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ONU - AG - Resolución A RES 80 125

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Detalles

Título
ONU - AG - Resolución A RES 80 125
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año

Naciones Unidas A/RES/80/125

Asamblea General

Distr. general 18 de diciembre de 2025 25-20762 (S) 2520762

Octogésimo período de sesiones Tema 16 e) del programa Cuestiones de política macroeconómica: inclusión financiera para el desarrollo sostenible

Resolución aprobada por la Asamblea General el 15 de diciembre de 2025

[sobre la base del informe de la Segunda Comisión ( A/80/555 , párr. 7) ]

80/125. Inclusión financiera para el desarrollo sostenible

La Asamblea General , Guiada por los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, Recordando sus resoluciones 70/189 , de 22 de diciembre de 2015, 72/206 , de 20 de diciembre de 2017, 74/205 , de 19 de diciembre de 2019, 76/195 , de 17 de diciembre de 2021, y 78/139 , de 19 de diciembre de 2023, Reafirmando su resolución 70/1 , de 25 de septiembre de 2015, titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la que adoptó un amplio conjunto de Objetivos de Desarrollo Sostenible y metas universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, su compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la plena implementación de la Agenda a más tardar en 2030, su reconocimiento de que la erradicación de la

universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, su compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la plena implementación de la Agenda a más tardar en 2030, su reconocimiento de que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible, y su compromiso de lograr el desarrollo sostenible en sus tres dimensiones —económica, social y ambiental — de forma equilibrada e integrada y de que se aprovecharán los logros de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y se procurará abordar los asuntos pendientes, Reafirmando también su resolución 69/313 , de 27 de julio de 2015, relativa a la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, que es parte integral de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, le sirve de apoyo y complemento , ayuda a contextualizar las metas relativas a sus medios de implementación con políticas y medidas concretas y reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de laA/RES/80/125 Inclusión financiera para el desarrollo sostenible

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financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales, Acogiendo con beneplácito la celebración de la Cuarta Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, que tuvo lugar del 30 de junio

desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales, Acogiendo con beneplácito la celebración de la Cuarta Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, que tuvo lugar del 30 de junio al 3 de julio de 2025 en Sevilla (España), y reafirmando su documento final, el Compromiso de Sevilla, que la Asamblea General h izo suyo en su resolución 79/323 , de 25 de agosto de 2025, y que establece un marco mundial renovado de financiación para el desarrollo, sobre la base de la Agenda de Acción de Addis Abeba 1, de 2015, con el propósito de subsanar de forma urgente el déficit de financiación anual, estimado en 4 billones de dólares de los Estados Unidos 2, y catalizar inversiones en desarrollo sostenible a escala en los países en desarrollo y proseguir la reforma de la arquitectura financiera internacional mediante un sólido y continuo compromiso con el multilateralismo, la cooperación internacional y la s olidaridad mundial, Recordando que la Agenda 2030, entre otras cosas, establece políticas con cuya aprobación y aplicación se pretende incrementar la inclusión financiera, y que la Agenda de Acción de Addis Abeba y el Compromiso de Sevilla, entre otras cosas, tienen por objeto asegurar que los entornos normativo y reglamentario apoyen la estabilidad e integridad de los mercados financieros y la promoción de la inclusión financiera de manera equilibrada y con la debida protección de los consumidores, con el propósito de fortale cer los conocimientos financieros básicos, la creación de capacidad de los países en desarrollo y el acceso pleno e igualitario a los servicios

financiera de manera equilibrada y con la debida protección de los consumidores, con el propósito de fortale cer los conocimientos financieros básicos, la creación de capacidad de los países en desarrollo y el acceso pleno e igualitario a los servicios financieros formales para todos de una manera que contribuya a movilizar recursos internos para la inversión púb lica y privada en la economía y para la formación de capital y a aumentar la disponibilidad de servicios financieros por vías que favorezcan el crecimiento de las empresas y la creación de empleo y estimulen la economía, y de una manera que incorpore un ma yor número de personas y empresas a la economía formal por vías que estimulen el crecimiento económico, fomenten la transparencia y la rendición de cuentas y contribuyan a aumentar la recaudación de impuestos, Reconociendo que en la labor de inclusión financiera debe darse prioridad a mejorar los resultados en materia de salud financiera, incluido avanzar hacia un entorno en que las personas sean capaces de gestionar sin problemas sus necesidades y obligaciones financieras, puedan fomentar la resiliencia ante las perturbaciones financieras, puedan perseguir sus aspiraciones y objetivos y aprovechar las oportunidades, y tengan confianza con respecto a su vida financiera, y reconociendo también que el acceso financ iero es solo un aspecto de la salud financiera y son necesarias medidas complementarias, como la eliminación de las barreras estructurales, el refuerzo de la alfabetización financiera y digital, la protección de los consumidores y la regulación, Reafirmando el Programa de Acción de Doha en favor de los Países Menos Adelantados que la Asamblea General hizo suyo en su resolución 76/258 , de 1 de abril

