ONU - AG Resolución 70 118
Detalles
- Título
- ONU - AG Resolución 70 118
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/RES/70/118
Asamblea General Distr. general 18 de diciembre de 2015
Septuagésimo período de sesiones Tema 85 del programa
15-16872 (S) 1516872
Resolución aprobada por la Asamblea General el 14 de diciembre de 2015 [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/70/511)] 70/118. El estado de derecho en lo s planos nacional e internacional La Asamblea General , Recordando su resolución 69/123, de 10 de diciembre de 2014, Reafirmando su compromiso con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional, que son el fundamento indispensable de un mundo más pacífico, próspero y justo, y reiterando su determinación de promover su estricto respeto y de establecer una paz justa y duradera en todo el mundo, Reafirmando que los derechos humanos, el es tado de derecho y la democracia están vinculados entre sí, se refuerzan mu tuamente y forman parte de los valores y principios fundamentales, universales e indivisibles de las Naciones Unidas, Reafirmando también la necesidad del respeto y la aplicación universales del estado de derecho en los planos nacional e internacional y su compromiso solemne con un orden internacional basado en el estado de derecho y el derecho internacional, que, junto con los principios de la justicia, es esencial para la coexistencia pacífica y la cooperación entre los Estados, Teniendo presente que las actividades de las Naciones Unidas en apoyo de los esfuerzos de los gobiernos para promover y consolidar el estado de derecho se llevan a cabo de conformidad con la Cart a, y destacando la necesidad de que los
Teniendo presente que las actividades de las Naciones Unidas en apoyo de los esfuerzos de los gobiernos para promover y consolidar el estado de derecho se llevan a cabo de conformidad con la Cart a, y destacando la necesidad de que los Estados Miembros que lo soliciten reciban más apoyo para dar cumplimiento en el ámbito nacional a sus respectivas obligaci ones internacionales mediante el aumento de la asistencia técnica y la creación de capacidad, Convencida de que el progreso del estado de derecho en los planos nacional e internacional es esencial para el crecimiento económico sostenido, el desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza y el hambre y la protección de todos los derechos humanos y las libertades fundame ntales, y reconociendo que la seguridad colectiva depende de que exista una coope ración eficaz, de conformidad con la Carta y el derecho internacional, contra las amenazas transnacionales, Reafirmando el deber de todos los Estados de abstenerse en sus relaciones internacionales de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza en cualquier forma incompatible con los propósitos y principios de las Naciones Unidas y de arreglar sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia, de conformidad con el Capítulo VI de la Carta, y exhortando a los Estados que aúnA/RES/70/118 El estado de derecho en lo s planos nacional e internacional
2/5 no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de r econocer la competencia de la Corte Internacional de Justicia según lo dispuesto en su Estatuto, Convencida de que la promoción y el respeto del estado de derecho en los planos nacional e internacional, así como la justicia y la bue na gobernanza, deben
Corte Internacional de Justicia según lo dispuesto en su Estatuto, Convencida de que la promoción y el respeto del estado de derecho en los planos nacional e internacional, así como la justicia y la bue na gobernanza, deben guiar las actividades de las Naciones Unidas y sus Estados Miembros, Recordando el párrafo 134 e) del Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 1,
1. Recuerda la reunión de alto nivel de la Asamblea General sobre el estado de derecho en los planos nacional e internacional, celebrada durante la serie de sesiones de alto nivel de su sexagésimo séptimo período de sesiones, y la declaración aprobada en dicha reunión 2, toma nota del informe del Secretario General presentado en cumplimiento del párrafo 41 de la declaración 3 y solicita a la Sexta Comisión que prosiga su examen de las formas de seguir profundizando los vínculos entre el estado de derecho y los tres pilares de las Naciones Unidas;
2. Reconoce los esfuerzos desplegados para fortalecer el estado de derecho mediante promesas voluntarias, alienta a todos los Estados a que consideren la posibilidad de hacer promesas, en forma individual o conjunta, basadas en sus prioridades nacionales, y alienta también a los Estados que hayan hecho promesas a seguir intercambiando información, conocimientos y mejores prácticas a este respecto;
3. Toma nota del informe anual del Secretario General sobre el fortalecimiento y la coordinación de las actividades de las Naciones Unidas orientadas a la promoción del estado de derecho4;
4. Alienta al Secretario General y al sistema de las Naciones Unidas a que otorguen alta prioridad a las actividades orientadas a la promoción del estado de derecho;
promoción del estado de derecho4;
4. Alienta al Secretario General y al sistema de las Naciones Unidas a que otorguen alta prioridad a las actividades orientadas a la promoción del estado de derecho;
5. Reafirma el papel de la Asamblea General en lo que respecta al fomento del desarrollo progresivo del derecho intern acional y de su codificación, y reafirma además que los Estados deben cumplir todas las obligaciones que les incumben con arreglo al derecho internacional;
6. Reafirma también que es imprescindible respetar y promover el estado de derecho en el plano internacional de conformidad con los principios de la Carta de
las Naciones Unidas;
7. Acoge con beneplácito la aprobación de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible 5;
8. Reconoce el papel de los procesos de los tratados multilaterales en la promoción del estado de derecho, recuerda el debate constructivo celebrado sobre este subtema en la Sexta Comisión durante su septuagésimo período de sesiones y, a este respecto: a) Reafirma su apoyo a las jornadas anuales de los tratados organizadas por el Secretario General, que ofrecen la oportunidad a los Estados de aumentar su participación en el régimen de tratados multilaterales; _______________ 1 Resolución 60/1. 2 Resolución 67/1.
