OEA - Registro de Nacimientos de niñas y niños nacidos mediante Gestación Subrogada
OEA - Organización de Estados Americanos
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Detalles
- Título
- OEA - Registro de Nacimientos de niñas y niños nacidos mediante Gestación Subrogada
- Autor
- OEA - Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- —
REGISTRO DE NACIMIENTOS
DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS
MEDIANTE ACUERDOS DE
GESTACIÓN SUBROGADA
EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
NOMBRE AL NACER
LUGAR DE NACIMIENTO
FECHA DE NACIMIENTO
NOMBRE DEL PADRE NOMBRE DE LA MADRE SI ES ADOPTADO/A, NOMBRE ORIGINALREGISTRO DE NACIMIENTOS DE NIÑAS Y NIÑOS
NACIDOS MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN
SUBROGADA EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE Autor: Christina Baglietto Coordinación General: Kendra Gregson, Asesora Regional Protección de la Niñez, la Oficina Regional para América Latina y el Caribe (LACRO) del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y Rebeca Omaña, Coordinadora del Programa de Universalización de Identidad Civil en las Américas -PUICA de la Organización de los Estados Americanos (OEA) Este informe fue encargado por la UNICEF LACRO con Oficina Regional para América Latina y el Caribe (LACRO) del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) con la OEA. Este informe ha sido preparado por Child Identity Protection (CHIP) y ha sido avalado por el Consejo Latinoamericano y del Caribe de Registro Civil, Identidad y Estadísticas Vitales (CLARCIEV). CLARCIEV, OEA y UNICEF no aceptan ninguna responsabilidad por los errores incluidos en este documento. Se han tomado todas las precauciones razonables por parte de CHIP, CLARCIEV, OEA y UNICEF en la verificación de la información contenida en esta publicación. Sin embargo, este material publicado se distribuye sin garantía de ningún tipo, ya sea expresa o implícita. La
OEA y UNICEF en la verificación de la información contenida en esta publicación. Sin embargo, este material publicado se distribuye sin garantía de ningún tipo, ya sea expresa o implícita. La responsabilidad de la interpretación y el uso del material recaen en el lector. En ningún caso CHIP, CLARCIEV, OEA o UNICEF serán responsables de los daños derivados de su uso. Las declaraciones en esta publicación son las opiniones de los autores y no reflejan necesariamente las políticas o las opiniones de CHIP, CLARCIEV, OAS o UNICEF. Los mapas están estilizados y no están a escala. No reflejan la posición de CLARCIEV, la OEA ni UNICEF sobre el estatus legal de ningún país o zona ni la delimitación de ninguna frontera. La publicación puede reproducirse únicamente para su uso en investigación, promoción y educación, siempre que se mencione la fuente (UNICEF). Esta publicación no puede reproducirse para otros fines sin el permiso previo por escrito de UNICEF. Los permisos se pueden solicitar a la Unidad de Comunicación de la Oficina Regional para América Latina y el Caribe de UNICEF at comlac@unicef.org .
Cita sugerida : Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Organización de los Estados Americanos, Consejo Latinoamericano y del Caribe de Registro Civil, Identidad y Estadísticas Vitales y Child Identity Protection, Registro de nacimientos de niñas y niños nacidos mediante acuerdos de gestación subrogada en América Latina y el Caribe , Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF),
Ciudad de Panamá, Panamá, 2026.
ISBN: 978-92-806-5735-7
© Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) Ciudad de Panamá, 2026
Ciudad de Panamá, Panamá, 2026.
