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ONU - AG - Resolución A RES 80 219

ONU - Organización de Naciones Unidas

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Detalles

Título
ONU - AG - Resolución A RES 80 219
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año

Naciones Unidas A/RES/80/219

Asamblea General

Distr. general 22 de diciembre de 2025 25-20976 (S) 2520976

Octogésimo período de sesiones Tema 71 b) del programa Promoción y protección de los derechos humanos: cuestiones de derechos humanos, incluidos otros medios de mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales

Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2025

[sobre la base del informe de la Tercera Comisión ( A/80/545 , párr. 5) ]

80/219. Centro de las Naciones Unidas de Capacitación y Documentación sobre Derechos Humanos para Asia Sudoccidental y la Región Árabe

La Asamblea General , Guiada por los principios fundamentales y universales consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, Recordando la Declaración y el Programa de Acción de Viena de 1993 2, en los que se reiteró la necesidad de que se estudiara la posibilidad de establecer, donde aún no existiesen, acuerdos regionales y subregionales para la promoción y protección de los derechos humanos, Recordando también sus resoluciones 32/127 , de 16 de diciembre de 1977, y 51/102 , de 12 de diciembre de 1996, y todas sus resoluciones posteriores relativas a los arreglos regionales para la promoción y protección de los derechos humanos, Recordando además sus resoluciones 60/153 , de 16 de diciembre de 2005,

los arreglos regionales para la promoción y protección de los derechos humanos, Recordando además sus resoluciones 60/153 , de 16 de diciembre de 2005, 67/162 , de 20 de diciembre de 2012, 68/241 , de 27 de diciembre de 2013, 69/171 , de 18 de diciembre de 2014, 70/171 , de 17 de diciembre de 2015, 72/166 , de 19 de diciembre de 2017, 74/163 , de 18 de diciembre de 2019, 76/155 , de 16 de diciembre de 2021, y 78/209 , de 19 de diciembre de 2023, relativas al Centro de las Naciones Unidas de Capacitación y Documentación sobre Derechos Humanos para Asia Sudoccidental y la Región Árabe, _______________ 1 Resolución 217 A (III) . 2 A/CONF.157/24 (Part I) , cap. III.A/RES/80/219 Centro de las Naciones Unidas de Capacitación y Documentación sobre Derechos Humanos para Asia Sudoccidental y la Región Árabe

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Recordando la resolución 1993/51 de la Comisión de Derechos Humanos, de 9 de marzo de 1993 3, y todas sus resoluciones posteriores relativas a los arreglos regionales para la promoción y protección de los derechos humanos, Reafirmando que la cooperación regional desempeña un papel fundamental en la promoción y protección de los derechos humanos y debería reforzar los derechos humanos universales enunciados en los instrumentos internacionales de derechos humanos, y su protección, Reconociendo que el Centro ha realizado progresos notables en la promoción y

la promoción y protección de los derechos humanos y debería reforzar los derechos humanos universales enunciados en los instrumentos internacionales de derechos humanos, y su protección, Reconociendo que el Centro ha realizado progresos notables en la promoción y defensa de los derechos humanos en la región y que seguirá reforzando su eficacia y eficiencia en la respuesta a las necesidades existentes y nuevas y mejorando sus actividades de creación de capacidad y asistencia técnica, también en los países en situaciones de conflicto y posteriores a un conflicto, Reconociendo también que la labor del Centro sigue siendo pertinente para las necesidades de la región, lo que queda demostrado por el hecho de que ha recibido sistemáticamente y de manera creciente solicitudes de apoyo y cooperación por parte de múltiples y diversos asociado s, Teniendo presente la magnitud y diversidad de las necesidades en materia de derechos humanos que existen en Asia Sudoccidental y la región árabe, y teniendo en cuenta la necesidad del Centro de contar con una financiación apropiada y sostenible para desempeñar plenamente s u importante función y su papel fundamental en la región,

