OEA - Resolución 2024 50796s03
OEA - Organización de Estados Americanos
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Detalles
- Título
- OEA - Resolución 2024 50796s03
- Autor
- OEA - Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2024
OEA/Ser.G CP/RES.1270 (2529/24) 18 diciembre 2024
Original: inglés CP/RES. 1270 (2529/24) TRANSFERENCIA DE FONDOS DEL PROGRAMA-PRESUPUESTO DEL FONDO DE CAPITAL PARA LOS PROGRAMAS DE BECAS Y CAPACITACIÓN DE LA OEA
(Aprobada por el Consejo Permanente en la sesión ordinaria celebrada el 17 de diciembre de 2024) EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS, VISTO la n ota de la Presidencia de la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios (CP/INF.10416/24); CONSIDERANDO: Que, mediante nota CP/CAAP-4022/24 la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) presentó a la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios ( CAAP) una solicitud para transferir fondos del Programa-Presupuesto 2023 al Fondo de Capital para los Programas de Becas y Capacitación de la OEA; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General de la OEA (Normas Generales), en el caso de programas específicamente financiados con apropiaciones no utilizadas, la Secretaría General deberá demostrar al Consejo Permanente que, en el momento de caducar, estaban totalmente respaldadas por efectivo ; y Que, el mandato contenido en el punto resolutivo IV.5.f de la resolución AG/RES.2957 (LO/20), renovado por la resolución 2985 (LII-O/22), autoriza a la Secretaría General para que, conforme al artículo 18 del Estatuto de la AICD, deposite en el Fondo de Capital para los Programas
O/20), renovado por la resolución 2985 (LII-O/22), autoriza a la Secretaría General para que, conforme al artículo 18 del Estatuto de la AICD, deposite en el Fondo de Capital para los Programas de Becas y Capacitación de la OEA los fondos de becas en el rubro 3 no utilizados o desobligados, en la medida en que lo permita el artículo 106 de las Normas Generales. Para la ejecución de este mandato, la Secretaría General deberá consultar al CIDI a través de la Junta Directiva de la AICD y obtener la aprobación del Consejo Permanente a través de la CAAP; y Que, tras evaluar la propuesta de la Secretaría General y la recomendación de la CAAP, los Estados Miembros consideran necesario autorizar la transferencia de los fondos no utilizados o desobligados de becas del Programa-Presupuesto 2023,2