ISBN: 978-92-806-5735-7
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REGISTRO DE NACIMIENTOS
DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS
MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN SUBROGADA EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE1 REGISTRO DE NACIMIENTOS DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN SUBROGADA PrÓlogo Todo niño y toda niña, sin importar dónde haya nacido o las circunstancias de su nacimiento, tiene derechos. Uno de los más fundamentales es el derecho a la identidad. El registro de nacimiento es ese primer paso: le otorga al niño o a la niña un nombre, una identidad jurídica y el fundamento para gozar de otros derechos. Registra el lugar de nacimiento y quiénes conforman su familia, ayudando a establecer la nacionalidad. Sin él, el acceso a servicios esenciales, como la atención en salud, la educación e incluso un pasaporte, puede permanecer obstaculizado. Por ello, todo niño y toda niña debería ser registrado lo antes posible después de su nacimiento. Con el aumento de la gestación subrogada
en salud, la educación e incluso un pasaporte, puede permanecer obstaculizado. Por ello, todo niño y toda niña debería ser registrado lo antes posible después de su nacimiento. Con el aumento de la gestación subrogada en todo el mundo, han surgido preguntas complejas en torno al registro de nacimientos: ¿De quiénes deberían figurar los nombres en el certificado de nacimiento? ¿Debería incluirse información sobre la donación de gametos en el registro? ¿Qué documentos se requieren? ¿Tiene relevancia el acuerdo de gestación subrogada? ¿Cómo alinear el certificado de nacido vivo con el certificado de nacimiento? ¿Cómo prevenir el doble registro, especialmente en los acuerdos internacionales de gestación subrogada? ¿Cómo deben ser reconocidos la madre gestante y las madres y/o padres de intención? Cuando existe un acuerdo internacional de gestación subrogada, ¿qué documentos ayudan a determinar la nacionalidad del niño o de la niña? Estas no son preguntas sencillas y, en la actualidad, no existen respuestas, ni lineamientos unificados, que las y los registradores puedan seguir. Este documento explora cómo los países de la región están abordando estos desafíos. Analiza prácticas que garantizan el derecho del niño y de la niña a una identidad plena y responde a las consultas e inquietudes planteadas por las y los registradores civiles a través del Consejo Latinoamericano y del Caribe de Registro Civil, Identidad y Estadísticas Vitales. Nuestro objetivo es compartir prácticas y recomendaciones que ayuden a las y los registradores a desenvolverse frente a estos temas y a garantizar que todos los niños y niñas
Caribe de Registro Civil, Identidad y Estadísticas Vitales. Nuestro objetivo es compartir prácticas y recomendaciones que ayuden a las y los registradores a desenvolverse frente a estos temas y a garantizar que todos los niños y niñas nacidos mediante gestación subrogada reciban lo que les corresponde: una identidad jurídica desde el inicio. El registro de nacimiento es más que una formalidad; es el pasaporte de un niño o una niña para su protección.2REGISTRO DE NACIMIENTOS DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN SUBROGADA Agradecimientos Este informe es el resultado de una alianza entre la Oficina Regional para América Latina y el Caribe del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF LACRO), la Organización de los Estados Americanos (OEA) y Child Identity Protection (CHIP), con el apoyo del Consejo Latinoamericano y del Caribe de Registro Civil, Identidad y Estadísticas Vitales (CLARCIEV). Su objetivo es explorar el proceso de registro de las niñas y de los niños nacidos mediante acuerdos de gestación subrogada en América Latina y el Caribe. En este contexto, los socios desean expresar su agradecimiento a todas las personas, autoridades y organizaciones que han apoyado esta labor y están muy agradecidas con todos los Estados miembros de la OEA y/o CLARCIEV que fueron contactados en este proceso por su interés en este estudio. Los socios agradecen especialmente la participación activa y la información recibida del Civil Registry de Antigua y Barbuda, el Servicio de Registro Cívico de Bolivia, la Associação Nacional dos Registradores de
proceso por su interés en este estudio. Los socios agradecen especialmente la participación activa y la información recibida del Civil Registry de Antigua y Barbuda, el Servicio de Registro Cívico de Bolivia, la Associação Nacional dos Registradores de Pessoas Naturais (Arpen-Brasil) de Brasil, el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia, la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Ecuador, el Registro Nacional de las Personas Naturales de El Salvador, el Registro Nacional de las Personas de Guatemala, el Registro Nacional de las Personas de Honduras, el Registro Nacional de Población e Identidad en la Secretaría de Gobernación de México, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de Perú, la Junta Central Electoral de la República Dominicana, el Registry of Civil Status de Santa Lucía y el Ministerio del Interior de Surinam. El tiempo de conversación ofrecido por Karine Boselli y Pedro Giamberardino en Brasil, por María Cristina Manzano Noguera en Colombia y por Roberto Zárate Rosas y Balam Isrrael Cruz Hernández en México ha sido muy valioso para comprender la situación y los enfoques de estos países y, por lo tanto, ha aportado información muy enriquecedora para el informe. Asimismo, aprecio y gratitud sean dadas a las y los expertos y a las organizaciones que brindaron su apoyo e insumos pertinentes en la revisión de versiones previas del informe. En particular, los socios desean agradecer las valiosas aportaciones de Candy Fabio Salas, y Carolina Klein de UNICEF Chile, y LoriaMae Angela Heywood, de UNICEF Guyana y Kristen Di Martino de la sede de UNICEF por
