ONU - AG Resolución 79 298
ONU - Organización de Naciones Unidas
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Detalles
- Título
- ONU - AG Resolución 79 298
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- —
Naciones Unidas A/RES/79/298
Asamblea General
Distr. general 1 de julio de 2025
25-10811 (S) 2510811 Septuagésimo noveno período de sesiones Tema 155 del programa Aspectos administrativos y presupuestarios de la financiación de las operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz
Resolución aprobada por la Asamblea General el 30 de juio de 2025
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión ( A/79/925, párr. 12)]
79/298. Cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz
La Asamblea General ,
I Cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz
Recordando sus resoluciones 45/258 , de 3 de mayo de 1991, 47/218 A, de 23 de diciembre de 1992, 48/226 A, de 23 de diciembre de 1993, 48/226 C, de 29 de julio de 1994, 49/250 , de 20 de julio de 1995, 50/221 B, de 7 de junio de 1996, la sección I de su resolución 55/238 , de 23 de diciembre de 2000, sus resoluciones 55/271 , de 14 de junio de 2001, 56/241 , de 24 de diciembre de 2001, 56/293 , de
27 de junio de 2002, 57/318 , de 18 de junio de 2003, 58/298 , de 18 de junio de 2004, 59/301 , de 22 de junio de 2005, 60/268 , de 30 de junio de 2006, 61/279 , de 29 de junio de 2007, 62/250 , de 20 de junio de 2008, 63/287 , de 30 de junio de 2009, 64/271 , de 24 de junio de 2010, 65/290 , de 30 de junio de 2011, 66/265 , de 21 de junio de 2012, 67/287 , de 28 de junio de 2013, 68/283 , de 30 de junio de 2014, 69/308 , de 25 de junio de 2015, 70/287 , de 17 de junio de 2016, 71/295 , de 30 de junio de 2017, 72/288 , de 5 de julio de 2018, 73/308 , de 3 de julio de 2019, 74/280 , de 30 de junio de 2020, 75/293 , de 30 de junio de 2021, 76/279 , de 29 de junio de 2022, 77/304 , de 30 de junio de 2023, 78/293 , de 28 de junio de 2024, y sus demás resoluciones pertinentes, así como sus decisiones 49/469, de 23 de diciembre de 1994, 50/473, de 23 de diciembre de 1995, 72/558, de 5 de julio de 2018, 73/555, de 3 de julio de 2019, y 74/571, de 3 de septiembre de 2020, Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la ejecución del
3 de septiembre de 2020, Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la ejecución del presupuesto de la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz correspondiente al período comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junioA/RES/79/298 Cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz
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de 2024 1 y sobre el presupuesto de la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz correspondiente al período comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026 2, el informe del Comité Asesor de Auditoría Independiente sobre el proyecto de presupuesto de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna con cargo a la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz correspondiente al período comprendi do entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026 3 y el informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 4, Reconociendo la importancia de que las Naciones Unidas puedan responder y desplegar una operación de mantenimiento de la paz rápidamente una vez que el Consejo de Seguridad haya aprobado la resolución correspondiente, en un plazo de 30 días para las operaciones tradici onales de mantenimiento de la paz y de 90 días para las operaciones complejas de mantenimiento de la paz, Reconociendo también la necesidad de que se preste un apoyo adecuado durante todas las etapas de las operaciones de mantenimiento de la paz, incluso durante su liquidación y cierre, Teniendo presente que el monto de la cuenta de apoyo debe ser, en términos generales, proporcional al mandato, el número, el tamaño y la complejidad de las
todas las etapas de las operaciones de mantenimiento de la paz, incluso durante su liquidación y cierre, Teniendo presente que el monto de la cuenta de apoyo debe ser, en términos generales, proporcional al mandato, el número, el tamaño y la complejidad de las misiones de mantenimiento de la paz,
1. Toma nota del informe del Secretario General sobre el presupuesto de la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz correspondiente al período comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026 y del informe del Comité Asesor de Auditoría Independiente sobre el proyecto de presupuesto de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna con cargo a la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz correspondiente al período comprend ido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026;
2. Reafirma la función que le incumbe de analizar pormenorizadamente y aprobar los recursos humanos y financieros y las políticas pertinentes con miras a asegurar la ejecución plena, eficaz y eficiente de todos los programas y actividades encomendados y la aplicación de las políticas a ese respecto;
3. Reafirma también que la Quinta Comisión es la Comisión Principal de la Asamblea General encargada de las cuestiones administrativas y presupuestarias;
4. Reafirma además el artículo 153 de su Reglamento;
5. Reafirma que los fondos de la cuenta de apoyo se utilizarán exclusivamente para financiar las necesidades de recursos humanos y de otra índole para los servicios de refuerzo y apoyo a las operaciones de mantenimiento de la paz en la Sede, y que cualquier cambio respecto de esa limitación requerirá la aprobación previa de la Asamblea General;
para los servicios de refuerzo y apoyo a las operaciones de mantenimiento de la paz en la Sede, y que cualquier cambio respecto de esa limitación requerirá la aprobación previa de la Asamblea General;
6. Reafirma también la necesidad de disponer de fondos suficientes para prestar apoyo a las operaciones de mantenimiento de la paz, así como la necesidad de justificar plenamente esos fondos en las solicitudes presupuestarias para la cuenta de apoyo;
7. Reafirma además la necesidad de que la administración y la gestión financiera de las operaciones de mantenimiento de la paz sean eficaces y eficientes, __________________ 1 A/79/680 . 2 A/79/783 . 3 A/79/805 . 4 A/79/830 .Cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz A/RES/79/298
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e insta al Secretario General a que siga determinando medidas para aumentar la productividad y la eficiencia de la cuenta de apoyo;
