ONU - AG - Resolución A RES 80 208
ONU - Organización de Naciones Unidas
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Detalles
- Título
- ONU - AG - Resolución A RES 80 208
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- —
Naciones Unidas A/RES/80/208
Asamblea General
Distr. general 22 de diciembre de 2025 25-20963 (S) 2520963
Octogésimo período de sesiones Tema 71 b) del programa Promoción y protección de los derechos humanos: cuestiones de derechos humanos, incluidos otros medios de mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales
Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2025
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión ( A/80/545 , párr. 5) ]
80/208. Promoción de un orden internacional democrático y equitativo
La Asamblea General , Recordando sus resoluciones anteriores sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo, incluida la resolución 79/168 , de 17 de diciembre de 2024, y las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 18/6 , de 29 de septiembre de 2011 1 , 33/3 , de 29 de septiembre de 2016 2 , 36/4 , de 28 de septiembre de 2017 3, 39/4 , de 27 de septiembre de 2018 4, 42/8 , de 26 de septiembre de 2019 5 , 45/4 , de 6 de octubre de 2020 6 , 48/8 , de 8 de octubre de 2021 7 , 51/11 , de 6 de octubre de 2022 8 , 54/4 , de 11 de octubre de 2023 9 , 57/7 , de 9 de
51/11 , de 6 de octubre de 2022 8 , 54/4 , de 11 de octubre de 2023 9 , 57/7 , de 9 de octubre de 2024 10, y 60/6 , de 6 octubre de 2025 11, _______________ 1 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo sexto período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/66/53/Add.1 ), cap. II. 2 Ibid ., septuagésimo primer período de sesiones, suplemento núm. 53A y corrección (A/71/53/Add.1 y A/71/53/Add.1/Corr.1 ), cap. II. 3 Ibid ., septuagésimo segundo período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/72/53/Add.1 ), cap. III. 4 Ibid ., septuagésimo tercer período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/73/53/Add.1 ), cap. III. 5 Ibid ., septuagésimo cuarto período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/74/53/Add.1 ), cap. III. 6 Ibid ., septuagésimo quinto período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/75/53/Add.1 ), cap. III. 7 Ibid ., septuagésimo sexto período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/76/53/Add.1 ), cap. III. 8 Ibid ., septuagésimo séptimo período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/77/53/Add.1 ), cap. III.
8 Ibid ., septuagésimo séptimo período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/77/53/Add.1 ), cap. III. 9 Ibid ., septuagésimo octavo período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/78/53/Add.1 ), cap. III, secc. A. 10 Ibid ., septuagésimo noveno período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/79/53/Add.1 ), cap. III, secc. A. 11 Ibid., octogésimo período de sesiones, suplemento núm. 53A (A/80/53/Add.1 ), cap. III, secc. A.A/RES/80/208 Promoción de un orden internacional democrático y equitativo
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Reafirmando el compromiso de todos los Estados de cumplir su obligación de promover el respeto universal y la observancia y la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas, de conformidad con la Carta de las Naciones Unida s, otros instrumentos relativos a los derechos humanos y el derecho internacional, Afirmando que la cooperación internacional para la promoción y la protección de todos los derechos humanos de todas las personas debe seguir aumentando de plena conformidad con los propósitos y principios de la Carta y el derecho internacional, como se establece en los Artículos 1 y 2 de la Carta, y respetando plenamente, entre otras cosas, la soberanía, la integridad territorial, la independencia política, la no utilización de la fuerza o de la amenaza del uso de la fuerza en las relaciones internacionale s y la no injerencia en los asuntos que básicamente correspondan a la jurisdicción interna de un Estado,
utilización de la fuerza o de la amenaza del uso de la fuerza en las relaciones internacionale s y la no injerencia en los asuntos que básicamente correspondan a la jurisdicción interna de un Estado, Recordando el Preámbulo de la Carta, en particular la determinación de reafirmar la fe en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, Reafirmando que toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos 12 se hagan plenamente efectivos, Reafirmando también la determinación expresada en el Preámbulo de la Carta de preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional, promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, practicar la tolerancia y las relaciones de buena vecindad y emplear un mecanismo internacional para promover el prog reso económico y social de todos los pueblos, Destacando que la responsabilidad de gestionar los problemas económicos y sociales a nivel mundial, entre ellos las pandemias y otros retos mundiales relacionados con la salud, así como las amenazas para la paz y la seguridad internacionales, debe ser compartida por las naciones del mundo y ejercida multilateralmente, y que a este respecto las Naciones Unidas deben desempeñar el papel central, por ser la organización más universal y representativa del mundo, Preocupada porque los Estados Miembros siguen abusando de la aplicación