consumidores y la regulación, Reafirmando el Programa de Acción de Doha en favor de los Países Menos Adelantados que la Asamblea General hizo suyo en su resolución 76/258 , de 1 de abril de 2022, en el que se asume el compromiso de renovar y fortalecer las alianzas mundiales para alcanzar el desarrollo sostenible en los países menos adelantados, y acogiendo con agrado la celebración de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países en Desarrollo Sin Litoral, conforme a lo dispuesto por la Asamblea en su resolución 77/246 , de 30 de diciembre de 2022, y de la Cuarta Conferencia Internacional sobre los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, conforme a lo dispuesto por la Asamblea en su resolución 77/245 , de 30 de diciembre de 2022, _______________ 1 Resolución 69/313 de la Asamblea Genera;, anexo. 2 Financing for Sustainable Development Report 2024 (publicación de las Naciones Unidas, 2024), figura I.1Inclusión financiera para el desarrollo sostenible A/RES/80/125

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Reafirmando y comprometiéndose a aplicar el documento final de Buenos Aires de la Segunda Conferencia de Alto Nivel de las Naciones Unidas sobre la Cooperación Sur-Sur3, Poniendo de relieve la importancia de la inclusión en el sistema financiero internacional a todos los niveles y la importancia de considerar la inclusión financiera y la salud financiera como objetivo normativo en la regulación financiera, de conformidad con la legislación y las prioridades nacionales, Reiterando su compromiso de promover un acceso adecuado, asequible y estable

y la salud financiera como objetivo normativo en la regulación financiera, de conformidad con la legislación y las prioridades nacionales, Reiterando su compromiso de promover un acceso adecuado, asequible y estable al crédito y a otros servicios financieros para las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, especialmente los negocios y empresas de la economía social y solidaria que operan en l os sectores estructurado y no estructurado, así como una capacitación adecuada tendente al desarrollo de aptitudes para todos, en particular para los jóvenes, las personas con discapacidad, las personas de edad, las mujeres, los Pueblos Indígenas , las comunidades locales y los emprendedores, Reconociendo que la promoción de los sistemas y servicios financieros formales con sólidos marcos reglamentarios basados en el riesgo para todas las actividades de intermediación financiera, según corresponda, así como el estado de derecho y las instituciones responsa bles e inclusivas, contribuye a que los sistemas financieros sean inclusivos y a combatir la corrupción y frenar los flujos financieros ilícitos de manera efectiva y general, Reconociendo también los valores y principios de la participación de múltiples partes interesadas también con respecto a la elaboración de estrategias nacionales de inclusión financiera y salud financiera y que las alianzas entre múltiples partes interesadas y los recursos, l os conocimientos y el ingenio del sector privado, la sociedad civil, la comunidad científica, el mundo académico, las entidades filantrópicas y las fundaciones, los parlamentos, las autoridades locales, los voluntarios y otras partes in teresadas serán importantes a la hora de movilizar e intercambiar conocimientos en condiciones mutuamente convenidas, pericia,