8. Solicita al Secretario General que asegure el pleno cumplimiento de las disposiciones pertinentes de sus resoluciones 59/296 , de 22 de junio de 2005, 60/266 , de 30 de junio de 2006, 61/276 , de 29 de junio de 2007, 64/269 , de 24 de junio de 2010, 65/289 , de 30 de junio de 2011, 66/264 , de 21 de junio de 2012, 69/307 , de 25 de junio de 2015, 70/286 , de 17 de junio de 2016, y 76/274 , de 29 de junio de 2022, y demás resoluciones pertinentes;
25 de junio de 2015, 70/286 , de 17 de junio de 2016, y 76/274 , de 29 de junio de 2022, y demás resoluciones pertinentes;
9. Hace suyas las conclusiones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto, y solicita al Secretario General que asegure su plena aplicación;
10. Decide mantener, para el ejercicio económico comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026, el mecanismo de financiación para la cuenta de apoyo utilizado en el ejercicio en curso, comprendido entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 202 5, aprobado en el párrafo 3 de su resolución 50/221 B;
Informe sobre la ejecución del presupuesto para el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024
11. Toma nota del informe del Secretario General sobre la ejecución del presupuesto de la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz correspondiente al período comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024;
Estimaciones presupuestarias para el ejercicio económico comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
12. Aprueba los recursos necesarios para la cuenta de apoyo por valor de 425.636.500 dólares de los Estados Unidos para el ejercicio económico comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026, suma que incluye 18.904.600 dólares para la planificación de los recursos institucionales,
425.636.500 dólares de los Estados Unidos para el ejercicio económico comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026, suma que incluye 18.904.600 dólares para la planificación de los recursos institucionales, 626.700 dólares para las solicitudes de indemnización por muerte o discapacidad en operaciones de mantenimiento de la paz terminadas, 868.500 dólares para mejora de la prestación de servicios (anteriormente, el modelo de eficiencia de los servicios de gestión y el proyecto del modelo global de prestación de servicios), 3.326.800 dólares para la disponibilidad de capacidades de mantenimiento de la paz, 19.573.000 dólares para los gastos de mantenimiento y apoyo de Umoja y 15.247.700 dólares para el seguro médico posterior a la separación del servicio, incluidos 1.337 puestos que se mantienen, 107 puestos temporarios nuevos y 1 plaza nueva de los Voluntarios de las Naciones Unidas, 78 plazas que se mantienen y 6 pla zas nuevas de personal temporario general y 52 meses -persona, además de los recursos necesarios conexos relacionados con puestos y no relacionados con puestos, así como la supresión, redistribución y reasignación de puestos y plazas de personal temporario general;
Financiación de la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz correspondiente a los ejercicios económicos comprendidos entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024 y entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
13. Decide que las necesidades de recursos para la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz en relación con el ejercicio económico
30 de junio de 2026
13. Decide que las necesidades de recursos para la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz en relación con el ejercicio económico comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026 se financien de la manera siguiente:A/RES/79/298 Cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz
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a) El saldo no comprometido de 1.619.200 dólares en relación con el ejercicio económico comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024 se destinará a sufragar las necesidades de recursos del ejercicio económico comprendido entre el 1 de jul io de 2025 y el 30 de junio de 2026; b) La suma total de 12.465.400 dólares, que comprende ingresos por inversiones por valor de 3.907.700 dólares, otros ingresos varios por valor de 6.730.100 dólares y la suma de 1.827.600 dólares resultante de la anulación de obligaciones de ejercicios anteri ores en relación con el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024, se destinará a sufragar las necesidades del ejercicio económico comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026; c) La suma de 6.697.400 dólares, que constituye el excedente del monto autorizado del Fondo de Reserva para el Mantenimiento de la Paz en relación con el ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2024, se destinará a sufragar las necesidades de recurso s del ejercicio económico comprendido entre el 1 de julio de
autorizado del Fondo de Reserva para el Mantenimiento de la Paz en relación con el ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2024, se destinará a sufragar las necesidades de recurso s del ejercicio económico comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026; d) El saldo de 404.854.500 dólares se prorrateará entre los presupuestos de las operaciones de mantenimiento de la paz en curso correspondientes al ejercicio económico comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026; e) El monto de los ingresos netos en concepto de contribuciones del personal, estimados en 37.196.900 dólares, suma que comprende 35.596.100 dólares correspondientes al ejercicio económico comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026 y un aumento de 1.600.800 dólares en relación con el ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2024, se deducirá del saldo a que se hace referencia en el apartado d) y se prorrateará entre los presupuestos de las distintas operaciones de mantenimiento de la paz en curso.
II Cuenta de apoyo y cuestiones de financiación conexas
Recordando su resolución 77/304 , Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la cuenta de apoyo y cuestiones de financiación conexas 5 y el informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 6,
1. Toma nota del informe del Secretario General;
2. Hace suyas las conclusiones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto.
1. Toma nota del informe del Secretario General;
2. Hace suyas las conclusiones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto.
81a sesión plenaria 30 de junio de 202 5
__________________ 5 A/79/781 . 6 A/79/842 .