ONU - AG Resolución 77 110
Detalles
- Título
- ONU - AG Resolución 77 110
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/RES/77/110
Asamblea General
Distr. general 19 de diciembre de 2022
22-28256 (S) 201222 2 21222 2228256
Septuagésimo séptimo período de sesiones Tema 84 del programa El estado de derecho en los planos nacional e internacional
Resolución aprobada por la Asamblea General el 7 de diciembre de 2022
[sobre la base del informe de la Sexta Comisión ( A/77/422 , párr. 8) ]
77/110. El estado de derecho en los planos nacional e internacional
La Asamblea General , Recordando su resolución 76/117 , de 9 de diciembre de 2021, Reafirmando su compromiso con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional, que son el fundamento indispensabl e de un mundo más pacífico, próspero y justo, y reiterando su determinación de promover su estricto respeto y de establecer una paz justa y duradera en todo el mundo, Reafirmando que los derechos humanos, el estado de derecho y la democracia están vincula dos entre sí, se refuerzan mutuamente y forman parte de los valores y principios fundamentales, universales e indivisibles de las Naciones Unidas, Reafirmando también la necesidad del respeto y la aplicación universales del estado de derecho en los planos nacional e internacional y su compromiso solemne con un orden internacional basado en el estado de derecho y el derecho internacional, que, junto con los principios de la justicia, es esencial para la coexistencia pacífica y la cooperación entre los Estad os,
estado de derecho en los planos nacional e internacional y su compromiso solemne con un orden internacional basado en el estado de derecho y el derecho internacional, que, junto con los principios de la justicia, es esencial para la coexistencia pacífica y la cooperación entre los Estad os, Teniendo presente que las actividades de las Naciones Unidas en apoyo de los esfuerzos de los Gobiernos para promover y consolidar el estado de derecho se llevan a cabo de conformidad con la Carta, y destacando la necesidad de que los Estados Miembros que lo soliciten reciban más apoyo para dar cumplimiento en el ámbito nacional a sus respectivas obligaciones internacionales mediante el aumento de la asistencia técnica y la creación de capacidad, Convencida de que el progreso del estado de derecho en los planos nacional e internacional es esencial para el crecimiento económico sostenido, el desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza y el hambre y la protección de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, y reconociendo que la seguridadA/RES/77/110 El estado de derecho en los planos nacional e internacional
2/5 22-28256
colectiva depende de que exista una cooperación eficaz, de conformidad con la Carta y el derecho internacional, contra las amenazas transnacionales, Reafirmando el deber de todos los Estados de abstenerse en sus relaciones internacionales de re currir a la amenaza o al uso de la fuerza en cualquier forma incompatible con los propósitos y principios de las Naciones Unidas y de arreglar sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la s eguridad internacionales ni la justicia, de conformidad con el Capítulo VI de la Carta, y exhortando a los Estados que aún no lo hayan hecho a que
controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la s eguridad internacionales ni la justicia, de conformidad con el Capítulo VI de la Carta, y exhortando a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de reconocer la competencia de la Corte Internacional de Justicia según lo dispuest o en su Estatuto, Recordando que la Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las Relaciones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas 1 se aprobó en 1970, Convencida de que la promoción y el respeto del estado de derecho en los planos nacional e internacional, así como la justicia y la buena gobernanza, deben guiar las actividades de las Naciones Unidas y sus Estados Miembros, Recordand o el párrafo 134 e) del Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 2, Observando el décimo aniversario de la declaración de la reunión de alto nivel de la Asamblea General sobre el estado de derecho en los planos nacional e internacional, que fue aprobada por la Asamblea General en su resolución 67/1 , de 24 de septiembre de 2012, sin someterla a votación,
1. Recuerda la reunión de alto nivel de la Asamblea General sobre el estado de derecho en los planos nacional e internacional, celebrada durante la serie de sesiones de alto nivel de su sexagésimo séptimo período de sesiones, y la declaración aprobada en dicha reunión 3, toma nota del informe del Secretario General presentado en cumplimiento del pá rrafo 41 de la declaración 4 y solicita a la Sexta Comisión que prosiga su examen de las formas de seguir profundizando los vínculos entre el estado
aprobada en dicha reunión 3, toma nota del informe del Secretario General presentado en cumplimiento del pá rrafo 41 de la declaración 4 y solicita a la Sexta Comisión que prosiga su examen de las formas de seguir profundizando los vínculos entre el estado de derecho y los tres pilares de las Naciones Unidas;
