ONU - AG Resolución 62 70
Detalles
- Título
- ONU - AG Resolución 62 70
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/RES/62/70
Asamblea General Distr. general 8 de enero de 2008
Sexagésimo segundo período de sesiones Tema 86 del programa
07-46800 Resolución aprobada por la Asamblea General el 6 de diciembre de 2007 [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/62/454)] 62/70. El estado de derecho en lo s planos nacional e internacional
La Asamblea General , Recordando su resolución 61/39, de 4 de diciembre de 2006, Reafirmando su adhesión a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y al derecho internacional, que son el fundamento indispensable de un mundo más pacífico, próspero y justo, y reiterando su determinación de promover su estricto respeto y de establecer una paz justa y duradera en todo el mundo, Reafirmando también que los derechos humanos, el estado de derecho y la democracia están vinculados entre sí, se refuerzan mutuamente y forman parte de los valores y principios fundamentales, unive rsales e indivisibles de las Naciones Unidas, Reafirmando además la necesidad del respeto y la aplicación universales del estado de derecho en los planos nacional e internacional y su compromiso solemne con un orden internacional basado en el estado de derecho y el derecho internacional que, junto con los principios de la justicia, es esencial para la coexistencia pacífica y la cooperación entre los Estados, Convencida de que el progreso del estado de derecho en los planos nacional e internacional es esencial para el crecimiento económico sostenido, el desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza y el hambre y la protección de todos los
Convencida de que el progreso del estado de derecho en los planos nacional e internacional es esencial para el crecimiento económico sostenido, el desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza y el hambre y la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamenta les, y reconociendo que la seguridad colectiva depende de que exista una coope ración eficaz, de conformidad con la Carta y el derecho internacional, contra las amenazas transnacionales, Reafirmando el deber de todos los Estados de abstenerse en sus relaciones internacionales de la amenaza o el uso de la fuerza en cualquier forma incompatible con los propósitos y principios de las Naciones Unidas y de arreglar sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia, de conformidad con el Capítulo VI de la Carta, e instando a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de reconocer la competencia de la Corte Internacional de Justicia según lo dispuesto en su Estatuto,A/RES/62/70 2 Convencida de que la promoción y el respeto del estado de derecho en los planos nacional e internacional, así como de la justicia y la buena gobernanza, deben guiar las actividades de las Naciones Unidas y de sus Estados Miembros, Recordando el apartado e) del párrafo 134 del Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 1,
1. Reitera su petición al Secretario General de que prepare una lista, para presentarla en su sexagésimo tercer período de sesiones, de las actividades actuales de los diversos órganos, entidades, oficinas, departamentos, fondos y programas del sistema de las Naciones Unidas dedicadas a la promoción del estado de derecho en
presentarla en su sexagésimo tercer período de sesiones, de las actividades actuales de los diversos órganos, entidades, oficinas, departamentos, fondos y programas del sistema de las Naciones Unidas dedicadas a la promoción del estado de derecho en los planos nacional e internacional y acoge con satisfacción el informe provisional al respecto presentado a la Asamblea General en su sexagésimo segundo período de sesiones 2;
2. Reitera también su petición al Secretario General de que, después de recabar la opinión de los Estados Miembros, prepare y le presente, en el sexagésimo tercer período de sesiones, un informe que determine los medios de fortalecer y coordinar las actividades enumeradas en la lista que se preparará conforme a lo dispuesto en el párrafo 1 supra, con especial referencia a la eficacia de la asistencia que puedan solicitar los Estados para fomentar su capacidad de promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional;
3. Invita a la Corte Internacional de Justicia, a la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Inte rnacional y a la Comisión de Derecho Internacional a que formulen observaciones, en sus respectivos informes a la Asamblea General, sobre sus funciones actuales en la promoción del estado de derecho;
4. Observa con reconocimiento el informe del Secretario General titulado “Aunar nuestras fuerzas para fortalecer el apoyo de las Naciones Unidas al estado de derecho” 3, respalda al Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho, dirigido por la Vicesecretaria General y que recibe asistencia de la dependencia sobre el estado de derecho de la Oficina Ejecutiva del Secretario General, y pide al Secretario General que proporcione sin de mora información detallada a la Asamblea
dirigido por la Vicesecretaria General y que recibe asistencia de la dependencia sobre el estado de derecho de la Oficina Ejecutiva del Secretario General, y pide al Secretario General que proporcione sin de mora información detallada a la Asamblea General sobre las necesidades de personal y de otra índole de dicha dependencia para que la examine en su sexagésimo segundo período de sesiones de conformidad con los procedimientos pertinentes en vigor;
5. Decide incluir en el programa provisional del sexagésimo tercer período de sesiones el tema titulado “El estado de derecho en los planos nacional e internacional”.
62ª sesión plenaria 6 de diciembre de 2007 _______________ 1 Véase la resolución 60/1. 2 A/62/261. 3 A/61/636-S/2006/980 y Corr.1.