INFORME AL CONSEJO PERMANENTE SOBRE EL ESTADO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA PARA LAS REUNIONES DEL CONSEJO PERMANENTE CORRESPONDIENTE A 2024
[En cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo operativo II. 8 a) de la resolución AG/RES. 2971 (LI-O/21)][[1]](#footnote-1)/
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CP52239S01
1. . El PO II. 8 a) de la resolución AG/RES. 2971 (LI-O/21) dispone: “Recordar el artículo 36 del Reglamento del Consejo Permanente que establece que las sesiones ordinarias deben realizarse el primer y tercer miércoles de cada mes, y urgir a la Presidencia del Consejo Permanente a racionalizar la programación de reuniones y la elaboración de su agenda, corresponsabilizando a los Estados Miembros y siempre teniendo en cuenta la necesidad de respetar estrictamente las asignaciones presupuestarias. Encomendar a la Oficina del Secretario General Adjunto que celebre una reunión informativa al comienzo de cada año con todos los Presidentes entrantes del Consejo Permanente juntos, para proporcionar información sobre la asignación presupuestaria general para las reuniones, incluido un desglose aproximado por presidencia. Solicitar un breve informe trimestral al Consejo Permanente sobre el estado de la ejecución presupuestaria para las reuniones del Consejo Permanente.” ↑