OEA - Informe CP CSH INF. 605 25 de 2025
Detalles
- Título
- OEA - Informe CP CSH INF. 605 25 de 2025
- Autor
- Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2025
CONSEJO PERMANENTE DE LA OEA/Ser.G
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS CP/CSH/INF. 605/25 18 noviembre 2025
COMISIÓN DE SEGURIDAD HEMISFÉRICA Original: español/inglés
INFORME DE LA CONSULTA REGIONAL DE ICAT SOBRE LA TRATA DE PERSONAS EN
LAS AMÉRICAS CON ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y ORGANISMOS
INTERNACIONALES
(Consulta organizada por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) y la Organización de los Estados Americanos (OEA), en su calidad de copresidentes de ICAT en 2025)
(Transmitido por el Departamento de Seguridad Pública de la OEA)- 2 -
- 2ICAT Inter-Agency Coordination Group against Trafficking in Persons Español Informe de la consulta regional de ICAT sobre la trata de personas en las Américas con organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales3 -
- 3INTRODUCCIÓN El Grupo Interinstitucional de Coordinación contra la Trata de Personas (ICAT, por sus siglas en inglés, véase "Sobre ICAT" más abajo) convocó el 8 de mayo de 2025, en la ciudad de Panamá, una consulta regional sobre la trata de personas en las Américas (en adelante, "consulta regional" o "consulta"1). La consulta fue
organizada por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) y la Organización de los Estados Americanos (OEA), en su calidad de copresidentes de ICAT en 2025; y, en estrecha cooperación con un grupo central de entidades de ICAT que se estableció para la preparación de la consulta y que incluyó el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL), con presencia en la región y trabajo especializado en materia de trata de personas. La Secretaría de ICAT, gestionada por la ONUDD, brindó apoyo técnico y logístico previo, mientras que la Oficina Regional de la ONUDD para Centroamérica y el Caribe (ROPAN) se encargó de la coordinación presencial el día del evento. La consulta regional de ICAT fue organizada con el apoyo financiero de la Unión Europea, a través del proyecto "Fomento de la Acción y la Cooperación entre Países a Nivel Global contra la Trata de Seres Humanos y el Tráfico Ilícito de Migrantes" (PACTS), implementado por la ONUDD. Este informe presenta un resumen de los hallazgos de la consulta, detallando recomendaciones para fortalecer la respuesta frente a la trata de personas en las Américas. 1 Véase también la nota web publicada sobre la consulta regional de ICAT (disponible en inglés). 24 -
- 4CONTEXTO ICAT adoptó su Plan de Acción (disponible en inglés) en diciembre de 2020, basado en una
revisión analítica integral (también disponible en inglés) de los esfuerzos contra la trata emprendidos durante los 20 años transcurridos desde la adopción del Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños (Protocolo contra la Trata de Personas) en el año 2000. Los objetivos de esta revisión analítica fueron:
1. Servir como una hoja de ruta para la comunidad que trabaja contra la trata de personas, ayudando a identificar los principales logros y las principales deficiencias en la respuesta a la trata en los veinte años desde la adopción del Protocolo; y,
