las debidas consultas con el Comité de Auditoría. Estos términos de referencia reflejarán los requisitos previstos en el artículo 129 de estas Normas Generales.
  1. Para la selección de los candidatos la consideración primordial deberá ser la competencia y la integridad con la debida atención a los principios de rotación y de equitativa representación geográfica que priman en la Organización.
  1. La empresa encargada someterá a el Comité de Auditoría las calificaciones de esos candidatos para la certificación de las mismas y la entrevista correspondiente.
  1. El Comité de Auditoría presentará al Secretario General una lista de tres candidatos para el puesto de Inspector General.

b) Cuando el puesto de Inspector General se encuentre vacante, el Secretario General podrá nombrar un Inspector General Interino, quien deberá contar con la certificación previa del Comité de Auditoría, y ejercerá estas funciones hasta que el nuevo Inspector General asuma el puesto. Desde que el puesto de Inspector General esté vacante hasta que el nuevo Inspector General asuma el puesto no deberán haber transcurrido más de doce meses.

c) El nombramiento del Inspector General será por un período único de seis años.

d) El Inspector General no podrá ser separado de su puesto sin causa justificada. Para que el Secretario General pueda proceder a la separación del Inspector General, o a la aplicación de cualquier otra medida disciplinaria, deberá consultar su decisión con el Consejo Permanente e informarle de los motivos en que se fundamenta. Antes de efectuar la consulta con el Consejo Permanente, el Secretario General deberá ofrecer al Inspector General una audiencia especial para conocer su manifestación respecto a la decisión que pretende adoptar. En dicha audiencia estará también presente el Presidente del Consejo Permanente y para fines de la consulta, el archivo de la audiencia especial estará a disposición del Consejo Permanente, el cual tomará las medidas de confidencialidad que estime necesarias. Los artículos pertinentes de estas Normas Generales y del Reglamento de Personal sobre medidas disciplinarias no se aplican al Inspector General.

e) Aquella persona que haya sido nombrada Inspector General no podrá prestar servicios a la Secretaría General después de haber dejado el cargo.

CP51350S01

1. . Artículo 130. Nombramiento, período del cargo y remoción del Inspector General.

El Secretario General, en consulta con el Consejo Permanente, y con la asesoría y asistencia del Comité de Auditoría, nombrará al Inspector General de una lista de tres candidatos seleccionados conforme al siguiente proceso:

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