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OEA - Resolución 2024 50823s07

OEA - Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA - Resolución 2024 50823s07
Autor
OEA - Organización de Estados Americanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2024

OEA/Ser.G CP/doc.6054/25 rev. 1 9 enero 2025

Original: inglés NOTA DE LA MISIÓN PERMANENTE DE ANTIGUA Y BARBUDA POR LA QUE PRESENTA UNA VERSIÓN REVISADA DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN “LA SITUACIÓN EN VENEZUELA” Y POR LA QUE TAMBIÉN SOLICITA QUE SE CONVOQUE UNA REUNIÓN INFORMAL PARA EL LUNES, 13 DE ENERO DE 2025, PARA DEBATIR SOBRE ELLAMISIÓN PERMANENTE DE ANTIGUA Y BARBUDA

PM 05/2025 La Misión Permanente de Antigua y Barbuda saluda atentamente a la Presidencia del Consejo Permanente y se permite hacer referencia a su nota anterior relativa a una propuesta de proyecto de resolución de Canadá sobre “La situación en Venezuela” y un texto alternativo propuesto por Antigua y Barbuda. La Misión Permanente de Antigua y Barbuda informa a la Presidencia del Consejo Permanente que la Misión Permanente de Canadá ha indicado que acepta el texto alternativo de Antigua y Barbuda como base para un debate más amplio y abierto a todos los Estados Miembros. En tal sentido, Canadá ha sugerido texto y ha pedido que se considere su inclusión en una versión revisada del texto que ha propuesto Antigua y Barbuda. Asimismo, la Misión Permanente de Brasil presentó modificaciones por escrito para su consideración. Se ha acusado recibo de los textos que presentaron las Misiones Permanentes de Brasil y

Canadá y se los ha considerado cuidadosamente para su inclusión en la versión modificada del proyecto de resolución de Antigua y Barbuda, adjunto a la presente. La Misión Permanente de Antigua y Barbuda es consciente de que algunas delegaciones preferirían esperar hasta la próxima semana para considerar el texto propuesto del proyecto de resolución en una reunión informal. Por lo anterior, la Misión Permanente de Antigua y Barbuda solicita respetuosamente a la Presidencia del Consejo Permanente que tenga a bien hacer llegar a todos los Estados Miembros la presente Nota, junto con la versión modificada del proyecto de resolución “La situación en Venezuela”, en los idiomas oficiales de la Organización. Además, la Misión Permanente de Antigua y Barbuda solicita que la Presidencia del Consejo Permanente facilite una reunión informal de los Estados Miembros a las 2:30 p. m. del lunes, 13 de enero del presente, para debatir el mencionado proyecto de resolución. Sin otro particular, la Misión Permanente de Antigua y Barbuda aprovecha la ocasión para renovar a la Presidencia del Consejo Permanente las seguridades de su más alta y distinguida consideración.

9 de enero de 2025 Washington, D. C. Presidencia del Consejo Permanente Washington, D. C.3

VERSIÓN MODIFICADA DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN

“LA SITUACIÓN EN VENEZUELA”

EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS, TENIENDO EN CUENTA los principios y propósitos consagrados en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, que afirman el compromiso de los Estados Miembros de

AMERICANOS, TENIENDO EN CUENTA los principios y propósitos consagrados en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, que afirman el compromiso de los Estados Miembros de defender la democracia, los derechos humanos, la solución pacífica de controversias y el respeto al derecho internacional; RECONOCIENDO que el artículo 2 de la Carta Democrática Interamericana establece que “el ejercicio efectivo de la democracia representativa es la base del Estado de derecho...”; RECONOCIENDO TAMBIÉN que el artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana establece que “son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, (...) la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo...”; RECONOCIENDO ADEMÁS que el artículo 11 de la Carta Democrática Interamericana establece que “la democracia y el desarrollo social y económico son interdependientes y se refuerzan mutuamente”; REAFIRMANDO el propósito esencial de la Organización de los Estados Americanos de promover y consolidar la democracia representativa, con el debido respeto al principio de no intervención, tal como lo expresa el artículo 2 (b) de la Carta de la Organización; RECORDANDO la resolución CP/RES. 1261 (2508/24), “La situación en Venezuela”, que aprobó el Consejo Permanente el 16 de agosto de 2024; y Tomando nota con preocupación de las denuncias de graves irregularidades y violencia vinculadas al proceso electoral en la República Bolivariana de Venezuela, tras las elecciones celebradas el 28 de julio de 2024,

Tomando nota con preocupación de las denuncias de graves irregularidades y violencia vinculadas al proceso electoral en la República Bolivariana de Venezuela, tras las elecciones celebradas el 28 de julio de 2024,

RESUELVE:4

1. Reiterar el llamamiento al Consejo Nacional Electoral de la República Bolivariana de Venezuela a: (a) publicar los archivos de las elecciones presidenciales, incluido el resultado de las votaciones en cada una de las mesas de votación y (b) respetar el principio fundamental de la soberanía popular mediante una verificación imparcial de los resultados con la que se garantice la transparencia, la credibilidad y la legitimidad del proceso electoral.

2. Destacar la importancia de que todos los actores políticos de Venezuela participen en un diálogo constructivo e inclusivo para resolver pacíficamente y de manera democrática la actual crisis política.

3. Instar a todas las partes a que respeten la soberanía y la independencia de Venezuela y se abstengan de realizar acciones que puedan exacerbar las tensiones o socavar los intentos de lograr una resolución pacífica de la crisis política.

4. Solicitar a las autoridades venezolanas y a las partes interesadas internacionales pertinentes que cooperen con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y otros organismos regionales para salvaguardar los derechos humanos y los principios democráticos.

5. Reconocer los esfuerzos de los países que han acogido a migrantes venezolanos y alentar el apoyo continuo de la comunidad internacional a las iniciativas humanitarias que dan prioridad al bienestar de los necesitados.

6. Promover el levantamiento de las medidas coercitivas unilaterales impuestas a Venezuela, que tienen un fuerte impacto sobre los derechos humanos.

prioridad al bienestar de los necesitados.

6. Promover el levantamiento de las medidas coercitivas unilaterales impuestas a Venezuela, que tienen un fuerte impacto sobre los derechos humanos.

7. Instar a las autoridades venezolanas a que sigan examinando los casos de las personas detenidas durante las manifestaciones postelectorales, garantizando que se respeten plenamente sus derechos fundamentales.

8. Reiterar la solicitud de que las autoridades de la República Bolivariana de Venezuela protejan las instalaciones diplomáticas y al personal que reside en territorio venezolano, incluidas las personas que buscan asilo en dichas instalaciones, de conformidad con el derecho internacional y, en5 particular, con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena

sobre Relaciones Consulares.

9. Invitar a los Estados Miembros y observadores de la OEA a que apoyen los esfuerzos destinados a abordar las causas fundamentales de la crisis humanitaria en Venezuela, entre ellas medidas económicas y sociales que promuevan el desarrollo sostenible y la estabilidad.

10. Expresar su solidaridad con el pueblo venezolano y permanecer atentos a la situación en la República Bolivariana de Venezuela. upload_678d4d1f5877f.docx

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