ONU - AG Resolución 71 135
Detalles
- Título
- ONU - AG Resolución 71 135
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/RES/71/135
Asamblea General Distr. general 19 de diciembre de 2016
Septuagésimo primer período de sesiones Tema 76 del programa
16-21338 (S) 1621338
Resolución aprobada por la Asamblea General el 13 de diciembre de 2016 [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/71/507)] 71/135. Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 49º período de sesiones La Asamblea General , Recordando su resolución 2205 (XXI), de 17 de diciembre de 1966, en la que estableció la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y le confirió el mandato de promover la armoni zación y unificación progresivas del derecho mercantil internacional y, a ese respecto, tener presentes los intereses de todos los pueblos, en particular los de los países en desarrollo, en la evolución general del comercio internacional, Reafirmando su c onvencimiento de que la modernización y armonización progresivas del derecho mercantil internacional, al reducir o eliminar los obstáculos jurídicos que se oponen al flujo del comercio internacional, especialmente los que afectan a los países en desarrollo , contribuirían de modo significativo a la cooperación económica universal entre todos los Estados sobre una base de igualdad, equidad, interés común y respeto del estado de derecho, así como a la eliminación de la discriminación en el comercio internacion al y, por consiguiente, a la paz, la estabilidad y el bienestar de todos los pueblos, Habiendo examinado el informe de la Comisión 1,
eliminación de la discriminación en el comercio internacion al y, por consiguiente, a la paz, la estabilidad y el bienestar de todos los pueblos, Habiendo examinado el informe de la Comisión 1, Reiterando su preocupación por el hecho de que las actividades realizadas por otros órganos en el ámbito del derecho mer cantil internacional sin coordinación suficiente con la Comisión puedan dar lugar a una duplicación no deseable del trabajo y no se ajusten al objetivo de fomentar la eficiencia, uniformidad y coherencia en la unificación y armonización del derecho mercant il internacional, Reafirmando el mandato conferido a la Comisión para que, en su calidad de órgano jurídico central del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional, coordine las actividades jurídicas en la materia, en particular con el fin de evitar la duplicación del trabajo, especialmente entre las organizaciones que elaboran normas de comercio internacional, y fomentar la _______________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo primer período d e sesiones, Suplemento núm. 17 (A/71/17).A/RES/71/135 Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 49º período de sesiones
2/7 eficiencia, uniformidad y coherencia en la modernización y armonización del derecho mercantil int ernacional, y, por conducto de su secretaría, continúe manteniendo una estrecha cooperación con otros órganos y organizaciones internacionales que se ocupan del derecho mercantil internacional, incluidas las organizaciones regionales,
1. Toma nota con apr ecio del informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional 1;
internacionales que se ocupan del derecho mercantil internacional, incluidas las organizaciones regionales,
1. Toma nota con apr ecio del informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional 1;
2. Encomia a la Comisión por haber finalizado y aprobado la Ley Modelo sobre Garantías Mobiliarias 2, las Notas d e 2016 sobre la organización del proceso arbitral 3 y las Notas técnicas sobre la solución de controversias en línea 4;
3. Observa con satisfacción que la Comisión ha dado instrucciones a su secretaría para emprender la labor preparatoria de organización de un congreso para conmemorar el cincuentenario de la Comisión en su 50º período de sesiones, con los objetivos de examinar cuestiones técnicas y dar a conocer la labor de la Comisión y su capacidad de apoyar el comercio transfronterizo 5;
4. Observa con sa tisfacción también las contribuciones del Fondo de la Organización de Países Exportadores de Petróleo para el Desarrollo Internacional y de la Unión Europea, que permiten el funcionamiento del archivo de la información publicada conforme al Reglamento sobr e la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado 6 hasta finales de 2016 y en adelante, y que la Comisión reiteró su opinión firme y unánime de que la secretaría de la Comisión debe seguir encargándose del funcio namiento del archivo de la transparencia, que constituye un aspecto fundamental tanto del Reglamento sobre la Transparencia como de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado (Convención de Mauricio sobre la Transparencia) 7;
Transparencia como de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado (Convención de Mauricio sobre la Transparencia) 7;
5. Solicita al Secretario General que mantenga en funcionamiento, mediante la secretaría de la Comisión, el archivo de la información publicada conforme al artículo 8 del Reglamento sobre la Tr ansparencia, como proyecto experimental, hasta fines de 2017, financiado íntegramente con contribuciones voluntarias, y que informe a la Asamblea General de la evolución de la situación presupuestaria y de financiación del archivo de la transparencia tenie ndo en cuenta su funcionamiento en la fase experimental;
6. Toma nota con interés de las decisiones adoptadas por la Comisión sobre su labor futura y de los progresos de esta en las esferas de la solución de controversias 8, el comercio electrónico, el rég imen de la insolvencia, las garantías reales 9 y el derecho mercantil internacional destinados a reducir los obstáculos jurídicos que afectan a las microempresas y las pequeñas y medianas empresas en _______________ 2 Ibid., cap. III, secc. A. 3 Ibid., cap. IV, secc. A. 4 Ibid., cap. V y anexo I. 5 Ibid., párrs. 368 a 370. 6 Ibid., sexagésimo octavo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/68/17), anexo I. 7 Resolución 69/116, anexo. 8 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/71/17), caps. IV y V.
