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OIT - Contrato de colaboración externa

OIT

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Detalles

Título
OIT - Contrato de colaboración externa
Autor
OIT
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Laboral
Año

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA CONTRATO DE COLABORACIÓN EXTERNA Recopilar, actualizar y consolidar la información relacionada con las contrapartidas para los proyectos financiados con Trust Funds en Colombia Justificación: La Oficina de la OIT para los Países Andinos ha mantenido una presencia importante en Colombia, a través de programas cooperación técnica, desde hace más de 15 años. Desde el año 2007, la Oficina desarrolla proyectos bajo la modalidad Trust Funds. En 2016, y con la finalidad de apoyar en la implementación del Acuerdo de Paz entre el Gobierno de Colombia y las FARC, la Oficina de la OIT para los Países Andinos, decidió fortalecer la presencia técnica en Colombia, mediante el desplazamiento de un Especialista del equipo de Lima con el encargo de llevar la coordinación local y promover el incremento de los esfuerzos para la movilización de recursos que permitieran que la OIT incrementara su presencia en los temas bajo su competencia técnica. De manera complementaria, la OIT ha fortalecido su participación en el UNCT, participó activamente en el proceso de negociación del nuevo Marco de Cooperación (2020), tiene presencia en distintos equipos interagenciales y está trabajando en intervenciones conjuntas con varias agencias. Los proyectos bajo la modalidad TRUST FUNDS, se realizan con la cooperación de diversas instituciones públicas del Estado Colombiano. Durante el bienio 2022 - 2023, la Oficina de la OIT en Colombia ha gestionado 22 proyectos bajo la modalidad TRUST FUNDS, por un valor aproximado de USD 21,401,755, que ha permitido que la Oficina se fortalezca en Colombia y pueda prestar mejores servicios a los constituyentes, así como contribuir con la agenda 2030

. La ley 1150 de 2007 (artículo 20 inciso 2º y el parágrafo 1º), es la norma que regula este tipo de convenios de cooperación, la cual establece las condiciones, eventos y situaciones específicas en las que un convenio de cooperación podrá aplicar el reglamento de las entidades de cooperación (como la OIT). En dicha norma se previó unas situaciones de carácter especial, en las cuales los contratos o convenios celebrados pueden someterse a los reglamentos de contratación de las entidades extranjeras, bajo criterios de su objeto, la fuente de financiación o la naturaleza de las partes, a saber: Por el objeto: a) Los contratos o convenios celebrados con personas extranjeras de derecho público u organismos de derecho internacional cuyo objeto sea el desarrollo de programas de promoción, prevención y atención en salud; contratos y convenios necesarios para la operación de la OIT; entre otros. En este sentido, se da la posibilidad que el Estado Colombiano pueda suscribir convenios y contratos con organismos de cooperación para el desarrollo, asistencia o ayudas internacionales, y la legislación nacional prevé la posibilidad de cofinanciar dichos acuerdos y de establecer regímenes diferentes al nacional, como imperantes en contratos o convenios. “Los contratos o convenios financiados en su totalidad o en sumas iguales o superiores al cincuenta por ciento (50%) con fondos de los organismos de cooperación, asistencia o ayudas internacionales, podrán someterse a los reglamentos de tales entidades. En caso contrario, se someterán a los procedimientos establecidos en la Ley 80 de 1993. Los recursos de contrapartida vinculados a estas operaciones

