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ONU - AG - Resolución A RES 80 53

ONU - Organización de Naciones Unidas

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Detalles

Título
ONU - AG - Resolución A RES 80 53
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año

Naciones Unidas A/RES/80/53

Asamblea General

Distr. general 5 de diciembre de 2025 25-19996 (S) 2519996

Octogésimo período de sesiones Tema 99 gg) del programa Desarme general y completo: verificación del desarme nuclear

Resolución aprobada por la Asamblea General el 1 de diciembre de 2025

[sobre la base del informe de la Primera Comisión ( A/80/534 , párr. 7) ]

80/53. Establecimiento del Grupo de Expertos Científicos y Técnicos sobre la Verificación del Desarme Nuclear

La Asamblea General , Recordando el Documento Final del Décimo Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General, primer período extraordinario de sesiones dedicado al desarme, en particular los párrafos relativos al desarme nuclear y a la verificación 1, Recordando también su resolución 62/21 , de 5 de diciembre de 2007, en la que tomó nota del informe del Grupo de Expertos Gubernamentales sobre la verificación en todos sus aspectos, incluida la función de las Naciones Unidas en la esfera de la verificación 2, así como los informes del Secretario General de 1990 3 y 1995 4, y el informe de la Comisión de Desarme en el que se exponen los principios generales de la verificación formulados en base a los enunciados en el Documento Final del Décimo Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General o añadidos a ellos 5, Recordando además su resolución 71/67 , de 5 de diciembre de 2016, en la que,

del Décimo Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General o añadidos a ellos 5, Recordando además su resolución 71/67 , de 5 de diciembre de 2016, en la que, entre otras cosas, solicitó al Secretario General que recabase las opiniones de los Estados Miembros y estableciera un grupo de expertos gubernamentales encargado de examinar el papel de la verificación en el fomento del desarme nuclear, y su resolución 74/50 , de 12 de diciembre de 2019, en la que, entre otras cosas, solicitó al Secretario General que recabara las opiniones de los Estados Miembros y estableciera un grupo de expertos gubernamentales encargado de seguir examinando las cuestiones _______________ 1 Resolución S-10/2 , párrs. 30, 31, 50, 91 y 92. 2 A/61/1028 . 3 A/45/372 y A/45/372/Corr.1 . 4 A/50/377 y A/50/377/Corr.1 . 5 A/51/182/Rev.1 .A/RES/80/53 Establecimiento del Grupo de Expertos Científicos y Técnicos sobre la Verificación del Desarme Nuclear

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relativas a la verificación del desarme nuclear, incluido, entre otras cosas, el concepto de un Grupo de Expertos Científicos y Técnicos sobre la Verificación del Desarme Nuclear, y los informes de los mencionados grupos de expertos gubernamentales 6, Recordando su resolución 78/239 , de 22 de diciembre de 2023, en la que acogió con beneplácito el informe del Grupo de Expertos Gubernamentales encargado de

Recordando su resolución 78/239 , de 22 de diciembre de 2023, en la que acogió con beneplácito el informe del Grupo de Expertos Gubernamentales encargado de seguir examinando las cuestiones relativas a la verificación del desarme nuclear 7 y, entre otras cosas, solicitó al Secretario General que recabara las opiniones de los Estados Miembros y los alentó a que siguieran trabajando en las cuestiones relacionadas con la verificación del desarme nuclear, Recordando también el informe del Secretario General en el que figuran las opiniones sustantivas de los Estados Miembros sobre el informe del Grupo de Expertos Gubernamentales encargado de seguir examinando las cuestiones relativas a la verificación del desarme nuclear 8, Acogiendo con beneplácito el informe del Secretario General presentado con arreglo a la resolución 79/240 , de 24 de diciembre de 2024, que incluye opciones para establecer un Grupo de Expertos Científicos y Técnicos sobre la Verificación del Desarme Nuclear en las Naciones Unidas 9, informe en el cual se tuvieron en cuenta las opiniones comunicadas por los Estados Miembros por escrito y en las tres reuniones oficiosas presenciales, Recordando su resolución 78/22 , de 4 de diciembre de 2023, en la que, entre otras cosas, invitó a los Estados Miembros a que perseveraran en sus esfuerzos por aplicar los avances científicos y tecnológicos a fines relacionados con el desarme, en particular la verificación del desarme, el control de armamentos y los instrumentos de no proliferación y por poner a disposición de los Estados interesados la tecnología necesaria a tal efecto, Reafirmando el compromiso compartido de impulsar el progreso en el desarme