2. Reconoce los esfuerzos desplegados para fortalece r el estado de derecho mediante compromisos voluntarios, alienta a todos los Estados a que consideren la posibilidad de asumir compromisos, en forma individual o conjunta, basados en sus prioridades nacionales, y alienta también a los Estados que hayan asu mido compromisos a seguir intercambiando información, conocimientos y mejores prácticas a este respecto;
3. Toma nota del informe anual del Secretario General sobre el fortalecimiento y la coordinación de las actividades de las Naciones Unidas orientadas a la promoción del estado de derecho 5;
4. Alienta al Secretario General y al sistema de las Naciones Unidas a que otorguen alta prioridad a las actividades orientadas a la promoción del estado de derecho; __________________ 1 Resolución 2625 (XXV) , anexo. 2 Resolución 60/1. 3 Resolución 67/1. 4 A/68/213/Add.1 . 5 A/77/213 .El estado de derecho en los planos nacional e internacional A/RES/77/110
22-28256 3/5
5. Reafirma su papel en lo que respecta al fomen to del desarrollo progresivo del derecho internacional y de su codificación, y reafirma además que los Estados deben cumplir todas las obligaciones que les incumben con arreglo al derecho internacional;
22-28256 3/5
5. Reafirma su papel en lo que respecta al fomen to del desarrollo progresivo del derecho internacional y de su codificación, y reafirma además que los Estados deben cumplir todas las obligaciones que les incumben con arreglo al derecho internacional;
6. Reafirma también que es imprescindible respetar y promover el estado de derecho en el plano internacional de conformidad con los principios de la Carta de las Naciones Unidas y, a este respecto, recuerda la importancia de la Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las Relac iones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones
Unidas;
7. Reafirma además su compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la plena implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 6, y recuerda que los objetivos y sus metas son de carácter integrado e indivisible y conjugan las tres dimensiones del desarrollo sostenible;
8. Reconoce el papel de los tratados multilaterales y bilaterales y de sus procesos de elaboración en el impulso del estado de derecho y alienta a los Estados a que sigan considerando la posibilidad de promover la celebración de tratados en esferas en que estos podrían ser beneficiosos para la cooperación internacional;
9. Acoge con beneplácito el diálogo iniciado por el Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho y la Dependencia del Estado de Derecho de la Oficina Ejecutiva del Secretario General con los Estados Miembros sobre el tema “Promoción del estado de derecho en el plano internacional”, y pide que este diálogo continúe con miras a fomentar el estado de derecho en el plano internacional;
Oficina Ejecutiva del Secretario General con los Estados Miembros sobre el tema “Promoción del estado de derecho en el plano internacional”, y pide que este diálogo continúe con miras a fomentar el estado de derecho en el plano internacional;
10. Reconoce la importancia del Programa de Asistencia de las Naciones Unidas para la Enseñanza, el Estudio, la Difusión y una Comprensión Más Amplia del Derec ho Internacional en la promoción de los programas y actividades de las Naciones Unidas en el ámbito del estado de derecho, pone de relieve que deben examinarse nuevas iniciativas de asistencia técnica y creación de capacidad centradas en aumentar y mejorar la participación de los Estados Miembros en el proceso de elaboración de tratados multilaterales, e invita a los Estados a que apoyen esas actividades;
11. Destaca la importancia de que el estado de derecho se respete en el plano nacional y la necesidad de que los Estados Miembros que lo soliciten reciban más apoyo para dar cumplimiento en el ámbito nacional a sus respectivas obligaciones internacionales mediante el aumento de la asistencia técnica y la creación de capacidad a fin de crear, reforzar y man tener instituciones nacionales activas en la promoción del estado de derecho en los planos nacional e internacional, con la implicación del país y con sujeción a las estrategias y prioridades nacionales;
12. Reitera su solicitud al Secretario General de que asegure una mayor coordinación y coherencia entre las actividades realizadas por las entidades de las Naciones Unidas y en relación con los donantes y beneficiarios, y reitera su llamamiento a evaluar más detenidamente la efic acia de dichas actividades, incluida la posible adopción de medidas para mejorar la eficacia de las actividades de creación de capacidad;
Naciones Unidas y en relación con los donantes y beneficiarios, y reitera su llamamiento a evaluar más detenidamente la efic acia de dichas actividades, incluida la posible adopción de medidas para mejorar la eficacia de las actividades de creación de capacidad;
13. Pide , en este contexto, que se fomente el diálogo entre todas las partes interesadas con miras a situar las persp ectivas nacionales en el centro de la asistencia en el ámbito del estado de derecho, con el fin de fortalecer la implicación nacional, reconociendo al mismo tiempo que las actividades relativas al estado de derecho deben estar sustentadas en un contexto na cional y que los Estados tienen experiencias __________________ 6 Resolución 70/1.A/RES/77/110 El estado de derecho en los planos nacional e internacional