podrán tener el mismo tratamiento.” (Ley 115, 2007) Para hacer prevalecer el privilegio a la inmunidad frente a la normativa interna, así como la de aplicar las normas internas de la Organización sin estar sometido a los órganos de control del Estado Colombiano, la OIT debe justificar un aporte (generalmente en especie) por un valor del 50% más 1, sobre el monto establecido en el presupuesto aprobado. Por ello, y al ser los proyectos implementados bajo el régimen especial de políticas y procedimientos de OIT, las entidades públicas tendrán que sujetarse al mismo no interviniendo en el seguimiento de los recursos establecidos en la contrapartida. Sin perjuicio de ello, se solicitará que periódicamente (en el marco de lo acordado en la Carta de Acuerdo), se entregue un “Certificado” de dicha contrapartida, el cual es firmado por la Dirección de la Oficina Andina, a través del cual se demuestra que la institución nacional recibió de manera conforme dicha contrapartida. La Carta Acuerdo que la OIT suscribe con cada una de las instituciones nacionales del Estado Colombiano, describe los productos que entregará la OIT durante la implementación del proyecto. Una vez que la institución nacional otorga la conformidad de los mismos, se produce el desembolso de los fondos acordados según lo establecido en la Carta Acuerdo suscrita con la OIT. Carácter confidencial de los documentos y la información La consultora o el consultor se comportará en todo momento de manera adecuada según los principios de la organización. No realizará ninguna actividad incompatible con el desempeño de su trabajo para la OIT. Evitará cualquier acción y en particular

cualquier tipo de pronunciamiento público que pueda impactar negativamente sobre los alcances del servicio, o sobre la integridad, independencia e imparcialidad que requiere el desempeño eficiente en el marco de las acciones previstas. La consultora o el consultor ejercerá la máxima discreción con respecto a todos los asuntos oficiales relacionados a su servicio. No comunicará a ninguna persona información no publicada que conozca por razón de su contrato, salvo autorización del personal competente de la OIT. Estas obligaciones permanecen vinculantes incluso después de la expiración del contrato. La consultora o el consultor, de ninguna manera, anunciará, exhibirá, para uso personal el nombre, emblema, sello oficial de la OIT, o cualquier abreviatura del nombre de la Organización Internacional del Trabajo. Así como cualquier información proveniente de los resultados de su servicio en el marco del Proyecto. Por ello guardará confidencialidad y ello constituye una obligación de no hacer. Los dibujos, fotografías, planos, informes, recomendaciones, estimaciones, documentos y todos los demás datos compilados por el colaborador externo y recibidos en virtud de este contrato serán propiedad de la OIT, serán tratados como confidenciales y se entregarán únicamente a los funcionarios autorizados de la OIT una vez finalizados los trabajos previstos en este contrato. Esta obligación de confidencialidad permanece vinculante incluso después de la expiración del presente contrato y posibles adendas Objetivo: Recopilar, actualizar y consolidar la información que permita mostrar el cumplimiento de la obligación que tiene la oficina de asignar contrapartidas para los proyectos financiados con Trust Funds en Colombia, sobre la base de la información

suministrada por los proyectos durante el bienio 2022 - 2023 Alcance (sujeto a actualización): Proyectos Trust Funds 2022:

1. Proyecto PUENTE ARANDA COL/21/02/COL

2. Proyecto MINMINAS COL/21/08/COL

3. Proyecto SED COL/21/09/COL

4. Proyecto AGRICOLA COL/21/10/COL

5. Proyecto MEJORAMIENTO DEL ARCHIVO SINDICAL COL/21/11/COL

6. Proyecto FORMANDONOS COL/22/01/COL

7. Proyecto ORIENTACION VOCACIONAL COL/22/02/COL

8. Proyecto ALCALDIA DE MEDELLIN COL/22/04/COL

9. Proyecto EMPRENDIENDO SUEÑOS COL/22/06/COL

Proyectos Trust Funds 2023

1. Proyecto APED COL/22/08/COL (extensión)

2. Proyecto Contraloría COL/22/11/COL

3. Proyecto SIAS II COL/22/12/COL

4. Proyecto ALCALDIA DE BUCARAMANGA Y GOB SANTANDER

COL/23/02/COL

5. Proyecto FORMÁNDONOS PARA LA PAZ COL/23/03/COL

6. Proyecto REPARACION COLECTIVA COL/23/04/COL

7. Proyecto GENERACION DE INGRESOS RURALES COL/23/05/COL

8. Proyecto INNOVACION EDUCATIVA COMPUTADORES PARA

EDUCAR COL/23/06/COL

9. Proyecto SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COL/23/08/COL

10. Proyecto CAPACIDAD INSPECCION DEL TRABAJO COL/23/10/COL (en proceso de firma de CA)

11. Proyecto BRECHAS DE CAPITAL HUMANO COL/23/11/COL (en proceso

de firma de CA)