En particular, los socios desean agradecer las valiosas aportaciones de Candy Fabio Salas, y Carolina Klein de UNICEF Chile, y LoriaMae Angela Heywood, de UNICEF Guyana y Kristen Di Martino de la sede de UNICEF por sus valiosos insumos. Adicionalmente, este documento se ha beneficiado con las opiniones expertas de Laura Martínez-Mora e Ignacio Goicoechea, de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado. Finalmente, un agradecimiento especial a la autora del reporte, Christina Bagliatto de CHIP. Así como al apoyo constante e insumos de Kendra Gregson, de la Oficina Regional para América Latina y el Caribe de UNICEF, Rebeca Omaña, de la Secretaría de CLARCIEV en la Organización de los Estados Americanos y Mia Dambach de CHIP. Las entidades autoras también agradecen el respaldo de CLARCIEV a este informe y esperan que resulte pertinente para los registradores civiles en toda la región.3 REGISTRO DE NACIMIENTOS DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN SUBROGADA Índice PRÓLOGO ................................................................................................................. 1
AGRADECIMIENTOS ............................................................................................... 2
ACRÓNIMOS ............................................................................................................ 5
DEFINICIONES CLAVE ............................................................................................. 5
INTRODUCCIÓN ...................................................................................................... 6
METODOLOGÍA ....................................................................................................... 7
CONTEXTO GLOBAL Y MARCOS NORMATIVOS ...................................................... 8
Panorama del proceso de registro de nacimientos y filiación .................. 9 1.1. Registro de nacimiento .................................................................................................. 9 1.2 Establecimiento de la filiación jurídica ......................................................................... 10
CONTEXTO GLOBAL Y MARCOS NORMATIVOS ...................................................... 8
Panorama del proceso de registro de nacimientos y filiación .................. 9 1.1. Registro de nacimiento .................................................................................................. 9 1.2 Establecimiento de la filiación jurídica ......................................................................... 10 Registro de nacimientos y filiación en casos de gestación subrogada en América Latina y el Caribe ...................................................12 2.1. Panorama general de los marcos normativos y la situación en toda la región .......... 12 2.2. Requisitos para el registro de nacimientos y la determinación de la filiación en los acuerdos de gestación ............................................................................................. 14 Características particulares e implicaciones de los acuerdos internacionales de gestación subrogada en los países en América Latina y el Caribe ...........................................................................26 3.1. Contexto actual ............................................................................................................ 26 3.2. Cuestión conexa: Certificados de nacimiento extranjeros, normas de derecho aplicable y reconocimiento de sentencias extranjeras ........................................ 28 3.3. Cuestión conexa: La concesión y la adquisición de la nacionalidad en los acuerdos internacionales de gestación subrogada ........................................................... 31 1 2
34REGISTRO DE NACIMIENTOS DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN SUBROGADA
NOMBRE AL NACER
LUGAR DE NACIMIENTO
FECHA DE NACIMIENTO
NOMBRE DEL PADRE
NOMBRE DE LA MADRE
SI ES ADOPTADO/A, NOMBRE ORIGINAL
CONCLUSIÓN: PRINCIPALES HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES ....................... 33
Hallazgo clave 1: Existencia de diversos marcos normativos que influyen en el proceso de registro de nacimientos .................................................................................... 33 Hallazgo clave 2: Información insuficiente registrada sobre la identidad completa
