OEA - Resolución CP RES. 1209 25 corr. 1 de 2025

Organización de Estados Americanos

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Detalles

Título
OEA - Resolución CP RES. 1209 25 corr. 1 de 2025
Autor
Organización de Estados Americanos
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Internacional Público
Año
2025

[image]OEA/Ser.G

CP/RES. 1209 (2402/22) corr. 1

11 noviembre 2022

Original: español

CP/RES. 1209 (2402/22)

TRANSFERENCIA DE FONDOS DEL PROGRAMA-PRESUPUESTO DEL

FONDO REGULAR 2021 AL FONDO DE CAPITAL PARA

LOS PROGRAMAS DE BECAS Y CAPACITACIÓN DE LA OEA

(Aprobada por el Consejo Permanente en la sesión ordinaria celebrada el 11 de noviembre de 2022)

EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,

VISTA la nota de la Presidencia de la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios (CP/INF. 9520/22);

CONSIDERANDO:

Que, mediante nota CP/CAAP-3859/22 la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) presentó a la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios (CAAP) una solicitud para transferir fondos del Programa-Presupuesto 2021 al Fondo de Capital para los Programas de Becas y Capacitación de la OEA;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General de la OEA (Normas Generales), en el caso de programas específicamente financiados con apropiaciones no utilizadas, la Secretaría General deberá demostrar al Consejo Permanente que, en el momento de caducar, estaban totalmente respaldadas por efectivo; y

Que, el mandato contenido en el punto resolutivo IV.5.f de la resolución AG/RES.2957 (L-O/20), renovado por la resolución AG/RES. 2971 (LI-O/21), autoriza a la Secretaría General para que, conforme al artículo 18 del Estatuto de la AICD, deposite en el Fondo de Capital para los Programas de Becas y Capacitación de la OEA los fondos de becas en el rubro 3 no utilizados o desobligados, en la medida en que lo permita el artículo 106 de las Normas Generales. Para la ejecución de este mandato, la Secretaría General deberá consultar al CIDI a través de la Junta Directiva de la AICD y obtener la aprobación del Consejo Permanente a través de la CAAP; y

Que, tras evaluar la propuesta de la Secretaría General y la recomendación de la CAAP, los Estados Miembros consideran necesario autorizar la transferencia de los fondos no utilizados o desobligados de becas del Programa-Presupuesto 2021,

RESUELVE:

1. Autorizar a la Secretaría General a proceder con la transferencia antes del 31 de diciembre de 2022 de los fondos no utilizados o desobligados de la apropiación asignada a becas en el Programa-Presupuesto 2021 del Fondo Regular, al Fondo de Capital para los Programas de Becas y Capacitación de la OEA como lo establece la resolución AG/RES.2957 (L-O/20).

2. Solicitar a la Secretaría General que incluya en el Informe Semestral sobre la Gestión de los Recursos y el Desempeño final de 2022, los montos transferidos al Fondo de Capital para los Programas de Becas y Capacitación de la OEA.

CP52461S01

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