3 A/68/213/Add.1. 4 A/70/206. 5 Resolución 70/1.El estado de derecho en los planos nacional e internacional A/RES/70/118
3/5 b) Reconoce la importancia del registro y la publicación de los tratados con arreglo al Artículo 102 de la Carta, e invita al Secretario General a que examine el
3/5 b) Reconoce la importancia del registro y la publicación de los tratados con arreglo al Artículo 102 de la Carta, e invita al Secretario General a que examine el reglamento para la aplicación de dicho Artículo 6, teniendo en cuenta las novedades recientes, y presente el resultado de ese examen a la Sexta Comisión para que lo examine en el septuagésimo primer período de sesiones de la Asamblea General; c) Acoge con beneplácito los esfuerzo s realizados para desarrollar y mejorar la base electrónica de datos sobre tratados de las Naciones Unidas, que brinda acceso en línea a información completa sobre las funciones de depositario del Secretario General y sobre el registro y la publicación de los tratados con arreglo al Artículo 102 de la Carta, y alienta a que continúen esos esfuerzos en el futuro, teniendo presente al mismo tiempo que muchos países en desarrollo carecen de acceso asequible a las tecnologías de la información y las comunicaciones; d) Reconoce la importancia de las public aciones jurídicas preparadas por la Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría, pone de relieve la necesidad de que esas publicaciones, en particular el Summary of Practice of the Secretary-General as Depositary of Multilateral Treaties , se actualicen teniendo en cuenta las novedades y prácticas recientes, e invita al Secretario General a que incluya, según proceda, información sucinta sobre tales novedades y prácticas en su próximo informe anual; e) Acoge con beneplácito la importante iniciativa de creación de capacidad que representan los talleres sobre derecho y práctica de los tratados organizados por la Sección de Tratados, tanto en el plano regional como en la Sede de las Naciones Unidas, e invita a los Estados a que sigan apoyando esa actividad;
que representan los talleres sobre derecho y práctica de los tratados organizados por la Sección de Tratados, tanto en el plano regional como en la Sede de las Naciones Unidas, e invita a los Estados a que sigan apoyando esa actividad;
9. Acoge con beneplácito el diálogo iniciado por el Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho y la Dependencia sobre el Estado de Derecho de la Oficina Ejecutiva del Secretario General con los Estados Miembros sobre el tema “Promoción del estado de derecho en el plano internacional”, y pide que este diálogo continúe con miras a fomentar el estado de derecho en el plano internacional;
10. Reconoce la importancia del Programa de Asistencia de las Naciones Unidas para la Enseñanza, el Estudio, la Difusión y una Comprensión Más Amplia del Derecho Internacional en la promoción de los programas y actividades de las Naciones Unidas en el ámbito del estado de derecho, pone de relieve que deben examinarse nuevas iniciativas de asistencia técnica y creación de capacidad centradas en aumentar y mejorar la participación de los Estados Miembros en el proceso de los tratados multilaterales, e invita a los Estados a que apoyen esas actividades;
11. Destaca la importancia de que el estado de derecho se respete en el plano nacional y la necesidad de que los Estados Miembros que lo soliciten reciban más apoyo para dar cumplimiento en el ámbito nacional a sus respectivas obligaciones internacionales mediante el aumento de la asistencia técnica y la creación de capacidad a fin de crear, refo rzar y mantener institucione s nacionales activas en la promoción del estado de derecho en los planos nacional e internacional, con la implicación del país y con sujeción a las estrategias y prioridades nacionales;
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capacidad a fin de crear, refo rzar y mantener institucione s nacionales activas en la promoción del estado de derecho en los planos nacional e internacional, con la implicación del país y con sujeción a las estrategias y prioridades nacionales; _______________ 6 Resoluciones 97 (1), de 14 de diciembre de 1946, 364 B (IV), de 1 de diciembre de 1949, 482 (V), de 12 de diciembre de 1950, 33/141 A, de 19 de diciembre de 1978, y 52/153, de 15 de diciembre de 1997.A/RES/70/118 El estado de derecho en lo s planos nacional e internacional
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12. Reitera su solicitud al Secretario General de que asegure una mayor coordinación y coherencia entre las entida des de las Naciones Unidas y con los donantes y beneficiarios, y reitera su petición de que se evalúen más detenidamente la eficacia de dichas actividades y, en particular, las posibles medidas para mejorar la eficacia de las actividades de creación de capacidad;
