OEA - Resolución CP CSH 2285 25 rev. 1 de 2025
Detalles
- Título
- OEA - Resolución CP CSH 2285 25 rev. 1 de 2025
- Autor
- Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2025
CONSEJO PERMANENTE DE LA OEA/Ser.G
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS CP/CSH-2285/24 rev. 1
27 febrero 2025
COMISIÓN DE SEGURIDAD HEMISFÉRICA Original: inglés
METODOLOGÍA PARA LA PRESENTACIÓN Y NEGOCIACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN ÓMNIBUS EN LA COMISIÓN DE SEGURIDAD HEMISFÉRICA, A SER ELEVADO A LA ASAMBLEA GENERAL EN SU QUINCUAGÉSIMO QUINTO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES[[1]](#footnote-2)
(Aprobada por la Comisión el 27 de febrero de 2025)
Tomando en cuenta la mejores prácticas de períodos anteriores y en el entendido de que la intención de la CSH es dar prioridad al cumplimiento de los mandatos sobre seguridad hemisférica que se encuentran pendientes y reducir el número de mandatos nuevos a ser elevados a la consideración de la Asamblea General en su quincuagésimo quinto período ordinario de sesiones, la Presidencia pone a consideración de la Comisión la siguiente metodología para la presentación y negociación del proyecto de resolución ómnibus.
Sin menoscabo del derecho que asiste a los Estados Miembros de presentar propuestas para su eventual consideración por la Asamblea General, la Presidencia propone establecer las siguientes etapas para la presentación y negociación del proyecto de resolución: (i) preparación del proyecto a ser considerado por la Comisión; (ii) negociación del proyecto de resolución, y (iii) consideraciones generales. Las fechas propuestas se incluyeron en la sección V.C del proyecto de Plan de Trabajo (CP/CSH-2282/24 rev. 1) que presentó la Presidencia.
ÍNDICE DE CONTENIDO
I. PREPARACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN 3
A. Primer borrador (16 de marzo de 2025) 3
ÍNDICE DE CONTENIDO
I. PREPARACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN 3
A. Primer borrador (16 de marzo de 2025) 3
B. Recepción de comentarios o propuestas (16 de abril de 2025) 3
C. Versión revisada (21 de abril de 2025) 4
II. NEGOCIACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN 4
III. CONSIDERACIONES GENERALES 5
IV. CALENDARIO 6
1. PREPARACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Esta sección corresponde al período previo a la consideración formal del proyecto de resolución por parte de la Comisión e incluye la preparación del primer borrador y la actualización de dicho documento con los comentarios o propuestas que presenten las delegaciones.
- 1. Primer borrador (16 de marzo de 2025)
Con respecto al primer borrador, se proponen las siguientes directrices:
- 1. Primer borrador (16 de marzo de 2025)
Con respecto al primer borrador, se proponen las siguientes directrices:
- - 1. Con el apoyo de las Vicepresidencias y de la Secretaría, la Presidencia preparará un proyecto de resolución ómnibus basado en las ocho áreas temáticas de la resolución AG/RES. 3031 (LIV-O/24).
2. Tal y como ha sido la práctica en años anteriores, el proyecto de resolución, que se distribuirá el 16 de marzo de 2025, incluirá un párrafo con el que se reafirmarán al Consejo Permanente, a la Secretaría General y a los órganos pertinentes todos los mandatos relativos a la seguridad hemisférica que se encuentren pendientes de cumplimiento.
3. Tomando en cuenta las mejores prácticas implementadas en años anteriores, la Presidencia propone lo siguiente:
1. Reafirmar al Consejo Permanente, a la Secretaría General y a los órganos pertinentes todos los mandatos relativos a la seguridad hemisférica que se encuentren pendientes de cumplimiento.
2. Procurar no generar mandatos nuevos, a menos de que correspondan a medidas requeridas para actualizar la implementación de mandatos anteriores.