filantrópicas y las fundaciones, los parlamentos, las autoridades locales, los voluntarios y otras partes in teresadas serán importantes a la hora de movilizar e intercambiar conocimientos en condiciones mutuamente convenidas, pericia, tecnología y recursos financieros, complementar los esfuerzos de los Gobiernos y apoyar el logro de los Objetivos de Desarrollo S ostenible, en particular en los países en desarrollo, Reconociendo además que muchas personas en situaciones de vulnerabilidad se ven desproporcionadamente excluidas de los sistemas financieros y podrían no tener acceso a los servicios financieros de calidad o ser reacias a utilizarlos, Reafirmando la necesidad de garantizar, de aquí a 2030, que todos los hombres y mujeres, en particular los pobres y los vulnerables, tengan los mismos derechos a los recursos económicos y acceso a los servicios básicos, la propiedad y el control de la tierra y otros b ienes, la herencia, los recursos naturales, las nuevas tecnologías apropiadas y los servicios financieros, incluida la microfinanciación, Reiterando la promesa de que no se dejará a nadie atrás, reafirmando el reconocimiento de que la dignidad del ser humano es fundamental y el deseo de ver cumplidos los Objetivos y las metas para todas las naciones y los pueblos y para todos los sectores de la socieda d, y comprometiéndose nuevamente a esforzarse por llegar primero a los más rezagados, Reconociendo que las tecnologías digitales ayudaron a las sociedades a responder a la enfermedad por coronavirus (COVID‑19), creando nuevas oportunidades para la prestación de servicios financieros digitales para acelerar y mejorar la inclusión financiera en un contex to de medidas de distanciamiento social _______________

responder a la enfermedad por coronavirus (COVID‑19), creando nuevas oportunidades para la prestación de servicios financieros digitales para acelerar y mejorar la inclusión financiera en un contex to de medidas de distanciamiento social _______________ 3 Resolución 73/291 , anexo.A/RES/80/125 Inclusión financiera para el desarrollo sostenible

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y de contención, extendiendo considerablemente el uso de esos servicios e impulsando cambios duraderos en todos los sectores de la economía, incluidos los mercados de trabajo, el comercio electrónico y los servicios financieros, observando con profunda pre ocupación las barreras que supone la brecha digital y el efecto que tienen a la hora de asegurar la inclusión digital, y destacando la importancia de reducir la brecha digital entre los países y en el interior de estos a fin de ampliar la inclusión financi era en las sociedades, en particular mediante políticas y servicios financieros que mejoren la salud financiera de los hogares, mejorar la alfabetización financiera digital y la protección de los consumidores, permitir el acceso a redes de protección socia l y erradicar la pobreza de las personas a las que es más difícil llegar, especialmente en las zonas rurales y remotas, a fin de beneficiar a aquellas más pobres y vulnerables, en particular los jóvenes, las personas con discapacidad, las personas de edad, las mujeres y las niñas, los Pueblos Indígenas, las comunidades locales, los agricultores, los migrantes y los emprendedores, Observando con preocupación que pese a los considerables esfuerzos realizados por la comunidad internacional para responder a los múltiples retos mundiales interrelacionados de los últimos tiempos, la brecha entre nuestras aspiraciones de

agricultores, los migrantes y los emprendedores, Observando con preocupación que pese a los considerables esfuerzos realizados por la comunidad internacional para responder a los múltiples retos mundiales interrelacionados de los últimos tiempos, la brecha entre nuestras aspiraciones de desarrollo sostenible y la financiación para alcanzarlas ha seguido aumentando, especialmente en los países en desarrollo, y ese déficit ha alcanzado la cifra estimada de 4 billones de dólares de los Estados Unidos al año, y reconociendo que el fortalecimiento de la inclus ión financiera es un recurso fundamental para reducir ese déficit, movilizando la participación masiva en los sistemas financieros formales, aumentando el ahorro, permitiendo la inversión en microempresas y desbloqueando el capital privado catalizador, Reconociendo que se han logrado avances significativos en la inclusión financiera tanto para particulares como para empresas, impulsados en particular por las innovaciones en las finanzas digitales y la tecnología financiera, y reiterando la importancia de la reforma n ormativa para eliminar los obstáculos involuntarios a los préstamos a las microempresas y a las pequeñas y medianas empresas, Observando que el 25 de septiembre de 2024 el Secretario General nombró a la Defensora Especial del Secretario General para la Salud Financiera, cuyo mandato refleja una evolución de la labor de la Defensora Especial del Secretario General para la Financiación Inclus iva para el Desarrollo hacia la salud financiera,

1. Recuerda que en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 4 figuran, entre otras, varias metas relativas a la promoción de la inclusión financiera, recuerda también que los Objetivos de Desarrollo Sostenible y las metas conexas son de

entre otras, varias metas relativas a la promoción de la inclusión financiera, recuerda también que los Objetivos de Desarrollo Sostenible y las metas conexas son de carácter integrado e indivisible y conjugan las tres dimensiones del desarrollo sostenible, y en ese sentido aguarda con interés su consecución;

2. Acoge con beneplácito el documento final de la Cuarta Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, el Compromiso de Sevilla 5, y hace un llamamiento para que se aplique de forma oportuna y eficaz;

