ONU - AG Resolución 64 116
Detalles
- Título
- ONU - AG Resolución 64 116
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/RES/64/116
Asamblea General Distr. general 15 de enero de 2010
Sexagésimo cuarto período de sesiones Tema 83 del programa
09-46882 0946882 Se ruega reciclar♲ Resolución aprobada por la Asamblea General el 16 de diciembre de 2009 [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/64/451)] 64/116. El estado de derech o en los planos nacional e internacional
La Asamblea General , Recordando su resolución 63/128, de 11 de diciembre de 2008, Reafirmando su adhesión a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y al derecho internacional, que son el fundamento indispensable de un mundo más pacífico, próspero y justo, y reiterando su determinación de promover su estricto respeto y de establecer una paz justa y duradera en todo el mundo, Reafirmando que los derechos humanos, el esta do de derecho y la democracia están vinculados entre sí, se refuerzan mu tuamente y forman parte de los valores y principios fundamentales, universales e indivisibles de las Naciones Unidas, Reafirmando también la necesidad del respeto y la aplicación universales del estado de derecho en los planos nacional e internacional y su compromiso solemne con un orden internacional basado en el estado de derecho y el derecho internacional, que, junto con los principios de la justicia, es esencial para la coexistencia pacífica y la cooperación entre los Estados, Convencida de que el progreso del estado de derecho en los planos nacional e internacional es esencial para el crecimiento económico sostenido, el desarrollo
coexistencia pacífica y la cooperación entre los Estados, Convencida de que el progreso del estado de derecho en los planos nacional e internacional es esencial para el crecimiento económico sostenido, el desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza y el hambre y la protección de todos los derechos humanos y las libertades fundame ntales, y reconociendo que la seguridad colectiva depende de que exista una coope ración eficaz, de conformidad con la Carta y el derecho internacional, contra las amenazas transnacionales, Reafirmando el deber de todos los Estados de abstenerse en sus relaciones internacionales de la amenaza o el uso de la fuerza en cualquier forma incompatible con los propósitos y principios de las Naciones Unidas y de arreglar sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia, de conformidad con el Capítulo VI de la Carta, y exhortando a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de reconocer la competencia de la Corte Internacional de Justicia según lo dispuesto en su Estatuto,A/RES/64/116 2 Convencida de que la promoción y el respeto del estado de derecho en los planos nacional e internacional, así como de la justicia y la buena gobernanza, deben guiar las actividades de las Naciones Unidas y de sus Estados Miembros, Recordando el apartado e) del párrafo 134 del Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 1,
1. Toma nota del informe anual del Secr etario General sobre el fortalecimiento y la coordinación de las actividades de las Naciones Unidas orientadas a la promoción del estado de derecho2;
Mundial 2005 1,
1. Toma nota del informe anual del Secr etario General sobre el fortalecimiento y la coordinación de las actividades de las Naciones Unidas orientadas a la promoción del estado de derecho2;
2. Reafirma el papel de la Asamblea General en lo que respecta al fomento del desarrollo progresivo del derecho inte rnacional y su codificación y reafirma también que los Estados deben cumplir todas las obligaciones que les incumben con arreglo al derecho internacional;
3. Destaca la importancia de que el estado de derecho se respete en el ámbito nacional y la necesidad de apoyar en mayor medida a los Estados Miembros que lo soliciten para que den cumplimiento en el ámbito nacional a sus respectivas obligaciones internacionales mediante el aumento de la asistencia técnica y la creación de capacidad y sobre la base de una mayor coordinación y coherencia dentro del sistema de las Naciones Unidas y entre los donantes, y pide que se evalúe más detenidamente la eficacia de dichas actividades;
4. Exhorta al sistema de las Naciones Unidas a que, según proceda, aborde sistemáticamente los aspectos relacion ados con el estado de derecho en las actividades pertinentes, reconociendo la importancia que éste reviste en prácticamente todos los ámbitos de la labor de las Naciones Unidas;
5. Expresa su pleno apoyo a la función general de coordinación y armonización que, dentro del sistema de las Naciones Unidas y conforme a los mandatos vigentes, desempeña el Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho, asistido por la Dependencia sobre el Estado de Derecho de la Oficina Ejecutiva del Secretario General, bajo la dirección de la Vicesecretaria General;
6. Solicita al Secretario General que presente su próximo informe anual
de Derecho, asistido por la Dependencia sobre el Estado de Derecho de la Oficina Ejecutiva del Secretario General, bajo la dirección de la Vicesecretaria General;
6. Solicita al Secretario General que presente su próximo informe anual sobre las actividades de las Naciones Unidas orientadas a la promoción del estado de derecho, de conformidad con el párrafo 5 de la resolución 63/128, tomando nota del párrafo 97 del informe 2;
7. Acoge con beneplácito el diálogo iniciado por el Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho y la Dependencia sobre el Estado de Derecho con los Estados Miembros sobre el tema “Promoción del estado de derecho en el plano internacional”, y pide que este diálogo continúe con miras a fomentar el estado de derecho en el plano internacional;
8. Alienta al Secretario General y al sistema de las Naciones Unidas a que otorguen alta prioridad a las actividades orientadas a la promoción del estado de derecho;
9. Invita a la Corte Internacional de Justicia, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Inte rnacional y la Comisión de Derecho Internacional a que sigan formulando observaciones, en sus respectivos informes a _______________ 1 Véase la resolución 60/1.
2 A/64/298.A/RES/64/116 3 la Asamblea General, sobre sus funciones actuales en la promoción del estado de derecho;
10. Invita al Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho y a la Dependencia sobre el Estado de Dere cho a que continúen manteniendo contactos periódicos con los Estados Miembros, en particular en reuniones oficiosas;
11. Destaca la necesidad de dotar a la Dependencia sobre el Estado de
la Dependencia sobre el Estado de Dere cho a que continúen manteniendo contactos periódicos con los Estados Miembros, en particular en reuniones oficiosas;
11. Destaca la necesidad de dotar a la Dependencia sobre el Estado de Derecho de los fondos y el personal necesarios para que pueda llevar a cabo su labor de manera sostenible y eficaz e insta al Secretario General y los Estados Miembros a que sigan apoyando el funcionamiento de la Dependencia;
12. Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo quinto período de sesiones el tema titulado “El esta do de derecho en los planos nacional e internacional”, invita a los Estados Miembros a que, sin perjuicio del examen del tema en su conjunto, centren sus observaci ones durante el próximo debate de la Sexta Comisión en el subtema “Legislación y prácticas de los Estados Miembros en relación con la aplicación del derecho internacional” 3, e invita al Secretario General a que, tras recabar las opiniones de los Estados Miembros, facilite información sobre ese subtema en su informe.
64ª sesión plenaria 16 de diciembre de 2009 _______________ 3 Véase la nota del Presidente de la Sexta Comisión (A/C.6/63/L.23). Véase también el párrafo 10 de la resolución 63/128 en el cual se señaló el subtema “El estado de derecho y la justicia de transición en situaciones de conflicto o posteriores a un conflicto” como subtema del sexagésimo sexto período de sesiones.