4/5 22-28256
nacionales diferentes en el desarrollo de sus sistemas de estado de derecho en función de sus características jurídicas, políticas, socioeconómicas, culturales, religiosas y otras particularidades de carácter lo cal, reconociendo también que existen características comunes fundadas en reglas y normas internacionales;
14. Exhorta al Secretario General y al sistema de las Naciones Unidas a que, según proceda, aborden sistemáticamente los aspectos relacionados con e l estado de derecho en las actividades pertinentes, incluida la participación de las mujeres en actividades relacionadas con el estado de derecho, reconociendo la importancia que este reviste en prácticamente todos los ámbitos de la labor de las Naciones U nidas;
15. Expresa pleno apoyo a la función general de coordinación y armonización que, dentro del sistema de las Naciones Unidas y conforme a los mandatos vigentes, desempeña el Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho, asistido
15. Expresa pleno apoyo a la función general de coordinación y armonización que, dentro del sistema de las Naciones Unidas y conforme a los mandatos vigentes, desempeña el Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho, asistido por la De pendencia del Estado de Derecho y bajo la dirección de la Vicesecretaria
General;
16. Solicita al Secretario General que presente puntualmente su próximo informe anual sobre las actividades de las Naciones Unidas orientadas a la promoción del estado de derecho, de conformidad con el párrafo 5 de su resolución 63/128 , de 11 de diciembre de 2008, en el que se aborden de manera equilibrada las dimensiones nacional e internacional del estado de derecho;
17. Reconoce la importancia de que se restablezca la confianza en el estado de derecho como elemento fundamental de la justicia de transición;
18. Recuerda el compromiso de los Estados Miembros de adoptar todas las medidas necesarias para prestar servicios justos, transparentes, eficaces, no discriminatorios y responsables que promuevan el acceso a la ju sticia para todos, incluida la asistencia letrada, alienta a que se intensifique el diálogo y se intercambien prácticas y conocimientos especializados nacionales sobre el fortalecimiento del estado de derecho mediante el acceso a la justicia, incluso en lo relativo a la inscripción de todos los nacimientos, la inscripción y la documentación adecuadas de los refugiados, los migrantes, los solicitantes de asilo y los apátridas, y la prestación de asistencia letrada, cuando corresponda, en los procedimientos p enales y civiles, y, a este respecto, reconoce la función de los conocimientos y la tecnología, incluso en los sistemas judiciales, y destaca la necesidad de intensificar la asistencia prestada a
de asistencia letrada, cuando corresponda, en los procedimientos p enales y civiles, y, a este respecto, reconoce la función de los conocimientos y la tecnología, incluso en los sistemas judiciales, y destaca la necesidad de intensificar la asistencia prestada a los Gobiernos cuando así lo solicitan;
19. Destaca la impor tancia de fomentar el intercambio de prácticas nacionales y del diálogo inclusivo, acoge con beneplácito las propuestas realizadas por el Secretario General, en las que se invita a los Estados Miembros a intercambiar voluntariamente sus mejores prácticas n acionales sobre el estado de derecho en reuniones oficiosas y por medio de un depósito electrónico de mejores prácticas en el sitio web de las Naciones Unidas sobre el estado de derecho, e invita a los Estados Miembros a que procedan en consecuencia;
20. Invita a la Corte Internacional de Justicia, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y la Comisión de Derecho Internacional a que sigan formulando observaciones, en sus respectivos informes a la Asamblea General, sobre su s funciones actuales en la promoción del estado de derecho;
21. Invita al Grupo de Coordinación y Apoyo sobre el Estado de Derecho y a la Dependencia del Estado de Derecho a que prosigan su diálogo con todos los Estados Miembros manteniendo contactos con ellos de manera periódica, transparente e inclusiva, en particular en reuniones informativas oficiosas;El estado de derecho en los planos nacional e internacional A/RES/77/110
22-28256 5/5
22. Destaca la necesidad de que la Dependencia del Estado de Derecho lleve a cabo su labor de manera sostenible y eficaz, y de que se le proporcionen l os medios razonables que sean necesarios para ese fin;
22-28256 5/5
22. Destaca la necesidad de que la Dependencia del Estado de Derecho lleve a cabo su labor de manera sostenible y eficaz, y de que se le proporcionen l os medios razonables que sean necesarios para ese fin;
23. Decide incluir en el programa provisional de su septuagésimo octavo período de sesiones el tema titulado “El estado de derecho en los planos nacional e internacional”, e invita a los Estados Miemb ros a que centren sus observaciones durante el próximo debate de la Sexta Comisión en el subtema “La utilización de la tecnología para promover el acceso a la justicia para todos”.
47a sesión plenaria 7 de diciembre de 2022