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ONU - AG - Resolución 80-295 de 2026

ONU - Organización de Naciones Unidas

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Detalles

Título
ONU - AG - Resolución 80-295 de 2026
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2026

Naciones Unidas A/RES/80/295

Asamblea General

Distr. general 3 de agosto de 2026 26-11303 (S) 2611303

Octogésimo período de sesiones Tema 14 del programa Cultura de paz

Resolución aprobada por la Asamblea General el 24 de julio de 2026

[sin remisión previa a una Comisión Principal ( A/80/L.88 )]

80/295. Año del Derecho Internacional, 2028

La Asamblea General , Reafirmando el papel fundamental del derecho internacional, en particular la Carta de las Naciones Unidas, en el mantenimiento de la paz, la seguridad y las relaciones de amistad entre las naciones, Reconociendo la importancia de la educación, la creación de capacidad y la asistencia técnica en materia de derecho internacional, en particular para los países en desarrollo, incluidos los países menos adelantados, los países en desarrollo sin litoral y los pequeños E stados insulares en desarrollo, Reconociendo también la importante contribución del Programa de Asistencia de las Naciones Unidas para la Enseñanza, el Estudio, la Difusión y una Comprensión Más Amplia del Derecho Internacional, el Seminario de Derecho Internacional, la Biblioteca Audiovisual de Derecho Int ernacional de las Naciones Unidas y las publicaciones de la Oficina de Asuntos Jurídicos, incluidos el Anuario de la Comisión de Derecho Internacional y el Manual de Derecho Internacional , a la promoción del derecho internacional en todo el mundo, en particular en beneficio de los países en desarrollo, Reafirmando sus resoluciones 53/199 , de 15 de diciembre de 1998, y 61/185 ,

derecho internacional en todo el mundo, en particular en beneficio de los países en desarrollo, Reafirmando sus resoluciones 53/199 , de 15 de diciembre de 1998, y 61/185 , de 20 de diciembre de 2006, relativas a la proclamación de años internacionales, y la resolución 1980/67 del Consejo Económico y Social, de 25 de julio de 1980, relativa a los años y aniversarios internacionales, incluidos los criterios convenidos para su proclamación,

1. Proclama 2028 Año del Derecho Internacional;

2. Alienta a los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras partes interesadas pertinentes a que conmemoren el Año del Derecho Internacional mediante actividades educativas, de creación de capacidad yA/RES/80/295 Año del Derecho Internacional, 2028

26-11303 2/2

de sensibilización pública destinadas a promover el respeto y la comprensión del derecho internacional, y acoge con beneplácito la intención de Turkmenistán de albergar un Foro Mundial sobre el Derecho Internacional en diciembre de 2028;

3. Insta a los Estados Miembros a que fortalezcan el respeto del derecho internacional, incluida la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, sus propósitos y principios;

4. Alienta a los Estados Miembros a que sigan apoyando, mediante contribuciones voluntarias, las iniciativas existentes de las Naciones Unidas para la enseñanza, el estudio y la difusión del derecho internacional;

5. Alienta a que se asegure una amplia participación durante el Año, incluida la participación significativa de las mujeres y la juventud, y promueve el uso de

enseñanza, el estudio y la difusión del derecho internacional;

5. Alienta a que se asegure una amplia participación durante el Año, incluida la participación significativa de las mujeres y la juventud, y promueve el uso de plataformas digitales, tecnologías educativas y recursos multilingües para mejorar el acceso al derecho int ernacional;

6. Decide que el costo de todas las actividades que puedan derivarse de la aplicación de la presente resolución deberá sufragarse mediante contribuciones voluntarias;

7. Solicita al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y regionales, así como de las partes interesadas pertinentes, entre ellas la sociedad civil, el sector privado, el mundo académico y los particulares, para que el Año se celebre debidamente.

106 a sesión plenaria 24 de julio de 2026

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