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ONU - Resolución 79 281

ONU - Organización de Naciones Unidas

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Detalles

Título
ONU - Resolución 79 281
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año

Naciones Unidas A/RES/79/281

Asamblea General

Distr. general 16 de abril de 2025

25-06206 (S) 2506206 Septuagésimo noveno período de sesiones Tema 146 del programa Dependencia Común de Inspección

Resolución aprobada por la Asamblea General el 11 de abril de 2025

[sobre la base del informe de la Quinta Comisión ((A/79/ 840, párr. 6 )]

79/281. Dependencia Común de Inspección

La Asamblea General , Recordando sus resoluciones anteriores sobre la Dependencia Común de Inspección, en particular las resoluciones 31/192 , de 22 de diciembre de 1976, 50/233 , de 7 de junio de 1996, 54/16 , de 29 de octubre de 1999, 56/245 , de 24 de diciembre de 2001, 57/284 A y B, de 20 de diciembre de 2002, 58/286 , de 8 de abril de 2004, 59/267 , de 23 de diciembre de 2004, 60/258 , de 8 de mayo de 2006, 61/238 , de 22 de diciembre de 2006, 61/260 , de 4 de abril de 2007, 62/226 , de 22 de diciembre de 2007, 62/246 , de 3 de abril de 2008, 63/272 , de 7 de abril de 2009, 64/262 , de 29 de marzo

de 2010, 65/270 , de 4 de abril de 2011, 66/259 , de 9 de abril de 2012, 67/256 , de 12 de abril de 2013, 68/266 , de 9 de abril de 2014, 69/275 , de 2 de abril de 2015, 70/257 , de 1 de abril de 2016, 71/281 , de 6 de abril de 2017, 72/269 , de 4 de abril de 2018, 73/287 , de 15 de abril de 2018, 75/270 , de 16 de abril de 2021, 76/261 , de 13 de abril de 2022, 77/279 , de 18 de abril de 2023, y 78/276 , de 24 de abril de 2024, Reafirmando el Estatuto de la Dependencia 1 y la función singular que cumple esta como único órgano de inspección, evaluación e investigación externas e independientes a nivel de todo el sistema,

I Informe de la Dependencia Común de Inspección

Habiendo examinado el informe de la Dependencia Común de Inspección correspondiente a 2024 y su programa de trabajo para 2025 2 y la nota del Secretario General sobre el informe de la Dependencia correspondiente a 2024 3, __________________ 1 Resolución 31/192 , anexo. 2 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo noveno período de sesiones, suplemento núm. 34 (A/79/34 ). 3 A/79/742 .A/RES/79/281 Dependencia Común de Inspección

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1. Toma nota con aprecio del informe de la Dependencia Común de

3 A/79/742 .A/RES/79/281 Dependencia Común de Inspección

2/3 25-06206

1. Toma nota con aprecio del informe de la Dependencia Común de Inspección correspondiente a 2024 y su programa de trabajo para 2025;

2. Toma conocimiento de la nota del Secretario General sobre el informe de la Dependencia correspondiente a 2024;

3. Destaca la importancia de las funciones de supervisión que realiza la Dependencia para determinar cuestiones administrativas, de gestión y de programación concretas en las organizaciones participantes y presentar a la Asamblea General y otros órganos legislativos de las organizaciones participantes recomendaciones prácticas y orientadas a la acción para mejorar y fortalecer la gobernanza de las Naciones Unidas en su conjunto;

4. Observa con aprecio los esfuerzos continuos de la Dependencia para ejecutar su mandato de modo eficiente y eficaz, y alienta a la Dependencia a que siga trabajando para mejorar la rendición de cuentas, la supervisión y la gobernanza de las

Naciones Unidas;

5. Reconoce que la eficacia de la Dependencia en todo el sistema es una responsabilidad compartida por esta, los Estados Miembros y las secretarías de las organizaciones participantes;

6. Reconoce también que es necesario seguir potenciando los efectos de la labor de la Dependencia en la eficiencia y transparencia de la gestión de las organizaciones participantes del sistema de las Naciones Unidas;

7. Acoge con beneplácito la coordinación de la Dependencia con la Junta de Auditores y la Oficina de Servicios de Supervisión Interna de la Secretaría, y alienta a esos órganos a que continúen intercambiando experiencias, conocimientos, mejores

7. Acoge con beneplácito la coordinación de la Dependencia con la Junta de Auditores y la Oficina de Servicios de Supervisión Interna de la Secretaría, y alienta a esos órganos a que continúen intercambiando experiencias, conocimientos, mejores prácticas y enseñanzas extraídas co n otros órganos de auditoría y supervisión de las Naciones Unidas, así como con el Comité Asesor de Auditoría Independiente, con miras a evitar la superposición o la duplicación de actividades y lograr una mayor sinergia, cooperación, eficacia y eficiencia , sin perjuicio de los respectivos mandatos de los órganos de auditoría y supervisión;

