ONU - AG - Resolución A RES 80 305 de 2026
Detalles
- Título
- ONU - AG - Resolución A RES 80 305 de 2026
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2026
Naciones Unidas A/RES/80/305
Asamblea General
Distr. general 4 de septiembre de 2026 26-12926 (S) 2612926
Octogésimo período de sesiones Tema 25 del programa Desarrollo social
Resolución aprobada por la Asamblea General el 2 de septiembre de 2026
[sin remisión previa a una Comisión Principal ( A/80/L.110 )]
80/305. Acceso a tecnología de apoyo
La Asamblea General , Reafirmando la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 1 y el compromiso asumido en ella de lograr el desarrollo sostenible en sus tres dimensiones —económica, social y ambiental — de forma equilibrada e integrada, así como el Compromiso de Sevilla, aprobado en la Cuarta Conferencia Internacional sobre la Financ iación para el Desarrollo 2, Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos 3, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 4, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 5 y todas las demás obligaciones pertinentes de los Estados, Recordando también sus resoluciones 80/197 , de 17 de diciembre de 2025, relativa a la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, 78/4 , de 5 de octubre de 2023, relativa a la declaración política de la reunión de alto nivel sobre la cobertura sanitaria universal, y 75/131 , de 14 de diciembre de 2020, relativa al Decenio de las Naciones Unidas del Envejecimiento
reunión de alto nivel sobre la cobertura sanitaria universal, y 75/131 , de 14 de diciembre de 2020, relativa al Decenio de las Naciones Unidas del Envejecimiento Saludable (2021 -2030), la Declaración Política y el Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento (2002) 6, y la resolución 71.8 de la Asamblea Mundial _______________ 1 Resolución 70/1 . 2 Resolución 79/323 , anexo. 3 Resolución 217 A (III) . 4 Véase la resolución 2200 A (XXI) , anexo. 5 Naciones Unidas, Treaty Series , vol. 2515, núm. 44910. 6 Informe de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, Madrid, 8 a 12 de abril de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta S.02.IV.4), cap. I, resolución 1, anexos I y II.A/RES/80/305 Acceso a tecnología de apoyo
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de la Salud, de 26 de mayo de 2018, relativa a la mejora del acceso a la tecnología de apoyo 7, Reafirmando las obligaciones de los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de emprender o promover la investigación y el desarrollo, y promover la disponibilidad y el uso, de nuevas tecnologías, incluidas tecnologías de la información y las comunicaciones, ayudas para la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo adecuadas para las personas con discapacidad, dando prioridad a las de costo asequible, y proporcionar información
tecnologías de la información y las comunicaciones, ayudas para la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo adecuadas para las personas con discapacidad, dando prioridad a las de costo asequible, y proporcionar información que sea accesible para las personas con discapacidad sobre ayudas a la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo, incluidas nuevas tecnologías, así como otras formas de asistencia y servicios e instalaciones de apoyo, y tomando nota a este respecto de la labor y las actividade s del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y de la Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad, Tomando nota del Informe mundial sobre la tecnología de apoyo (2022), de la Organización Mundial de la Salud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Reconociendo que en la actualidad 2.500 millones de personas, incluidos niños, adultos, personas de edad, personas con discapacidad y personas con problemas de salud, incluidas enfermedades transmisibles y no transmisibles, necesitan tecnología de apoyo y que existe u na desigualdad considerable en los países y entre ellos, ya que tan solo un 3 % tiene acceso a ella en algunos entornos debido a la persistencia de barreras, incluidas barreras físicas, ambientales y actitudinales, Reconociendo también que mejorar el acceso a la tecnología de apoyo para todas las personas que se benefician de ella contribuiría a la consecución de la Agenda 2030 y a garantizar que no se deje a nadie atrás, y observando que la inclusión y participación plena y efectiva de las personas que se benefician de la tecnología de ayuda, incluidas las personas con discapacidad, las personas de edad y las personas
y a garantizar que no se deje a nadie atrás, y observando que la inclusión y participación plena y efectiva de las personas que se benefician de la tecnología de ayuda, incluidas las personas con discapacidad, las personas de edad y las personas con problemas de salud, es crucial para crear sociedades inclusivas, Reconociendo además que la tecnología de apoyo ha demostrado su potencial para reforzar el cumplimiento de los derechos humanos y que puede crear condiciones propicias para que todas las personas que se benefician de la tecnología de apoyo, incluidas las personas con discapa cidad, gocen plenamente de sus derechos humanos y puede contribuir a su empoderamiento, a que vivan de forma independiente en la comunidad y a que participen de manera plena, efectiva y significativa en la sociedad y el lugar de trabajo, Observando que la tecnología de apoyo incluye productos de apoyo que mantienen o mejoran el funcionamiento físico, sensorial, cognitivo, comunicativo y cotidiano de todas las personas que se benefician de la tecnología de apoyo, y que para apoyar su provisión pueden ser necesarios sistemas, políticas y servicios conexos, incluido personal con capacitación al respecto, y reconociendo la necesidad de mejorar los sistemas de tecnología de apoyo desarrollando y reforzando sus cinco componentes —atención centrada en las p ersonas, productos, provisión, personal y políticas — y, cuando sea posible, integrando la tecnología de apoyo en los servicios y sistemas de salud, educativos y sociales, Expresando preocupación por la persistencia de las barreras para acceder a la tecnología de apoyo, incluida la falta de conciencia, de asequibilidad debido a los elevados costos y de personal con capacitación adecuada, el limitado acceso físico y