Para estos efectos, se procurará incluir un máximo de:
- tres párrafos preambulares - tres párrafos dispositivos y un párrafo con mandatos para la Secretaría General (un chapeau y tres incisos con mandatos específicos) por cada uno de los temas que habrán de ser incluidos en el proyecto de resolución - cuatro párrafos por cada una de las convenciones (CIFTA y CITAAC) - seis párrafos por cada una de las entidades interamericanas (CICAD, CICTE y JID), lo cual incluye un párrafo con mandatos para la Secretaría General (un chapeau e incisos con mandatos específicos) - tres párrafos de naturaleza general (uno para reafirmar mandatos y dos para seguimiento)
1. Recepción de comentarios o propuestas (16 de abril de 2025)
La Presidencia solicita amablemente a las delegaciones que, antes del 16 de abril de 2025, envíen sus comentarios o propuestas de modificaciones a los párrafos contenidos en el primer borrador del proyecto de resolución y, en caso de ser necesario, los párrafos nuevos que deseen proponer.
- 1. Versión revisada (21 de abril de 2025)
Una vez que los Estados Miembros hayan enviado sus comentarios o propuestas, la Presidencia distribuirá una versión revisada que contendrá:
- - 1. los párrafos del proyecto de la Presidencia sobre los cuales, en principio, exista consenso; 2. los párrafos del proyecto de la Presidencia con propuestas de modificaciones de una o más delegaciones; y 3. los nuevos párrafos que se presenten.
La versión revisada del proyecto de resolución se distribuirá el 21 de abril de 2025.
1. NEGOCIACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN
La versión revisada del proyecto de resolución se distribuirá el 21 de abril de 2025.
1. NEGOCIACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN
La Comisión empezará a considerar el proyecto de resolución e1 24 de abril de 2025. La Presidencia propone la siguiente metodología para la negociación del proyecto de resolución:
- - 1. Se someterán primero a la consideración y aprobación de la Comisión aquellos párrafos sobre los cuales en principio haya consenso; es decir, aquellos sobre los cuales las delegaciones no hayan hecho comentarios. Posteriormente, se considerarán los párrafos con propuestas de modificaciones y luego, los párrafos nuevos.
2. Antes de cada reunión de negociación, se distribuirá un aviso en el que se indicarán los párrafos que habrán de ser considerados.
3. Una vez iniciadas las negociaciones, las delegaciones que deseen presentar propuestas o comentarios deberán remitirlos por escrito a la Secretaría por lo menos 48 horas antes de las reuniones formales, para dar tiempo a que sean traducidas y distribuidas.
4. En caso de ser necesario, las delegaciones procurarán enviar cualquier párrafo nuevo antes de la fecha sugerida en la primera etapa (16 de abril de 2025).
5. Durante las negociaciones, las delegaciones deberán solicitar la palabra solo para presentar propuestas concretas para aquellos párrafos en los que no se puedan unir al consenso. El apoyo al párrafo en consideración se realizaría de manera tácita; es decir, que de no haber comentarios se entiende que se apoya el párrafo.
6. Asimismo, se procurará seguir la práctica correspondiente a los casos de ad referéndum. En los casos en los que un máximo de dos delegaciones no puedan unirse al consenso, la Comisión acordará el texto correspondiente ad referéndum de esas delegaciones.
7. Las negociaciones de párrafos se centrarán en la parte sustantiva y no en el estilo de redacción. Dado el caso de que persistan dificultades para alcanzar un acuerdo y si es necesario, la Presidencia solicitará a las delegaciones interesadas que se reúnan de manera informal para intentar superar los obstáculos existentes, a fin de presentar un texto consensuado a la Comisión.
1. CONSIDERACIONES GENERALES - 1. La resolución ómnibus estará en consonancia con el Plan Estratégico Integral y con la Visión Estratégica de la Organización, además de que en ella se tendrán en cuenta los recursos financieros disponibles y se cumplirá con lo establecido en la sección IV, párrafo 11(c) y (d) de la resolución AG/RES. 1 (LV-E/24), “Programa-presupuesto de la Organización para 2025”. 2. Con el propósito de dar prioridad a la implementación de los mandatos pendientes y evitar la duplicación de mandatos, antes del 1 de abril de 2025 tanto la SSM como la JID presentarán a la CSH una lista actualizada de los mandatos pendientes, indicando el estado de cumplimiento cumplido, no cumplido, en curso, según la recomendación #10 para el seguimiento de los mandatos ([CP/CSH-2257/24)].
