ONU - AG Resolución 69 123

ONU - Organización de Naciones Unidas

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Detalles

Título
ONU - AG Resolución 69 123
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Privado
Año
—

Naciones Unidas A/RES/69/123

Asamblea General Distr. general 18 de diciembre de 2014

Sexagésimo noveno período de sesiones Tema 82 del programa

14-66987 (S) 1466987 Se ruega reciclar

Resolución aprobada por la Asamblea General el 10 de diciembre de 2014 [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/69/502)] 69/123. El estado de derech o en los planos nacional e internacional La Asamblea General , Recordando su resolución 68/116, de 16 de diciembre de 2013, Reafirmando su compromiso con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional, que son el fundamento indispensable de un mundo más pacífico, próspero y justo, y reiterando su determinación de promover su estricto respeto y de establecer una paz justa y duradera en todo el mundo, Reafirmando que los derechos humanos, el es tado de derecho y la democracia están vinculados entre sí, se refuerzan mu tuamente y forman parte de los valores y principios fundamentales, universales e indivisibles de las Naciones Unidas, Reafirmando también la necesidad del respeto y la aplicación universales del estado de derecho en los planos nacional e internacional y su compromiso solemne con un orden internacional basado en el estado de derecho y el derecho internacional, que, junto con los principios de la justicia, es esencial para la coexistencia pacífica y la cooperación entre los Estados, Teniendo presente que las actividades de las Naciones Unidas en apoyo de los esfuerzos de los gobiernos para promover y consolidar el estado de derecho se

coexistencia pacífica y la cooperación entre los Estados, Teniendo presente que las actividades de las Naciones Unidas en apoyo de los esfuerzos de los gobiernos para promover y consolidar el estado de derecho se llevan a cabo de conformidad con la Cart a, y destacando la necesidad de que los Estados Miembros que lo soliciten reciban más apoyo para dar cumplimiento en el ámbito nacional a sus respectivas obligaci ones internacionales mediante el aumento de la asistencia técnica y la creación de capacidad, Convencida de que el progreso del estado de derecho en los planos nacional e internacional es esencial para el crecimiento económico sostenido, el desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza y el hambre y la protección de todos los derechos humanos y las libertades fundame ntales, y reconociendo que la seguridad colectiva depende de que exista una coope ración eficaz, de conformidad con la Carta y el derecho internacional, contra las amenazas transnacionales, Reafirmando el deber de todos los Estados de abstenerse en sus relaciones internacionales de la amenaza o el uso de la fuerza en cualquier forma incompatible con los propósitos y principios de las Naciones Unidas y de arreglar susA/RES/69/123 El estado de derecho en lo s planos nacional e internacional

2/4 controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia, de conformidad con el Capítulo VI de la Carta, y exhortando a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de reconocer la competencia de la Corte Internacional de Justicia según lo dispuesto en su Estatuto, Convencida de que la promoción y el respeto del estado de derecho en los

que consideren la posibilidad de reconocer la competencia de la Corte Internacional de Justicia según lo dispuesto en su Estatuto, Convencida de que la promoción y el respeto del estado de derecho en los planos nacional e internacional, así como la justicia y la bue na gobernanza, deben guiar las actividades de las Naciones Unidas y sus Estados Miembros, Recordando el párrafo 134 e) del Documento Final de la Cumbre Mundial 20051,

1. Recuerda la reunión de alto nivel de la Asamblea General sobre el estado de derecho en los planos nacional e internacional, celebrada durante la serie de sesiones de alto nivel de su sexagésimo séptimo período de sesiones, y la declaración aprobada en dicha reunión 2, toma nota del informe del Secretario General presentado en cumplimiento del párrafo 41 de la declaración 3 y solicita a la Sexta Comisión que prosiga su examen de las formas de seguir profundizando los vínculos entre el estado de derecho y los tres pilares de las Naciones Unidas;

2. Reconoce los esfuerzos desplegados para fortalecer el estado de derecho mediante promesas voluntarias, alienta a los Estados que no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de hacer promesas, en form a individual o conjunta, basadas en sus prioridades nacionales, y alienta también a los Estados que hayan hecho promesas a intercambiar información, conocimientos y mejores prácticas a este respecto;

3. Toma nota del informe anual del Secretario General sobre el fortalecimiento y la coordinación de las actividades de las Naciones Unidas orientadas a la promoción del estado de derecho4;

4. Reafirma el papel de la Asamblea General en lo que respecta al fomento

fortalecimiento y la coordinación de las actividades de las Naciones Unidas orientadas a la promoción del estado de derecho4;

4. Reafirma el papel de la Asamblea General en lo que respecta al fomento del desarrollo progresivo del derecho intern acional y de su codificación, y reafirma además que los Estados deben cumplir todas las obligaciones que les incumben con arreglo al derecho internacional;

5. Reafirma también que es imprescindible respetar y promover el estado de derecho en el plano internacional de conformidad con los principios de la Carta de

las Naciones Unidas;

6. Acoge con beneplácito el diálogo iniciado por el Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho y la Dependencia sobre el Estado de Derecho de la Oficina Ejecutiva del Secretario General con los Estados Miembros sobre el tema “Promoción del estado de derecho en el plano internacional”, y pide que este diálogo continúe con miras a fomentar el estado de derecho en el plano internacional;

7. Destaca la importancia de que el estado de derecho se respete en el plano nacional y la necesidad de que los Estados Miembros que lo soliciten reciban más apoyo para dar cumplimiento en el ámbito nacional a sus respectivas obligaciones internacionales mediante el aumento de la asistencia técnica y la creación de capacidad; _______________ 1 Resolución 60/1. 2 Resolución 67/1. 3 A/68/213/Add.1. 4 A/69/181.El estado de derecho en los planos nacional e internacional A/RES/69/123

