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Oficio 2026

Superintendencia de Bancos

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Detalles

Título
Oficio 2026
Autor
Superintendencia de Bancos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año

OFICIO ENVIADO A LOS BANCOS Y SOCIEDADES

FINANCIERAS DEL SISTEMA, EXCEPTO AL BANCO DE GUATEMALA

Oficio No. 2026

Guatemala, 1 de diciembre de 1987

REF.: Se recuerda a los Bancos y Financieras sobre la vigencia de la Resolución 8844 de la Junta Monetaria, referente a que los usuarios de crédito de los Bancos están en absoluta libertad de contratar los servicios notariales para la formalización de actos y contratos, con los profesionales de su preferencia.

Señor Gerente:

Nos referimos a la providencia de fecha 4 de agosto del año en curso, mediante la cual solicitamos que la Institución a su cargo diera sus puntos de vista sobre el contenido de la resolución dictada por el "XII Congreso Jurídico Guatemalteco", relativa a que algunas instituciones bancarias y financieras obligan a los notarios interesados a utilizar especies fiscales que les proveen y, que las mismas instituciones designan notarios, limitando el derecho del interesado de hacerlo por su parte.

No obstante las explicaciones rendidas en su oportunidad, consid eramos pertinente hacerle un atento recordatorio de la vigencia de la Resolución 8844 de la honorable Junta Monetaria, en cuanto a que los usuarios de crédito de los bancos del sistema están en absoluta libertad de contratar los servicios notariales para la formalización de actos y contratos, con los profesionales de su preferencia.

En tal virtud, le agradeceremos girar sus apreciables instrucciones a las unidades correspondientes, a efecto de atender los aspectos antes relacionados, debiendo en el caso de las resoluciones de créditos otorgados, incluir la advertencia

En tal virtud, le agradeceremos girar sus apreciables instrucciones a las unidades correspondientes, a efecto de atender los aspectos antes relacionados, debiendo en el caso de las resoluciones de créditos otorgados, incluir la advertencia en el sentido de que: "...los usuarios de crédito de los bancos del sistema están en absoluta libertad de contratar los servicios notariales para la formalización de actos y contratos, con los profesionales e su preferencia".

Atentamente,

Lic. Douglas O. Borja Vielman Superintendente de Bancos a.i.

Recordatorio sobre la libertad que tienen los usuarios de crédito de los bancos respecto de la contratación de servicios notariales

Of. SIB No. 2026

1 Recordatorio sobre la libertad que tienen los usuarios de crédito de los bancos respecto de la contratación de servicios notariales

Of. SIB No. 2026

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