8. Recalca la función singular de la Dependencia como órgano de inspección, evaluación e investigación externas e independientes a nivel de todo el sistema y destaca la importante contribución de sus recomendaciones a la mejora del funcionamiento eficiente y eficaz d el sistema de las Naciones Unidas;

9. Reafirma la independencia de la Dependencia, como se establece en el artículo 7 de su Estatuto, y subraya que las estimaciones presupuestarias deben prepararse de forma transparente y coherente para su presentación a la Asamblea General, de conformidad con el artíc ulo 20 del Estatuto de la Dependencia;

10. Alienta a la Dependencia a que siga seleccionando proyectos que ayuden a que las Naciones Unidas sean más eficaces y capaces de aportar soluciones pertinentes, tanto individuales como a nivel de todo el sistema, para los problemas actuales y futuros,

11. Reitera la solicitud que formuló a los jefes ejecutivos de las organizaciones participantes de que cumplieran plenamente los procedimientos reglamentarios para el examen de los informes de la Dependencia y, en particular, de que presentaran sus

11. Reitera la solicitud que formuló a los jefes ejecutivos de las organizaciones participantes de que cumplieran plenamente los procedimientos reglamentarios para el examen de los informes de la Dependencia y, en particular, de que presentaran sus observaciones, incl uida información sobre las medidas que tenían previsto adoptar acerca de las recomendaciones de la Dependencia, distribuyeran los informes a tiempo para que los examinaran los órganos legislativos y proporcionaran información sobre las medidas que adoptarí an para aplicar las recomendaciones aceptadas por los órganos legislativos y los jefes ejecutivos de las organizaciones participantes;

12. Reitera la solicitud que formuló al Secretario General y a los demás jefes ejecutivos de las organizaciones participantes de que prestaran plena asistencia a la Dependencia presentándole oportunamente toda la información que hubiera solicitad o;Dependencia Común de Inspección A/RES/79/281

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13. Recuerda el párrafo 12 de su resolución 78/276 , e invita a los órganos legislativos de las organizaciones participantes a que utilicen de manera eficaz y en gran medida los informes de la Dependencia y a que den la consideración debida y no selectiva a sus recomendaciones, de conformidad con el artícu lo 11, párrafo 4, del Estatuto de la Dependencia, y a que examinen periódicamente el estado de la aceptación y la aplicación de las recomendaciones de la Dependencia, con el fin de hacer el mejor uso posible de las recomendaciones;

14. Recuerda también el párrafo 13 de su resolución 78/276 y observa con preocupación que persiste una diferencia significativa en las tasas de aceptación y

hacer el mejor uso posible de las recomendaciones;

14. Recuerda también el párrafo 13 de su resolución 78/276 y observa con preocupación que persiste una diferencia significativa en las tasas de aceptación y aplicación de las recomendaciones de la Dependencia por algunas organizaciones participantes del sistema de las Naciones Unidas, por lo que pide a la Depende ncia que siga examinando y mejorando el statu quo sin perjudicar la solidez de las recomendaciones;

15. Invita a los jefes ejecutivos de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas participantes a que apliquen de manera oportuna las recomendaciones de la Dependencia que hayan sido aceptadas;

16. Recuerda el párrafo 14 de su resolución 78/276 e invita a las organizaciones participantes del sistema de las Naciones Unidas a que examinen periódicamente el estado de la aceptación y la aplicación de las recomendaciones de la Dependencia, especialmente las relacionadas con la coordinación y la coher encia en todo el sistema, e invita a las organizaciones participantes a que informen a la Dependencia acerca de los casos de no aceptación y no aplicación;

17. Invita a la Dependencia a que, en el curso de su labor, prosiga sus esfuerzos de supervisión y examen de la eficiencia y la eficacia de las Naciones Unidas;

18. Invita también a la Dependencia a que siga examinando la eficacia a largo plazo de sus recomendaciones aplicadas;

19. Alienta a la Dependencia a que prosiga sus esfuerzos por maximizar la eficiencia de unos recursos limitados en la ejecución de sus mandatos, y a que promueva una cultura de la eficiencia dentro de la Dependencia;

II

19. Alienta a la Dependencia a que prosiga sus esfuerzos por maximizar la eficiencia de unos recursos limitados en la ejecución de sus mandatos, y a que promueva una cultura de la eficiencia dentro de la Dependencia;

II Análisis del examen realizado y las medidas adoptadas por las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas con respecto a los informes y recomendaciones de la Dependencia Común de Inspección

Habiendo examinado la nota del Secretario General por la que señala el informe de la Dependencia Común de Inspección titulado “Análisis del examen realizado y las medidas adoptadas por las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas con respecto a los informes y recome ndaciones de la Dependencia Común de Inspección” 4 y la nota del Secretario General por la que transmite sus observaciones y las de la Junta de los Jefes Ejecutivos del Sistema de las Naciones Unidas para la Coordinación sobre ese informe 5, Toma conocimiento de las notas del Secretario General.

63a sesión plenaria 11 de abril de 202 5

__________________ 4 A/79/717 . 5 A/79/717/Add.1 .

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