7 Resolución 69/116, anexo. 8 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/71/17), caps. IV y V. 9 Ibid., cap. III.Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 49º período de sesiones A/RES/71/135
3/7 todo su ciclo de vida, y alienta a la Comisión a seguir a vanzando con eficiencia para obtener resultados tangibles de su labor;
7. Hace suyas las gestiones e iniciativas de la Comisión, en su calidad de órgano jurídico central del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional, encaminadas a mejorar la coordinación y la cooperación respecto de las actividades jurídicas de las organizaciones internacionales y regionales que se ocupan del derecho mercantil internacional y a promover el estado de derecho a nivel nacional e internaci onal en esa esfera y, a este respecto, hace un llamamiento a las organizaciones internacionales y regionales competentes para que coordinen sus actividades jurídicas con las de la Comisión a fin de evitar la duplicación del trabajo y fomentar la eficiencia , uniformidad y coherencia en la modernización y armonización del derecho mercantil internacional;
8. Reafirma la importancia que reviste, en particular para los países en desarrollo, la labor de la Comisión relativa a la cooperación y asistencia técnicas en materia de reforma y desarrollo del derecho mercantil internacional y, a este respecto: a) Acoge con beneplácito las iniciativas tomadas por la Comisión para ampliar, por conducto de su secretaría, su programa de cooperación y asistencia
materia de reforma y desarrollo del derecho mercantil internacional y, a este respecto: a) Acoge con beneplácito las iniciativas tomadas por la Comisión para ampliar, por conducto de su secretaría, su programa de cooperación y asistencia técnicas y, a ese respecto, alienta al Secretario General a que establezca asociaciones de colaboración con entidades estatales y no estatales para dar a conocer mejor la labor de la Comisión y facilitar la aplicación efectiva de las normas jurídicas que resulten de di cha labor; b) Expresa su aprecio a la Comisión por las actividades de cooperación y asistencia técnicas realizadas y por la asistencia prestada para redactar legislación en materia de derecho mercantil internacional, y señala a la atención del Secretario General lo limitado de los recursos disponibles en esta esfera; c) Expresa su aprecio a los Gobiernos cuyas contribuciones permitieron realizar las actividades de cooperación y asistencia técnicas y hace un llamamiento a los Gobiernos, a los órganos compe tentes del sistema de las Naciones Unidas y a organizaciones, instituciones y particulares para que hagan contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario para la Organización de Simposios de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Inter nacional y, cuando corresponda, financien proyectos especiales, y para que presten apoyo de cualquier otra manera a la secretaría de la Comisión para realizar actividades de cooperación y asistencia técnicas, en particular en países en desarrollo; d) Reit era su llamamiento al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y a otros órganos responsables de la asistencia para el desarrollo, como el Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo, así como a los Gobiernos en el marco de sus programas de asistencia bilateral, para que presten apoyo al
Desarrollo y a otros órganos responsables de la asistencia para el desarrollo, como el Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo, así como a los Gobiernos en el marco de sus programas de asistencia bilateral, para que presten apoyo al programa de cooperación y asistencia técnicas de la Comisión y cooperen con la Comisión y coordinen sus actividades con las de esta, habida cuenta de la pertinencia e importancia que tienen la labor y los programas de la Comisión para la promoción del estado de derecho a nivel nacional e internacional y para la aplicación de la agenda internacional para el desarrollo, incluido el logro de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 10; _______________ 10 Resolución 70/1.A/RES/71/135 Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 49º período de sesiones