multilateralmente, y que a este respecto las Naciones Unidas deben desempeñar el papel central, por ser la organización más universal y representativa del mundo, Preocupada porque los Estados Miembros siguen abusando de la aplicación extraterritorial de sus leyes nacionales de una manera que afecta la soberanía de otros Estados, los intereses legítimos de las entidades o personas sujetas a su jurisdicción y el pleno disfrute de los derechos humanos, Tomando en consideración los grandes cambios que se están produciendo en el ámbito internacional y la aspiración de todos los pueblos a un orden internacional basado en los principios consagrados en la Carta, como la promoción y el fomento del respeto de los derechos humanos y la s libertades fundamentales de todas las personas y el respeto del principio de la igualdad de derechos y la libre determinación de los pueblos, la paz, la democracia, la justicia, la igualdad, el estado de derecho, el pluralismo, e l desarrollo, un mejor nivel de vida y la solidaridad, Reconociendo que el fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos es esencial para conseguir plenamente los propósitos de las _______________ 12 Resolución 217 A (III) .Promoción de un orden internacional democrático y equitativo A/RES/80/208
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Naciones Unidas, incluidas la promoción y la protección efectivas de todos los derechos humanos de todas las personas, Tomando en consideración que, según la Declaración Universal de Derechos Humanos, todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en la Declaración, sin
Tomando en consideración que, según la Declaración Universal de Derechos Humanos, todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en la Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición, Reafirmando que la democracia, el desarrollo y el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales son conceptos interdependientes que se refuerzan mutuamente y que la democracia se basa en la voluntad del pueblo, libremente expresada, para determina r su propio régimen político, económico, social y cultural y en su plena participación en todos los aspectos de la vida, como se recoge en la Declaración y el Programa de Acción de Viena 13, Reconociendo que la promoción y la protección de los derechos humanos deben basarse en el principio de cooperación y auténtico diálogo y que su objetivo debe ser fortalecer la capacidad de los Estados Miembros para cumplir sus obligaciones en materia de derechos humano s en beneficio de todas las personas, Poniendo de relieve que la democracia no es solo un concepto político, sino que también tiene dimensiones económicas y sociales, Reconociendo que la democracia, el respeto de todos los derechos humanos, incluido el derecho al desarrollo, una gobernanza y una administración transparentes y que rindan cuentas en todos los sectores de la sociedad y la participación efectiva de la sociedad civil son parte esencial de los fundamentos necesarios para lograr un desarrollo sostenible centrado en la sociedad y en las personas, Observando con preocupación que el racismo, la discriminación racial, la
de la sociedad civil son parte esencial de los fundamentos necesarios para lograr un desarrollo sostenible centrado en la sociedad y en las personas, Observando con preocupación que el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia pueden verse agravados, entre otras cosas, por la distribución desigual de la riqueza, la marginación y la exclusión social, Reafirmando que el diálogo entre religiones, culturas y civilizaciones podría contribuir en gran medida a fortalecer la cooperación internacional a todos los niveles, Subrayando que es imprescindible que la comunidad internacional vele por que la globalización se convierta en una fuerza positiva para todos los pueblos del mundo y que solo con una acción amplia y sostenida, basada en nuestra humanidad común en toda su diversidad, p odrá lograrse que la globalización sea plenamente inclusiva y equitativa, Profundamente preocupada porque las actuales crisis mundiales de la economía, las finanzas, la energía y los