ONU - AG Resolución 72 113
Detalles
- Título
- ONU - AG Resolución 72 113
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/RES/72/113
Asamblea General
Distr. general 18 de diciembre de 2017
17-22149 (S) 181217 201217 1722149
Septuagésimo segundo período de sesiones Tema 79 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 7 de diciembre de 2017
[sobre la base del inform e de la Sexta Comisión ( A/72/458 )]
72/113. Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 50º período de sesiones
La Asamblea General , Recordando su resolución 2205 (XXI), de 17 de diciembre de 1966, en la que estableció la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y le confirió el mandato de promover la armonización y unificación progresivas del derecho mercantil internacional y, a ese respecto, tener presentes los intereses de todos los pueblos, en particular los de los países en desarrollo, en la evolución general del comercio internacional, Reafirmand o su convencimiento de que la modernización y armonización progresivas del derecho mercantil internacional, al reducir o eliminar los obstáculos jurídicos que se oponen al flujo del comercio internacional, especialmente los que afectan a los países en desa rrollo, contribuirían de modo significativo a la cooperación económica universal entre todos los Estados sobre una base de igualdad, equidad, interés común y respeto del estado de derecho, así como a la eliminación de la discriminación en el comercio inter nacional y, por consiguiente, a
cooperación económica universal entre todos los Estados sobre una base de igualdad, equidad, interés común y respeto del estado de derecho, así como a la eliminación de la discriminación en el comercio inter nacional y, por consiguiente, a la paz, la estabilidad y el bienestar de todos los pueblos, Habiendo examinado el informe de la Comisión 1, Reiterando su preocupación por el hecho de que las actividades realizadas por otros órganos en el ámbito del derec ho mercantil internacional sin coordinación suficiente con la Comisión puedan dar lugar a una duplicación no deseable del trabajo y no se ajusten al objetivo de fomentar la eficiencia, uniformidad y coherencia en la unificación y armonización del derecho m ercantil internacional, __________________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período de sesiones , Suplemento núm. 17 (A/72/17 ).A/RES/72/113 Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 50º período de sesiones
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Reafirmando el mandato conferido a la Comisión para que, en su calidad de órgano jurídico central del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional, coordine las actividades jurídicas en la materia , en particular con el fin de evitar la duplicación del trabajo, especialmente entre las organizaciones que elaboran normas de comercio internacional, y fomentar la eficiencia, uniformidad y coherencia en la modernización y armonización del derecho mercant il internacional, y, por conducto de su secretaría, continúe manteniendo una estrecha cooperación con otros órganos y organizaciones
eficiencia, uniformidad y coherencia en la modernización y armonización del derecho mercant il internacional, y, por conducto de su secretaría, continúe manteniendo una estrecha cooperación con otros órganos y organizaciones internacionales que se ocupan del derecho mercantil internacional, incluidas las organizaciones regionales,
1. Toma nota c on aprecio del informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional 1;
2. Encomia a la Comisión por haber finalizado y aprobado la Ley Modelo
sobre Documentos Transmisibles Electrónicos 2;
3. Encomia también a la Comisión por haber finalizado y aprobado la Guí a para la Incorporación al Derecho Interno de la Ley Modelo sobre Garantías Mobiliarias, que proporciona información de antecedentes y explicaciones que pueden ayudar a los Estados a revisar o aprobar leyes sobre la base de la Ley Modelo, que tiene por obj eto establecer un régimen eficiente de garantías mobiliarias que permitiría ampliar el acceso a créditos de costo asequible y promover el desarrollo sostenible mediante la facilitación del comercio y las actividades comerciales internacionales, y solicita al Secretario General que publique la Guía para la Incorporación al Derecho Interno de la Ley Modelo, incluso por medios electrónicos, en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas y que le dé amplia difusión entre los Gobiernos y demás órganos inte resados 3;
4. Felicita a la Comisión por su cincuentenario y observa con satisfacción que durante el 50º período de sesiones de la Comisión se celebró en Viena, del 4 al 6 de julio de 2017, un congreso para conmemorar dicho aniversario, titulado
que durante el 50º período de sesiones de la Comisión se celebró en Viena, del 4 al 6 de julio de 2017, un congreso para conmemorar dicho aniversario, titulado “Moderniza ción del Derecho Mercantil Internacional en Favor de la Innovación y el Desarrollo Sostenible”, en el que se reconoció la importancia de la cooperación y coordinación internacionales para los logros de la Comisión, se plantearon ideas innovadoras para mode rnizar el derecho mercantil internacional de manera sostenible, de modo que no solo se dé a conocer la labor de la Comisión y su capacidad de apoyar el comercio transfronterizo, sino que se c ontribuya al logro de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenibl e4, y se destacó el papel de liderazgo que desempeña la Comisión como foro inclusivo, transparente y multilateral en el que abordar las dificultades jurídicas que afectan al comercio internacional, y solicita al Secretario General que asegure la publicació n de las actas del congreso en la medida en que lo permitan los recursos disponibles;
5. Observa con satisfacción las contribuciones del Fondo de la Organización de Países Exportadores de Petróleo para el Desarrollo Internacional y de la Comisión Europea, que permiten el funcionamiento del archivo de la información publicada conforme al Reglamento sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado 5, y que la Comisión reiteró su opinión firme y unánime de que l a secretaría de la Comisión debe seguir encargándose del funcionamiento del archivo de la transparencia, que __________________ 2 Ibid ., cap. III, secc. A. 3 Ibid. , cap. IV, secc. A.
