ONU - AG - Resolución A RES 80 17
ONU - Organización de Naciones Unidas
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Detalles
- Título
- ONU - AG - Resolución A RES 80 17
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- —
Naciones Unidas A/RES/80/17
Asamblea General
Distr. general 3 de diciembre de 2025 25-19807 (S) 2519807
Octogésimo período de sesiones Tema 95 del programa Creación de una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio
Resolución aprobada por la Asamblea General el 1 de diciembre de 2025
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/80/534, párr. 7)]
80/17. Creación de una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio
La Asamblea General , Recordando sus resoluciones 3263 (XXIX) , de 9 de diciembre de 1974, 3474 (XXX) , de 11 de diciembre de 1975, 31/71, de 10 de diciembre de 1976, 32/82, de 12 de diciembre de 1977, 33/64, de 14 de diciembre de 1978, 34/77, de 11 de diciembre de 1979, 35/147, de 12 de diciembre de 1980, 36/87 A y B, de 9 de diciembre de 1981, 37/75, de 9 de diciembre de 1982, 38/64, de 15 de diciembre de 1983, 39/54, de 12 de diciembre de 1984, 40/82, de 12 de diciembre de 1985, 41/48, de 3 de diciembre de 1986, 42/28, de 30 de noviembre de 1987, 43/65,
1985, 41/48, de 3 de diciembre de 1986, 42/28, de 30 de noviembre de 1987, 43/65, de 7 de diciembre de 1988, 44/108 , de 15 de diciembre de 1989, 45/52 , de 4 de diciembre de 1990, 46/30 , de 6 de diciembre de 1991, 47/48 , de 9 de diciembre de 1992, 48/71, de 16 de diciembre de 1993, 49/71, de 15 de diciembre de 1994, 50/66, de 12 de diciembre de 1995, 51/41, de 10 de diciembre de 1996, 52/34 , de 9 de diciembre de 1997, 53/74 , de 4 de diciembre de 1998, 54/51 , de 1 de diciembre de 1999, 55/30 , de 20 de noviembre de 2000, 56/21 , de 29 de noviembre de 2001, 57/55 , de 22 de noviembre de 2002, 58/34 , de 8 de diciembre de 2003, 59/63 , de 3 de diciembre de 2004, 60/52 , de 8 de diciembre de 2005, 61/56 , de 6 de diciembre de 2006, 62/18 , de 5 de diciembre de 2007, 63/38 , de 2 de diciembre de 2008, 64/26 , de 2 de diciembre de 2009, 65/42 , de 8 de diciembre de 2010, 66/25 , de 2 de diciembre de 2011, 67/28 , de 3 de diciembre de 2012, 68/27 , de 5 de diciembre de
diciembre de 2011, 67/28 , de 3 de diciembre de 2012, 68/27 , de 5 de diciembre de 2013, 69/29 , de 2 de diciembre de 2014, 70/24 , de 7 de diciembre de 2015, 71/29 , de 5 de diciembre de 2016, 72/24 , de 4 de diciembre de 2017, 73/28 , de 5 de diciembre de 2018, 74/30 , de 12 de diciembre de 2019, 75/33 , de 7 de diciembre de 2020, 76/20 , de 6 de diciembre de 2021, 77/38 , de 7 de diciembre de 2022, 78/17 , de 4 de diciembre de 2023, y 79/16 , de 2 de diciembre de 2024, relativas a la creación de una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio,A/RES/80/17 Creación de una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio
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Recordando también las recomendaciones relativas a la creación de una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio, de conformidad con los párrafos 60 a 63 y, en particular, el párrafo 63 d) del Documento Final del Décimo Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General 1, Poniendo de relieve las disposiciones básicas de las resoluciones mencionadas, en que se exhorta a todas las partes directamente interesadas a estudiar la posibilidad de adoptar las medidas prácticas y urgentes necesarias para dar efecto a la propuesta
Poniendo de relieve las disposiciones básicas de las resoluciones mencionadas, en que se exhorta a todas las partes directamente interesadas a estudiar la posibilidad de adoptar las medidas prácticas y urgentes necesarias para dar efecto a la propuesta de crear una zona libr e de armas nucleares en la región de Oriente Medio y, en espera de la creación de tal zona y en su transcurso, a declarar solemnemente que se abstendrán, en régimen de reciprocidad, de producir, adquirir o poseer de cualquier otro modo armas nucleares o di spositivos explosivos nucleares o de permitir el emplazamiento de armas nucleares en su territorio por terceros, a aceptar someter sus instalaciones nucleares a las salvaguardias del Organismo Internacional de Energía Atómica y a declarar su apoyo a la cre ación de la zona y depositar esas declaraciones en poder del Consejo de Seguridad para que sean examinadas según corresponda, Reafirmando el derecho inalienable de todos los Estados a adquirir y desarrollar la energía nuclear con fines pacíficos, Poniendo de relieve la necesidad de que se adopten medidas apropiadas respecto de la cuestión de la prohibición de los ataques militares contra instalaciones nucleares, Teniendo presente el consenso logrado en su seno desde el trigésimo quinto período de sesiones de que la creación de una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio afianzaría considerablemente la paz y la seguridad internacionales, Deseosa de utilizar ese consenso como base para alcanzar progresos considerables hacia la creación de una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio, Acogiendo con beneplácito todas las iniciativas encaminadas al logro de un