3. Recuerda que en la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 6 y en el Compromiso de Sevilla de la Cuarta Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo figuran, entre otras, varias políticas y medidas cuyo fin es garantizar un marco normativo y reglamentario para la promoción de la inclusión fina nciera, y en ese sentido espera con interés su aplicación; _______________ 4 Resolución 70/1 . 5 Resolución 79/323 , anexo. 6 Resolución 69/313 , anexo.Inclusión financiera para el desarrollo sostenible A/RES/80/125

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4. Reafirma su decisión de tomar en consideración, según corresponda, la inclusión financiera en el marco de seguimiento y examen de la Agenda 2030 y en los procesos de seguimiento de la Agenda de Acción de Addis Abeba y el Compromiso de Sevilla;

5. Toma nota de la consideración que se da a la inclusión financiera en Financing for Sustainable Development Report 2024 , el informe sobre la financiación

procesos de seguimiento de la Agenda de Acción de Addis Abeba y el Compromiso de Sevilla;

5. Toma nota de la consideración que se da a la inclusión financiera en Financing for Sustainable Development Report 2024 , el informe sobre la financiación para el desarrollo sostenible correspondiente a 2024, destaca que, si bien la inclusión financiera ha mejorado en los últimos años, debido en especial al crecimiento de la banca móvil, sigue habiendo importantes diferenci as dentro de los países desarrollados, de los países en desarrollo y entre ellos, y sigue preocupada porque, a nivel mundial, 1.300 mi llones de personas carecen de acceso a servicios financieros formales y porque, a pesar de que hay más mujeres que son titulares de cuentas, sigue habiendo disparidad entre los géneros en la inclusión financiera;

6. Observa que el suministro de una conectividad universal y significativa, en particular mediante infraestructuras públicas digitales, es clave para fortalecer la inclusión financiera y, a este respecto, subraya la necesidad de que se realicen las inversiones neces arias, incluidas las inversiones en infraestructura, como unas conexiones eléctricas fiables, así como las inversiones en teléfonos móviles asequibles, servicios de banda ancha y de redes, sistemas de pago interoperables y otras infraestructuras y servicios financieros, y alienta a los Estados Miembros a que adopten medidas de políticas de conformidad con las circunstancias y prioridades nacionales;

7. Reconoce el importante papel que pueden desempeñar las estrategias nacionales de inclusión financiera para promover la salud financiera y para detectar y superar las deficiencias de financiación y las limitaciones vinculantes, entre ellas la falta de acceso a la f inanciación para las microempresas y pequeñas y

nacionales de inclusión financiera para promover la salud financiera y para detectar y superar las deficiencias de financiación y las limitaciones vinculantes, entre ellas la falta de acceso a la f inanciación para las microempresas y pequeñas y medianas empresas, observa que al menos 85 países han adoptado o están elaborando estrategias de inclusión financiera, y a este respecto alienta a los Estados Miembros a que consideren la convenie ncia de adoptar y aplicar este tipo de estrategias y otras con perspectiva de género, a que pongan fin a las barreras estructurales que impiden el acceso de las mujeres y las niñas en condiciones de igualdad a los recursos económicos y a que amplíen el apr endizaje entre pares, el intercambio de experiencias y la creación de capacidad entre los países y las regiones a este respecto, con mecanismos de distribución de riesgos y requisitos reglamentarios y con el apoyo de los asociados internacionales a través de instrumentos de financiación combinada;

8. Reconoce también que la innovación digital en el sector financiero ha contribuido significativamente a la rápida expansión del acceso a los servicios financieros y a la inclusión financiera, lo que ha permitido avanzar en los Objetivos de Desarrollo Sostenible y ha tenido efectos en la Agenda 2030, como se indica en Financing for Sustainable Development Report 2024 , y apoya acciones concretas para promover la inclusión financiera digital y cerrar las brechas digitales, incluida la brecha digital de géne ro, entre los países y dentro de ellos, al tiempo que se mejoran las prácticas financieras digitales responsables y las respuestas regulatorias que promueven resultados positivos en materia de salud financiera, incluidos ahorros

brecha digital de géne ro, entre los países y dentro de ellos, al tiempo que se mejoran las prácticas financieras digitales responsables y las respuestas regulatorias que promueven resultados positivos en materia de salud financiera, incluidos ahorros seguros, créditos y seguros asequibles y apropiados, y resiliencia financiera a largo plazo, según proceda, para proteger los intereses de los consumidores, la integridad financiera y la estabilidad del sistema, que se refuerzan mutuamente y también permiten lograr una mayor inclusi ón financiera;