2. Orientar las prioridades estratégicas y el trabajo futuro de ICAT.
El Plan de Acción de ICAT propuso seis prioridades "como pilares fundamentales para mejorar los esfuerzos mundiales contra la trata de personas". En el Área Prioritaria n.º 6 (sistematización de la cooperación y las alianzas entre múltiples partes interesadas), ICAT propuso "fomentar una coordinación más estrecha a nivel local en la implementación de programas integrales contra la trata de personas". Como resultado, ICAT adoptó en 2023 su Estrategia de Participación en el Terreno, que busca garantizar que el Grupo elabore orientaciones políticas y productos de promoción bien fundamentados y dirigidos, a partir de consultas con actores regionales y nacionales. Antes de la adopción de esta estrategia, ICAT puso a prueba la idea de realizar consultas regionales. En febrero de 2022 se llevó a cabo una primera consulta con interlocutores de
África Oriental (disponible en inglés), seguida en noviembre de 2022 por otra consulta con organizaciones de África Oriental y Occidental, en cooperación con las Secretarías de los procesos de Rabat (disponible en inglés y francés) y Jartum (disponible en inglés), así como con la Declaración de Niamey (disponible en inglés y francés). La consulta regional de ICAT en 2025 formó parte de los esfuerzos generales de acercamiento de ICAT para entablar consultas con actores relevantes en las Américas, aprovechando, entre otros factores, la presencia en la región y la capacidad de convocatoria de uno de sus copresidentes en 2025, la Organización de los Estados Americanos (OEA). La consulta tuvo como objetivo facilitar un diálogo recíproco con las partes interesadas pertinentes, a fin de identificar los desafíos y las prácticas prometedoras que orienten la futura orientación normativa de ICAT. La consulta consiste en tres partes: Parte 1: El grupo central de entidades que preparó la consulta (OEA, ONUDD, ACNUR e INTERPOL) realizó un mapeo de organizaciones de la sociedad civil relevantes, que respondieron a una encuesta para identificar las áreas temáticas prioritarias, identificar a expertos en temas clave para la región y comprender el perfil y las principales áreas de trabajo de las y los participantes. Los resultados de la encuesta sirvieron de base para definir las áreas de enfoque abordadas durante la consulta y en las actividades de seguimiento posteriores. 35 -
- 5Parte 2: Evento de un día en Panamá, el 8 de mayo de 2025, con la participación de 25 representantes de la sociedad civil, 7 organismos internacionales y una agencia de cooperación2 , tratando los temas identificados en la encuesta previa, que incluyó varias formas de trata de personas (con fines de explotación sexual, trabajo forzoso, criminalidad forzada y extracción de órganos). La consulta se estructuró en una formato dinámico y participativo, incorporando presentaciones, equipos de trabajo dinámicos y sesiones plenarias con retroalimentación colectiva y reflexiones.
Parte 3 (próximamente): Presentación de los hallazgos y las recomendaciones derivadas de la Parte 2 de la Consulta ante los Estados Miembros de la OEA, el 20 de noviembre de 2025.
HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES
a. Trata de personas con fines de explotación sexual. La consulta subrayó las tendencias recientes, incluido su proceso de normalización de este forma de trata a lo largo de las rutas migratorias y la prevalencia del sexo por supervivencia. Asimismo, se subrayó el creciente uso de la tecnología y las redes sociales en los procesos de captación, señalando que estas prácticas a menudo no se denuncian y que los marcos regulatorios son insuficientes para regir la actuación de las empresas tecnológicas y su papel en la explotación en línea. Se expresaron preocupaciones sobre la desaparición de personas migrantes durante el proceso migratorio y su posterior victimización. Se enfatizó
la necesidad de brindar apoyo especializado y diferenciado a las víctimas. Se reconoció el papel fundamental de la sociedad civil en la supervisión y en la promoción de respuestas estatales eficaces. También se abordaron los desafíos asociados con la capacitación y sensibilización de los funcionarios públicos, así como las dificultades para identificar y procesar judicialmente los casos de trata de personas, especialmente en las zonas rurales. La consulta puso de relieve, además, las limitaciones de los sistemas de asistencia y protección a las víctimas, en particular para las comunidades indígenas, afrodescendientes y rurales, como uno de los retos que afectan la respuesta frente a la trata de personas con fines de explotación sexual. Algunos participantes observaron que las víctimas suelen ser objeto de revictimización dentro del sistema de justicia debido a la falta generalizada de enfoques basados en el trauma. La consulta también subrayó la importancia de integrar sistemáticamente la perspectiva de género y aspectos específicos a grupos marginalizados en los esfuerzos contra la trata. 2 Las y los participantes en la consulta regional en Panamá provinieron de organizaciones de la sociedad civil de Ecuador, Panamá, República Dominicana, Honduras, Perú, Colombia, Chile, Venezuela, Bolivia, Estados Unidos de América y Argentina, así como de organizaciones de la sociedad con una cobertura regional. La consulta también contó con participantes de la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación, así como de los siguientes organismos internacionales: OIM, OEA, OACNUDH, ONU Mujeres, UNICEF, ACNUR y ONUDD. 46 -
- 6Asimismo, se subrayó que las estrategias de prevención existentes suelen ser insuficientes para abordar las normas culturales perjudiciales, reducir la demanda y enfrentar las causas
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- 6Asimismo, se subrayó que las estrategias de prevención existentes suelen ser insuficientes para abordar las normas culturales perjudiciales, reducir la demanda y enfrentar las causas profundas de la trata de personas. Finalmente, se identificaron diversos desafíos, como la corrupción, las limitaciones de recursos y el estigma social, como barreras críticas para una respuesta efectiva.