Hallazgo clave 1: Existencia de diversos marcos normativos que influyen en el proceso de registro de nacimientos .................................................................................... 33 Hallazgo clave 2: Información insuficiente registrada sobre la identidad completa de las niñas y los niños ......................................................................................................... 34 Hallazgo clave 3: Desarrollo de mecanismos judiciales para complementar o modificar la identidad jurídica y la filiación de las niñas y los niños .................................. 36 Hallazgo clave 4: Cuestiones relacionadas con los acuerdos internacionales de gestación subrogada (AIGS) ................................................................................................. 37 Hallazgo clave 5: Prácticas prometedoras emergentes para garantizar los derechos de los niños y las niñas en los acuerdos de gestación subrogada ...................... 38
ANEXO I: CUESTIONARIO A LOS REGISTROS CIVILES Y OTRAS PARTES INTERESADAS ............................................................................................. 39
BIBLIOGRAFÍA DE REFERENCIAS CLAVE ............................................................... 45
NOTAS ...................................................................................................................... 485 REGISTRO DE NACIMIENTOS DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN SUBROGADA Acrónimos AIGS Acuerdo internacional de gestación subrogada CDN Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño CHIP Child Identity Protection CLARCIEV Consejo Latinoamericano y del Caribe de Registro Civil, Identidad y Estadísticas Vitales CNJ Consejo Nacional de Justicia (Brasil) CURP Clave Única de Registro de Población (México) DNV Declaración de nacido vivo (Brasil) HCCH Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado ICBF Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Colombia) LACRO Oficina Regional para América Latina y el Caribe (UNICEF) NUIP Número Único de Identificación Personal (Colombia)
Tecnología(s) de reproducción asistida (TRA) Todos los tratamientos o procedimientos que incluyen la manipulación in vitro de óvulos y espermatozoides humanos o de embriones con el fin de lograr un embarazo. Esto incluye, entre otros, la fertilización in vitro y la transferencia de embriones, la transferencia intratubárica de gametos, la transferencia intratubárica de cigotos, la transferencia tubárica de embriones, la criopreservación de gametos y embriones, la donación de óvulos y embriones y la gestación subrogada gestacional. Las tecnología(s) de reproducción asistida (TRA) no incluyen la inseminación asistida (inseminación artificial) con esperma de la pareja de la mujer o de un donante de esperma. 3 El presente informe se centra únicamente en la donación de gametos por terceros y la gestación subrogada.6REGISTRO DE NACIMIENTOS DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN SUBROGADA Introducción El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Organización de los Estados Americanos (OEA), el Consejo Latinoamericano y del Caribe de Registro Civil, Identidad y Estadísticas Vitales (CLARCIEV) y Child Identity Protection (CHIP) reconocen plenamente los esfuerzos realizados por las autoridades de registro civil de la región de América Latina y el Caribe para garantizar el derecho a una identidad para todos los niños y niñas, entre otros mediante el registro oportuno de los nacimientos. Si bien todos los países cuentan con disposiciones normativas relacionadas con la inscripción de nacimientos, la mayoría no cuenta con un marco jurídico claro sobre la práctica de la gestación
HCCH Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado ICBF Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Colombia) LACRO Oficina Regional para América Latina y el Caribe (UNICEF) NUIP Número Único de Identificación Personal (Colombia) OEA Organización de los Estados Americanos OPSC Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía Principios de Verona Principios para la protección de los derechos de las niñas y niños nacidos mediante gestación subrogada RENIEC Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Perú) RUN Rol Único Nacional (Chile) SCJN Suprema Corte de Justicia de la Nación (México) SERECÍ Servicio de Registro Cívico (Bolivia) TRA Técnicas de reproducción asistida UNICEF Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia Definiciones clave Gestación subrogada Una práctica de reproducción mediante un “tercero” en la que el aspirante o aspirantes a progenitor y la madre de alquiler convienen en que esta se quede embarazada, geste y dé a luz a un niño. (...) La gestación por sustitución suele tener lugar en un contexto de tecnologías de asistencia médica para la procreación.1 Madre(s) y/o padre(s) de intención Persona(s) que solicita(n) que una madre gestante lleve el embarazo y dé a luz a un niño o una niña para ellos. 2 Tecnología(s) de reproducción asistida (TRA) Todos los tratamientos o procedimientos que incluyen la manipulación in vitro de óvulos y espermatozoides humanos o de embriones con el fin de lograr un embarazo. Esto incluye, entre otros,