alimentos, que obedecen a una combinación de varios factores importantes, incluidos los macroeconómicos y de otro tipo, como la degradación ambiental, la desertificación y el cambio climático mundial, los desastres naturales y la falta de recursos financieros y de la tecnología necesaria para hacer frente a sus efectos negativos en los países en desarrollo, particularmente en los países menos adelan tados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, configuran un panorama mundial que pone en peligro el disfrute adecuado de todos los derechos humanos y aumenta las disparidades entre los países desarrollados y los países en desarrollo, Acogiendo con beneplácito la celebración de la Cuarta Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, que tuvo lugar del 30 de junio _______________
desarrollo, Acogiendo con beneplácito la celebración de la Cuarta Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, que tuvo lugar del 30 de junio _______________ 13 A/CONF.157/24 (Part I) , cap. III.A/RES/80/208 Promoción de un orden internacional democrático y equitativo
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al 3 de julio de 2025 en Sevilla (España), y reafirmando su documento final, el Compromiso de Sevilla, que la Asamblea General hizo suyo en su resolución 79/323 , de 25 de agosto de 2025, y que establece un marco mundial renovado de financiación para el desarrollo, sobre la base de la Agenda de Acción de Addis Abeba 14, de 2015, con el propósito de subsanar de forma urgente el déficit de financiación anual, estimado en 4 billones de dólares de los Estados Unidos 15, catalizar inversiones en desarrollo sostenible a escala en los países en desarrollo y continuar la reforma de la arquitectura financiera internacional mediante un sólido y continuo compromiso con el multilateralismo, la cooperación internacional y la sol idaridad mundial, Reafirmando su adhesión a la cooperación internacional y al multilateralismo y su firme apoyo al papel central del sistema de las Naciones Unidas, reconociendo la función rectora clave de la Organización Mundial de la Salud en la respuesta mundial a las pandemias, y reconociendo también que un orden internacional democrático y equitativo fomenta la capacidad de todos los países para responder a pandemias y otros retos mundiales y recuperarse tras ellos, Poniendo de relieve que un enfoque multilateral, basado en un orden internacional democrático y equitativo, fomenta la capacidad de todos los países, en
otros retos mundiales y recuperarse tras ellos, Poniendo de relieve que un enfoque multilateral, basado en un orden internacional democrático y equitativo, fomenta la capacidad de todos los países, en particular de los países en desarrollo, para tener un acceso equitativo a las vacunas y a otros medios para responder a las pandemias y recuperarse de ellas, Reconociendo que un orden democrático y equitativo requiere la reforma de las instituciones financieras internacionales, a fin de ampliar y reforzar el nivel de participación de los países en desarrollo en el proceso decisorio internacional, y un sistema financiero má s transparente y abierto, así como medidas adecuadas contra los flujos financieros ilícitos, como el fraude fiscal, la evasión de impuestos, la fuga ilegal de capitales, el blanqueo de dinero y el producto de la corrupción, y para mejorar la transparencia fiscal en todo el mundo, Reconociendo también que erradicar la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, en beneficio de todos es uno de los elementos decisivos en la promoción de un orden internacional democrático y equitativo y el mayor desafío a que se enfrenta el mun do y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible, Destacando que las acciones encaminadas a lograr que la globalización sea plenamente inclusiva y equitativa deben incluir políticas y medidas de alcance mundial que se ajusten a las necesidades de los países en desarrollo y los países con economías en transición y s e formulen y apliquen con su participación efectiva, Destacando también la necesidad de que los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados, los países en desarrollo sin litoral y los pequeños Estados insulares en desarrollo, reciban financiación adecuada, transferencias de