1. Acoge con beneplácito el informe del Secretario General 4;

2. Observa con aprecio la eficaz asistencia a los Estados Miembros que el Centro de las Naciones Unidas de Capacitación y Documentación sobre Derechos Humanos para Asia Sudoccidental y la Región Árabe ha prestado mediante actividades de creación de capacidad en materia de derec hos humanos, programas de asistencia técnica y de capacitación sobre los derechos humanos y los medios de comunicación, y la educación en materia de derechos humanos, con énfasis en la juventud, así como el apoyo a las instituciones nacionales de derechos humanos y las

asistencia técnica y de capacitación sobre los derechos humanos y los medios de comunicación, y la educación en materia de derechos humanos, con énfasis en la juventud, así como el apoyo a las instituciones nacionales de derechos humanos y las organizaciones de la sociedad civil en varios temas de derechos humanos, y observa que el Centro también ha organizado actividades de creación de capacidad en el ámbito de los derechos civiles y políticos, así como los derechos económicos, sociales y culturales, la lucha contra el discurso de odio y la incitación a la discriminación, la lucha contra la discriminación de género y la prevención del extremismo violento;

3. Observa con aprecio también que el Centro ha adaptado su metodología a los problemas derivados de la crisis de liquidez que viene afectando a las Naciones Unidas, lo que le ha permitido seguir ejecutando su plan de trabajo anual, mediante la organización de actividades en línea y re uniendo a participantes de la mayoría de los países abarcados por su mandato;

4. Acoge con beneplácito los esfuerzos del Centro por reforzar aún más el componente de documentación de su mandato, por medios como la creación de una dependencia de gestión del conocimiento, y en particular la mayor producción y difusión de material de consulta sobre los derech os humanos en árabe y otros idiomas, con lo que consiguió ampliar su alcance a un número creciente de beneficiarios, entre ellos, a las mujeres y los jóvenes; _______________ 3 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1993, suplemento núm. 3 y correcciones (E/1993/23, E/1993/23/Corr.1 y E/1993/23/Corr.3 ), cap. II, secc. A.

correcciones (E/1993/23, E/1993/23/Corr.1 y E/1993/23/Corr.3 ), cap. II, secc. A. 4 A/80/305 .Centro de las Naciones Unidas de Capacitación y Documentación sobre Derechos Humanos para Asia Sudoccidental y la Región Árabe A/RES/80/219

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5. Acoge con beneplácito también la creación por el Centro de una dependencia de educación sobre los derechos humanos, con mayor énfasis en la juventud, centrada en la ejecución de la cuarta fase (2020 -2024) y la quinta fase (2025 -2029) del Programa Mundial para la Educación en Derechos Humanos, y para impartir sus emblemáticos programas anuales de educación y capacitación en toda la región y seguir elaborando programas especializados de educación y capacitación que atiendan a las solicitudes de las instit uciones estatales, las organizaciones regionales, las instituciones nacionales de derechos humanos y las organizaciones de la sociedad civil, así como actividades de gestión de conocimientos y de documentación, y hace notar su petición de recursos voluntar ios adicionales para poder lograrlo;

6. Acoge con beneplácito además el trabajo realizado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a fin de mejorar la capacidad del Centro para desempeñar su mandato y responder a las crecientes necesidades de la región, convirtiéndolo en un centr o de excelencia en el ámbito de la educación, la capacitación, la gestión del conocimiento y la documentación en materia de derechos humanos para todas las partes interesadas pertinentes de la región;

7. Subraya la función del Centro como fuente de conocimientos

la educación, la capacitación, la gestión del conocimiento y la documentación en materia de derechos humanos para todas las partes interesadas pertinentes de la región;

7. Subraya la función del Centro como fuente de conocimientos especializados a nivel regional y la necesidad de atender un número cada vez mayor de solicitudes en relación con la educación y la capacitación, la gestión del conocimiento y la documentación en materia de derechos humanos, en árabe y otros idiomas;

8. Observa que la creciente demanda de servicios del Centro por parte de los Estados Miembros y otros interesados pone de manifiesto el reconocimiento cada vez mayor de su función y sus efectos en el fortalecimiento de las capacidades de derechos humanos en la regió n;

9. Alienta al Centro a que siga manteniendo una colaboración continua con otras oficinas regionales de las Naciones Unidas para fortalecer su labor;

10. Alienta a los Estados Miembros a que aporten contribuciones voluntarias para apoyar al Centro en el cumplimiento de su mandato;

11. Solicita al Secretario General que, en su octogésimo segundo período de sesiones le presente un informe, con arreglo a las normas y los procedimientos vigentes, sobre la aplicación de la presente resolución que incluya recomendaciones específicas a fin de reforzar la capacidad y eficacia del Centro para cumplir las actividades de su mandato.

69a sesión plenaria 18 de diciembre de 2025

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