4/7 e) Recuerda sus resol uciones en las que se destaca la necesidad de fortalecer el apoyo a los Estados Miembros que lo soliciten en la aplicación interna de sus respectivas obligaciones internacionales mediante el aumento de la asistencia técnica y el desarrollo de la capacidad, acoge con beneplácito los esfuerzos del Secretario General por asegurar una mayor coordinación y coherencia entre las entidades de las Naciones Unidas y con los donantes y beneficiarios, hace notar que la Comisión hizo suya la Nota de orientación sobre el fortalecimiento del apoyo prestado por las Naciones Unidas a los Estados que lo soliciten para introducir reformas acertadas en el derecho mercantil 11 y solicita al Secretario General que le dé la mayor difusión posible entre sus destinatarios;
9. Recuerd a la importancia de la adhesión al reglamento y los métodos de
reformas acertadas en el derecho mercantil 11 y solicita al Secretario General que le dé la mayor difusión posible entre sus destinatarios;
9. Recuerd a la importancia de la adhesión al reglamento y los métodos de trabajo de la Comisión, incluida la celebración de deliberaciones transparentes e incluyentes, teniendo en cuenta el resumen de las conclusiones que figura en el anexo III del informe sobre la labor realizada en su 43º período de sesiones 12, solicita a la Secretaría que, con anterioridad a las reuniones de la Comisión y sus grupos de trabajo, publique un recordatorio de ese reglamento y métodos de trabajo a fin de garantizar la alta calidad de la labor de la Comisión y alentar la evaluación de sus instrumentos y, a este respecto, recuerda sus resoluciones anteriores sobre esta cuestión;
10. Acoge con beneplácito las actividades del Centro Regional para Asia y el Pacífico de la Comisión de las Nac iones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, en la República de Corea, para proporcionar servicios de creación de capacidad y asistencia técnica a los Estados de la región de Asia y el Pacífico, incluidas las organizaciones internacionales y regio nales, expresa su aprecio a la República de Corea y China, cuyas contribuciones hicieron posible que siguiera funcionando el Centro Regional, observa que la continuación de la presencia regional depende enteramente de recursos extrapresupuestarios, entre e llos las contribuciones voluntarias de los Estados, acoge con beneplácito las manifestaciones de interés de otros Estados en acoger centros regionales de la Comisión y solicita al Secretario General que la mantenga informada de los avances en el establecim iento de los centros regionales, en particular en lo que respecta a su
manifestaciones de interés de otros Estados en acoger centros regionales de la Comisión y solicita al Secretario General que la mantenga informada de los avances en el establecim iento de los centros regionales, en particular en lo que respecta a su situación presupuestaria y de financiación;
11. Hace un llamamiento a los Gobiernos, a los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas y a organizaciones, instituciones y pa rticulares para que hagan contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario establecido con objeto de conceder asistencia para gastos de viaje a los países en desarrollo que son miembros de la Comisión, previa solicitud de estos y en consulta con el Secretari o General, a fin de que vuelva a prestarse dicha asistencia y haya más expertos en representación de países en desarrollo en los períodos de sesiones de la Comisión y sus grupos de trabajo, de suerte que se incrementen los conocimientos técnicos y la capac idad a nivel local en esos países para crear un entorno de reglamentación que propicie la actividad empresarial, el comercio y la inversión;
12. Decide , a fin de asegurar la plena participación de todos los Estados Miembros en los períodos de sesiones de la Comisión y sus grupos de trabajo, continuar, en la Comisión Principal competente durante el septuagésimo primer período de sesiones de la Asamblea General, su examen de la concesión de _______________ 11 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo primer período de sesiones, Suple mento núm. 17 (A/71/17), párr. 262 y anexo II.