debe seguir encargándose del funcionamiento del archivo de la transparencia, que __________________ 2 Ibid ., cap. III, secc. A. 3 Ibid. , cap. IV, secc. A. 4 Ibid ., cap. XV, secc. C. 5 Ibid., sexagésimo octavo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/68/17 ), anexo I.Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 50º período de sesiones A/RES/72/113
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constituye un aspecto fundamental tanto del Reglamento sobre la Transparencia como de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Transparencia e n los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado (Convención de Mauricio sobre la Transparencia) 6;
6. Solicita al Secretario General que mantenga en funcionamiento, mediante la secretaría de la Comisión, el archivo de la informac ión publicada conforme al artículo 8 del Reglamento sobre la Transparencia, como proyecto experimental, hasta fines de 2020, financiado íntegramente con contribuciones voluntarias, y que informe a la Asamblea General de la evolución de la situación presupu estaria y de financiación del archivo de la transparencia teniendo en cuenta su funcionamiento en la fase experimental;
7. Toma nota con interés de las decisiones adoptadas por la Comisión sobre su labor futura y de los progresos de esta en las esferas de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, la solución de controversias, el comercio electrónico, el régimen de la insolvencia y las garantías reales 7, y alienta a la
pequeñas y medianas empresas, la solución de controversias, el comercio electrónico, el régimen de la insolvencia y las garantías reales 7, y alienta a la Comisión a que siga avanzando con eficiencia para obtener resultados tangible s de su labor en esas esferas;
8. Toma nota de la decisión de la Comisión de conferir al Grupo de Trabajo III un mandato amplio para que trabaje en la posible reforma del sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados, en virtud del c ual procedería: en primer lugar, a determinar y examinar las inquietudes relacionadas con la solución de controversias entre inversionistas y Estados; en segundo lugar, a evaluar si es deseable emprender una reforma a la luz de las inquietudes que se hubie ran detectado; y, en tercer lugar, si el Grupo de Trabajo llegara a la conclusión de que la reforma es deseable, a elaborar las soluciones pertinentes que cabría recomendar a la Comisión de modo tal que cada Estado tuviera la posibilidad de elegir si desea , y en qué medida, adoptar la o las soluciones propuestas 8;
9. Toma nota también de la decisión de la Comisión de reafirmar el mandato conferido en su 49º período de sesiones al Grupo de Trabajo IV para que iniciara la labor sobre los temas de la gestión de la identidad y los servicios de confianza y la computación en la nube, y de volver a examinar ese mandato en su siguiente período de sesiones, en particular si surgía la necesidad de establecer prioridades entre los temas o de otorgar un mandato más esp ecífico al Grupo de Trabajo sobre su labor en la esfera de la gestión de la identidad y los servicios de confianza 9;
prioridades entre los temas o de otorgar un mandato más esp ecífico al Grupo de Trabajo sobre su labor en la esfera de la gestión de la identidad y los servicios de confianza 9;
10. Hace suyas las gestiones e iniciativas de la Comisión, en su calidad de órgano jurídico central del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional, encaminadas a mejorar la coordinación y la cooperación respecto de las actividades ju rídicas de las organizaciones internacionales y regionales que se ocupan del derecho mercantil internacional y a promover el estado de derecho a nivel nacional e internacional en esa esfera, y, a este respecto, hace un llamamiento a las organizaciones inte rnacionales y regionales competentes para que coordinen sus actividades con las de la Comisión a fin de evitar la duplicación del trabajo y fomentar la eficiencia, uniformidad y coherencia en la modernización y armonización del derecho mercantil internacio nal; __________________ 6 Resolución 69/116 , anexo. 7 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/72/17 ), caps. III a VII. 8 Ibid. , párr. 264. 9 Ibid. , párr. 127.A/RES/72/113
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11. Reafirma la importancia que reviste, en particular para los países en desarrollo, la labor de la Comisión relativa a la cooperación y asistencia técnicas en materia de reforma y desarrollo del derecho mercantil internacional y, a este
respecto:
