OEA - Resolución II.31 RC.31 doc. 7 26 rev. 5 de 2026
Detalles
- Título
- OEA - Resolución II.31 RC.31 doc. 7 26 rev. 5 de 2026
- Autor
- Organización de Estados Americanos
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2026
TRIGÉSIMA PRIMERA REUNIÓN DE CONSULTA OEA/Ser.F/II.31
DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES RC.31/doc.7/26 rev. 5
2 de octubre de 2026 1 octubre 2026
Washington, D.C., Estados Unidos de América Original: ingles/español
PROYECTO DE RESOLUCIÓN TITULADO «LA SITUACIÓN EN NICARAGUA Y SU CONSIDERACIÓN COLECTIVA CONTINUA» PARA SU PRESENTACIÓN EN LA TRIGÉSIMA PRIMERA REUNIÓN DE CONSULTA DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES
(Pre acordado en reunión informal en la sede de la OEA en Washington, el
1 de octubre de 2026)
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
LA SITUACIÓN EN NICARAGUA
Y SU CONSIDERACIÓN COLECTIVA CONTINUA
(Copatrocinadores: Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Estados Unidos, Paraguay, Perú y República Dominicana)
[AB: ad referéndum de todo el proyecto de resolución]
LA TRIGÉSIMA PRIMERA REUNIÓN DE CONSULTA DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES,
PP1. RECORDANDO los principios y objetivos de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la Carta Democrática Interamericana, la declaración AG/DEC. 120 (LVI-O/26) de la Asamblea General y la resolución CP/RES. 1317 (2601//26) del Consejo Permanente, en virtud de las cuales se convocó esta Reunión de Consulta; (Preacordado 092926)
PP.2 REAFIRMANDO que la democracia representativa es indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región, y que sus elementos esenciales incluyen, entre otros, el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como la separación de poderes y la independencia de los poderes del Estado; (Preacordado 092926)
PP.3 RECORDANDO que Nicaragua es parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, cuyo artículo 23 reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en la gestión de los asuntos públicos y a votar y ser elegidos en elecciones periódicas y auténticas, celebradas por sufragio universal e igualitario y por voto secreto; y teniendo en cuenta que la denuncia de la Carta de la Organización no exime al Estado de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, incluidas aquellas derivadas de las normas consuetudinarias, los tratados internacionales de los que es parte y los principios generales del derecho internacional que garantizan la protección universal de la dignidad humana (Pre acordado 100126)
PP4. PROFUNDAMENTE PREOCUPADOS por el continuo desmantelamiento de la democracia representativa en Nicaragua, la existencia de un sistema de represión sistemática impuesta por el Estado, las detenciones arbitrarias y las desapariciones forzadas, el uso frecuente y autorizado por el Gobierno de la tortura; la desnacionalización, el exilio forzoso y la conversión de personas en apátridas, la confiscación de bienes, la opresión de la libertad religiosa, de los medios de comunicación independientes, de la sociedad civil y de las asociaciones del sector privado, el empleo de tácticas de represión transnacional contra disidentes en el extranjero; (Pre acordado 100126)
[BRA+BEL+URU+MEX+AB+GUA: ~~así como la presencia y las actividades perniciosas de personal de seguridad extrahemisférico;~~ (EEUU+PAR+CHI: no apoya que se elimine este texto)] [AB+ARG+PAR+PAN+CHI: y las actividades (COL: ~~reportadas respecto~~ //CHI+JAM: no apoya eliminar) del personal de seguridad e inteligencia extra-hemisférico, tecnología, capacidades e instalaciones que puedan facilitar la represión interna, la vigilancia transnacional ilegal u otras conductas que amenazan la paz y seguridad hemisféricas];