3. En la medida de lo posible, se indicarán los plazos para la implementación de mandatos, procurando establecer fechas de caducidad cuando sea procedente.
4. Se procurará evitar redactar párrafos que contengan mandatos relativos a áreas temáticas diferentes. En caso de que sea necesario incluir este tipo de párrafos, se sugiere incluir subpárrafos para los mandatos de cada área.
5. Las delegaciones que presenten propuestas de texto deberán liderar las consultas informales como mecanismo para llegar a un consenso sobre dicho texto, antes de que sea negociado formalmente por la Comisión.
6. En consonancia con la práctica para la consideración de propuestas de la CSH, será posible incluir recomendaciones previamente acordadas entre los Estados Miembros en reuniones de entidades tales como CICTE, CICAD, CIFTA y JID. Respecto a este punto, se propone incluir un máximo de seis párrafos para cada una de las entidades (CICAD, CICTE y JID) y cuatro para los instrumentos (CIFTA y CITAAC), que serán considerados entre los temas sustantivos. 7. A fin de aumentar la participación y coordinación de la JID en las actividades de la CSH —y de su mecanismo conjunto permanente (CP/CSH/INF. 585/24)— la JID incluirá al Consejo de Delegados en el proceso de redacción de los párrafos que se someterán a la consideración de la Asamblea General.
8. La Comisión tomará en cuenta las recomendaciones emanadas de aquellas reuniones especiales que se hayan celebrado en el marco de la CSH durante el período en curso, así como los resultados de otras reuniones regionales relacionadas con la seguridad y de la Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas (CMDA).
9. La Secretaría llevará un registro de las negociaciones y tendrá en cuenta el idioma en el que hayan sido presentadas las propuestas originalmente.
10. De conformidad con el “Acuerdo del Consejo Permanente sobre la inclusión de notas a pie de página y la anexión de documentos a los proyectos de resolución que serán elevados a la consideración de la Asamblea General” (CP/doc.4556/11), las notas a pie de página referidas a cualquier parte del proyecto de resolución tendrán un máximo de dos líneas. Cuando el texto exceda ese límite, las dos primeras líneas de la nota a pie página iniciará en la página correspondiente y continuará al final del texto del proyecto de resolución. Asimismo, los proyectos de resolución no incluirán anexo alguno, a menos que se trate de documentos que sean presentados a la consideración de la Asamblea General para su adopción o aprobación. Toda referencia a documentos en el texto de los proyectos de resolución deberá indicar el título y la clasificación correspondiente y toda otra identificación disponible, como nombre, lugar y fecha de la reunión en la que se consideró el documento.
2. CALENDARIO
| | | | --- | --- | | 7 de noviembre de 2024 | Presentación y consideración de la propuesta de metodología para la negociación del proyecto de resolución ómnibus que será elevado a la Asamblea General en su quincuagésimo quinto período ordinario de sesiones | | 16 de marzo de 2025 | Distribución del primer borrador del proyecto de resolución ómnibus (preparado por la Presidencia, con el apoyo de las Vicepresidencias y la Secretaría) | | 16 de abril de 2025 | Fecha límite sugerida para la remisión de comentarios o propuestas por parte de las delegaciones al borrador presentado por la Presidencia | | 21 de abril de 2025 | Publicación de la versión revisada del proyecto de resolución ómnibus. La versión nueva incluirá lo siguiente: - Párrafos para los que no hubo comentarios y sobre los cuales, en principio, hay consenso. - Párrafos para los cuales una o varias delegaciones hayan propuesto modificaciones. - Párrafos nuevos propuestos por las delegaciones. | | 24 de abril de 2025 | Consideración del proyecto de resolución que habrá de ser elevado a la Asamblea General, se considerarán aquellos párrafos que no hayan recibido comentarios. | | 15 de mayo de 2025 | Consideración del proyecto de resolución que habrá de ser elevado a la Asamblea General | | 22 de mayo de 2025 | Consideración del proyecto de resolución que habrá de ser elevado a la Asamblea General | | 29 de mayo de 2025 | Consideración del proyecto de resolución que habrá de ser elevado a la Asamblea General | | 5 de junio de 2025 | Consideración del proyecto de resolución que habrá de ser elevado a la Asamblea General |
CP51106S01