11. Reafirma la importancia que reviste, en particular para los países en desarrollo, la labor de la Comisión relativa a la cooperación y asistencia técnicas en materia de reforma y desarrollo del derecho mercantil internacional y, a este respecto: a) Acoge con beneplácito las iniciativas tomadas por la Comisión para ampliar, por conducto de su secretaría, su programa de cooperación y asistencia técnicas y, a ese respecto, alienta al Secretario General a que establezca asociaciones de colaboración co n entidades estatales y no estatales para dar a conocer mejor la labor de la Comisión y facilitar la aplicación efectiva de las normas jurídicas que resulten de dicha labor; b) Expresa su aprecio a la Comisión por las actividades de cooperación y asistenc ia técnicas realizadas y por la asistencia prestada para redactar legislación en materia de derecho mercantil internacional, y señala a la atención del Secretario General lo limitado de los recursos disponibles en esta esfera; c) Expresa su aprecio a los Gobiernos cuyas contribuciones permitieron realizar las actividades de cooperación y asistencia técnicas y hace un llamamiento a los Gobiernos, a los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas y a organizaciones, instituciones y particulares pa ra que hagan contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario para Simposios de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y, cuando corresponda, financien proyectos especiales, y para que presten apoyo de cualquier otra maner a a la secretaría de la Comisión para realizar actividades de cooperación y asistencia técnicas, en particular en países en desarrollo; d) Reitera su llamamiento al Programa de las Naciones Unidas para el
proyectos especiales, y para que presten apoyo de cualquier otra maner a a la secretaría de la Comisión para realizar actividades de cooperación y asistencia técnicas, en particular en países en desarrollo; d) Reitera su llamamiento al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y a otros órganos responsables de la as istencia para el desarrollo, como el Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo, así como a los Gobiernos en el marco de sus programas de asistencia bilateral, para que presten apoyo al programa de cooperación y asistencia técnicas de la Comisión y cooperen con la Comisión y coordinen sus actividades con las de esta, habida cuenta de la pertinencia e importancia que tienen la labor y los programas de la Comisión para la promoción del estado de derecho a nivel nacional e internacional y para la apli cación de la agenda internacional para el desarrollo, incluido el logro de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 10; e) Recuerda sus resoluciones en las que se destaca la necesidad de fortalecer el apoyo a los Estados Miembros que lo soliciten en la aplicación interna de sus respectivas obligaciones internacionales mediante el aumento de la asistencia técnica y el desarrollo de la capacidad, y acoge con beneplácito los esfuerzos del Secretario General por asegurar una mayor coordinación y coherencia e ntre las entidades de las Naciones Unidas y con los donantes y beneficiarios;
12. Recuerda la importancia de la adhesión al reglamento y los métodos de trabajo de la Comisión, incluida la celebración de deliberaciones transparentes e inclusivas, teniendo en cuenta el resumen de las conclusiones que figura en el anexo III del informe sob re la labor realizada en su 43º período de sesiones 11,
trabajo de la Comisión, incluida la celebración de deliberaciones transparentes e inclusivas, teniendo en cuenta el resumen de las conclusiones que figura en el anexo III del informe sob re la labor realizada en su 43º período de sesiones 11, solicita a la Secretaría que, con anterioridad a las reuniones de la Comisión y sus grupos de trabajo, publique un reco rdatorio de ese reglamento y métodos de trabajo a fin de garantizar la alta calidad de la labor de la Comisión y alentar la evaluación de sus instrumentos y, a este respecto, recuerda sus resoluciones anteriores sobre esta cuestión, y observa en ese sentid o las deliberaciones de la Comisión durante __________________ 10 Resolución 70/1. 11 Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo quinto período de sesiones, Suplemento núm. 17 y corrección (A/65/17 y A/65/17/Corr.1 ).Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 50º período de sesiones A/RES/72/113
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su 50º período de sesiones acerca de sus métodos de trabajo, incluida la solicitud de los Estados Miembros de que la Secretaría recabe y tenga en cuenta la opinión de los Estados sobre el proyecto de programa pro visional con la mayor antelación posible al período de sesiones siguiente de la Comisión 12, y se establezca el debido equilibrio entre los métodos de comunicación escrita y oral de la información que esta precisa 13;
