ONU - AG Resolución 58 75

ONU - Organización de Naciones Unidas

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Detalles

Título
ONU - AG Resolución 58 75
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Privado
Año
—

Naciones Unidas A/RES/58/75

Asamblea General Distr. general 8 de enero de 2004

Quincuagésimo octavo período de sesiones Tema 151 del programa

03 45744 Resolución aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 2003 [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/58/513)] 58/75. Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internaciona l sobre la labor realizada en su 36° período de sesiones

La Asamblea General, Recordando su resolución 2205 (XXI), de 17 de diciembre de 1966, por la que estableció la Comisión de las Nacione s Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y le confirió el mandato de promover la armonización y la unificación progresivas del derecho mercan til internacional y, a ese re specto, tener presentes los intereses de todos los pueblos, en particular los de los países en desarrollo, en el progreso amplio del comercio internacional, Reafirmando su convicción de que la modernización y la armonización progresivas del derecho mercantil internaciona l, al reducir o eliminar los obstáculos jurídicos que se oponen al flujo del comercio internacional, especialmente los que afectan a los países en de sarrollo, contribuirían de modo significativo a la cooperación económica universal entre todos los Estados sobre una base de igualdad, equidad e interés común y a la eliminación de la discriminación en el comercio internacional y, por consiguiente, al bienestar de todos los pueblos, Habiendo examinado el informe de la Comisión sobre la labor realizada en su 36° período de sesiones 1,

internacional y, por consiguiente, al bienestar de todos los pueblos, Habiendo examinado el informe de la Comisión sobre la labor realizada en su 36° período de sesiones 1, Preocupada de que las actividades emprendidas por otros órganos en el campo del derecho mercantil internacional sin coor dinación suficiente con la Comisión den lugar a una indeseable duplicación del trabajo y no se presten al objetivo de fomentar la eficiencia, la uniformidad y la coherencia en la unificación y la armonización del derecho mercantil internacional, Reafirmando el mandato conferido a la Comisión para que, en su carácter de órgano jurídico central del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional, coordine las actividades jurídicas en la materia, en particular con el fin de evitar la duplicación del trabajo, incluso entre las organizaciones que formulan normas de comercio internacional, y fomentar la _______________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo octavo período de sesiones, Suplemento No. 17 (A/58/17).A/RES/58/75 2 eficacia, uniformidad y coherencia en la modernización y la armonización del derecho mercantil internacional y que, por c onducto de su secretaría, mantenga una estrecha colaboración con los demás órganos y organizaciones internacionales, incluidas las organizaciones regionales, que se ocupan del derecho mercantil internacional, según se menciona en la resolución 50/47, de 11 de diciembre de 1995, Tomando nota de las propuestas hechas por el Secretario General en el proyecto de presupuesto por programas para el bienio 2004-2005 con miras a reforzar la secretaría de la Comisión, en la medida en que lo permitan los recursos

1995, Tomando nota de las propuestas hechas por el Secretario General en el proyecto de presupuesto por programas para el bienio 2004-2005 con miras a reforzar la secretaría de la Comisión, en la medida en que lo permitan los recursos disponibles en la Organización, a fin de que pueda hacer frente al volumen cada vez mayor de trabajo resultante, entre otras cosas, de la coordinación de la labor con otras organizaciones y de las solicitude s cada vez mayores de asistencia técnica legislativa 2,

1. Toma nota con agradecimiento del informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre su 36° período de sesiones 1;

2. Toma nota con satisfacción de que la Comisión finalizó y aprobó las Disposiciones Legales Modelo sobre Proyect os de Infraestructura con Financiación

Privada3;

3. Encomia a la Comisión por haber aprobado en principio el proyecto de guía legislativa sobre el ré gimen de la insolvencia 4, preparado en estrecha cooperación con otras organizaciones inte rnacionales, en particular el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Asiático de Desarrollo, la Asociación Internacional de Abogados y la Federación Internacional de Profesionales en materia de Insolvencia, y pide que el proyecto de guía legislativa quede a disposición de los Estados Miembros y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes, así como de organizaciones del sector privado y regionales y de expertos, para que puedan formular observaciones al respecto;

4. Encomia también a la Comisión por los progresos alcanzados en la labor relativa al proyecto de guía legislativ a sobre las operaciones garantizadas, las

del sector privado y regionales y de expertos, para que puedan formular observaciones al respecto;