particular la verificación del desarme, el control de armamentos y los instrumentos de no proliferación y por poner a disposición de los Estados interesados la tecnología necesaria a tal efecto, Reafirmando el compromiso compartido de impulsar el progreso en el desarme nuclear y la no proliferación y que todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas deben poder contribuir activamente a ese fin en igualdad de condiciones, Reconociendo que deben adoptarse medidas urgentes en la esfera del desarme con miras a detener y revertir la carrera de armamentos y dar el impulso necesario a los esfuerzos para lograr un desarme genuino que conduzca al desarme general y completo bajo un control inte rnacional eficaz, Recordando el compromiso inequívoco de los Estados poseedores de armas nucleares de eliminar totalmente sus arsenales nucleares con miras a lograr el desarme nuclear, objetivo al que todos los Estados Partes en el Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucle ares 10 se han adherido con arreglo a su artículo VI 11, Recordando también que todos los Estados Partes en el Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares se han comprometido a aplicar los principios de irreversibilidad, verificabilidad y transparencia en relación con el cumplimiento de las obligaciones que les incum ben en virtud del Tratado 12, _______________ 6 A/74/90 y A/78/120 . 7 A/78/120 . 8 A/79/93 . 9 A/80/93 . 10 Naciones Unidas, Treaty Series , vol. 729, núm. 10485. 11 Conferencia de las Partes de 2010 encargada del Examen del Tratado sobre la No Proliferación

9 A/80/93 . 10 Naciones Unidas, Treaty Series , vol. 729, núm. 10485. 11 Conferencia de las Partes de 2010 encargada del Examen del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares, Documento Final , vol. I ( NPT/CONF.2010/50 (Vol. I) ), primera parte, Conclusiones y recomendaciones sobre medidas de seguimiento , párr. 79. 12 Ibid ., medida 2 del plan de acción.Establecimiento del Grupo de Expertos Científicos y Técnicos sobre la Verificación del Desarme Nuclear A/RES/80/53

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Reafirmando que, dado que el proceso de desarme afecta a los intereses vitales de seguridad de todos los Estados, todos ellos deben ocuparse activamente de las medidas de desarme y limitación de armamentos y apoyarlas, pues desempeñan un papel esencial en el mantenim iento y el fortalecimiento de la seguridad internacional, Reconociendo que el factor decisivo para lograr medidas reales de desarme es la voluntad política de los Estados, en especial los Estados poseedores de armas nucleares, Reconociendo también que la credibilidad de la capacidad de verificación multilateral del desarme nuclear será determinante para garantizar el cumplimiento de los acuerdos de desarme nuclear a fin de conseguir y mantener un mundo sin armas nucleares, Subrayando que la labor de verificación del desarme nuclear no es un fin en sí misma, como tampoco es un prerrequisito ni un sustituto de los avances en el desarme nuclear, y que dicha labor debería tener como objetivo promover y facilitar el avance del desarme nucl ear, Reconociendo que, si bien la forma y las modalidades de la verificación que se