13. Acoge con beneplácito las actividades del Centro Regional para Asia y el Pacífico de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil
equilibrio entre los métodos de comunicación escrita y oral de la información que esta precisa 13;
13. Acoge con beneplácito las actividades del Centro Regional para Asia y el Pacífico de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, en la República de Corea, para proporcionar servicios de creación de capacidad y asistencia técnica a los Estados de la región de As ia y el Pacífico, incluidas las organizaciones internacionales y regionales, expresa su aprecio a la República de Corea y China, cuyas contribuciones hicieron posible que siguiera funcionando el Centro Regional, observa que la continuación de la presencia regional depende enteramente de recursos extrapresupuestarios, entre ellos las contribuciones voluntarias de los Estados, acoge con beneplácito las manifestaciones de interés de otros Estados en acoger centros regionales de la Comisión y solicita al Secret ario General que la mantenga informada de los avances en el establecimiento de los centros regionales, en particular en lo que respecta a su situación presupuestaria y de financiación;
14. Acoge con beneplácito el ofrecimiento del Gobierno de Bahrein, aprobado por la Comisión, de establecer en ese Estado, con sujeción a las normas y reglamentos pertinentes de las Naciones Unidas y el proceso interno de aprobación por parte de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría, un centro regional para el Orie nte Medio y el Norte de África como paso importante para que la Comisión difunda el conocimiento de sus textos y preste asistencia técnica a los países en desarrollo de la región, en el entendido de que el establecimiento de una presencia regional tendría que financiarse enteramente con recursos extrapresupuestarios, en particular, aunque no exclusivamente, con contribuciones voluntarias de los
desarrollo de la región, en el entendido de que el establecimiento de una presencia regional tendría que financiarse enteramente con recursos extrapresupuestarios, en particular, aunque no exclusivamente, con contribuciones voluntarias de los Estados 14, expresa su aprecio al Gobierno de Bahrein por su generosa contribución al proyecto, y solicita a la Comi sión que en su informe anual la mantenga al corriente de las novedades del proyecto, entre ellas las relativas a la situación financiera y presupuestaria;
15. Acoge con beneplácito el ofrecimiento del Gobierno del Camerún, aprobado por la Comisión, de est ablecer en ese Estado, con sujeción a las normas y reglamentos pertinentes de las Naciones Unidas y el proceso interno de aprobación por parte de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría, un centro regional para África como paso importante para que la Comisión difunda el conocimiento de sus textos y preste asistencia técnica a los países en desarrollo de la región, en el entendido de que el establecimiento de una presencia regional tendría que financiarse enteramente con recursos extrapresupuestario s, en particular, aunque no exclusivamente, con contribuciones voluntarias de los Estados, expresa su aprecio al Gobierno del Camerún por su generosa contribución al proyecto, y solicita a la Comisión que en su informe anual la mantenga al corriente de las novedades del proyecto, entre ellas las relativas a la situación financiera y presupuestaria;
16. Hace un llamamiento a los Gobiernos, a los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas y a organizaciones, instituciones y particulares para que hagan contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario establecido con objeto de conceder asistencia para gastos de viaje a los países en desarrollo que son miembros
sistema de las Naciones Unidas y a organizaciones, instituciones y particulares para que hagan contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario establecido con objeto de conceder asistencia para gastos de viaje a los países en desarrollo que son miembros de la Comisión, previa solicitud de estos y en consulta con el Secretario General, a __________________ 12 Ibid., septuagésimo segundo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/72/17 ), párr. 479. 13 Ibid. , párr. 480. 14 Ibid. , párrs. 295 y 296.A/RES/72/113 Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 50º período de sesiones