Destacando también la necesidad de que los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados, los países en desarrollo sin litoral y los pequeños Estados insulares en desarrollo, reciban financiación adecuada, transferencias de tecnología y capacitación, incl uso para apoyar sus esfuerzos por adaptarse al cambio climático, Habiendo escuchado a los pueblos del mundo y reconociendo su aspiración a la justicia, a la igualdad de oportunidades para todos, al disfrute de sus derechos humanos, incluido el derecho al desarrollo, a vivir en paz y libertad y a participar en igualdad de condiciones y si n discriminación en la vida económica, social, cultural, civil y política, Recordando las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1, relativa a la construcción institucional del Consejo, y 5/2, relativa al Código de Conducta para _______________ 14 Resolución 69/313 , anexo. 15 Financing for Sustainable Development Report 2024 (publicación de las Naciones Unidas, 2024), figura I.1.Promoción de un orden internacional democrático y equitativo A/RES/80/208
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los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, ambas de 18 de junio de 2007 16, y destacando que todos los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de conformidad con esas resoluciones y sus anexos, Poniendo de relieve la importancia de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 17 a fin de promover un orden internacional democrático y equitativo, Resuelta a tomar todas las medidas a su alcance para lograr un orden internacional democrático y equitativo,
1. Afirma que toda persona tiene derecho a un orden internacional
Sostenible 17 a fin de promover un orden internacional democrático y equitativo, Resuelta a tomar todas las medidas a su alcance para lograr un orden internacional democrático y equitativo,
1. Afirma que toda persona tiene derecho a un orden internacional democrático y equitativo;
2. Afirma también que un orden internacional democrático y equitativo fomenta la plena realización de todos los derechos humanos de todas las personas;
3. Toma nota del informe del Experto Independiente sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo 18;
4. Exhorta a todos los Estados Miembros a que cumplan el compromiso expresado en Durban (Sudáfrica) durante la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia de ampliar al máximo los beneficios de l a globalización, entre otras cosas mediante el fortalecimiento y el mejoramiento de la cooperación internacional para promover la igualdad de oportunidades para el comercio, el crecimiento económico y el desarrollo sostenible, las comunicaciones mundiales gracias al empleo de nuevas tecnologías y el incremento de los intercambios interculturales mediante la preservación y la promoción de la diversidad cultural 19, y reitera que solo con una acción amplia y sostenida para crear un futuro común, basado en nuestra humanidad común y en toda su diversidad, podrá lograrse que la globalización sea plenamente inclusiva y equitativa;
5. Reafirma que la democracia incluye el respeto de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas y es un valor universal que se basa en la voluntad del pueblo, libremente expresada, para determinar su propio régimen político, económ ico, social y cultural y en su plena participación en todos los
humanos y las libertades fundamentales de todas las personas y es un valor universal que se basa en la voluntad del pueblo, libremente expresada, para determinar su propio régimen político, económ ico, social y cultural y en su plena participación en todos los aspectos de la vida, y pone de relieve una vez más la necesidad del respeto y la aplicación universales del estado de derecho tanto en el plano nacional como en el internacional;
6. Afirma que un orden internacional democrático y equitativo requiere, entre otras cosas, la realización de lo siguiente: a) El derecho de todos los pueblos a la libre determinación, en virtud del cual puedan determinar libremente su condición política y procurar libremente su desarrollo económico, social y cultural; b) El derecho de los pueblos y las naciones a la soberanía permanente sobre sus riquezas y recursos naturales; c) El derecho de todo ser humano y de todos los pueblos al desarrollo; d) El derecho de todos los pueblos a la paz; _______________ 16 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo segundo período de sesiones, suplemento núm. 53 (A/62/53 ), cap. IV, secc. A. 17 Resolución 70/1 . 18 Véase A/80/279 . 19 Véanse A/CONF.189/12 y A/CONF.189/12/Corr.1 , cap. I.A/RES/80/208 Promoción de un orden internacional democrático y equitativo
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e) El derecho a un orden económico internacional basado en la participación igualitaria en el proceso decisorio, la interdependencia, el interés mutuo, la solidaridad y la cooperación entre todos los Estados;
