ONU - AG Resolución 73 199

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Detalles

Título
ONU - AG Resolución 73 199
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Privado
Año
—

Naciones Unidas A/RES/73/199

Asamblea General

Distr. general 3 de enero de 2019

18-22461 (S) 040119 070119 1822461

Septuagésimo tercer período de sesiones Tema 80 del programa

Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 diciembre de 2018

[sobre la base del informe de la Sexta Comisión ( A/73/496 )]

73/199. Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre Mediación Comercial Internacional y Acuerdos de Transacción Internacionales Resultantes de la Mediación

La Asamblea General , Recordando su resolución 2205 (XXI), de 17 de diciembre de 1966 , en la que estableció la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y le confirió el mandato de promover la armonización y unificación progresivas del derecho mercantil internacional y, a ese respecto, tener presentes los intereses de todos los pueblos, en particular los de los país es en desarrollo, en la evolución general del comercio internacional, Recordando también su resolución 57/18 , de 19 de noviembre de 2002 , en la que observó la aprobación por la Comisión de la Ley Modelo so bre Conciliación Comercial Internacional 1 y expresó el convencimiento de que la Ley Modelo, junto con el Reglamento de Conciliación de la Comisión 2 que se recomendó en su resolución 35/52 , de 4 de diciembre de 1980 , contribuía notablemente al establecimiento de un marco jurídico armonizado para la solución justa y eficiente de

con el Reglamento de Conciliación de la Comisión 2 que se recomendó en su resolución 35/52 , de 4 de diciembre de 1980 , contribuía notablemente al establecimiento de un marco jurídico armonizado para la solución justa y eficiente de controversias surgidas en las relaciones comerciales internacionales, Reconociendo el valor de la mediación como método de arreglo amistoso de las controversias que se plantean en el contexto de las relaciones comerciales internacionales, __________________ 1 Resolución 57/18 , anexo. 2 Documentos Oficiales de la Asamblea General, trigésimo quinto perío do de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/35/17 ), párr. 106; véase también el Anuario de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional , vol. XI: 1980, tercera parte, anexo II.A/RES/73/199 Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre Mediación Comercial Internacional y Acuerdos de Transacción Internacionales Resultantes de la Mediación

18-22461 2/2

Creyendo que las modificaciones de la Ley Modelo sobre Conciliación Comercial Internacional ayudarán en gran medida a los Estados a mejo rar su legislación relativa al uso de técnicas de mediación modernas y a formular normas legales al respecto cuando no existan, Observando que la decisión de la Comisión de preparar al mismo tiempo una convención sobre los acuerdos de transacción internac ionales resultantes de la mediación y una modificación de la Ley Modelo sobre Conciliación Comercial Internacional tuvo por objeto reconocer las diferencias existentes entre las distintas jurisdicciones en cuanto a su grado de experiencia en materia de med iación y ofrecer

mediación y una modificación de la Ley Modelo sobre Conciliación Comercial Internacional tuvo por objeto reconocer las diferencias existentes entre las distintas jurisdicciones en cuanto a su grado de experiencia en materia de med iación y ofrecer a los Estados normas uniformes sobre la ejecución transfronteriza de los acuerdos de transacción internacionales resultantes de la mediación, sin crear ninguna expectativa en cuanto a la posibilidad de que los Estados interesados adoptasen uno u otro instrumento 3, Observando con satisfacción que la preparación de las modificaciones de la Ley Modelo fue objeto de las debidas deliberaciones y que, en relación con ellas, se efectuaron consultas con Gobiernos y con organizaciones intergubernam entales y no gubernamentales,

1. Expresa su aprecio a la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional por la finalización y aprobación de la Ley Modelo sobre Mediación Comercial Internacional y Acuerdos de Transacción Internacio nales Resultantes de la Mediación (por la que se modifica la Ley Modelo sobre Conciliación

Comercial Internacional) 4;

2. Solicita al Secretario General que transmita el texto de la Ley Modelo a los Gobiernos y otros órganos interesados;

3. Recomienda que todos los Estados tomen debidamente en consideración la Ley Modelo cuando revisen o aprueben leyes relacionadas con la mediación, teniendo en cuenta la conveniencia de uniformar el derecho relativo a los procedimientos de mediación y las necesidades concr etas de la práctica de la mediación comercial internacional, e invita a los Estados que hayan utilizado la Ley Modelo a que informen a la Comisión al respecto.

62a sesión plenaria 20 de diciembre de 2018

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mediación comercial internacional, e invita a los Estados que hayan utilizado la Ley Modelo a que informen a la Comisión al respecto.

62a sesión plenaria 20 de diciembre de 2018

__________________ 3 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo perío do de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/72/17 ), párrs. 238 y 239; véase también A/CN.9/901 , párr. 52. 4 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo tercer período de sesiones, Suple mento núm. 17 (A/73/17 ), anexo II.

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