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fin de que vuelva a prestarse dicha asistencia y haya más expertos en representación de países en desarrollo en los períodos de sesiones de la Comisión y sus grupos de trabajo, de suerte que se incrementen los conocimientos técnicos y la capacidad a nivel local e n esos países para crear un entorno de reglamentación que propicie la actividad empresarial, el comercio y la inversión;
17. Decide , a fin de asegurar la plena participación de todos los Estados Miembros en los períodos de sesiones de la Comisión y sus gr upos de trabajo, continuar, en la Comisión Principal competente durante el septuagésimo segundo período de sesiones de la Asamblea General, su examen de la concesión de asistencia para gastos de viaje a los países menos adelantados que son miembros de la Comisión, previa solicitud de estos y en consulta con el Secretario General;
18. Hace suya la convicción de la Comisión de que la puesta en práctica y el
asistencia para gastos de viaje a los países menos adelantados que son miembros de la Comisión, previa solicitud de estos y en consulta con el Secretario General;
18. Hace suya la convicción de la Comisión de que la puesta en práctica y el empleo efectivo de normas modernas de derecho privado relativas al comercio internacional son esenciales para el fomento de la buena gobernanza, el desarrollo económico sostenido y la erradica ción de la pobreza y el hambre, y de que la promoción del principio de legalidad en las relaciones comerciales debe formar parte integrante de la agenda más amplia de las Naciones Unidas para fomentar el estado de derecho a nivel nacional e internacional, entre otras cosas a través del Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho, que recibe asistencia de la Dependencia del Estado de Derecho de la Oficina Ejecutiva del Secretario General;
19. Observa la declaración y las opiniones de los expert os sobre la función de la Comisión en la promoción del estado d e derecho presentadas en el 50º período de sesiones de la Comisión en lo que respecta a los medios de seguir divulgando el derecho internacional para reforzar el estado de derecho desde la pers pectiva de las esferas de trabajo de la Comisión y las observaciones transmitidas por esta en virtud del párrafo 22 de la resolución 71/148 de la Asamblea General, de 13 de diciembre de 2016, en las que la Comisión resaltó su papel en la promoción del estado de derecho, en particular mediante la amplia difusión del derecho mercantil internacional, en particular en el sistema de las Naciones Unidas 15;
20. Observa con satisfacción que, en el párrafo 8 de la d eclaración de la
derecho, en particular mediante la amplia difusión del derecho mercantil internacional, en particular en el sistema de las Naciones Unidas 15;
20. Observa con satisfacción que, en el párrafo 8 de la d eclaración de la reunión de alto nivel de la Asamblea General sobre el estado de derecho en los planos nacional e internacional, aprobada por consenso como resolución 67/1 , de 24 de septiembre de 2012, los E stados Miembros reconocieron la importancia de los marcos jurídicos justos, estables y previsibles para crear desarrollo, crecimiento económico y empleo inclusivos, sostenibles y equitativos, generar inversiones y facilitar la actividad empresarial y, a es e respecto, encomiaron la labor que realizaba la Comisión con objeto de modernizar y armonizar el derecho mercantil internacional, y que, en el párrafo 7 de esa declaración, los Estados Miembros expresaron su convicción de que el estado de derecho y el des arrollo estaban estrechamente relacionados y se reforzaban mutuamente;
21. Observa con satisfacción también que, en el párrafo 89 de la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, aprob ada por consenso por la Asamblea General como resolución 69/313 , de 27 de julio de 2015, los Estados respaldaron los esfuerzos y las iniciativas de la Comisión, en su carácter de órgano jurídico central del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional, encaminados a aumentar la coordinación y la cooperación en las actividades jurídicas de las organizaciones internacionales y regionales que actúan
del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional, encaminados a aumentar la coordinación y la cooperación en las actividades jurídicas de las organizaciones internacionales y regionales que actúan en la esfera del derecho m ercantil internacional y a promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional en esa esfera; __________________ 15 Ibid ., cap. XVI.Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 50º período de sesiones A/RES/72/113
