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OEA - Documento CP doc. 6246 26 rev. 1 de 2026

Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA - Documento CP doc. 6246 26 rev. 1 de 2026
Autor
Organización de Estados Americanos
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Internacional Público
Año
2026

OEA/Ser.G CP/doc.6246/26 rev. 1 3 septiembre 2026

Original: español

RECOMENDACIONES SOBRE PROCEDIMIENTOS

PARA LA TRIGÉSIMA PRIMERA REUNIÓN DE CONSULTA

DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES

(Aprobadas por el Consejo Permanente en la sesión ordinaria celebrada el 3 de septiembre de 2026)

El Consejo Permanente somete a la consideración de la Trigésima Primera Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores las siguientes recomendaciones sobre los procedimientos que se detallan a continuación:

1. Acuerdo sobre el formato. De conformidad con lo dispuesto en la resolución CP/RES. 1317 (2601/26), la Trigésima Primera Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores se celebrará en la sede de la Secretaría General de la Organización , en formato presencial.

2. Acuerdo sobre la duración de las intervenciones. La duración máxima de las intervenciones de los Miembros en las sesiones de la Reunión de Consulta será de seis minutos.

3. Acuerdo sobre el plazo límite para la presentación de proposiciones. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del proyecto de Reglamento de la Trigésima Primera Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, las proposiciones que los Miembros deseen someter a la consideración de la Reunión de Consulta serán presentadas a la Secretaría dentro del plazo que fije la misma Reunión.

4. Acuerdo sobre la conformación de Comisiones. De conformidad con lo establecido en el artículo 19 del proyecto de Reglamento de la Trigésima Primera Reunión de

presentadas a la Secretaría dentro del plazo que fije la misma Reunión.

4. Acuerdo sobre la conformación de Comisiones. De conformidad con lo establecido en el artículo 19 del proyecto de Reglamento de la Trigésima Primera Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores , en la sesión de apertura, de ser necesario, se conformarán Comisiones.

5. Acuerdo sobre las actas de sesiones . De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del proyecto de Reglamento de la Trigésima Primera Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, se levantarán actas textuales de las sesiones públicas y actas resumidas de las demás sesiones, para su conservación en los archivos de la Reunión de Consulta y su distribución a los Miembros en copias de carácter reservado.

CONSEJO PERMANENTE26. Acuerdo sobre el pedido de uso de palabra. El pedido de uso de palabra en las sesiones de la Reunión de Consulta y, cuando corresponda, de las Comisiones , seguirá el método tradicional por orden de solicitud a través de la unidad de conferencia disponible.

7. Acuerdo sobre las grabaciones . La Secretaría General adoptará las medidas internas necesarias para asegurar la debida grabación, conservación y preservación, incluida la generación de copias de respaldo, de las grabaciones de audio de las sesiones de la Reunión de Consulta y, cuando cor responda, de las Comisiones, a fin de ponerlas posteriormente a disposición de los Estados Miembros que así lo soliciten.

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