OEA - Resolución CP CAJP 3854 25 de 2025

Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA - Resolución CP CAJP 3854 25 de 2025
Autor
Organización de Estados Americanos
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Internacional Público
Año
2025

| | | | --- | --- | | CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y POLÍTICOS | OEA/Ser.G CP/CAJP-3854/25 9 abril 2025 Original: español |

INFORME DE LA PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y POLÍTICOS (CAJP) CON LAS RECOMENDACIONES EN TORNO A LA CONSIDERACIÓN DEL TEMA “DETENCIÓN ARBITRARIA EN LAS RELACIONES ENTRE LOS ESTADOS” POR PARTE DE LA CAJP, PARA SU REMISIÓN AL CONSEJO PERMANENTE

(Sección ix, de la resolución AG/RES. 3030 (LIV-O/24), “Derecho Internacional”)

1. Introducción

En su sesión ordinaria del 24 de julio de 2024, el Consejo Permanente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30 de su Reglamento, aprobó la “Distribución de mandatos emanados del quincuagésimo-cuarto período ordinario de sesiones de la Asamblea General y otros períodos anteriores” (documento CP/doc.6030/24 rev. 1), mediante el cual encomendó a la CAJP que durante el período 2024-2025 hiciera seguimiento al tema “DETENCIÓN ARBITRARIA EN LAS RELACIONES ENTRE LOS ESTADOS”, contenido en la Sección ix, de la resolución AG/RES. 3030 (LIV-O/24), “Derecho Internacional”.

El mandato especifico consistió en:

3. Solicitar a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos (CAJP) que invite a expertos del sistema interamericano y otros con reconocidos conocimientos sobre el tema de la Detención Arbitraria en las Relaciones entre Estados a una sesión, y que informe sus conclusiones y recomendaciones al Consejo Permanente.

En cumplimiento del citado mandato, la Presidencia de la CAJP programó, en coordinación con la Misión Permanente de Canadá (proponente del respectivo mandato de la Asamblea General), la consideración del tema, para la sesión ordinaria de la CAJP del jueves 23 de enero de 2025.

La CAJP sesionó en la citada fecha en forma ordinaria, bajo la presidencia del Ministro Consejero José Roberto Rodríguez Bustamante, Representante Alterno del Perú ante la OEA, en su calidad de primer vicepresidente de la CAJP, en ausencia temporal de la Presidenta de la Comisión.

En preparación para la consideración de este punto del orden del día, la Misión Permanente de Canadá, preparó la Nota Conceptual que fue distribuida oportunamente como documento CP/CAJP-3828/24.

Adicionalmente, en preparación para la sesión, se distribuyeron las Biografías de los panelistas invitados (CP/CAJP-3828/25 add. 1)

1. Punto 4, del orden del día de la sesión ordinaria de la CAJP del 23 de enero de 2025 -- Seguimiento a mandatos de la resolución AG/RES. 3030 (LIV-O/24), “Derecho Internacional”: Sección ix, “Detención arbitraria en las relaciones entre los Estados”. Resolutivo 3.

Este punto del orden del día se desarrolló como aparece a continuación:

1. Introducción: Visión general de la detención arbitraria y sus implicaciones regionales, Toby Schwartz, Directora de Política Consular, Detención Arbitraria y Asuntos de Rehenes, Ministerio de Asuntos Mundiales de Canadá

  • - Texto de la presentación

1. Presentaciones moderadas por la Directora Toby Schwartz.

2. Análisis jurídico y normativo, Profesor Claudio Grossman, Panel internacional independiente sobre la detención arbitraria en las relaciones entre Estados

  • - Texto de la presentación

1. Costo humano de la diplomacia de rehenes, Jorge Toledo, ex alto ejecutivo, escritor, músico y superviviente de 1775 días de detención arbitraria - Texto de la presentación

2. Mesa redonda moderada por la Directora Toby Schwartz

3. Sesión de preguntas y respuestas: Preguntas y debate entre los Estados Miembros

En este diálogo, participaron los siguientes Estados Miembros:

1. Antigua y Barbuda 2. Argentina 3. Costa Rica 4. Brasil 5. Canadá 6. Panamá

Al concluir la consideración de este tema, la CAJP tomó nota tanto de la Introducción, como de las Presentaciones de los panelistas invitados y de la Mesa Redonda, como de las intervenciones de los Estados Miembros, todo lo cual hace parte del presente informe para su remisión al Consejo Permanente.

