ONU - AG Resolución 73 207

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Detalles

Título
ONU - AG Resolución 73 207
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Privado
Año
—

Naciones Unidas A/RES/73/207

Asamblea General

Distr. general 11 de enero de 2019

18-22523 (S) 140119 150119 1822523

Septuagésimo tercer período de sesiones Tema 86 del programa

Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2018

[sobre la base del informe de la Sexta Comisión ( A/73/553 )]

73/207. El estado de derecho en los planos nacional e internacional

La Asamblea General , Recordando su resolución 72/119 , de 7 de diciembre de 2017, Reafirmando su compromiso con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional, que son el fundamento indispensable de un mundo más pacífico, próspero y justo, y reiterando su determinación de promover su est ricto respeto y de establecer una paz justa y duradera en todo el mundo, Reafirmando que los derechos humanos, el estado de derecho y la democracia están vinculados entre sí, se refuerzan mutuamente y forman parte de los valores y principios fundamentales , universales e indivisibles de las Naciones Unidas, Reafirmando también la necesidad del respeto y la aplicación universales del estado de derecho en los planos nacional e internacional y su compromiso solemne con un orden internacional basado en el esta do de derecho y el derecho internacional, que, junto con los principios de la justicia, es esencial para la coexistencia pacífica y la cooperación entre los Estados, Teniendo presente que las actividades de las Naciones Unidas en apoyo de los

con un orden internacional basado en el esta do de derecho y el derecho internacional, que, junto con los principios de la justicia, es esencial para la coexistencia pacífica y la cooperación entre los Estados, Teniendo presente que las actividades de las Naciones Unidas en apoyo de los esfuerzos de los Gobiernos para promover y consolidar el estado de derecho se llevan a cabo de conformidad con la Carta, y destacando la necesidad de que los Estados Miembros que lo soliciten reci ban más apoyo para dar cumplimiento en el ámbito nacional a sus respectivas obligaciones internacionales mediante el aumento de la asistencia técnica y la creación de capacidad, Convencida de que el progreso del estado de derecho en los planos nacional e internacional es esencial para el crecimiento económico sostenido, el desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza y el hambre y la protección de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, y reconociendo que la seguridad colectiva d epende de que exista una cooperación eficaz, de conformidad con la Carta y el derecho internacional, contra las amenazas transnacionales,A/RES/73/207 El estado de derecho en los planos nacional e internacional

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Reafirmando el deber de todos los Estados de abstenerse en sus relaciones internacionales de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza en cualquier forma incompatible con los propósitos y principios de las Naciones Unidas y de arreglar sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacional es ni la justicia, de conformidad con el Capítulo VI de la Carta, y exhortando a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de reconocer la competencia de la Corte Internacional de

peligro ni la paz y la seguridad internacional es ni la justicia, de conformidad con el Capítulo VI de la Carta, y exhortando a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de reconocer la competencia de la Corte Internacional de Justicia según lo dispuesto en su Estatuto, Convencida de que la promoción y el respeto del estado de derecho en los planos nacional e internacional, así como la justicia y la buena gobernanza, deben guiar las actividades de las Naciones Unidas y sus Estados Miembros, Recordando el párrafo 134 e) del Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 1,

1. Recuerda la reunión de alto nivel de la Asamblea General sobre el estado de derecho en los planos nacional e internacional, celebrada durante la serie de sesiones de alto nivel de su sexagésimo séptimo períod o de sesiones, y la declaración aprobada en dicha reunión 2, toma nota del informe del Secretario General present ado en cumplimiento del párrafo 41 de la declaración 3 y solicita a la Sexta Comisión que prosiga su examen de las formas de seguir profundizando los vínculos entre el estado de derecho y los tres pilares de las Naciones Unidas;

2. Reconoce los esfuerzos desplegados para fortalecer el estado de derecho mediante compromisos voluntarios, alienta a todos los Estados a que consideren la posibilidad de asumir compromisos, en forma individual o conjunta, basados en sus prioridades nacionales, y alienta también a los Estados que hayan asumido compromisos a seguir intercambiando información, conocimientos y mejores prácticas a este respecto;

3. Toma nota del informe anual del Secretario General sobre el fortalecimiento y la coordinación de las actividades de las Naciones Unidas

compromisos a seguir intercambiando información, conocimientos y mejores prácticas a este respecto;