Expresando preocupación por la persistencia de las barreras para acceder a la tecnología de apoyo, incluida la falta de conciencia, de asequibilidad debido a los elevados costos y de personal con capacitación adecuada, el limitado acceso físico y geográfico a los servicios, la i nsuficiente variedad, calidad, idoneidad, conservación o mantenimiento de los productos, los problemas de adquisición y suministro, la _______________ 7 Véase Organización Mundial de la Salud, documento WHA71/2018/REC/1.Acceso a tecnología de apoyo A/RES/80/305
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disparidad en el acceso a la tecnología digital y en su uso, y la inadecuación de las políticas, del acceso a la tecnología y de la financiación, Preocupada por la asequibilidad del acceso a la tecnología de apoyo y la inequidad en el acceso a productos de apoyo en los países y entre ellos, así como las dificultades económicas que provocan los elevados precios, que obstaculizan los progresos hacia el logro de l acceso universal a la atención de la salud, Reconociendo que, si bien los Gobiernos son los principales responsables de la provisión de tecnología de apoyo para atender las necesidades de su propia población, podría necesitarse financiación externa complementaria de todas las fuentes para la tecnología de apoyo a fin de contribuir al fortalecimiento de los sistemas de tecnología de apoyo de muchos países, al menos a corto y mediano plazo,
1. Destaca la necesidad de redoblar los esfuerzos para establecer y reforzar un acceso a la tecnología de apoyo que sea sostenible y centrado en las personas en todos los ámbitos, centrándose en particular en las necesidades de las personas más
1. Destaca la necesidad de redoblar los esfuerzos para establecer y reforzar un acceso a la tecnología de apoyo que sea sostenible y centrado en las personas en todos los ámbitos, centrándose en particular en las necesidades de las personas más pobres y a las que es más difícil llegar, teniendo en cuenta la necesidad de productos y modelos de provisión de calidad y asequibles, personal adecuado con competencias específicas, coherencia en las políticas y mecanismos de financiación;
2. Insta a los Estados Miembros a que garanticen el acceso a la tecnología de apoyo y a que movilicen los recursos y el apoyo necesarios a ese respecto, velando por aplicar un enfoque global, con base empírica, multisectorial e integrado, en particular mediante es trategias y planes de acción nacionales coordinados, que involucre a los sectores de la salud, la educación, el trabajo y la protección social y otros sectores pertinentes;
3. Exhorta a los Estados Miembros a que creen un entorno propicio, en particular mediante la cooperación internacional, y a que elaboren y revisen periódicamente una lista nacional de productos de apoyo esenciales o prioritarios según las necesidades de la población y los recursos disponibles, y apoyen programas nacionales de investigación e innovación en materia de tecnología de apoyo, subrayando la importancia de elaborar enfoques eficientes e innovadores;
4. Alienta a los Estados Miembros a que implementen sistemas de recopilación de datos desglosados, incluso sobre la necesidad, el acceso y el suministro de tecnología de apoyo, para comprender las lagunas y las tendencias;
5. Alienta también a los Estados Miembros a que garanticen la participación
recopilación de datos desglosados, incluso sobre la necesidad, el acceso y el suministro de tecnología de apoyo, para comprender las lagunas y las tendencias;
5. Alienta también a los Estados Miembros a que garanticen la participación plena, efectiva y significativa de las personas que usan la tecnología de apoyo y se benefician de ella y las organizaciones de personas con discapacidad y de personas de edad en todas las fases de la formulación de políticas y la adopción de decisiones en el proceso de fortalecimiento de las políticas y los programas de tecnología de apoyo;
6. Exhorta a los Estados a que incluyan sistemáticamente el acceso a la tecnología de apoyo en la respuesta y los planes de preparación humanitarios, incluso para los conflictos armados y los desastres debidos a amenazas naturales o de origen humano, y en la prepara ción para emergencias y la respuesta a ellas, reforzando las capacidades en materia de tecnología de apoyo antes de las emergencias humanitarias a nivel nacional, regional e internacional, en consonancia con los contextos y prioridades nacionales;
7. Invita a las entidades de las Naciones Unidas a que ayuden a los Estados que lo soliciten a reforzar el acceso a la tecnología de apoyo para todas las personas que se benefician de ella y a que coordinen las acciones dentro del sistema de las Naciones Unidas en apoyo de los esfuerzos mundiales para lograr el acceso universal a la tecnología de apoyo;A/RES/80/305 Acceso a tecnología de apoyo
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8. Exhorta a los Estados Miembros, las instituciones financieras internacionales, los donantes y los asociados para el desarrollo a que proporcionen asistencia técnica y económica a través de la cooperación internacional para apoyar
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8. Exhorta a los Estados Miembros, las instituciones financieras internacionales, los donantes y los asociados para el desarrollo a que proporcionen asistencia técnica y económica a través de la cooperación internacional para apoyar los esfuerzos nacionales dirigido s a incrementar el acceso a la tecnología de apoyo para el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible para 2030 y no dejar a nadie atrás;
9. Solicita al Secretario General que, con los recursos disponibles, en estrecha colaboración con las entidades competentes de las Naciones Unidas y en consulta con las partes interesadas pertinentes, adopte las medidas necesarias para coordinar eficazmente y hacer u n seguimiento de la aplicación de la presente resolución.
112a sesión plenaria 2 de septiembre de 2026