12 Ibid., sexagésimo quinto período de sesiones, Suplemento núm. 17 y corrección (A/65/17 y Corr.1).Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 49º período de sesiones A/RES/71/135
5/7 asistencia para gastos de viaje a los países menos adelantados que s on miembros de la Comisión, previa solicitud de estos y en consulta con el Secretario General;
13. Hace suya la convicción de la Comisión de que la puesta en práctica y el empleo efectivo de normas modernas de derecho privado relativas al comercio interna cional son esenciales para el fomento de la buena gobernanza, el desarrollo económico sostenido y la erradicación de la pobreza y el hambre, y de que la promoción del principio de legalidad en las relaciones comerciales debe formar parte integrante de la a genda más amplia de las Naciones Unidas para fomentar el estado de derecho a nivel nacional e internacional, entre otras cosas a través del Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho, que recibe asistencia de la Dependencia del Estado de Dere cho de la Oficina Ejecutiva del Secretario
General;
14. Observa la mesa redonda sobre el estado de derecho celebrada en el 49º período de sesiones de la Comisión y las observaciones transmitidas por la Comisión en virtud del párrafo 20 de la resolución 70/118 de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 2015, en las que la Comisión resaltó su papel en la promoción del estado de derecho, en particular el papel de los procesos de tratados multilaterales de l a Comisión en la promoción y el fomento del estado de derecho en
de 14 de diciembre de 2015, en las que la Comisión resaltó su papel en la promoción del estado de derecho, en particular el papel de los procesos de tratados multilaterales de l a Comisión en la promoción y el fomento del estado de derecho en el ámbito del derecho mercantil internacional, y el papel de la Comisión en el fomento del estado de derecho facilitando el acceso a la justicia 13;
15. Observa con satisfacción que, en el pár rafo 8 de la declaración de la reunión de alto nivel de la Asamblea General sobre el estado de derecho en los planos nacional e internacional, aprobada por consenso como resolución 67/1 , de 24 de septiembre d e 2012, los Estados Miembros reconocieron la importancia de los marcos jurídicos justos, estables y previsibles para crear desarrollo, crecimiento económico y empleo inclusivos, sostenibles y equitativos, generar inversiones y facilitar la actividad empres arial y, a ese respecto, encomiaron la labor que realizaba la Comisión con objeto de modernizar y armonizar el derecho mercantil internacional, y que, en el párrafo 7 de esa declaración, los Estados Miembros expresaron su convicción de que el estado de der echo y el desarrollo estaban estrechamente relacionados y se reforzaban mutuamente;
16. Observa con satisfacción también que, en el párrafo 89 de la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desa rrollo, aprobada por consenso por la Asamblea General como resolución 69/313 , de 27 de julio de 2015, los Estados respaldaron los esfuerzos y las iniciativas de la Comisión, en su carácter de órgano jurídic o central
como resolución 69/313 , de 27 de julio de 2015, los Estados respaldaron los esfuerzos y las iniciativas de la Comisión, en su carácter de órgano jurídic o central del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional, encaminados a aumentar la coordinación y la cooperación en las actividades jurídicas de las organizaciones internacionales y regionales que actúan en la esfera d el derecho mercantil internacional y a promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional en esa esfera;
17. Reitera su solicitud al Secretario General para que, de conformidad con sus resoluciones sobre aspectos relativos a la documenta ción 14, en las que se insiste en particular en que la invitación a reducir la extensión de los documentos, cuando proceda, no debe ir en detrimento de la calidad de su presentación ni de su contenido, tenga presente las características especiales del mandat o y las funciones _______________ 13 Ibid., septuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/71/17), párrs. 339 a 342. 14 Resoluciones 52/214, secc. B, 57/283 B, secc. III, y 58/250, secc. III.A/RES/71/135
Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 49º período de sesiones
6/7 de la Comisión en el desarrollo progresivo y la codificación del derecho mercantil internacional al aplicar a sus documentos las normas sobre límite de páginas 15;
18. Solicita al Secretario General que se sigan publicando las normas de la Comisión y levantando actas resumidas de las sesiones de esta dedicadas a la
internacional al aplicar a sus documentos las normas sobre límite de páginas 15;