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8. Reitera su solicitud al Secretario General de que asegure una mayor coordinación y coherencia entre las entida des de las Naciones Unidas y con los

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8. Reitera su solicitud al Secretario General de que asegure una mayor coordinación y coherencia entre las entida des de las Naciones Unidas y con los donantes y beneficiarios, y reitera su petición de que se evalúen más detenidamente la eficacia de dichas actividades y, en particular, las posibles medidas para mejorar la eficacia de las actividades de creación de capacidad;

9. Pide, en este contexto, que se fomente el diálogo entre todas las partes interesadas con miras a situar las perspectivas nacionales en el centro de la asistencia en el ámbito del estado de derecho, con el fin de fortalecer la implicación nacional, reconociendo al mismo tiempo que las actividades relativas al estado de derecho deben estar sustentadas en un contexto nacional y que los Estados tienen experiencias nacionales diferentes en el desarrollo de sus sistemas de estado de derecho en función de sus características jurídicas, políticas, socioeconómicas, culturales, religiosas y otra s particularidades de carácter local, reconociendo también que existen características comunes fundadas en reglas y normas internacionales;

10. Exhorta al Secretario General y al sistema de las Naciones Unidas a que, según proceda, aborden sistemáticamente lo s aspectos relacionados con el estado de derecho en las actividades pertinentes, in cluida la participación de la mujer en actividades relacionadas con el estado de derecho, reconociendo la importancia que este reviste en prácticamente todos los ámbitos de la labor de las Naciones Unidas;

11. Expresa pleno apoyo a la función general de coordinación y armonización que, dentro del sistema de las Naciones Unidas y conforme a los mandatos vigentes, desempeña el Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado

11. Expresa pleno apoyo a la función general de coordinación y armonización que, dentro del sistema de las Naciones Unidas y conforme a los mandatos vigentes, desempeña el Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho, asistido por la Dependencia sobre el Estado de Derecho, bajo la dirección del Vicesecretario General;

12. Solicita al Secretario General que presente puntualmente su próximo informe anual sobre las actividades de las Naciones Unidas orientadas a la promoción del estado de derecho, de confor midad con el párrafo 5 de su resolución 63/128, de 11 de diciembre de 2008;

13. Reconoce la importancia de que se restab lezca la confianza en el estado de derecho como elemento fundamental de la justicia de transición;

14. Recuerda el compromiso de los Estados Miembros de adoptar todas las medidas necesarias para prestar servicio s justos, transparentes, eficaces, no discriminatorios y responsables que promuevan el acceso a la justicia para todos, incluida la asistencia letrada, alienta a que se intensifique el diálogo y se intercambien las prácticas nacionales relativas al fortalecimiento del estado de derecho mediante el acceso a la justicia, incluso en lo referente a la asistencia letrada, cuando corresponda, en los procedimientos penales y civiles, y a este respecto destaca la necesidad de intensificar la asistencia prestada a los gobiernos cuando así lo solicitan;

15. Destaca la importancia de fomentar el intercambio de prácticas nacionales y del diálogo inclusivo, e invita al Secretario General a que proponga formas en que los Estados Miembros intercambien voluntariamente las mejores prácticas nacionales relativas al estado de derecho e incluya, en su informe anual a

nacionales y del diálogo inclusivo, e invita al Secretario General a que proponga formas en que los Estados Miembros intercambien voluntariamente las mejores prácticas nacionales relativas al estado de derecho e incluya, en su informe anual a la Asamblea General en su septuagésimo período de sesiones, un resumen analítico de los debates temáticos celebrados de conformidad con lo dispuesto en las resoluciones 61/39, de 4 de diciembre de 2006, 62/70, de 6 de diciembre de 2007, 63/128, de 11 de diciembre de 2008, 64/116, de 16 de diciembre de 2009, 65/32, de 6 de diciembre de 2010, 66/102, de 9 de diciembre de 2011, y 67/97, de 14 de diciembre de 2012;A/RES/69/123 El estado de derecho en lo s planos nacional e internacional

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16. Alienta al Secretario General y al sistema de las Naciones Unidas a que otorguen alta prioridad a las actividades orientadas a la promoción del estado de derecho;

17. Invita a la Corte Internacional de Justicia, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y la Comisión de Derecho Internacional a que sigan formulando observaciones, en sus respectivos informes a la Asamblea General, sobre sus funciones actuales en la promoción del estado de derecho;

18. Invita al Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho y a la Dependencia sobre el Estado de Derecho a que continúen manteniendo contactos con los Estados Miembros de manera periódica, transparente e inclusiva, en particular en reuniones informativas oficiosas;

19. Destaca la necesidad de que la Dependencia sobre el Estado de Derecho

la Dependencia sobre el Estado de Derecho a que continúen manteniendo contactos con los Estados Miembros de manera periódica, transparente e inclusiva, en particular en reuniones informativas oficiosas;

19. Destaca la necesidad de que la Dependencia sobre el Estado de Derecho lleve a cabo su labor de manera sostenible y eficaz, y de que se le proporcionen los medios razonables necesarios para ese fin;

20. Decide incluir en el programa provisional de su septuagésimo noveno período de sesiones el tema titulado “El esta do de derecho en los planos nacional e internacional”, e invita a los Estados Miembros a que centren sus observaciones durante el próximo debate de la Sexta Comisión en el subtema “El papel de los procesos de los tratados multilaterales en la promoción e impulso del estado de derecho”.

68ª sesión plenaria 10 de diciembre de 2014

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