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ONU - AG - Resolución A RES 80 159

ONU - Organización de Naciones Unidas

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Detalles

Título
ONU - AG - Resolución A RES 80 159
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año

Naciones Unidas A/RES/80/159

Asamblea General

Distr. general 19 de diciembre de 2025 25-20850 (S) 2520850

Octogésimo período de sesiones Tema 76 del programa Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos

Resolución aprobada por la Asamblea General el 15 de diciembre de 2025

[sobre la base del informe de la Sexta Comisión ( A/80/446 , párr. 10) ]

80/159. Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos

La Asamblea General , Recordando su resolución 56/83 , de 12 de diciembre de 2001, cuyo anexo contiene el texto de los artículos sobre la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos, recordando también el informe de la Comisión de Derecho Internacional sobre la labor realizada en su 53 er período de sesiones 1 , y recordando además sus resoluciones 59/35 , de 2 de diciembre de 2004, 62/61 , de 6 de diciembre de 2007, 65/19 , de 6 de diciembre de 2010, 68/104 , de 16 de diciembre de 2013, 71/133 , de 13 de diciembre de 2016, 74/180 , de 18 de diciembre de 2019, y 77/97 , de 7 de diciembre de 2022, en las que se señalan los artículos a la atención de los Gobiernos, Observando que la Comisión de Derecho Internacional decidió recomendar a la Asamblea General que tomara nota del proyecto de artículos sobre la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos en una resolución e incluyera el

los Gobiernos, Observando que la Comisión de Derecho Internacional decidió recomendar a la Asamblea General que tomara nota del proyecto de artículos sobre la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos en una resolución e incluyera el proyecto de artículos en un anexo de dicha resolución, y que estudiara en una etapa posterior, a la luz de la importancia del tema, la posibilidad de convocar una conferencia internacional de plenipotenciarios para examinar el proyecto de artículos con miras a concert ar una convención sobre el tema, Reconociendo que el 12 de diciembre de 2026 se conmemorará el 25º aniversario de la aprobación de su resolución 56/83 , cuyo anexo contiene el texto de los artículos sobre la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos, de los que se tomó nota y que fueron señalados a la atención de los Gobiernos, sin perjuicio de la cuestión de su futura aprobación o de la adopción de otro tipo de medida, según corresponda, _______________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo sexto período de sesiones, suplemento núm. 10 y corrección ( A/56/10 y A/56/10/Corr.1 ).A/RES/80/159 Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos

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Reconociendo también, a este respecto, el diálogo constructivo de los sucesivos grupos de trabajo de la Sexta Comisión, desde el sexagésimo quinto período de sesiones de la Asamblea General, acerca de la cuestión de una convención sobre la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos o la adopción de

grupos de trabajo de la Sexta Comisión, desde el sexagésimo quinto período de sesiones de la Asamblea General, acerca de la cuestión de una convención sobre la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos o la adopción de otro tipo de medida, según corresponda, sobre la base de los artículos, y todas las opiniones expresadas al respecto, que figuran en los sucesivos informes orales 2, Poniendo de relieve la importancia que siguen teniendo la codificación y el desarrollo progresivo del derecho internacional a que se hace referencia en el Artículo 13, párrafo 1 a), de la Carta de las Naciones Unidas, Observando que el tema de la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos reviste gran importancia en las relaciones entre los Estados, Observando con aprecio la compilación de las decisiones de cortes, tribunales y otros órganos internacionales que hacen referencia a los artículos, preparada por el Secretario General 3, Haciendo notar el debate de si los Estados Miembros deben examinar todas las opciones de procedimiento respecto de las posibles medidas sobre la base de los artículos, Haciendo notar también el diálogo sustantivo oficioso mantenido entre los Estados Miembros en el período transcurrido desde el septuagésimo primer período de sesiones de la Asamblea General,

1. Sigue reconociendo la importancia y utilidad de los artículos sobre la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos 4 y los señala una vez más a la atención de los Gobiernos, sin perjuicio de la cuestión de su futura aprobación o de la adopción de otro tipo de medida, según corresponda;