9. Reconoce además la creciente importancia de los agentes y nuevos instrumentos y plataformas de tecnología financiera, entre ellos la banca móvil, los servicios basados en Internet, y las plataformas entre pares y los planes deA/RES/80/125 Inclusión financiera para el desarrollo sostenible

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financiación abierta, que han dado acceso a servicios financieros a millones de personas y han proporcionado canales para que las empresas más pequeñas obtengan capital de riesgo, así como el potencial de los macrodatos y la inteligencia artificial a este respecto, alienta, en este contexto, a los Gobiernos y a los organismos reguladores a que revisen y ajusten, según proceda, los marcos jurídicos y reglamentarios para hacer frente a los riesgos y maximizar los beneficios asociados a esos nuevos instrumento s, e invita a los países y a los agentes de tecnología financiera a que intercambien experiencias, promuevan el aprendizaje entre pares y las alianzas público -privadas y sigan mejorando la creación de capacidad en materia de servicios financieros;

10. Alienta el uso de tecnologías y servicios financieros digitales, que han

público -privadas y sigan mejorando la creación de capacidad en materia de servicios financieros;

10. Alienta el uso de tecnologías y servicios financieros digitales, que han cobrado mayor importancia durante la pandemia y han permitido a muchos hogares y microempresas y pequeñas y medianas empresas acceder a los servicios financieros a pesar de los confinamiento s y el distanciamiento social; considera que la inclusión financiera digital está asociada a un mayor crecimiento del producto interno bruto y que la adopción de los pagos digitales concuerda con la idea de que las tecnologías financieras puede n contribuir al crecimiento y al desarrollo sostenible y, por ende, desempeñar una función importante en la mitigación de las repercusiones económicas de la pandemia de COVID‑19 y apoyar la recuperación; promueve la innovación financiera y la función que e sta desempeña a la hora de mejorar la inclusión financiera y de promover un acceso más inclusivo y equitativo a los beneficios de la nueva economía digital; reconoce las necesidades de las personas más pobres y las que viven en situación de mayor vulnerabi lidad, reconociendo al mismo tiempo la importancia que reviste promover un acceso más inclusivo y equitativo a los beneficios de la nueva economía digital de formas que promuevan la salud financiera, de manera que se logre un entorno comercial abierto, jus to y no discriminatorio; y alienta las alianzas entre múltiples interesados, según proceda, a nivel local, regional e internacional a fin de facilitar el intercambio de experiencias, promover el aprendizaje entre pares en este ámbito y seguir mejorando la creación de capacidad, el acceso a financiación y el apoyo dirigido a las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, incluidas

facilitar el intercambio de experiencias, promover el aprendizaje entre pares en este ámbito y seguir mejorando la creación de capacidad, el acceso a financiación y el apoyo dirigido a las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, incluidas las que son de propiedad de mujeres y las gestionadas por ellas;

11. Invita a que se haga mayor uso de las tecnologías financieras digitales en la prestación de servicios financieros de manera eficiente, eficaz, rápida, asequible y segura, para que puedan beneficiarse de ellos las microempresas y pequeñas y medianas empresas y la s personas, incluidas las más pobres y vulnerables, que se ven desproporcionadamente afectadas por la pandemia, las tensiones y conflictos geopolíticos y múltiples crisis, lo cual, a su vez, permite a los Gobiernos ampliar el alcance de sus resp uestas de emergencia a las personas en el sector informal y a aquellas que no tienen acceso a cuentas bancarias, funcionando al mismo tiempo como facilitador de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, entre otras cosas erradicando la pobreza, reduciendo la s desigualdades, creando empleo y promoviendo la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas, y, a ese respecto, pide que se refuercen las competencias digitales y la infraestructura financiera digital, a fin de promover una recuperac ión sostenible, inclusiva y resiliente;

12. Pide que se aumente la cooperación internacional para mejorar el acceso a la creación de capacidad, el gobierno digital y los servicios empresariales, y que se aprovechen las herramientas financieras digitales para ampliar la inclusión de las microempresas y l as pequeñas y medianas empresas;