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e) El derecho a un orden económico internacional basado en la participación igualitaria en el proceso decisorio, la interdependencia, el interés mutuo, la solidaridad y la cooperación entre todos los Estados; f) La solidaridad internacional como derecho de los pueblos y de las personas; g) La promoción y consolidación de instituciones internacionales transparentes, democráticas, justas y que rindan cuentas en todos los ámbitos de la cooperación, en particular mediante la aplicación del principio de la participación plena e igualitaria en su s respectivos mecanismos decisorios; h) El derecho a la participación equitativa de todos, sin discriminación alguna, en las decisiones nacionales y mundiales; i) El principio de la representación regional y de género equitativa en la composición del personal del sistema de las Naciones Unidas; j) La promoción de un orden internacional de la información y las comunicaciones libre, justo, eficaz y equilibrado, basado en la cooperación internacional, para el establecimiento de un nuevo equilibrio y una mayor reciprocidad en el flujo internacional de información, en particular corrigiendo las desigualdades en el flujo de información hacia y desde los países en desarrollo; k) El respeto de la diversidad cultural y los derechos culturales de todos, puesto que ello aumenta el pluralismo cultural, contribuye a un intercambio más amplio de conocimientos y a una mayor comprensión de los contextos culturales, promueve el ejercicio y el disfrute de los derechos humanos universalmente aceptados en todo el mundo y fomenta relaciones de amistad estables entre los pueblos y naciones del mundo; l) El derecho de todas las personas y todos los pueblos a un medio ambiente
promueve el ejercicio y el disfrute de los derechos humanos universalmente aceptados en todo el mundo y fomenta relaciones de amistad estables entre los pueblos y naciones del mundo; l) El derecho de todas las personas y todos los pueblos a un medio ambiente saludable y a una cooperación internacional más intensa que responda eficazmente a las necesidades de asistencia de los países en sus esfuerzos por adaptarse al cambio climático, part icularmente los países en desarrollo, y que promueva el cumplimiento de los acuerdos internacionales en el ámbito de la mitigación; m) La promoción del acceso equitativo a los beneficios de la distribución internacional de la riqueza mediante una mayor cooperación internacional, particularmente en las relaciones económicas, comerciales y financieras internacionales; n) El disfrute por todos de la propiedad del patrimonio común de la humanidad en relación con el derecho de acceso público a la cultura; o) La responsabilidad compartida entre las naciones del mundo, que debe ejercerse multilateralmente, de gestionar el desarrollo económico y social a nivel mundial, lo que supone también hacer frente a las pandemias y a otros retos mundiales relacionados con la salud, así como a las amenazas para la paz y la seguridad internacionales;
7. Destaca la importancia de preservar la riqueza y diversidad de la comunidad internacional de naciones y pueblos, así como el respeto de las particularidades nacionales y regionales y de los distintos contextos históricos, culturales y religiosos, para intensificar la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos;
8. Destaca también que todos los derechos humanos son universales, indivisibles, interdependientes y están relacionados entre sí y que la comunidad
culturales y religiosos, para intensificar la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos;
8. Destaca también que todos los derechos humanos son universales, indivisibles, interdependientes y están relacionados entre sí y que la comunidad internacional debe tratar los derechos humanos en forma global, de manera justa yPromoción de un orden internacional democrático y equitativo A/RES/80/208
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equitativa, en pie de igualdad y con la misma atención, y reafirma que, aunque ha de tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y regionales y de los distintos contextos históricos, culturales y religiosos, los Estados tienen el de ber, sean cuales sean sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas;
9. Reafirma , entre otros principios, la igualdad soberana de los Estados, la no intervención y la no injerencia en los asuntos internos;
10. Insta a todas las instancias del ámbito internacional a que establezcan un orden internacional basado en la inclusión, la justicia social, la igualdad y la equidad, la dignidad humana, la solidaridad, la comprensión mutua y la promoción y el respeto de la divers idad cultural y los derechos humanos universales, y a que repudien todas las doctrinas de exclusión basadas en el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia;
11. Reafirma que todos los Estados deben promover el establecimiento, el mantenimiento y el fortalecimiento de la paz y la seguridad internacionales y, con ese fin, deben hacer cuanto esté a su alcance para lograr el desarme general y completo
