ONU - AG Resolución 67 90

ONU - Organización de Naciones Unidas

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
ONU - AG Resolución 67 90
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Privado
Año
—

Naciones Unidas A/RES/67/90

Asamblea General Distr. general 14 de enero de 2013

Sexagésimo séptimo período de sesiones Tema 77 del programa

12-48403S 1248403 Se ruega reciclar

Resolución aprobada por la Asamblea General el 14 de diciembre de 2012 [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/67/465)] 67/90. Recomendaciones para ay udar a las instituciones arbitrales y a otros órganos interesados en relación con los arbitrajes regidos por el Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional revisado en 2010 La Asamblea General , Recordando su resolución 2205 (XXI), de 17 diciembre de 1966, en la que se estableció la Comisión de las Nacione s Unidas para el Derecho Mercantil Internacional con objeto de promover la ar monización y unificación progresivas del derecho mercantil internacional en interés de todos los pueblos y, en particular, los de los países en desarrollo, Recordando también sus resoluciones 31/98, de 15 de diciembre de 1976, y 65/22, de 6 de diciembre de 2010, en las que recomendaba la utilización del Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional 1, Reconociendo el valor del arbitraje como método para resolver las controversias que puedan surgir en el contexto de las relaciones comerciales internacionales, Observando que el Reglamento de Arbitraje está reconocido como texto muy logrado que se aplica, en circunstancias muy diversas y en todas las regiones del

controversias que puedan surgir en el contexto de las relaciones comerciales internacionales, Observando que el Reglamento de Arbitraje está reconocido como texto muy logrado que se aplica, en circunstancias muy diversas y en todas las regiones del mundo, para resolver una amplia gama de controversias, tales como controversias entre entidades comerciales privadas, controversias entre inversionistas y Estados, controversias entre Estados y controversias comerciales dirimidas por instituciones arbitrales, _______________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, trigésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/31/17), cap. V, secc. C; e ibid., sexagésimo quinto período de sesiones, Suplemento núm. 17 y corrección (A/65/17 y Corr.1), anexo I.A/RES/67/90 2 Reconociendo el valor de las recomendaciones de 1982 para ayudar a las instituciones arbitrales y otros órganos in teresados en relación con los arbitrajes sometidos al Reglamento de Arbitraje aprobado en 1976 2, Reconociendo también la necesidad de formular recomendaciones actualizadas para ayudar a las instituciones arbitrales y a otros órganos interesados en relación con los arbitrajes regidos por el Reglamento de Arbitraje revisado en 2010, Creyendo que unas recomendaciones actualizadas para ayudar a las instituciones arbitrales y a otros órganos interesados en relación con los arbitrajes regidos por el Reglamento de Arb itraje revisado en 2010 incrementarán notablemente la eficiencia de los arbitrajes que se rijan por él, Observando que la preparación de las recomendaciones de 2012 para ayudar a las instituciones arbitrales y a otros órganos interesados en relación con los

notablemente la eficiencia de los arbitrajes que se rijan por él, Observando que la preparación de las recomendaciones de 2012 para ayudar a las instituciones arbitrales y a otros órganos interesados en relación con los arbitrajes regidos por el Reglamento de Arbitraje revisado en 2010 se debatió y consultó debidamente con los gobiernos, las instituciones arbitrales y otros órganos interesados, Convencida de que las recomendaciones aprobadas por la Comisión en su 45° período de sesiones 3 son aceptables para las instituciones arbitrales y otros órganos interesados de países dotados de regímenes jurídicos, sociales y económicos diversos y pueden contribuir notablemente al establecimiento de un marco jurídico armonizado para la solución equitativa y eficiente de las controversias comerciales internacionales y al desarrollo de unas relaciones económicas internacionales armoniosas,

1. Expresa su aprecio a la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional por haber formulado y aprobado las recomendaciones para ayudar a las institu ciones arbitrales y a otros órganos interesados en relación con los arbitrajes regidos por el Reglamento de Arbitraje revisado en 2010 3;

2. Recomienda la utilización de las recomendacion es para la solución de las controversias que surjan en el contexto de las relaciones comerciales internacionales;

3. Solicita al Secretario General que dé a las recomendaciones amplia difusión entre los gobiernos, pidiéndoles que las hagan llegar a las instituciones arbitrales y a otros órganos interesados a fin de que sean de conocimiento y acceso generalizado;

4. Solicita también al Secretario General que publique las recomendaciones,

difusión entre los gobiernos, pidiéndoles que las hagan llegar a las instituciones arbitrales y a otros órganos interesados a fin de que sean de conocimiento y acceso generalizado;

4. Solicita también al Secretario General que publique las recomendaciones, incluso en formato electrónico, y que ha ga todo lo posible para que sean de conocimiento y acceso generalizado.

56ª sesión plenaria 14 de diciembre de 2012

_______________ 2 Ibid., trigésimo séptimo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/37/17), anexo I. 3 Ibid., sexagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/67/17), anexo I.

Consultar sobre este documento ...