[PER - P.5-:
EXPRESANDO consternación por las actividades del personal de seguridad e inteligencia extra-hemisférico, tecnología, capacidades e instalaciones que puedan facilitar la represión interna, la vigilancia transnacional ilegal u otras conductas que amenazan la paz y seguridad hemisféricas; y, que muchos de esos actos, prácticas y políticas tienen efectos extraterritoriales que [EEUU: pueden poner en peligro ~~amenazan~~] la paz [PER: ~~paz~~ estabilidad] y la seguridad del Hemisferio [~~EEUU: de Centroamérica y la generalidad del hemisferio~~], y (BRA+URU+MEX+AB: eliminar este párrafo) (PAR+ARG+CRI+EEUU+COL+PER+RD+HON+ECU: mantener este párrafo)
[CR-PP5
[CR-PP5
REITERANDO que muchos de esos actos, prácticas y políticas, \así como la minería ilegal y las actividades de la delincuencia organizada transnacional vinculadas a ella\ , tienen efectos extraterritoriales [BRA: terminar párrafo aquí] que [EEUU: pueden poner en peligro amenazan] la paz [PER: paz estabilidad] y la seguridad del Hemisferio [~~EEUU: de Centroamérica y la generalidad del hemisferio~~], \incluidos sus efectos sobre el medio ambiente y la seguridad pública de los Estados vecinos\ ; (BRA+URU+MEX+AB: eliminar este párrafo) (PAR+ARG+CRI+EEUU+COL+PER+RD+HON+ECU: mantener este párrafo)
[PP.5 ARG+EEUU – Alt a la propuesta del Perú:
[PROFUNDAMENTE PREOCUPADOS por reportes que indican la presencia y las actividades de personal de seguridad, tecnología, capacidades e instalaciones de origen extranjero ~~extrahemisférico~~ en Nicaragua, y LAMENTANDO la falta de suficiente información transparente y verificable de manera independiente sobre la naturaleza, el alcance y el propósito de dicha presencia y actividades, lo cual impide una evaluación completa de su conformidad con el derecho internacional y conlleva graves implicaciones para la paz y la seguridad hemisféricas;]
[BRA – Alt a la propuesta de ARG:
PROFUNDAMENTE PREOCUPADOS por el riesgo de que la interferencia extranjera en Nicaragua en materia de seguridad, de suministro de tecnología y de intercambio de información sean utilizados para facilitar la vigilancia, la represión interna o las violaciones de los derechos humanos (ARG: y LAMENTANDO la falta de suficiente información transparente y verificable de manera independiente sobre la naturaleza, el alcance y el propósito de dicha presencia y actividades, lo cual impide una evaluación completa de su conformidad con el derecho internacional (URU: terminar párrafo aquí // COL+EEUU+PAR+ARG+CRI+PAN: no apoya esta propuesta) y (URU: que la crisis democrática y de derechos humanos en Nicaragua puede afectar la estabilidad y seguridad de otros países en la región) (PER: puede conllevar) conlleva graves implicaciones para la paz y la seguridad hemisféricas // RD: (COL: lo cual puede) y pueden poner en peligro la paz (ARG: y estabilidad) de la región);] (MEX: en consultas)
[RD+COL:
PP. RECORDANDO que la crisis democrática y de derechos humanos en Nicaragua afecta la estabilidad y la seguridad de otros países en la región, (BRA+MEX: no apoya)]
[JAM+TT:
PP. Reconociendo que la actual crisis de democracia y derechos humanos tiene implicaciones más amplias que podrían potencialmente amenazar la paz y la estabilidad en la región.]
[AB – PP.
REITERANDO que muchos de estos actos, prácticas y políticas tienen graves consecuencias transnacionales y pueden afectar a la paz y la seguridad en el Hemisferio;]
[AB – PP.
[AB – PP.
REITERANDO que muchos de estos actos, prácticas y políticas tienen graves consecuencias transnacionales y pueden afectar a la paz y la seguridad en el Hemisferio;]
[AB – PP.