Deseosa de utilizar ese consenso como base para alcanzar progresos considerables hacia la creación de una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio, Acogiendo con beneplácito todas las iniciativas encaminadas al logro de un desarme general y completo, incluso en la región de Oriente Medio, y, en particular, las relativas a la creación en esa región de una zona libre de armas de destrucción masiva, incluidas las armas nucleares , Observando las negociaciones de paz en Oriente Medio, que deberían ser de carácter general y constituir un marco apropiado para la solución pacífica de los litigios de la región, Reconociendo la importancia de una seguridad regional fidedigna, incluida la creación de una zona libre de armas nucleares que todas las partes puedan verificar, Poniendo de relieve el papel indispensable que corresponde a las Naciones Unidas en la creación de una zona libre de armas nucleares que todas las partes puedan verificar, Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la aplicación de la resolución 79/16 2,
1. Insta a todas las partes directamente interesadas a que estudien seriamente la posibilidad de adoptar las medidas prácticas y urgentes necesarias para dar efecto a la propuesta de crear una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio de conformi dad con las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y, para promover ese objetivo, invita a los países interesados a que se adhieran al Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares 3; _______________ 1 Resolución S-10/2 . 2 A/80/130 (Part I) .
para promover ese objetivo, invita a los países interesados a que se adhieran al Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares 3; _______________ 1 Resolución S-10/2 . 2 A/80/130 (Part I) . 3 Naciones Unidas, Treaty Series , vol. 729, núm. 10485.Creación de una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio A/RES/80/17
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2. Exhorta a todos los países de la región que aún no lo hayan hecho a que, en espera de la creación de la zona, acepten someter todas sus actividades nucleares a las salvaguardias del Organismo Internacional de Energía Atómica;
3. Toma nota de la resolución GC(69)/RES/15, aprobada el 18 de septiembre de 2025 por la Conferencia General del Organismo Internacional de Energía Atómica en su 69 a reunión ordinaria, relativa a la aplicación de las salvaguardias del
Organismo en Oriente Medio;
4. Observa la importancia de las negociaciones bilaterales en curso sobre la paz en Oriente Medio y las actividades del Grupo de Trabajo Multilateral sobre Control de Armamentos y Seguridad Regional para fomentar la confianza mutua y la seguridad en Oriente Medio, l o que incluye la creación de una zona libre de armas nucleares;
5. Invita a todos los países de la región, en espera de la creación de una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio, a que declaren su apoyo a la creación de tal zona, de conformidad con el párrafo 63 d) del Documento Final del Décimo Período Ext raordinario de Sesiones de la Asamblea General, y a que
creación de tal zona, de conformidad con el párrafo 63 d) del Documento Final del Décimo Período Ext raordinario de Sesiones de la Asamblea General, y a que depositen esas declaraciones en poder del Consejo de Seguridad;
6. Invita también a esos países a que, en espera de la creación de la zona, se abstengan de desarrollar, producir, ensayar o adquirir de cualquier otro modo armas nucleares o de permitir el emplazamiento de armas nucleares o dispositivos explosivos nucleares en sus territo rios o en los territorios bajo su control;
7. Invita a los Estados poseedores de armas nucleares y a todos los demás Estados a que presten asistencia en la creación de la zona y, al mismo tiempo, a que se abstengan de adoptar cualquier medida contraria a la letra y el espíritu de la presente resolución;
8. Toma nota del informe del Secretario General sobre la aplicación de la resolución 79/16 ;
9. Invita a todas las partes a que estudien los medios que puedan contribuir al logro del objetivo del desarme general y completo y a la creación de una zona libre de armas de destrucción masiva en la región de Oriente Medio;
10. Solicita al Secretario General que siga celebrando consultas con los Estados de la región y con otros Estados interesados, conforme a lo dispuesto en el párrafo 7 de la resolución 46/30 y teniendo en cuenta la evolución de la situación en la región, y que recabe la opinión de esos Estados sobre las medidas descritas en los capítulos III y IV del estudio anexo al informe del Secretario General de 10 de octubre de 1990 4 o sobre otras medidas pertinentes, a fin de avanzar hacia la creación de una
capítulos III y IV del estudio anexo al informe del Secretario General de 10 de octubre de 1990 4 o sobre otras medidas pertinentes, a fin de avanzar hacia la creación de una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio;
11. Solicita también al Secretario General que en su octogésimo primer período de sesiones le presente un informe sobre la aplicación de la presente resolución;
12. Decide incluir en el programa provisional de su octogésimo primer período de sesiones el tema titulado “Creación de una zona libre de armas nucleares en la región de Oriente Medio”.
52a sesión plenaria 1 de diciembre de 2025
_______________ 4 A/45/435 .