También se abordaron prácticas prometedoras en la respuesta a este tipo de trata, en particular aquellas que utilizan redes comunitarias, la participación del sector turístico y el involucramiento de la juventud. RECOMENDACIONES ICAT recomienda que los Estados adopten las siguientes medidas: · Fortalecer los programas de protección a las víctimas, especialmente para las comunidades marginadas. · Proteger a los funcionarios públicos que trabajan en zonas de alto riesgo. · Regular de manera más efectiva a las empresas tecnológicas para prevenir la explotación sexual en línea. · Reforzar las estrategias de prevención para cuestionar las normas y actitudes culturales perjudiciales, abordar la demanda y enfrentar las causas profundas de la trata, como la pobreza y la desigualdad. · Fortalecer la capacidad de los funcionarios públicos que participan en los esfuerzos contra la trata, mediante una formación integral que incorpore una perspectiva de género y de derechos humanos, y que promueva un enfoque centrado en la víctima. · Promover una atención especializada y diferenciada para las víctimas, de acuerdo con la forma de explotación sufrida.
· Reducir la normalización cultural de la explotación sexual mediante campañas educativas y de sensibilización. · Fortalecer la capacidad de la sociedad civil para desempeñar funciones de supervisión y promoción en materia de trata de personas. · Mejorar la identificación y el enjuiciamiento de todas las modalidades de trata. · Abordar la corrupción y las brechas de recursos en los esfuerzos contra la trata. · Apoyar servicios integrales de reintegración y seguimiento psicosocial continuo para las víctimas. · Adoptar y replicar sistemáticamente las prácticas prometedoras en la lucha contra la trata de personas. 57 -
- 7b. Trata de personas con fines de trabajo forzoso Las discusiones se centraron, entre otros aspectos, en los factores estructurales que permiten la existencia del trabajo forzoso, incluidos la debilidad de las inspecciones laborales, las economías informales y la falta de protección legal para los trabajadores migrantes. La consulta subrayó la necesidad de adaptar los enfoques existentes sobre la trata de personas para abordar de manera eficaz los desafíos emergentes. También se destacó la importancia de alinear las respuestas estatales con las normas internacionales de derechos humanos, así como el papel de las Naciones Unidas y otros actores internacionales en la promoción de políticas a nivel institucional. Se enfatizó además la necesidad de realizar labores de incidencia basadas en evidencia, utilizando datos tanto de la sociedad civil como del ámbito académico.
Se expresaron preocupaciones respecto a los desafíos en la aplicación e interpretación de
los marcos jurídicos existentes, así como por la falta de colaboración con la sociedad civil en los procesos de formulación de políticas públicas. La consulta destacó la necesidad de fomentar una colaboración inclusiva y equitativa entre todas las partes interesadas. Asimismo, se hizo un llamado a fortalecer el papel de las instituciones que trabajan en la lucha contra la trata de personas con fines de trabajo forzoso, como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Sistema Interamericano. En particular, se identificaron los siguientes desafíos: · Invisibilidad de la trata de personas con fines de trabajo forzoso en el sector económico formal: El trabajo forzoso no se limita únicamente al sector informal, sino que también está presente en sectores económicos formales clave, como la agricultura, la manufactura y los servicios. · Migración irregular: Los migrantes indocumentados que son víctimas de trata de personas con fines de trabajo forzoso suelen ser tratados como infractores, en lugar de ser reconocidos y protegidos como víctimas. · Estereotipo de la víctima: Los sistemas de justicia con frecuencia esperan a que las víctimas se ajusten a un perfil sumiso y pasivo, lo que puede llevar al rechazo o la desestimación de casos legítimos. · Vacíos legales: Muchos países carecen de legislación adecuada que tipifique el trabajo forzoso como delito, lo que contribuye a una impunidad generalizada. · Vacíos institucionales: Los sistemas de inspección laboral con frecuencia no logran detectar casos de trabajo forzoso, mientras que las políticas públicas carecen de indicadores para medir su efectividad. 68 -
- 8 - · Deficiencias del sistema de justicia: Los niveles de detección, enjuiciamiento y condena son muy bajos, y existe una aplicación o interpretación errónea generalizada de la ley.
indicadores para medir su efectividad. 68 -
- 8 - · Deficiencias del sistema de justicia: Los niveles de detección, enjuiciamiento y condena son muy bajos, y existe una aplicación o interpretación errónea generalizada de la ley. · Injusticia epistemica: Los testimonios de las víctimas son frecuentemente desestimados o desacreditados, lo que refuerza la discriminación sistémica dentro de las instituciones.