3. Toma nota del informe anual del Secretario General sobre el fortalecimiento y la coordinación de las actividades de las Naciones Unidas orientadas a la promoción del estado de derecho 4;

4. Alienta al Secretario General y al sistema de las Naciones Unidas a que otorguen alta prioridad a las actividades orientadas a la promoción del estado de derecho;

5. Reafirma su papel en lo que respecta al fomento del desarrollo progresivo del derecho internacional y de su codificación, y reafirma además que los Estados deben cum plir todas las obligaciones que les incumben con arreglo al derecho internacional;

6. Reafirma también que es imprescindible respetar y promover el estado de derecho en el plano internacional de conformidad con los principios de la Carta de las Naciones U nidas;

7. Reafirma además su compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la pl ena implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 5, y recuerda que los objetivos y sus metas son de carácter integrado e indivisible y conjugan las t res dimensiones del desarrollo sostenible;

8. Reconoce el papel de los tratados multilaterales y bilaterales y de sus procesos de elaboración en el impulso del estado de derecho y alienta a los Estados a __________________ 1 Resolución 60/1. 2 Resolución 67/1. 3 A/68/213/Add.1 . 4 A/73/253 . 5 Resolución 70/1.El estado de derecho en los planos nacional e internacional A/RES/73/207

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3 A/68/213/Add.1 . 4 A/73/253 . 5 Resolución 70/1.El estado de derecho en los planos nacional e internacional A/RES/73/207

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que sigan considerando la posibilidad de promover l a celebración de tratados en esferas en que estos podrían ser beneficiosos para la cooperación internacional;

9. Acoge con beneplácito el diálogo iniciado por el Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho y la Dependencia sobre el Estado de Derecho de la Oficina Ejecutiva del Secretario General con los Estados Miembros sobre el tema “Promoción del estado de derecho en el pl ano internacional ”, y pide que este diálogo continúe con miras a fomentar el estado de derecho en el plano internacional;

10. Reconoce la importancia del Programa de Asistencia de las Naciones Unidas para la Enseñanza, el Estudio, la Difusión y una Compre nsión Más Amplia del Derecho Internacional en la promoción de los programas y actividades de las Naciones Unidas en el ámbito del estado de derecho, pone de relieve que deben examinarse nuevas iniciativas de asistencia técnica y creación de capacidad centr adas en aumentar y mejorar la participación de los Estados Miembros en el proceso de elaboración de tratados multilaterales, e invita a los Estados a que apoyen esas actividades;

11. Destaca la importancia de que el estado de derecho se respete en el plan o nacional y la necesidad de que los Estados Miembros que lo soliciten reciban más apoyo para dar cumplimiento en el ámbito nacional a sus respectivas obligaciones internacionales mediante el aumento de la asistencia técnica y la creación de capacidad a fi n de crear, reforzar y mantener instituciones nacionales activas en la

apoyo para dar cumplimiento en el ámbito nacional a sus respectivas obligaciones internacionales mediante el aumento de la asistencia técnica y la creación de capacidad a fi n de crear, reforzar y mantener instituciones nacionales activas en la promoción del estado de derecho en los planos nacional e internacional, con la implicación del país y con sujeción a las estrategias y prioridades nacionales;

12. Reitera su solicitud al Secretario General de que asegure una mayor coordinación y coherencia entre las entidades de las Naciones Unidas y con los donantes y beneficiarios, y reitera su petición de que se evalúen más detenidamente la eficacia de dichas actividades, incluidas p osibles medidas para mejorar la eficacia de las actividades de creación de capacidad;

13. Pide , en este contexto, que se fomente el diálogo entre todas las partes interesadas con miras a situar las perspectivas nacionales en el centro de la asistencia en el ámbito del estado de derecho, con el fin de fortalecer la implicación nacional, reconociendo al mismo tiempo que las actividades relativas al estado de derecho deben estar sustentadas en un contexto nacional y que los Estados tienen experiencias naciona les diferentes en el desarrollo de sus sistemas de estado de derecho en función de sus características jurídicas, políticas, socioeconómicas, culturales, religiosas y otras particularidades de carácter local, reconociendo también que existen característica s comunes fundadas en reglas y normas internacionales;