1. Recomendaciones textuales: 2. Recomendaciones textuales de los Panelistas Invitados: 3. Profesor Claudio Grossman, Panel internacional independiente sobre la detención arbitraria en las relaciones entre Estados

4. Establecer un relator especial o grupo de trabajo dentro de la OEA para monitorear e informar sobre las detenciones arbitrarias en la región.

5. Promover un instrumento jurídico regional que aborde explícitamente la detención arbitraria en las relaciones interestatales.

6. Mejorar los mecanismos de cooperación entre los Estados Miembros para brindar apoyo diplomático y garantizar la rendición de cuentas. 7. Jorge Toledo, ex alto ejecutivo, escritor, músico y superviviente de 1775 días de detención arbitraria

8. Es crucial que la diplomacia de rehenes se tipifique como delito en la jurisprudencia nacional, internacional y universal. Sólo entonces se podrá enjuiciar como criminales a los autores de este delito. 9. Recomendaciones textuales de los Estados Miembros: 10. Antigua y Barbuda

11. Apoyamos lo que dijo la Directora Schwartz, en el sentido de que todos los países corren riesgos respecto de la detención arbitraria. Sin embargo, corren un riesgo particular los países pequeños como el mío. Tenemos representación diplomática en menos de 7 países de todo el mundo. Por lo tanto, si estas circunstancias ocurrieran, cualquiera de nuestros nacionales, se quedaría sin la asistencia inmediata de nuestro gobierno. Por esta razón, Antigua y Barbuda fue uno de los primeros países en suscribir y firmar la Declaración (Declaración contra la Detención Arbitraria en las Relaciones entre Estados)[[1]](#footnote-1)/ y hacemos un llamado a todos los Estados Miembros de la OEA a hacerlo. 12. Costa Rica

12. Costa Rica

13. Reiteramos que las iniciativas para abordar este problema deben enfocarse en fortalecer el derecho internacional y los derechos humanos, evitando enfoques que polaricen o generen tensiones innecesarias entre Estados, con el fin de garantizar un enfoque equilibrado y constructivo.

14. Asimismo, hacemos un llamado a todos los Estados a cesar el uso de la detención arbitraria como una herramienta de presión política y a comprometerse activamente a defender los derechos humanos y la dignidad de todas las personas.

15. Brasil

16. El Brasil está interesado en profundizar los debates sobre la detención arbitraria en el contexto de los conflictos armados, prestando especial atención a la situación de los grupos vulnerables. El Brasil sostiene que los Estados deben velar por que los ciudadanos detenidos gocen de todas las garantías jurídicas, incluido el derecho a la representación jurídica.

17. Además, los Estados deben prestar especial atención a los grupos vulnerables, como las mujeres, los afrodescendientes, las personas LGBTQIA+, las personas en situación de calle, los niños, entre otros. En el caso de la detención de extranjeros, es esencial que los Estados también permitan la prestación inmediata y adecuada de asistencia consular.

18. Canadá

19. Canadá tiene la intención de patrocinar nuevamente el lenguaje sobre la detención arbitraria en las relaciones entre Estados en la resolución de Derecho Internacional de 2025 y busca el apoyo de sus delegaciones.

20. Con el informe del Panel Internacional Independiente que se publicará este verano, alentamos a la OEA y a los Estados Miembros a considerar sus recomendaciones y explorar formas prácticas de implementar propuestas clave dentro de este organismo.

21. Panamá

22. Panamá insta a los Estados miembros de la OEA a reforzar su compromiso con los valores de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y a trabajar juntos para erradicar la instrumentalización de personas como herramientas de presión política.

23. Reafirmamos nuestra voluntad de participar activamente en iniciativas que promuevan el fortalecimiento de marcos jurídicos y mecanismos que garanticen la rendición de cuentas de los responsables de estas acciones.

24. Conclusiones

No se definió un mecanismo para la formulación de conclusiones, por lo tanto, no se incluyen en este Informe.

1. Registros

El registro en audio de la sesión ordinaria se encuentra en el siguiente enlace:

<http://scm.oas.org/audios/2025/CP_CAJP-3827-01-23-2024.mp3>

1. Remisión de Informe al Consejo Permanente

Se remite el presente informe para la consideración del Consejo Permanente, en cumplimiento del mandato de la Asamblea General antes señalado.

Embajadora Claudia Escobar Mejía

Representante Permanente de Guatemala ante la OEA

Presidenta de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos

CP51429S01

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