18. Solicita al Secretario General que se sigan publicando las normas de la Comisión y levantando actas resumidas de las sesiones de esta dedicadas a la formulación de textos normativos, incluidas las de los comités plenarios establecidos por la Comisión durante su período de sesiones anual, y toma nota de la decisión de la Comis ión de seguir utilizando a título experimental las grabaciones digitales, junto con las actas resumidas, cuando proceda, con miras a evaluar la experiencia adquirida con la utilización de grabaciones digitales y, sobre la base de esa evaluación, adoptar un a decisión en un período de sesiones futuro sobre la posible sustitución de las actas resumidas por esas grabaciones 16;
19. Recuerda el párrafo 48 de su resolución 66/246 , de 24 de diciembre de 2011, relati vo al régimen de rotación de sesiones entre Viena y Nueva York;
20. Destaca la importancia de promover la utilización de los textos dimanantes de la labor de la Comisión para la unificación y armonización a nivel mundial del derecho mercantil internaciona l y, a tal fin, insta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de firmar o ratificar los convenios y convenciones o adherirse a ellos, incorporar las leyes modelo al derecho interno y alentar la utilización de otros textos pe rtinentes;
21. Observa con reconocimiento la labor de la Secretaría en lo relacionado con el sistema de recopilación y difusión de jurisprudencia relativa a los textos de la Comisión en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas (sistema CLOUT),
21. Observa con reconocimiento la labor de la Secretaría en lo relacionado con el sistema de recopilación y difusión de jurisprudencia relativa a los textos de la Comisión en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas (sistema CLOUT), observa la gran cantidad de recursos que requiere el sistema, reconoce que se necesitan más recursos para mantenerlo y ampliarlo y, a este respecto, acoge con beneplácito las iniciativas de la Secretaría dirigidas a concertar alianzas con las instituciones i nteresadas y hace un llamamiento a los Gobiernos, a los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas y a organizaciones, instituciones y particulares para que presten asistencia a la secretaría de la Comisión en su labor para concienciar sobre la disponibilidad y utilidad del sistema CLOUT en los círculos profesionales, académicos y del poder judicial y obtener la financiación necesaria para coordinar y ampliar el sistema y establecer, en la secretaría de la Comisión, un pilar centrado en la promo ción de mecanismos para la interpretación uniforme de sus textos;
22. Acoge con beneplácito la labor sostenida de la Secretaría en la preparación de compilaciones de jurisprudencia relativa a los textos de la Comisión, incluida su amplia difusión, así com o el aumento constante del número de resúmenes disponibles en el sistema CLOUT, habida cuenta de la función que desempeñan las compilaciones y el sistema CLOUT como instrumentos importantes para promover la interpretación uniforme del derecho mercantil int ernacional, en particular fomentando la capacidad local de los jueces, árbitros y otros profesionales del derecho para interpretar esas normas a la luz de su carácter internacional y de la
para promover la interpretación uniforme del derecho mercantil int ernacional, en particular fomentando la capacidad local de los jueces, árbitros y otros profesionales del derecho para interpretar esas normas a la luz de su carácter internacional y de la necesidad de promover la uniformidad en su aplicación y la observan cia de la buena fe en el comercio internacional; _______________ 15 Resoluciones 59/39, párr. 9, y 65/21, párr. 18; véase también Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo noveno período de sesiones, Suplemento núm. 17, (A/59/17), párrs. 124 a 128. 16 Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo noveno período de s esiones, Suplemento núm. 17 (A/69/17), párr. 276.Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 49º período de sesiones A/RES/71/135
7/7
23. Recuerda sus resoluciones en las que afirma la importancia que reviste disponer de sitios web de las Naciones Unidas de alta calidad, de fácil uso y eficaces en función de los costos, y la necesidad de su desarrollo, mantenimiento y enriquecimiento en varios idiomas 17, encomia que el sitio web de la Comisión se publique en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas y acoge con beneplácito los constantes esfuerzos de la Comisión por mantenerlo y mej orarlo, en particular mediante el desarrollo de nuevas funciones de medios sociales, de conformidad con las directrices aplicables 18.
62ª sesión plenaria 13 de diciembre de 2016
_______________
particular mediante el desarrollo de nuevas funciones de medios sociales, de conformidad con las directrices aplicables 18.
62ª sesión plenaria 13 de diciembre de 2016
_______________ 17 Resoluciones 52/214, secc. C, párr. 3; 55/222, secc. III, párr. 12; 56/64 B, secc. X; 57/130 B, secc. X; 58/101 B, secc. V, párrs. 61 a 76; 59/126 B, secc. V, párrs. 76 a 95; 60/109 B, secc. IV, párrs. 66 a 80; y 61/121 B, secc. IV, párrs. 65 a 77. 18 Resolución 63/120, párr. 20.