14. Exhorta al Secretario General y al sistema de las Naciones Unidas a que, según proceda, aborden sistemáticamente los aspectos relacionados con el estado de derecho en las actividades pertinentes, incluida la participación de las mujeres en actividades relacionadas con el estado de derecho, reconociendo la importancia que

según proceda, aborden sistemáticamente los aspectos relacionados con el estado de derecho en las actividades pertinentes, incluida la participación de las mujeres en actividades relacionadas con el estado de derecho, reconociendo la importancia que este reviste en prácticamente todos los ámbitos de la labor de las Naciones Unidas;

15. Expresa pleno apoyo a la función general de coordinación y armonización que, dentro del sistema de las Naciones Unidas y conforme a los mandatos vigentes, desempeña el Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho, asistido por la Dependencia sobre el Estado de Derecho y bajo la direc ción de la Vicesecretaria

General;

16. Solicita al Secretario General que presente puntualmente su próximo informe anual sobre las actividades de las Naciones Unidas orientadas a la promoción del estado de derecho , de conformidad con el párrafo 5 de su re solución 63/128 , de 11 de diciembre de 2008, en el que se aborden de manera equilibrada las dimensiones nacional e internacional del estado de derecho;A/RES/73/207 El estado de derecho en los planos nacional e internacional

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17. Reconoce la importancia de que se restablezca la confianza en el estado de derecho como elemento fundamental de la justicia de transición;

18. Recuerda el compromiso de los Estados Miembros de adoptar todas las medidas necesarias para prestar servicios justos, transparentes, eficaces, no discriminatori os y responsables que promuevan el acceso a la justicia para todos, incluida la asistencia letrada, alienta a que se intensifique el diálogo y se intercambien prácticas y conocimientos especializados nacionales sobre el fortalecimiento del estado de derech o mediante el acceso a la justicia, incluso en lo relativo a la

incluida la asistencia letrada, alienta a que se intensifique el diálogo y se intercambien prácticas y conocimientos especializados nacionales sobre el fortalecimiento del estado de derech o mediante el acceso a la justicia, incluso en lo relativo a la inscripción de todos los nacimientos, la inscripción y la documentación adecuadas de los refugiados, los migrantes, los solicitantes de asilo y los apátridas, y la prestación de asistencia let rada, cuando corresponda, en los procedimientos penales y civiles, y, a este respecto, reconoce la función de los conocimientos y la tecnología, incluso en los sistemas judiciales, y destaca la necesidad de intensificar la asistencia prestada a los Gobiern os cuando así lo solicitan;

19. Destaca la importancia de fomentar el intercambio de prácticas nacionales y del diálogo inclusivo, acoge con beneplácito las propuestas realizadas por el Secretario General, en las que se invita a los Estados Miembros a int ercambiar voluntariamente sus mejores prácticas nacionales sobre el estado de derecho en reuniones oficiosas y sobre un depósito electrónico de mejores prácticas en el sitio web de las Naciones Unidas sobre el estado de derecho, e invita a los Estados Miem bros a que procedan en consecuencia;

20. Invita a la Corte Internacional de Justicia, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y la Comisión de Derecho Internacional a que sigan formulando observaciones, en sus respectivo s informes a la Asamblea General, sobre sus funciones actuales en la promoción del estado de derecho;

21. Invita al Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho y a la Dependencia sobre el Estado de Derecho a que prosigan su diálogo con todos los

Asamblea General, sobre sus funciones actuales en la promoción del estado de derecho;

21. Invita al Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho y a la Dependencia sobre el Estado de Derecho a que prosigan su diálogo con todos los Estados Miembros manteniendo contactos con ellos de manera periódica, transparente e inclusiva, en particular en reuniones informativas oficiosas;

22. Destaca la necesidad de que la Dependencia sobre el Estado de Derecho lleve a cabo su labor de maner a sostenible y eficaz, y de que se le proporcionen los medios razonables necesarios para ese fin;

23. Decide incluir en el programa provisional de su septuagésimo cuarto período de sesiones el tema titulado “El estado de derecho en los planos nacional e internacional ” e invita a los Estados Miembros a que centren sus comentarios durante el próximo debate de la Sexta Comisión en el subtema “El intercambio de mejores prácticas e ideas para promover el respeto del derecho internacional por los Estados ”.

62a sesión plenaria 20 de diciembre de 2018

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