RECOMENDACIONES ICAT recomienda que los Estados adopten las siguientes medidas: · Desarrollar un sistema nacional y regional de evaluación del desempeño que mida el grado de cumplimiento de los países con las obligaciones internacionales. · Tipificar el trabajo forzoso como delito y establecer vínculos claros con otros delitos relacionados, incluidos la esclavitud y la servidumbre, de conformidad con las normas jurídicas internacionales. · Reformar los sistemas de justicia para reconocer y procesar eficazmente los casos de trabajo forzoso. · Capacitar a los funcionarios públicos para mejorar su comprensión sobre la trata de personas con fines de trabajo forzoso y fortalecer su capacidad de respuesta. · Fortalecer la coordinación entre los distintos departamentos del Estado (laboral, penal, migratorio) y con la sociedad civil. · Reforzar la capacidad institucional y técnica para identificar, rastrear y confiscar los bienes ilícitos derivados de la trata de personas con fines de trabajo forzoso. · Los bienes incautados deben utilizarse sistemáticamente para financiar esfuerzos integrales de indemnización, asistencia, protección y reintegración de
las víctimas. Integrar la problemática del trabajo forzoso en las agendas mundiales de comercio y derechos humanos, incluyendo la debida diligencia y la rendición de cuentas en las cadenas de suministro. · Promover la incidencia basada en evidencia con el fin de alinear las acciones estatales con las obligaciones en materia de derechos humanos. · Facilitar procesos de toma de decisiones inclusivos y participativos que permitan la participación de los actores relevantes, incluida la sociedad civil, para garantizar que las medidas destinadas a abordar la trata de personas se elaboren, entre otros factores, con base en diversas perspectivas. Fortalecer la colaboración entre los organismos de las Naciones Unidas, las organizaciones internacionales y locales, y el ámbito académico. Reforzar el papel de instituciones como la OIT en la lucha contra el trabajo forzoso mediante reformas del derecho laboral. 79 -
- 9c. Trata de personas con fines de criminalidad forzada La consulta señaló la prevalencia del reclutamiento de víctimas, en particular de niños, niñas y adolescentes, con el propósito de cometer actividades delictivas, observándose que las víctimas suelen comenzar desempeñando roles menores y progresivamente se ven involucradas en actos criminales más graves. La consulta puso de manifiesto la importancia de no considerar la trata de personas únicamente como un problema binario de víctima versus perpetrador, sino como un fenómeno complejo y sistémico, arraigado en desigualdades estructurales, pobreza y exclusión social.