y las formas conexas de intolerancia;
11. Reafirma que todos los Estados deben promover el establecimiento, el mantenimiento y el fortalecimiento de la paz y la seguridad internacionales y, con ese fin, deben hacer cuanto esté a su alcance para lograr el desarme general y completo bajo un control internaci onal eficaz, así como asegurar que los recursos liberados mediante la aplicación de medidas efectivas de desarme se utilicen para el desarrollo integral, en particular el de los países en desarrollo;
12. Subraya que los intentos de derrocar a los Gobiernos legítimos por la fuerza alteran el orden democrático y constitucional y afectan el ejercicio legítimo del poder y el pleno disfrute de los derechos humanos, y reafirma que todo Estado tiene el derecho inalienabl e de escoger su propio sistema político, económico, social y cultural, sin injerencia de ningún tipo por parte de otros Estados;
13. Reafirma la necesidad de seguir trabajando con urgencia para establecer un nuevo orden económico internacional basado en la equidad, la igualdad soberana, la interdependencia, el interés común y la cooperación de todos los Estados, sean cuales sean sus sistemas eco nómicos y sociales, que corrija las desigualdades y repare las injusticias actuales, permita eliminar la creciente disparidad entre los países desarrollados y los países en desarrollo y garantizar a las generaciones presentes y futuras la paz y la justicia y un desarrollo económico y social que se acelere a un ritmo sostenido, de conformidad con sus resoluciones anteriores pertinentes, los programas de acción y las grandes conferencias y cumbres en las esferas económica y social y esferas cone xas;
14. Reafirma también que la comunidad internacional debe encontrar formas de eliminar los obstáculos actuales y resolver los problemas que impiden la plena
de acción y las grandes conferencias y cumbres en las esferas económica y social y esferas cone xas;
14. Reafirma también que la comunidad internacional debe encontrar formas de eliminar los obstáculos actuales y resolver los problemas que impiden la plena realización de todos los derechos humanos de todas las personas y prevenir las continuas violaciones de los derechos huma nos que se producen en todo el mundo a causa de esos problemas;
15. Insta a los Estados a que, mediante una mayor cooperación internacional, sigan esforzándose por promover un orden internacional democrático y equitativo;
16. Afirma que un orden internacional democrático y equitativo, conforme a lo dispuesto en la Carta de las Naciones Unidas, no puede alcanzarse únicamente mediante la desregulación del comercio, los mercados y los servicios financieros;
17. Solicita al Secretario General y al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que sigan proporcionando al Experto Independiente todos los recursos humanos y financieros necesarios para el cumplimiento efectivo de su mandato;A/RES/80/208 Promoción de un orden internacional democrático y equitativo
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18. Exhorta a todos los Gobiernos a que brinden su cooperación y asistencia al Experto Independiente en su tarea, le faciliten toda la información necesaria que solicite y consideren la posibilidad de responder favorablemente cuando pida visitar sus países, a fin de q ue pueda cumplir más eficazmente su mandato;
19. Solicita al Consejo de Derechos Humanos, los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los mecanismos especiales prorrogados por el
19. Solicita al Consejo de Derechos Humanos, los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los mecanismos especiales prorrogados por el Consejo y el Comité Asesor del Con sejo de Derechos Humanos que, en el marco de sus respectivos mandatos, presten la debida atención a la presente resolución y contribuyan a su aplicación;
20. Exhorta a la Oficina del Alto Comisionado a que siga ocupándose de la cuestión de la promoción de un orden internacional democrático y equitativo;
21. Solicita al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de los Estados Miembros, los órganos, organismos y componentes de las Naciones Unidas, las organizaciones intergubernamentales, en particular las instituciones de Bretton Woods, y las or ganizaciones no gubernamentales, y que le dé la mayor difusión posible;
22. Solicita al Experto Independiente que en su octogésimo primer período de sesiones le presente un informe sobre la aplicación de la presente resolución;
23. Decide seguir examinando la cuestión en su octogésimo primer período de sesiones, en relación con el tema titulado “Promoción y protección de los derechos humanos”.
69a sesión plenaria 18 de diciembre de 2025