OEA - Resolución CP CAJP 3846 25 add. 2 de 2025
Detalles
- Título
- OEA - Resolución CP CAJP 3846 25 add. 2 de 2025
- Autor
- Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2025
CONSEJO PERMANENTE DE LA OEA/Ser.G
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS CP/CAJP-3846/25 add. 1
21 marzo 2025
COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y POLÍTICOS Original: español
PROYECTO DE RESOLUCIÓN ÓMNIBUS[[1]](#footnote-1)/
“PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS”
A SER ELEVADA AL QUINCUAGÉSIMO-QUINTO PERÍODO ORDINARIO
DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL
“PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS RELATIVO A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES: MOVILIDAD HUMANA”
(Párrafos que propone la delegación del Uruguay sobre el tema)
“PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS RELATIVO A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES: MOVILIDAD HUMANA”
CONSIDERANDO: el creciente incremento en la movilidad humana de niñas, niños y adolescentes en la región, los riesgos asociados a esta situación y su particular impacto en las niñas;
TENIENDO EN CUENTA: la importancia que la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en movilidad humana tiene para la OEA, reflejada en la creación y mandato de la Comisión de Asuntos Migratorios, así como en diversas resoluciones de la Asamblea General, en especial su resolución AG/DEC. 111 (LIII-O/23) DECLARACIÓN PARA LA PROTECCIÓN E INTEGRACIÓN DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA MIGRANTE Y REFUGIADA EN LAS AMÉRICAS,
RESUELVE:
RESUELVE:
1. Encomendar al IIN que, con los recursos existentes y en coordinación con el Departamento de Inclusión Social de la OEA, implemente instancias de formación para los operadores estatales a través del Programa Interamericano de Capacitación (PIC), con el propósito de fortalecer las capacidades técnicas de los Estados, fomentando un enfoque con perspectiva de género, basado en la promoción y protección de los derechos en la atención de niñas, niños y adolescentes en situaciones de movilidad humana y promoviendo el establecimiento de los convenios y acuerdos de cooperación necesarios para facilitar estos procesos.
2. Encomendar al IIN, en coordinación con el Departamento de Inclusión Social de la OEA, brindar asistencia técnica a los Estados Miembros, que lo soliciten, para fortalecer sus sistemas integrales de promoción y protección de derechos de niñas, niños y adolescentes, para promover y proteger sus derechos en contextos de movilidad humana.
ANEXO (Textual)
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CP51281S01