13. Pide, en este contexto, que se fomente el diálogo entre todas las partes interesadas con miras a situar las perspectivas nacionales en el centro de la asistencia en el ámbito del estado de derec ho, con el fin de fortalecer la implicación nacional, reconociendo al mismo tiempo que las actividades relativas al estado de derecho deben estar sustentadas en un contexto nacional y que los Estados tienen experiencias nacionales diferentes en el desarrollo de sus sistemas de estado de derecho en función de sus característi cas jurídicas, políticas, socioeconómicas, culturales, religiosas y otras particularidades de carácter local, y reconociendo también que existen características comunes fundadas en reglas y normas internacionales;
derecho en función de sus característi cas jurídicas, políticas, socioeconómicas, culturales, religiosas y otras particularidades de carácter local, y reconociendo también que existen características comunes fundadas en reglas y normas internacionales;
14. Exhorta al Secretario General y al sistema de las Naciones Unidas a que, según proceda, aborden sistemáticamente lo s aspectos relacionados con el estado de derecho en las actividades pertinentes, in cluida la participación de la mujer en actividades relacionadas con el estado de derecho, reconociendo la importancia que este reviste en prácticamente todos los ámbitos de la labor de las Naciones Unidas;
15. Expresa pleno apoyo a la función general de coordinación y armonización que, dentro del sistema de las Naciones Unidas y conforme a los mandatos vigentes, desempeña el Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho, asistido por la Dependencia sobre el Estado de Derecho y bajo la dirección del Vicesecretario General;
16. Solicita al Secretario General que presente puntualmente su próximo informe anual sobre las actividades de las Naciones Unidas orientadas a la promoción del estado de derecho, de conformidad con el párrafo 5 de su resolución 63/128, de 11 de diciembre de 2008, en el qu e se aborden de mane ra equilibrada las dimensiones nacional e internaci onal del estado de derecho;
17. Reconoce la importancia de que se restab lezca la confianza en el estado de derecho como elemento fundamental de la justicia de transición;
18. Recuerda el compromiso de los Estados Miembros de adoptar todas las medidas necesarias para prestar servicio s justos, transparentes, eficaces, no discriminatorios y responsables que promuevan el acceso a la justicia para todos,
18. Recuerda el compromiso de los Estados Miembros de adoptar todas las medidas necesarias para prestar servicio s justos, transparentes, eficaces, no discriminatorios y responsables que promuevan el acceso a la justicia para todos, incluida la asistencia letrada, alienta a que se intensifique el diálogo y se intercambien las prácticas nacionales relativas al fortalecimiento del estado de derecho mediante el acceso a la justicia, incluso en lo referente al registro de los nacimientos y la asistencia letrada, cuando corresponda, en los procedimientos penales y civiles, y, a este respecto, destaca la necesidad de intensificar la asistencia prestada a los gobiernos cuando así lo solicitan;
19. Destaca la importancia de fomentar el intercambio de prácticas nacionales y del diálogo inclusivo, acoge con beneplácito las propuestas realizadas por el Secretario General, en las que se invita a los Estados Miembros a intercambiar voluntariamente las mejores prácticas nacionales sobre el estado de derecho en reuniones oficiosas y sobre un depósito electrónico de mejores prácticas en el sitio web de las Naciones Unidas s obre el estado de derecho, e invita a los Estados Miembros a que procedan en consecuencia;El estado de derecho en los planos nacional e internacional A/RES/70/118
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20. Invita a la Corte Internacional de Justicia, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y la Comisión de Derecho Internacional a que sigan formulando observaciones, en sus respectivos informes a la Asamblea General, sobre sus funciones actuales en la promoción del estado de derecho;
21. Invita al Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho y a la Dependencia sobre el Estado de Derecho a que prosigan su diálogo con todos los
la Asamblea General, sobre sus funciones actuales en la promoción del estado de derecho;
21. Invita al Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho y a la Dependencia sobre el Estado de Derecho a que prosigan su diálogo con todos los Estados Miembros manteniendo contactos con ellos de manera periódica, transparente e inclusiva, en particular en reuniones informativas oficiosas, y acoge con beneplácito las reuniones informativas oficiosas celebradas durante el sexagésimo noveno período de sesiones;
22. Destaca la necesidad de que la Dependencia sobre el Estado de Derecho lleve a cabo su labor de manera sostenible y eficaz, y de que se le proporcionen los medios razonables necesarios para ese fin;
23. Decide incluir en el programa provisional de su septuagésimo primer período de sesiones el tema titulado “El esta do de derecho en los planos nacional e internacional”, e invita a los Estados Miembros a que centren sus observaciones durante el próximo debate de la Sexta Comisión en los subtemas “Intercambio de prácticas nacionales de los Estados en la aplicación de los trat ados multilaterales” y “Medidas prácticas para facilita r el acceso a la justicia para todos, incluidos los más pobres y vulnerables”.
75ª sesión plenaria 14 de diciembre de 2015