12. Proyecto ORIENTACION VOCACIONAL COL/23/15/COL Actividades: Bajo la supervisión de la Oficial Nacional de Programación, el colaborador externo

deberá realizar las siguientes actividades:

1. Elaborar un plan de trabajo para la consultoría donde se establezca una metodología para el cálculo de las contrapartidas, así como herramientas para el reporte y monitoreo, que permita a los proyectos que manejan Trust Funds, contar con información vigente.

2. Efectuar, sobre la base de la metodología establecida, la recopilación y análisis de la información para el bienio 2022-2023: o Año 2022: consolidar la información y verificar el cumplimiento de las contrapartidas de ese año, utilizando las herramientas de reporte y monitoreo. o Año 2023: recopilación de la información de contrapartidas, con las herramientas de reporte y monitoreo.

3. Acompañar las diferentes actividades y/o reuniones, que sean programadas con los Coordinadores de los Proyectos, vinculadas a la recolección de información.

4. Hacer la revisión de la información entregada por los proyectos, referenciando el cruce en la matriz de excel indicada, de acuerdo con el tipo de sustento

(presupuesto del proyecto, cruce de información con las POs – Contratos de servicios o colaboración externa, Acuerdos de Ejecución y/o Subvención, facturas, cotizaciones de proveedores, otros documentos relevantes, notas de prensa, etc.)

5. Sistematizar la información relativa a los costos fijos en la matriz de excel que debe servir de base para la presentación de todas las contrapartidas (costos de staff, costos operativos de la oficina, terceros, etc.)

6. Realizar los informes de ejecución acordados.

Perfil esperado Profesional en economía, relaciones internacionales, administración, ingeniería industrial o similares con experiencia acreditada en i) gestión de programas de cooperación internacional en Colombia, preferiblemente con agencias del sistema de Naciones Unidas ii) Experiencia en valoración de intangibles / know how iii) manejo avanzado de Excel. Aplicación • Para aplicar el/la consultor/a deberán enviar los siguientes documentos al correo electrónico: gutierrezn@ilo.org incluyendo el siguiente texto en el asunto del correo electrónico: “Consultoría contrapartidas OIT Colombia”. • Anexar CV según experiencia solicitada. • Propuesta técnica de una hoja máximo para desarrollar la consultoría que incluya propuesta económica en pesos colombianos. Las preguntas que surjan y estén asociadas a esta consultoría, se recibirán al correo electrónico: gutierrezn@ilo.org La fecha límite para enviar postulaciones es el 14 de octubre de 2023 hasta las 23:59. horas (hora Bogotá, Colombia) Otros aspectos La consultora o el consultor realizará su trabajo de forma remota y sobre la base del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información para mantener fluido contacto con el equipo técnico responsable de la formulación. No obstante, de lo anterior, en caso de requerirse la consultora o el consultor podrá realizar reuniones presenciales. La consultora o el consultor coordinará con el equipo técnico del proyecto los contactos que considere relevantes para recoger información. Resultados o producto Producto 1. Un plan de trabajo que incluya la formulación de una metodología para el cálculo de las contrapartidas de los proyectos Trust Funds, así como el diseño de

herramientas para el respectivo reporte, y monitoreo. Fecha tentativa de entrega: el 31 de octubre de 2023. Producto 2. Recopilación y sistematización de las contrapartidas del año 2022, así como el monitoreo correspondiente, en la herramienta establecida para esos fines.

Fecha tentativa de entrega: el 30 de noviembre de 2023.

Producto 3. Documento de las contrapartidas certificadas, el 15 de diciembre de 2023.

Forma de pago: La forma de pago se efectuará en la forma siguiente: PAGO 1: Correspondiente al 30% del valor total, contra entrega del producto 1

PAGO 2: Correspondiente al 30% del valor total, contra entrega del producto 2 PAGO 3: Correspondiente al 40% del valor total, contra entrega del producto 3

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