Asimismo, se observó que las víctimas de trata con fines de criminalidad forzada suelen ser criminalizadas debido a la falta de conocimiento por parte de los actores del sistema de justicia penal y se les niega el acceso a los servicios de protección. Además, los programas de protección de testigos existentes resultan inadecuados y no garantizan la seguridad ni la reintegración a largo plazo. La consulta también señaló que las redes criminales aprovechan las debilidades sistémicas para acercarse a poblaciones más vulnerables. Un desafío constante ha sido la excesiva dependencia del sistema de justicia penal en el testimonio de las víctimas como única forma de prueba, lo que pone a las víctimas en riesgo y limita su acceso a la justicia. Existen también limitaciones en cuanto a la compensación a las víctimas, lo que dificulta su proceso de recuperación y reintegración social. La consulta destacó que la respuesta frente a la trata de personas con fines de criminalidad forzada enfrenta desafíos relacionados, entre otros, con la falta de datos regionales sobre víctimas y esfuerzos de enjuiciamiento; la insuficiencia de los mecanismos de protección y la ausencia de apoyo especializado; y la persistencia de vulnerabilidades como la pobreza, la migración irregular y la violencia doméstica. Persiste la preocupación por la creciente influencia de los grupos delictivos organizados en ciertas regiones, donde estos han socavado e incluso reemplazado la autoridad estatal, estableciendo sistemas paralelos de gobernanza. Esta situación contribuye a un clima de impunidad, lo que obstaculiza
significativamente los esfuerzos por combatir eficazmente la trata de personas y debilita el estado de derecho y los mecanismos de protección a las víctimas. Además, se destacó que el uso de niños, niñas y adolescentes en actividades delictivas se ha normalizado en algunas zonas, lo que dificulta la identificación de menores en situaciones de explotación. Para abordar mejor esta forma de trata de personas, se señaló la necesidad de desarrollar estrategias de prevención basadas en la comunidad, fortalecer el papel de la educación en la creación de resiliencia entre los jóvenes en situación de riesgo, mejorar la coordinación regional y reforzar el reconocimiento de la trata de personas como un problema de seguridad. 810 -
- 10RECOMENDACIONES ICAT recomienda que los Estados adopten las siguientes medidas3: · Repensar los sistemas de protección a las víctimas para incluir a quienes han sido tratados con fines delictivos, reconociendo sus perfiles y necesidades específicas. · Abordar las causas sistémicas como la pobreza, la exclusión y la falta de presencia del Estado. · Garantizar la aplicación del principio de no sanción, que reconoce que las víctimas de trata, incluidos los niños, niñas y adolescentes, no deben ser castigadas por los delitos que cometen como consecuencia directa de su situación de trata. · Asegurar la protección de los trabajadores de primera línea que brindan apoyo a las víctimas de trata forzadas a delinquir, dado que también enfrentan riesgos. · Desarrollar estrategias de investigación que apunten a toda la estructura
criminal y no solo a los perpetradores visibles. · Implementar campañas de comunicación y sensibilización sobre la trata de personas y sus múltiples formas, con el fin de prevenir y responder de manera más eficaz a este delito. · Reforzar los esfuerzos para prevenir y abordar las causas estructurales de la trata, incluyendo la implementación de medidas de protección para las poblaciones vulnerables y la atención a las condiciones que permiten la persistencia del delito, así como las brechas en la legislación y en los sistemas de protección. · Mejorar la recopilación y el análisis de datos sobre esta forma de trata. · Establecer programas especializados de protección a las víctimas que incluyan apoyo a largo plazo. · Elevar la trata de personas con fines de criminalidad forzada a la categoría de asunto de seguridad nacional, garantizando su visibilidad sostenida en la agenda política y promoviendo una respuesta integral y coordinada. · Fomentar la coordinación regional entre los Estados para los casos transfronterizos. 3 Además, las entidades que participaron en la consulta solicitaron que ICAT que facilite el diálogo y el desarrollo de políticas sobre esta forma específica de trata de personas. 911 -
- 11d. Trata de personas con fines de extracción de órganos La alta demanda mundial de trasplantes de órganos, que supera la oferta disponible, junto con los largos períodos de espera que enfrentan los pacientes en las listas de trasplantes, ha dado lugar a un lucrativo mercado informal en el que las redes criminales se benefician de