nuclear, y que dicha labor debería tener como objetivo promover y facilitar el avance del desarme nucl ear, Reconociendo que, si bien la forma y las modalidades de la verificación que se prevean en cualquier acuerdo específico entre las partes contratantes dependen de los propósitos, el alcance y la naturaleza del acuerdo y deben determinarse en función de estos, la colabor ación multilateral en materia de herramientas, tecnologías, metodologías y procedimientos que puedan contribuir aún más a la verificación del desarme nuclear puede beneficiar el objetivo a largo plazo del desarme nuclear, Convencida de que la determinación y elaboración de medidas prácticas y eficaces de verificación del desarme nuclear pueden fomentar la confianza entre los Estados Miembros en este ámbito clave para la paz y la seguridad, Convencida también de la especial importancia que reviste que los Estados puedan participar, de forma voluntaria, en los debates sobre la verificación del desarme nuclear, Reconociendo que la labor de verificación del desarme nuclear debe ajustarse a las obligaciones jurídicas internacionales aplicables en el ámbito del desarme nuclear y la no proliferación, a los requisitos nacionales de seguridad física y tecnológica y a la necesidad de proteger otra información sensible, Consciente de la función de la verificación en los acuerdos bilaterales y multilaterales vigentes de desarme, no proliferación y control de armamentos, y de la necesidad de evitar toda posible duplicación de esfuerzos para que cualquier labor posterior de verificaci ón del desarme nuclear se base en los conocimientos y capacidades científicos y técnicos acumulados, especialmente en la esfera de la verificación y las salvaguardias nucleares, teniendo presentes las competencias y el mandato, Consciente también de que ya se ha reunido gran cantidad de conocimientos y

capacidades científicos y técnicos acumulados, especialmente en la esfera de la verificación y las salvaguardias nucleares, teniendo presentes las competencias y el mandato, Consciente también de que ya se ha reunido gran cantidad de conocimientos y contribuciones positivas en el ámbito de la verificación del desarme nuclear mediante iniciativas y alianzas pasadas y en curso entre los Estados Miembros, y destacando la importancia de incorporar, según proceda, sus experiencias, conocimientos y enseñanzas extraídas en los debates multilaterales sobre el tema que se celebren en adelante en el seno de las Naciones Unidas, Observando la importancia fundamental de la educación y la creación de capacidad para el desarme a fin de hacer frente a los retos inherentes a la verificación del desarme nuclear y las cuestiones conexas, Subrayando que debe brindarse igualdad de oportunidades de representación geográfica equitativa y de participación en la educación, la formación y el desarrolloA/RES/80/53 Establecimiento del Grupo de Expertos Científicos y Técnicos sobre la Verificación del Desarme Nuclear

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de la capacidad en materia de verificación del desarme nuclear, teniendo en cuenta las necesidades especiales de los países en desarrollo interesados que soliciten participar en las iniciativas pertinentes, Observando la contribución de la sociedad civil y de las comunidades académica e investigadora a la verificación del desarme nuclear, Subrayando que en la educación, la formación y el fomento de la capacidad en la esfera de la verificación del desarme nuclear deben ofrecerse las mismas oportunidades a las mujeres y a los hombres,

1. Decide establecer el Grupo de Expertos Científicos y Técnicos sobre la

la esfera de la verificación del desarme nuclear deben ofrecerse las mismas oportunidades a las mujeres y a los hombres,

1. Decide establecer el Grupo de Expertos Científicos y Técnicos sobre la Verificación del Desarme Nuclear en las Naciones Unidas, compuesto por 21 miembros, que participarán a título personal y sin perjuicio de las posiciones nacionales en las negociaciones futura s;

2. Solicita al Secretario General que seleccione a los expertos mediante una convocatoria amplia de presentación de candidaturas por los Estados Miembros, sobre la base de su destacada competencia técnica y de una representación geográfica lo más amplia posible y teni endo debidamente en cuenta el equilibrio de género;

3. Decide que el Grupo de Expertos Científicos y Técnicos celebre cuatro períodos de sesiones de dos semanas de duración en Ginebra y Viena de enero de 2027 a septiembre de 2029;

4. Decide también que el Grupo de Expertos Científicos y Técnicos deberá tratar de alcanzar un consenso en su informe y que, cuando no pueda lograrse el consenso, cada experto tendrá derecho a incorporar su propia opinión;