REITERANDO ADEMÁS la importancia de buscar soluciones pacíficas y sostenibles mediante un compromiso diplomático con plazos definidos, respeto a los derechos humanos, rendición de cuentas y la restauración de las instituciones democráticas;]
PP6. REAFIRMANDO el derecho del pueblo nicaragüense a la democracia, incluyendo la capacidad de determinar su futuro político mediante procesos democráticos libres, justos, inclusivos y genuinamente competitivos; y (Pre-acordado 092926)
PP7. RECONOCIENDO la necesidad de una respuesta hemisférica urgente, precisa y coordinada, que incluya una intervención diplomática con plazos definidos, de conformidad con los derechos y obligaciones de los Estados en virtud del derecho internacional, incluido el derecho internacional de los derechos humanos, y de los instrumentos interamericanos aplicables; (Pre-acordado 092926)
[PP8. - CRI+BRA+AB+URU+MEX+GUA+CAN
TOMANDO NOTA de los informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de su Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI), (EEUU: en consultas sobre “del Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua (GHREN) del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas”), y de las sentencias y medidas provisionales ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos;] (HON: en consultas)
PP.9 RECONOCIENDO el importante papel de la Secretaría General en el apoyo a los órganos políticos de la Organización mediante la continuidad institucional, asesoramiento legal y técnico, capacidad documental y asistencia administrativa y logística; (Pre-acordado 100126)
RESUELVE:
1. Urgir a las autoridades nicaragüenses que adopten medidas inmediatas, concretas y verificables para: (Pre-acordado 092926)
1. Restablecer el espacio cívico, poner fin a las represalias y garantizar el pleno respeto de las libertades y derechos establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros instrumentos del derecho internacional de los derechos humanos aplicables a Nicaragua. (Pre-acordado 092926)
2. Poner en libertad de forma incondicional a todos los presos políticos y divulgar el paradero y el estado de todas las personas desaparecidas de forma forzada; (Pre-acordado 092926) 3. [Restaurar la nacionalidad, el acceso a los datos del registro civil y los derechos relacionados de los cientos de personas despojadas arbitrariamente de su nacionalidad por el gobierno nicaragüense y posteriormente expulsadas del país, y su regreso sin represalias, incluidos líderes religiosos, clérigos y laicos;]
[AB+EEUU+COL+ECU+CRI+URU+RD+PAN+PER+GUA+CAN+ARG – ALT-c
Restaurar la nacionalidad, el acceso a los registros civiles y todos los derechos relacionados a todas las personas despojadas arbitrariamente de su nacionalidad, y permitir su regreso seguro y voluntario sin temor a represalias incluidos, entre otros a líderes religiosos, clérigos y laicos, periodistas, y defensores de derechos
1. Restablecer las libertades de expresión, asociación, religión y reunión pacífica; permitir que los medios de comunicación independientes, las organizaciones de la sociedad civil, las universidades, las personas empresarias y otras organizaciones del sector privado disueltas reanuden sus actividades; restablecer su estatuto jurídico y recuperar sus instalaciones, bienes y otros activos; (Pre-acordado 093026)
2. Restablecer la independencia de las instituciones estatales, la separación de poderes, el pluralismo político incluyendo mediante la revocación de aquellas disposiciones constitucionales y legales aprobadas, especialmente en 2025 y 2026, que subviertan la independencia de las instituciones estatales, la separación de poderes, el pluralismo político o los derechos protegidos internacionalmente, y la toma de medidas concretas para restaurar esas garantías. (Pre-acordado 093026)
1. Establecer las condiciones para la celebración de elecciones libres, justas e inclusivas, entre otras cosas, mediante el restablecimiento de los derechos políticos, una administración electoral independiente y una observación electoral internacional creíble. (Pre-acordado 093026)
2. Proporcionar recursos efectivos, de acuerdo con el debido proceso, respecto a propiedad y bienes confiscados arbitrariamente a individuos, empresas, organizaciones, instituciones religiosas, medios de comunicación e instituciones académicas nicaragüenses y extranjeras priorizando la restitución o, cuando no sea posible, proporcionando una compensación adecuada y efectiva. (Pre-acordado 093026)
3. Retirar de Nicaragua [AB: cualquier] personal de seguridad, la tecnología, los medios y las instalaciones procedentes de fuera del Hemisferio cuya presencia [CRI: ~~o actividades~~ , actos, prácticas y políticas] amenacen la paz y la seguridad hemisféricas, y poner fin a los acuerdos de seguridad y defensa relacionados. (BRA+BEL+URU: sugiere eliminar este párrafo) (PAR: mantener lenguaje original)
[BRA+URU+MEX+BEL: h. ALT
Abstenerse de implementar políticas, participar en actividades o facilitar acciones que produzcan efectos extraterritoriales incompatibles con el derecho internacional, incluidos aquellos que menoscaben la soberanía, la independencia política, la integridad territorial o el principio de no intervención en los asuntos internos de otros Estados.]
[AB+COL+PER – ALT.