entre otros mediante el registro oportuno de los nacimientos. Si bien todos los países cuentan con disposiciones normativas relacionadas con la inscripción de nacimientos, la mayoría no cuenta con un marco jurídico claro sobre la práctica de la gestación subrogada, incluidas las implicaciones para el registro de la identidad genética, gestacional, biológica y jurídica completa de la niña o del niño. Por ello, las autoridades de registro civil se enfrentan a menudo a cuestiones complejas y a un hecho consumado, independientemente de si la práctica está permitida o prohibida o la legislación no se pronuncia al respecto. El presente documento técnico recopila la información disponible de 30 países de la región en cuanto a su enfoque del registro civil de las niñas y niños nacidos mediante acuerdos de gestación subrogada. El documento identifica posibles prácticas prometedoras para registrar, preservar y acceder a la identidad completa de estas niñas y estos niños. Las autoridades de registro civil, en colaboración con el sector de la salud y los posibles intermediarios, son actores clave en la protección de la información sobre la identidad de las niñas y los niños. El registro de nacimientos también es clave para prevenir la7 REGISTRO DE NACIMIENTOS DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN SUBROGADA apatridia, ya que proporciona una prueba legal de identidad y vínculos familiares, lo que permite a los niños y niñas solicitar su nacionalidad. El presente documento técnico no pretende defender ni rechazar la práctica de la gestación subrogada. 4 Su objetivo es examinar la variedad de enfoques y procedimientos disponibles a nivel regional – y, en cierta medida, a nivel mundial
El presente documento técnico no pretende defender ni rechazar la práctica de la gestación subrogada. 4 Su objetivo es examinar la variedad de enfoques y procedimientos disponibles a nivel regional – y, en cierta medida, a nivel mundial – y garantizar que las prácticas respeten los derechos de los niños y niñas, en particular el derecho a la identidad. Todos los niños y niñas, independientemente de las circunstancias de su concepción o nacimiento, tienen derecho a ser inscritos en el registro civil sin discriminación. Esto, a su vez, permite a los niños y niñas disfrutar de una gama más amplia de derechos a la identidad, incluidos el derecho a un nombre, a una nacionalidad y a las relaciones familiares, de conformidad con los artículos 7 y 8 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (CDN), en consonancia con el principio del interés superior (artículo 3) y cumpliendo con el artículo 9 de la misma Convención y el acceso a otros derechos. La puesta en práctica del derecho a ser registrado debería implicar un proceso que garantice que el establecimiento de la filiación jurídica no facilite ni permita inadvertidamente la venta de niñas y niños5 u otras violaciones de sus derechos. También debería estar en consonancia con las disposiciones fundamentales sobre los derechos de los niños y niñas y el derecho a la identidad de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 6 Metodología UNICEF LACRO encargó a CHIP la realización de un examen técnico de los marcos normativos, de políticas públicas, institucionales así como las prácticas vigentes en relación con la inscripción de los nacimientos de niñas
UNICEF LACRO encargó a CHIP la realización de un examen técnico de los marcos normativos, de políticas públicas, institucionales así como las prácticas vigentes en relación con la inscripción de los nacimientos de niñas y niños nacidos mediante acuerdos de gestación subrogada en América Latina y el Caribe. La OEA, como Secretaría de CLARCIEV , también ha formado parte de esta alianza, facilitando los intercambios con los Estados miembros. Brasil, Colombia y México expresaron un interés particular en esta investigación y en un análisis más profundo de sus prácticas actuales. En este contexto, se elaboró un breve cuestionario inspirado en otro anterior preparado por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (HCCH) ( véase el anexo I ).7 Este cuestionario fue enviado a las autoridades de registro civil de todos los Estados miembros de la OEA y/o CLARCIEV. El equipo de investigación recibió catorce respuestas de Antigua y Barbuda, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Perú, la República Dominicana, Santa Lucía y Surinam. También se revisaron fuentes secundarias complementarias, incluida la jurisprudencia. El equipo de investigación realizó entrevistas a informantes clave de las autoridades de registro civil de Brasil y Colombia y del registro de población en México, con el fin de comprender más a
fondo sus diversos enfoques.8REGISTRO DE NACIMIENTOS DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN SUBROGADA Contexto global y marcos normativos Hay informes que indican que “ la práctica de la reproducción subrogada va en aumento en todo el mundo, con una proporción significativa y creciente de arreglos que implican dinámicas transfronterizas ”.8 Sin embargo, actualmente no existen estadísticas oficiales. Es importante recordar que las niñas y los niños nacidos mediante gestación subrogada tienen los mismos derechos que todos los niños y niñas en virtud de la CDN, 9 el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (OPSC) 10 y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 11 Si bien no existe un marco internacional vinculante dedicado a la gestación subrogada, hay iniciativas que proporcionan orientación a nivel global. Entre ellos se incluyen las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, la mayoría de las cuales se refieren al registro de nacimientos, 12 mientras que solo unas pocas abordan la práctica de la gestación subrogada, 13 los informes de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la venta y la explotación sexual de los niños sobre la gestación subrogada en 2018 y 2019, 14 los Principios para la protección de los derechos de las niñas y niños nacidos mediante gestación subrogada (Principios de Verona) de 2021, 15 y la nota informativa de UNICEF y CHIP de 2022. 16 Aunque no esté dedicado