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22. Reitera su solicitud al Secretario General para que, de conformidad con sus resoluciones sobre aspectos relativos a la documentación 16, en la s que se insiste en particular en que la invitación a reducir la extensión de los documentos, cuando proceda, no debe ir en detrimento de la calidad de su presentación ni de su contenido, tenga presente las características especiales del mandato y las func iones de la Comisión en el desarrollo progresivo y la codificación del derecho mercantil internacional al aplicar a sus documentos las normas sobre límite de páginas 17;
23. Solicita al Secretario General que se sigan publicando las normas de la Comisión y levantando actas resumidas de las sesiones de esta dedicadas a la formulación de textos normativos, incluidas las de los comités plenarios establecidos por la Comisión durante su período de sesiones anual, y toma nota de la decisión de la Comisión de segui r utilizando a título experimental las grabaciones digitales, junto con las actas resumidas, cuando proceda, con miras a evaluar la experiencia adquirida con la utilización de grabaciones digitales y, sobre la base de
decisión de la Comisión de segui r utilizando a título experimental las grabaciones digitales, junto con las actas resumidas, cuando proceda, con miras a evaluar la experiencia adquirida con la utilización de grabaciones digitales y, sobre la base de esa evaluación, adoptar una decisión e n un período de sesiones futuro sobre la posible sustitución de las actas resumidas por esas grabaciones 18;
24. Recuerda el párrafo 48 de su resolución 66/246 , de 24 de diciembre de 2011, relativo al régimen de rotación de sesiones entre Viena y Nueva York;
25. Destaca la importancia de promover la utilización de los textos dimanantes de la labor de la Comisión para la unificación y armonización a nivel mundial del derecho mercantil internacional y, a tal fin, insta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consider en la posibilidad de firmar o ratificar los convenios y convenciones o adherirse a ellos, incorporar las leyes modelo al derecho interno y alentar la utilización de otros textos pertinentes;
26. Hace notar la decisión de la Comisión de recomendar la utili zación de las Reglas Uniformes de la Cámara de Comercio Internacional relativas al Forfaiting, según proceda, en las operaciones de forfetización, al objeto de facilitar la financiación internacional con créditos por cobrar y, en consecuencia, el comercio internacional de forma más general;
27. Observa con reconocimiento la labor de la Secretaría en lo relacionado con el sistema de recopilación y difusión de jurisprudencia relativa a los textos de la Comisión en los seis idiomas oficiales de las Naciones U nidas (sistema CLOUT), observa la gran cantidad de recursos que requiere el sistema, reconoce que se
con el sistema de recopilación y difusión de jurisprudencia relativa a los textos de la Comisión en los seis idiomas oficiales de las Naciones U nidas (sistema CLOUT), observa la gran cantidad de recursos que requiere el sistema, reconoce que se necesitan más recursos para mantenerlo y ampliarlo y, a este respecto, acoge con beneplácito las iniciativas de la Secretaría dirigidas a concertar alianza s con las instituciones interesadas y hace un llamamiento a los Gobiernos, a los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas y a organizaciones, instituciones y particulares para que presten asistencia a la secretaría de la Comisión en su labor para concienciar sobre la disponibilidad y utilidad del sistema CLOUT en los círculos profesionales, académicos y del poder judicial y obtener la financiación necesaria para coordinar y ampliar el sistema y establecer, en la secretaría de la Comisión, un p ilar centrado en la promoción de mecanismos para la interpretación uniforme de sus textos;
28. Acoge con beneplácito la labor sostenida de la Secretaría en la preparación de compilaciones de jurisprudencia relativa a los textos de la Comisión, incluida su amplia difusión, así como el aumento constante del número de __________________ 16 Resoluciones 52/214 , secc. B, 57/283 B, secc. III, y 58/250 , secc. III. 17 Resoluciones 59/39 , párr. 9, y 65/21 , párr. 18; véase también Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo noveno período de sesiones, Suplemento núm. 17, (A/59/17 ), párrs. 124 a 128.
Asamblea General, quincuagésimo noveno período de sesiones, Suplemento núm. 17, (A/59/17 ), párrs. 124 a 128. 18 Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagés imo noveno período de
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