2. Solicita al Secretario General que invite a los Gobiernos a que sigan

vez más a la atención de los Gobiernos, sin perjuicio de la cuestión de su futura aprobación o de la adopción de otro tipo de medida, según corresponda;

2. Solicita al Secretario General que invite a los Gobiernos a que sigan presentando sus observaciones por escrito sobre las medidas futuras que deban adoptarse en relación con los artículos;

3. Toma nota de los comentarios y observaciones de los Gobiernos 5 y los debates de la Sexta Comisión durante los períodos de sesiones quincuagésimo sexto, quincuagésimo noveno, sexagésimo segundo, sexagésimo quinto, sexagésimo octavo, septuagésimo primero, septuagésimo cuarto, septuagésimo séptimo y octogésimo de la Asa mblea General sobre el tema de la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos;

4. Reconoce que hay cada vez más decisiones de cortes, tribunales y otros órganos internacionales que se refieren a los artículos;

5. Solicita al Secretario General que actualice el informe técnico en el que se enumeran en un cuadro las referencias a los artículos recogidas en la compilación de las decisiones de cortes, tribunales y otros órganos internacionales relativas a los artículos preparad a desde 2001, y solicita también al Secretario General que presente esos textos antes de su octogésimo tercer período de sesiones; _______________ 2 Véanse A/C.6/65/SR.25 , A/C.6/68/SR.28 , A/C.6/71/SR.31 , A/C.6/74/SR.34 , A/C.6/77/SR.35 y

A/C.6/80/SR.38 .

A/C.6/80/SR.38 . 3 Véanse A/62/62 , A/62/62/Corr.1 , A/62/62/Add.1 , A/65/76 , A/68/72 , A/71/80 , A/71/80/Add.1 , A/74/83 , A/77/74 y A/80/77 . 4 Resolución 56/83 , anexo. 5 Véanse A/62/63 , A/62/63/Add.1 , A/65/96 , A/65/96/Add.1 , A/68/69 , A/68/69/Add.1 , A/71/79 , A/74/156 , A/77/198 y A/80/156 .Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos A/RES/80/159

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6. Solicita también al Secretario General que actualice la compilación de las decisiones de cortes, tribunales y otros órganos internacionales relativas a los artículos y que invite a los Gobiernos a presentar información sobre su práctica a ese respecto, y le solicita además que presente esos textos con suficiente antelación a su octogésimo tercer período de sesiones;

7. Reconoce el diálogo constructivo del grupo de trabajo de la Sexta Comisión durante el octogésimo período de sesiones de la Asamblea General y alienta a todos los Estados Miembros a continuar el diálogo sustantivo de manera oficiosa durante el período anterior al oc togésimo tercer período de sesiones de la Asamblea, en particular sobre la base de la nota relativa a opciones de procedimiento proporcionada por el Secretario General en el octogésimo período de sesiones de la

Asamblea General 6;

8. Alienta a los Estados Miembros a conmemorar de manera oficiosa el 25º

proporcionada por el Secretario General en el octogésimo período de sesiones de la Asamblea General 6;

8. Alienta a los Estados Miembros a conmemorar de manera oficiosa el 25º aniversario de los artículos durante el octogésimo primer período de sesiones de la

Asamblea General;

9. Recuerda las observaciones y la información presentadas por los Gobiernos, así como los informes pertinentes del Secretario General;

10. Decide incluir en el programa provisional de su octogésimo tercer período de sesiones el tema titulado “Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos” y seguir examinando en el marco de un grupo de trabajo de la Sexta Comisión, que celebre cua tro reuniones durante días consecutivos con miras a tomar una decisión, la cuestión de una convención sobre la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos o la adopción de otro tipo de medida, según corresponda, sobre la base de los artículos.

64a sesión plenaria 15 de diciembre de 2025

_______________ 6 A/80/76 .

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