Proporcionar al Grupo Ministerial de Seguimiento información verificable sobre cualquier presencia o actividades en Nicaragua de cualquier personal de seguridad o inteligencia extra-hemisférico y el despliegue u operación de tecnología, capacidades o instalaciones relacionadas; remover a dicho personal y poner fin a cualquier despliegue u operación cuando pruebas creíbles demuestren que facilite la represión interna, la vigilancia transnacional ilegal u otra conducta que amenace la paz y seguridad hemisféricas; y terminar cualquier arreglo de seguridad o defensa relacionado que sea incompatible con el derecho internacional.] (URU: no apoya)
[Propuesta conjunta de AB+URU - Nueva:
Cumplir con las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos relativas a la protección de los miembros de la oposición, defensores de derechos humanos y periodistas; facilitar la supervisión internacional de los derechos humanos, incluida la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; y comprometerse constructivamente con la comunidad internacional, tanto bilateral como multilateralmente, con el fin de las violaciones y la impunidad de los derechos humanos y avanzar en la restauración de las instituciones democráticas]
[BRA - Nuevo:
Exhortar a todos los Estados a abstenerse de prestar apoyo, asistencia o cualquier otra forma de cooperación que contribuya a la comisión o perpetuación de violaciones de los derechos humanos, y asegurar que toda forma de cooperación internacional se lleve a cabo de conformidad con el derecho internacional y con los principios de soberanía, igualdad soberana, no intervención e integridad territorial de los Estados.]
Nuevo PR – Independiente – pendiente ubicación
Alentar a los Estados Miembros de la OEA y a los mecanismos pertinentes interamericanos o del sistema de las Naciones Unidas, a apoyar la investigación, documentación, preservación y análisis de pruebas relacionadas con las graves violaciones y abusos de derechos humanos cometidos en Nicaragua. (Pre-acordado 100126)
[ARG+URU+BRA – Nuevo:
Cuando pueda facilitar el cumplimiento de su mandato, el Secretario General, a solicitud del Grupo Ministerial, podrá solicitar la asistencia o los buenos oficios de personalidades eminentes con experiencia pertinente.]
2. Establecer un Grupo Ministerial de Seguimiento sobre Nicaragua, de composición voluntaria y abierto a todos los Estados miembros representados por sus Ministros de Relaciones Exteriores o quienes estos designen en su representación sobre la base de una representación geográfica equitativa, que cuente con el apoyo técnico de la Secretaría General de la OEA, que inicie labores dentro del plazo de 30 días a partir de la aprobación de esta resolución. (Pre-acordado 100126)
El Grupo determinará sus propios métodos de trabajo y podrá, si lo considera deseable, recurrir a personas de reconocido prestigio y experiencia relevante, (BRA: quienes desempeñarán las funciones a ellas asignadas por el Grupo Ministerial: (Pre-acordado 100126)
[AB: sugiere eliminar los siguientes numerales a, b y c]
1. Buscar un diálogo rápido y directo con las autoridades nicaragüenses, procurando realizar una visita a Nicaragua, en lo posible encabezada por Ministros de Relaciones Exteriores. (Pre-acordado 100126)
2. Entablar un diálogo con todo el espectro de los sectores políticos, sociales, religiosos y empresariales del país, incluidas la oposición, la sociedad civil y las comunidades nicaragüenses en el exilio. (Pre-acordado 093026)
3. Evaluar e informar sobre el cumplimiento de lo señalado en el párrafo operativo 1, y (Pre-acordado 093026) 4. Elaborar y entregar recomendaciones para consideración de la Reunión de Consulta en el plazo de 30 días a partir del inicio de labores que incluyan acciones diplomáticas y jurídicas concretas, ~~de naturaleza no coercitiva /~~ que no impliquen el uso de la fuerza, de conformidad con la Carta de la OEA, la Carta Democrática Interamericana, los instrumentos interamericanos aplicables -en particular los de derechos humanosy el derecho internacional ~~de los cuales Nicaragua sea parte~~. (Preacordado 100126) (BRA+MEX: En consultas)
(URU+MEX+BRA: ~~y otros instrumentos interamericanos aplicables~~ (BRA: de los cuales Nicaragua sea parte)// No borrar: RD+PER+JAM+PAR+EEUU+CRI+COL+BOL+CHI+ARG+ECU+HON+PAN). (URU+MREX+BRA: ad referéndum)
[AB – ALT literal e
Instruir al Grupo de Seguimiento Ministerial para que presente su informe inicial y recomendaciones al Presidente para su distribución a todos los Estados miembros en un plazo de 30 días después de la convocatoria de su primera reunión. Cualquier compromiso realizado conforme a este mandato tendrá un plazo definido. (BRA: terminar párrafo aquí) El reporte del Grupo deberá informar sobre la consideración de si se justifican medidas adicionales y, en caso afirmativo, su naturaleza, alcance y secuencia.]