4. Encomia también a la Comisión por los progresos alcanzados en la labor relativa al proyecto de guía legislativ a sobre las operaciones garantizadas, las disposiciones legislativas modelo sobre medidas cautelares en el arbitraje comercial internacional y las cuestiones de la co ntratación electrónica y el derecho del transporte;

5. Pide a la Comisión y a su secretaría, confiando en la función que desempeña como órgano jurídico central del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil in ternacional, que tome la in iciativa para asegurar la cooperación y coordinación con el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, las comisiones económicas regionales y otras organizaciones internacionales en la labor relativa a textos jurídicos internacionales y proponga normas internacionales adecuadas y aceptadas ampliamente, respetando debidamente los distintos objetivos de la Comisión y de las ins tituciones financieras internacionales; _______________ 2 A/58/6 (Sect. 8), párrs. 8.13 y 8.48. 3 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo octavo período de sesiones, Suplemento No. 17 (A/58/17), anexo I. 4 Ibíd., Suplemento No. 17 (A/58/17), párr. 197; véase también A/CN.9/534.A/RES/58/75

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6. Reafirma la importancia que reviste, especialmente para los países en desarrollo, la labor de formación y asistenc ia técnica de la Comisión en materia de derecho mercantil internacional y, a ese respecto:

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6. Reafirma la importancia que reviste, especialmente para los países en desarrollo, la labor de formación y asistenc ia técnica de la Comisión en materia de derecho mercantil internacional y, a ese respecto: a) Expresa su reconocimiento a la Comisión por la organización de seminarios y misiones de información en Bangladesh, Botswana, Burkina Faso, Cuba, la Federación de Rusia, Kazajstán , Mongolia, Nueva Zelandia, el Perú, la República de Corea, Serbia y Montenegro, Tailandia y Viet Nam; b) Expresa su reconocimiento a los gobiernos cuyas contribuciones permitieron organizar los seminarios y las misiones de información, e insta a los gobiernos, a los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas y a organizaciones, instituciones y particulares a que hagan contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario para Simposios de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y, cuando corresponda, para la financiación de proyectos especiales, y a que presten asistencia en alguna otra forma a la secretaría de la Comisión para la realización de actividades de formación y asistencia técnica legislativa, en particular en los países en desarrollo; c) Reitera su llamamiento al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y a otros órganos responsables de la asistencia para el desarrollo, como el Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo, así como a los gobiernos en el marco de sus programas de asistencia bilateral, para que presten apoyo al programa de formación y asistencia técnica legislativa de la Comisión y para que cooperen con la Comisión y coordinen sus actividades con las de ésta;

7. Insta a los gobiernos, a los órganos competentes del sistema de las

de formación y asistencia técnica legislativa de la Comisión y para que cooperen con la Comisión y coordinen sus actividades con las de ésta;

7. Insta a los gobiernos, a los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas y a organizaciones, instituciones y particulares a que hagan contribuciones voluntarias al fondo fiducia rio establecido para la concesión de asistencia para gastos de viaje a los país es en desarrollo que son miembros de la Comisión, a petición de éstos y en consulta con el Secretario General;

8. Decide, a los efectos de la plena participación de todos los Estados Miembros en los períodos de sesiones de la Comisión y en sus grupos de trabajo, seguir examinando, en la Comisión Principa l competente durante el quincuagésimo octavo período de sesiones de la Asambl ea General, la posibilidad de conceder asistencia para gastos de viaje a los países menos adelantados que son miembros de la Comisión, a petición de éstos y en consulta con el Secretario General;

9. Destaca la importancia de que entren en vigor las convenciones resultantes de la labor de la Comisión en pro de la unificación y la armonización a nivel mundial del derecho mercantil internaci onal y, a tal fin, exhorta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de firm ar o ratificar esas convenciones o de adherirse a ellas;

10. Pide al Secretario General que, habida cuenta de las continuas demandas de los recursos de personal de la secretar ía de la Comisión como resultado, entre otras cosas, de la necesidad de coordinar las tareas entre un número cada vez mayor de organizaciones internacionales en la es fera del derecho merc antil internacional y la creciente demanda de asistencia técnica legislativa, mantenga en examen el nivel

otras cosas, de la necesidad de coordinar las tareas entre un número cada vez mayor de organizaciones internacionales en la es fera del derecho merc antil internacional y la creciente demanda de asistencia técnica legislativa, mantenga en examen el nivel de recursos puestos a disposición de la Comisión a fin de que ésta pueda cumplir su mandato. 72ª sesión plenaria 9 de diciembre de 2003

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