13. Exhorta a los Estados Miembros a que, en cooperación con los

aprovechen las herramientas financieras digitales para ampliar la inclusión de las microempresas y l as pequeñas y medianas empresas;

13. Exhorta a los Estados Miembros a que, en cooperación con los reguladores, el sector privado y las organizaciones internacionales, promuevan el uso de tecnologías emergentes como la inteligencia artificial en los servicios financieros,Inclusión financiera para el desarrollo sostenible A/RES/80/125

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y velen por que estas se basen en principios responsables que protejan los derechos humanos y fomenten la inclusión en el acceso a los servicios;

14. Se compromete a promover el uso de las tecnologías digitales, los bienes públicos digitales y la infraestructura pública para profundizar en la inclusión y la alfabetización financieras, y apoya la inversión en el desarrollo y la digitalización de infraestructuras de sistemas fin ancieros inclusivos y accesibles en los países en desarrollo;

15. Reconoce que, sin una fuerte protección de los consumidores de servicios financieros, las ventajas que propician el crecimiento derivadas de una mayor inclusión financiera se pueden perder o ver gravemente mermadas, y, a este respecto, destaca la importancia de int ensificar las medidas para mejorar los conocimientos financieros básicos y la alfabetización digital, con énfasis en las aptitudes prácticas, incluso en materia de presupuestación, ahorro, seguros y planificación a largo plazo, junto con la p rotección eficaz de los consumidores para los más pobres y vulnerables, incluidos las mujeres, los jóvenes, los residentes rurales y los migrantes;

16. Reconoce también la importancia de promover los esfuerzos encaminados a ampliar el acceso a los productos y servicios financieros para toda la sociedad, en

incluidos las mujeres, los jóvenes, los residentes rurales y los migrantes;

16. Reconoce también la importancia de promover los esfuerzos encaminados a ampliar el acceso a los productos y servicios financieros para toda la sociedad, en particular las mujeres, la juventud, las personas con discapacidad, los desplazados, los migrantes y aquellos en situ ación de vulnerabilidad y, a este respecto, pide que se intensifiquen los esfuerzos de los Estados Miembros, las instituciones financieras internacionales y las partes interesadas pertinentes para diseñar productos y servicios financi eros adaptados que respondan a sus necesidades específicas;

17. Reconoce además las iniciativas y las acciones en materia de inclusión financiera para el desarrollo sostenible emprendidas por una amplia gama de partes interesadas que trabajan en asociación, como la Alianza para la Inclusión Financiera, la Better Than Cash Alliance, l a Defensora Especial del Secretario General para la Salud Financiera y la Alianza Mundial para la Inclusión Financiera del Grupo de los 20, las insta a que interactúen con los Estados Miembros de manera inclusiva y transparente en su la bor a fin de asegurar que sus iniciativas complementan o refuerzan el sistema de las Naciones Unidas, incluidos el Fondo de las Naciones Unidas para el Desarrollo de la Capitalización y las comisiones regionales, y alienta a fomentar la coordinación y la c ooperación con el Equipo de Tareas Interinstitucional sobre la Financiación para el Desarrollo;

18. Alienta a la comunidad internacional, incluidos los Estados Miembros y todos los interesados pertinentes, entre ellos las entidades del sistema de las Naciones Unidas, las instituciones financieras internacionales, otros órganos intergubernamentales, los bancos d e desarrollo regionales y nacionales, las

todos los interesados pertinentes, entre ellos las entidades del sistema de las Naciones Unidas, las instituciones financieras internacionales, otros órganos intergubernamentales, los bancos d e desarrollo regionales y nacionales, las instituciones financieras nacionales, las cooperativas de crédito, las alianzas de múltiples interesados y las organizaciones no gubernamentales pertinentes, según proceda, a que sigan desarrollando pro gramas de conocimientos financieros básicos y educación financiera que doten a las personas de la capacidad de fortalecer su salud financiera, según proceda, para asegurar que todos los participantes adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesar ios para acceder a los servicios financieros, en particular las mujeres y las niñas, los Pueblos Indígenas, los agricultores y quienes trabajan en microempresas y pequeñas y medianas empresas;

19. Alienta a los Estados Miembros y a todos los demás interesados pertinentes, según proceda, en el contexto de una Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible renovada y reforzada, impulsada por los Gobiernos, a que redoblen sus esfuerzos por reducir para 2030 lo s costos de transacción de las remesas de los migrantes a menos del 3 % y eliminar, para esa fecha, los c

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