de los derechos de las niñas y niños nacidos mediante gestación subrogada (Principios de Verona) de 2021, 15 y la nota informativa de UNICEF y CHIP de 2022. 16 Aunque no esté dedicado explícitamente a los niños y niñas, el informe de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra las mujeres y las niñas en 2025 hizo un llamado a la prohibición total de todas las prácticas de gestación subrogada y a medidas para proteger a los niños y niñas, ofreciendo también orientación. 17 Por último, la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, mediante un Grupo de Expertas y Expertos (20162022) y luego un Grupo de Trabajo (2023-2025), ha realizado esfuerzos considerables para desarrollar un posible instrumento internacional destinado a abordar las cuestiones de derecho internacional privado que se plantean en relación con la filiación jurídica de los niños y niñas, entre otros mediante acuerdos de gestación subrogada. 18 En conjunto, esta orientación internacional destaca una serie de derechos de las niñas y niños que son aplicables en los acuerdos de gestación subrogada, en particular el derecho a la dignidad humana, 19 la no discriminación, el interés superior, la identidad (es decir, el registro de nacimiento, el nombre, la nacionalidad y las relaciones familiares) y a no ser vendidas o vendidos; todos los derechos deben recibir la debida y equitativa consideración.9 REGISTRO DE NACIMIENTOS DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN SUBROGADA Panorama del proceso de registro de nacimientos y filiación
recibir la debida y equitativa consideración.9 REGISTRO DE NACIMIENTOS DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN SUBROGADA Panorama del proceso de registro de nacimientos y filiación 1.1. REGISTRO DE NACIMIENTO Los procesos de registro de nacimientos varían de un país a otro, como se indica a continuación.
Plazo: El registro de nacimientos por parte de la autoridad oficial del registro civil está sujeto a un plazo claro, que varía entre el requisito de registrar a los niños y las niñas en un plazo de cinco días a partir de su nacimiento en Surinam y hasta un plazo de 180 días – o seis meses – desde el nacimiento en Antigua y Barbuda , la República Dominicana y Santa Lucía ,20 con la notable excepción de Bolivia, que ha establecido un plazo máximo para el registro de nacimientos de hasta los 12 años del niño o niña. 21
Documentación: Cada país ha detallado la documentación que debe presentarse al inscribir el nacimiento del niño o niña. En caso de inscripción tardía, se requieren documentos o trámites adicionales (por ejemplo , documentos de identidad de la madre y el padre, certificado de matrimonio, 22 una decisión administrativa 23 o sentencia judicial, etc.). En algunos países se exigen pruebas complementarias en casos de registro tardío, que pueden incluir, entre otras, una declaración jurada en la que se explique el retraso, documentos justificativos (por ejemplo , partida de bautismo), una sentencia judicial, una declaración notarial, el libro de familia y/o el pago de una tasa.
declaración jurada en la que se explique el retraso, documentos justificativos (por ejemplo , partida de bautismo), una sentencia judicial, una declaración notarial, el libro de familia y/o el pago de una tasa. 110REGISTRO DE NACIMIENTOS DE NIÑAS Y NIÑOS NACIDOS MEDIANTE ACUERDOS DE GESTACIÓN SUBROGADA En todos los países analizados, el sector sanitario expide un documento inicial –generalmente conocido como certificado de nacido vivo– que confirma claramente el hecho del nacimiento del niño o niña, su estado de salud y registra la identidad de la mujer que ha dado a luz .24 No se trata de un acto de registro del nacimiento del niño, ni certifica su nacimiento, ya que esto es competencia de la autoridad de registro civil de cada país. Este documento es esencial para inscribir a la niña o al niño 25 y para acreditar la filiación jurídica de la mujer que dio a luz al niño o niña. 26 Ninguno de los países analizados permite actualmente el nacimiento anónimo, es decir la opción de no mencionar a la mujer que da a luz en el certificado de nacido vivo si desea mantenerse anónima. 27
Informantes: La mayoría de los países establecen los perfiles de los informantes que pueden inscribir al niño o niña ante la autoridad de registro civil, entre los que se incluyen: n en todos los países, la madre y/o el padre. 28
Esta condición puede suponer un reto para el registro de nacimientos en casos de gestación subrogada cuando la madre gestante está casada o para parejas del mismo sexo ( véase la sección 2 );29 n un famili