5. Solicita al Grupo de Expertos Científicos y Técnicos que adopte las medidas necesarias para alcanzar los siguientes objetivos: a) Determinar y examinar las dificultades técnicas y los posibles enfoques de la verificación del desarme nuclear en lo que respecta a herramientas, técnicas, procesos y procedimientos; b) Evaluar los conocimientos sobre la verificación del desarme nuclear derivados de iniciativas pasadas y actuales sobre la verificación o ámbitos conexos; c) Facilitar la participación voluntaria de los Estados en debates técnicos sobre la verificación del desarme nuclear;

b) Evaluar los conocimientos sobre la verificación del desarme nuclear derivados de iniciativas pasadas y actuales sobre la verificación o ámbitos conexos; c) Facilitar la participación voluntaria de los Estados en debates técnicos sobre la verificación del desarme nuclear; d) Incorporar y preservar los conocimientos sobre la verificación del desarme nuclear en el sistema de las Naciones Unidas y ofrecer garantías a la comunidad internacional de que los Estados se están ocupando de la cuestión;

6. Solicita también al Grupo de Expertos Científicos y Técnicos que, en la primera reunión que celebre, apruebe su programa de trabajo teniendo en cuenta las siguientes esferas indicativas: a) Declaraciones, incluidas las declaraciones iniciales y de progreso; b) Retirada de las cabezas nucleares desplegadas; c) Desmantelamiento y almacenamiento de los componentes de las cabezas nucleares; d) Conversión de material nuclear con características clasificadas; e) Eliminación o conversión irreversible de todas las instalaciones relacionadas con las armas nucleares;Establecimiento del Grupo de Expertos Científicos y Técnicos sobre

la Verificación del Desarme Nuclear A/RES/80/53

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f) Sometimiento de materiales e instalaciones nucleares a salvaguardias internacionales, g) Verificación de la exactitud y exhaustividad de las declaraciones de referencia relativas a los materiales nucleares una vez que el Estado en cuestión declara que ya no posee armas nucleares ni dispositivos explosivos nucleares; h) Sistemas vectores de armas nucleares;

7. Solicita al Secretario General que preste, por conducto de la Oficina de Asuntos de Desarme de la Secretaría, toda la asistencia necesaria al Grupo de

h) Sistemas vectores de armas nucleares;

7. Solicita al Secretario General que preste, por conducto de la Oficina de Asuntos de Desarme de la Secretaría, toda la asistencia necesaria al Grupo de Expertos Científicos y Técnicos, lo que incluye el suministro de los documentos pertinentes;

8. Invita al Instituto de las Naciones Unidas de Investigación sobre el Desarme a prestar asistencia técnica al Grupo de Expertos Científicos y Técnicos;

9. Solicita a la Alta Representante para Asuntos de Desarme que, en su octogésimo primer período de sesiones, le ofrezca una sesión informativa sobre la aplicación de la presente resolución;

10. Solicita al Grupo de Expertos Científicos y Técnicos que, en su octogésimo cuarto período de sesiones, la informe acerca de su labor con miras a la posibilidad de adoptar una decisión sobre la prórroga de las actividades del Grupo;

11. Solicita al Secretario General que señale el informe del Grupo de Expertos Científicos y Técnicos a la atención de todos los Estados Miembros, así como a la de la Primera Comisión de la Asamblea General, la Comisión de Desarme, la Conferencia de Desarme y otras or ganizaciones pertinentes, e invita específicamente a la Conferencia de Desarme, como único foro multilateral de negociación sobre desarme de la comunidad internacional, a que reflexione acerca del informe según corresponda;

12. Decide incluir en el programa provisional de su octogésimo primer período de sesiones, un tema titulado “Grupo de Expertos Científicos y Técnicos sobre la

Verificación del Desarme Nuclear”.

52a sesión plenaria 1 de diciembre de 2025

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