ONU - AG - Resolución A RES 80 107
ONU - Organización de Naciones Unidas
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Detalles
- Título
- ONU - AG - Resolución A RES 80 107
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- —
Naciones Unidas A/RES/80/107
Asamblea General
Distr. general 9 de diciembre de 2025 25-20231 (S) 2520231
Octogésimo período de sesiones Tema 75 b) del programa Los océanos y el derecho del mar: Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional
Resolución aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 2025
[sin remisión previa a una Comisión Principal ( A/80/L.13 )]
80/107. Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional
La Asamblea General , Recordando su resolución 72/249 , de 24 de diciembre de 2017, en que decidió convocar una conferencia intergubernamental, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, a fin de examinar las recomendaciones del Comité Preparatorio establecido en virtud de la resolución 69/292 , de 19 de junio de 2015, sobre los elementos del texto de un instrumento internacional jurídicamente vinculante en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar 1 relativo a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas
texto de un instrumento internacional jurídicamente vinculante en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar 1 relativo a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional, y de redactar dicho texto, con miras a elaborar el instrumento lo antes posible, y otras resoluciones y decisiones pe rtinentes relativas a la celebración de los períodos de sesiones de la conferencia 2, Recordando también que la conferencia adoptó por consenso, el 19 de junio de 2023, el Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional 3, _______________ 1 Naciones Unidas, Treaty Series , vol. 1834, núm. 31363. 2 Resoluciones 75/239 y 77/248 y decisiones 74/543, 75/570, 76/564 y 77/556. 3 A/CONF.232/2023/4 .A/RES/80/107 Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional
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Recordando además su resolución 77/321 , de 1 de agosto de 2023, su resolución 78/272 , de 24 de abril de 2024, su resolución 79/271 , de 4 de marzo de
Recordando además su resolución 77/321 , de 1 de agosto de 2023, su resolución 78/272 , de 24 de abril de 2024, su resolución 79/271 , de 4 de marzo de 2025, y su decisión 78/560, de 13 de agosto de 2024, relativas al Acuerdo, Recalcando la importancia de la labor de la comisión preparatoria establecida por la resolución 78/272 para preparar la entrada en vigor del Acuerdo y preparar la celebración de la primera reunión de la Conferencia de las Partes en el Acuerdo, Observando que se han cumplido las condiciones para la entrada en vigor del Acuerdo y que este entrará en vigor el 17 de enero de 2026, de conformidad con su artículo 68, párrafo 1, tras el depósito del sexagésimo instrumento de ratificación, aprobación, aceptación o adhesión el 19 de septiembre de 2025, Observando también que la primera reunión de la Conferencia de las Partes será convocada por el Secretario General de las Naciones Unidas a más tardar un año después de la entrada en vigor del Acuerdo, de conformidad con su artículo 47, párrafo 2,
1. Acoge con beneplácito la celebración de los períodos de sesiones primero y segundo de la Comisión Preparatoria para la Entrada en Vigor del Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional y la Celebración de la Primera Reunión de la Conferencia de las Partes en el Acuerdo, del 14 al 25 de abril y del 18 al 29 de
Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional y la Celebración de la Primera Reunión de la Conferencia de las Partes en el Acuerdo, del 14 al 25 de abril y del 18 al 29 de agosto de 2025, resp ectivamente, y recuerda que se celebrará un tercer período de sesiones del 23 de marzo al 2 de abril de 2026;
2. Toma nota de las declaraciones formuladas por la Copresidencia de la Comisión Preparatoria en la clausura de los períodos de sesiones primero y segundo de la Comisión 4;
3. Acoge con beneplácito la próxima entrada en vigor del Acuerdo, el 17 de enero de 2026;
4. Pone de relieve la importancia de la implementación efectiva del Acuerdo;
5. Toma nota de las firmas y ratificaciones del Acuerdo hasta la fecha;
6. Solicita al Secretario General que organice la primera reunión de la Conferencia de las Partes en el Acuerdo durante al menos diez días hábiles antes del 17 de enero de 2027, en las fechas y con la duración que se determinen en consulta con la Copresidencia y la M esa de la Comisión Preparatoria, con servicios de conferencias completos, incluidos servicios de documentación, que contemplen la eventualidad de reuniones paralelas y horas extraordinarias, así como la transmisión web y la cobertura de prensa y de las reuniones;
7. Exhorta a todos los Estados y las organizaciones regionales de integración económica que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de hacerse Partes lo antes posible en el Acuerdo;
8. Solicita al Secretario General que siga administrando el fondo fiduciario de contribuciones voluntarias establecido en virtud de la resolución 69/292 con el fin
Partes lo antes posible en el Acuerdo;
8. Solicita al Secretario General que siga administrando el fondo fiduciario de contribuciones voluntarias establecido en virtud de la resolución 69/292 con el fin de ayudar a los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados, los países en desarrollo sin litoral y los pequeños Estados insulares en desarrollo, a asistir a las reuniones de la Conferencia de las Partes, con la ampliación de la ayuda prevista en la resolución 78/272 5; _______________ 4 A/AC.296/2025/9 y A/AC.296/2025/19 . 5 Véanse las resoluciones 69/292 y 78/272 .Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso
Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional A/RES/80/107
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9. Invita a los Estados Miembros, las instituciones financieras internacionales, los organismos donantes, las organizaciones intergubernamentales, las organizaciones no gubernamentales y las personas físicas y jurídicas a que hagan aportaciones financieras al fondo fiduciario de contribuciones voluntarias, y expresa su aprecio a quienes han contribuido;
10. Observa con aprecio las actividades de creación de capacidad y asistencia técnica en relación con el Acuerdo realizadas por los Estados, las organizaciones regionales de integración económica, la División de Asuntos Oceánicos y del Derecho del Mar de la Oficina de Asuntos Ju rídicos de la Secretaría y otras entidades pertinentes de las Naciones Unidas y organizaciones intergubernamentales en el
regionales de integración económica, la División de Asuntos Oceánicos y del Derecho del Mar de la Oficina de Asuntos Ju rídicos de la Secretaría y otras entidades pertinentes de las Naciones Unidas y organizaciones intergubernamentales en el marco de sus respectivos mandatos, tomando nota también de las contribuciones de otras partes interesadas pert inentes a este respecto, y alienta a que se sigan realizando esas actividades;
11. Recuerda su invitación a los Estados para que proporcionen información al Secretario General sobre sus necesidades en materia de creación de capacidad y asistencia técnica para hacerse Partes en el Acuerdo, información que servirá de base para el desarrollo y la p restación de actividades de creación de capacidad y asistencia técnica por la División en apoyo de los Estados que las soliciten para hacerse Partes en el Acuerdo y para la implementación efectiva del Acuerdo;
12. Decide incluir en el programa provisional de su octogésimo primer período de sesiones, bajo el tema titulado “Los océanos y el derecho del mar”, el subtema titulado “Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional”, y celebrar las consultas oficiosas sobre la resolución relativa al Acuerdo durante un día del mes de octubre.
58a sesión plenaria 9 de diciembre de 2025