la vulnerabilidad de las personas, coaccionándolas para que vendan sus órganos. Debido a la complejidad del delito y a la falta de denuncias, el verdadero alcance del problema sigue siendo desconocido. Sin embargo, existen diferencias entre la trata de personas con fines de extracción de órganos y el tráfico de órganos. Mientras que la trata de personas con fines de extracción de órganos, tal como se establece en el Protocolo de las Naciones Unidas contra la Trata de Personas, implica la explotación -a través de distintos mediosde individuos para la extracción de sus órganos, el tráfico de órganos se refiere al comercio ilícito de órganos con fines de lucro. Las víctimas de trata de personas con fines de extracción de órganos deberían tener acceso a protección y asistencia, incluida la atención médica. No obstante, en algunos casos son criminalizadas, ya que en la mayoría de los países la venta de órganos humanos está prohibida. Esto da lugar a que las víctimas de trata con fines de extracción de órganos sean acusadas de vender órganos en lugar de ser reconocidas como víctimas, lo que vulnera el principio de no sanción y tiene consecuencias negativas para el sistema de justicia penal. La consulta indicó que existe un conocimiento limitado sobre las tendencias de la trata de personas con fines de extracción de órganos, así como sobre sus diferencias con el tráfico de órganos. También observaron que en la región se han reportado prácticas similares, como la donación de sangre y la venta de cabello bajo coacción, especialmente entre la
población migrante. A pesar de los esfuerzos globales para aumentar la sensibilización sobre la trata de personas con fines de extracción de órganos4, aún existen muy pocos casos detectados y procesados judicialmente en el mundo. Las razones de ello son diversas e incluyen: · La complejidad que rodea este delito debido a su carácter oculto. Con frecuencia, este tipo de delito se comete en instalaciones médicas legítimas. · La falta de conocimientos y pericia específicos necesarios para investigar este delito. · El conocimiento limitado entre el personal médico, lo que puede contribuir a los bajos niveles de detección y denuncia del delito. · Los donantes (víctimas de trata con fines de extracción de órganos) son aleccionados por los tratantes antes de presentarse ante los comités de ética previos al procedimiento, lo que dificulta que dichos comités detecten los casos. 4 Véase, entre otros, la Nota informativa de ICAT sobre la trata de personas con fines de extracción de órganos (disponible en inglés y en francés); Guía práctica de la ONUDD sobre la investigación y el procesamiento de la trata de personas con fines de extracción de órganos (disponible en inglés); La Asamblea General de las Naciones Unidas también cuenta con una resolución recurrente sobre la trata de personas con fines de extracción de órganos. 1012 -
- 12 - · Las víctimas son reacias a denunciar por temor a ser procesadas por venta de órganos, al estigma, a la deportación o a represalias por parte de los tratantes.
· La falta de datos sobre el delito también conduce a un análisis deficiente y a la ausencia de respuestas basadas en evidencia. Esto ha resultado, además, en una baja priorización de la respuesta frente a esta forma de explotación. RECOMENDACIONES Los participantes señalaron la necesidad de aumentar la sensibilización y la visibilidad sobre la trata de personas con fines de extracción de órganos en la región; comprender los aspectos financieros (beneficios y costos) de esta forma de trata; poner énfasis en las consecuencias potencialmente mortales para las víctimas; y reconocer que existe una delgada línea entre la vida y la muerte en los casos de trata de personas con fines de extracción de órganos, aspectos todos ellos fundamentales para fortalecer la respuesta. En concreto, se alentó a los Estados a: Establecer protocolos unificados para evaluar la voluntariedad de las donaciones de órganos, especialmente entre familiares. · Reforzar la sensibilización, en particular entre niños, niñas y adolescentes, sobre los riesgos y las consecuencias a largo plazo de la extracción de órganos. · Investigar y aumentar la sensibilización sobre las donaciones involuntarias de tejidos, incluida la sangre. · Fortalecer los esfuerzos de prevención mediante actividades basadas en la comunidad. Reforzar la capacidad del personal de salud para identificar posibles casos. 1113 -
- 13PRÓXIMOS PASOS Como seguimiento a la consulta regional, ICAT realizará las siguientes acciones: · Traducir al español y difundir en las Américas la Nota informativa de ICAT sobre la
trata de personas con fines de extracción de órganos (actualmente disponible en inglés y en francés) y la Nota informativa sobre la inclusión ética de las y los sobrevivientes de trata de personas (actualmente disponible en inglés). · Elaborar y promover una orientación de políticas sobre la cuestión emergente de la trata de personas con fines de criminalidad forzada. 1214 -
- 14ICAT Inter-Agency Coordination Group against Trafficking in Persons El Grupo Interinstitucional de Coordinación contra la Trata de Personas (ICAT, por sus siglas en inglés) fue establecido formalmente en 2007 por la Asamblea General de las Naciones Unidas con el propósito de fortalecer la cooperación y la coordinación entre las entidades de las Naciones Unidas y otros organismos a fin de facilitar un enfoque holístico e integral frente a la trata de personas. Su membresía está compuesta por 31 entidades.
En 2025, ICAT está copresidido por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) y la Organización de los Estados Americanos (OEA). La coordinación está a cargo de la ONUDD, que también alberga su Secretaría.
Página Web: https://icat.un.org/ Dirección de correo electrónico: icat@un.org La consulta regional de ICAT sobre la trata de personas en las Américas con organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales ha sido financiada por la Unión Europea.