ONU - AG - Resolución A RES 80 60
ONU - Organización de Naciones Unidas
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Detalles
- Título
- ONU - AG - Resolución A RES 80 60
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- —
Naciones Unidas A/RES/80/60
Asamblea General
Distr. general 5 de diciembre de 2025 25-19992 (S) 2519992
Octogésimo período de sesiones Tema 100 b) del programa Examen y aplicación del Documento de Clausura del Duodécimo Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General: Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África
Resolución aprobada por la Asamblea General el 1 de diciembre de 2025
[sobre la base del informe de la Primera Comisión ( A/80/534 , párr. 7) ]
80/60. Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África
La Asamblea General , Teniendo presentes las disposiciones del Artículo 11, párrafo 1, de la Carta de las Naciones Unidas, en el que se establece que una de sus funciones es considerar los principios generales de la cooperación en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, inclus o los principios que rigen el desarme y la limitación de armamentos, Recordando sus resoluciones 40/151 G, de 16 de diciembre de 1985, 41/60 D, de 3 de diciembre de 1986, 42/39 J, de 30 de noviembre de 1987, y 43/76 D, de 7 de diciembre de 1988, relativas al Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África, y sus resoluciones 46/36 F, de 6 de diciembre de 1991, y
diciembre de 1988, relativas al Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África, y sus resoluciones 46/36 F, de 6 de diciembre de 1991, y 47/52 G, de 9 de diciembre de 1992, relativas al desarme regional, incluidas las medidas de fomento de la confianza, Recordando también sus resoluciones posteriores relativas al Centro Regional, la más reciente de las cuales es la resolución 79/65 , de 2 de diciembre de 2024, Recordando además su resolución 77/55 , de 7 de diciembre de 2022, en la que reconoció la función de las mujeres en materia de desarme, no proliferación y control de armamentos, Reafirmando el papel que desempeña el Centro Regional en la promoción del desarme, la paz y la seguridad en el plano regional,A/RES/80/60 Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África
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Acogiendo con beneplácito la continua y cada vez más estrecha cooperación entre el Centro Regional, la Unión Africana y las organizaciones subregionales de África en el contexto de la aprobación de la Agenda 2063 por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión African a, y en particular el objetivo de silenciar las armas en África, Acogiendo con beneplácito también la labor del Centro Regional en apoyo de la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 1, en particular el Objetivo 16, relativo a la paz, la justicia y las instituciones sólidas, y la meta 16.4, relativa a la reducción de las corrientes de armas ilícitas,
relativo a la paz, la justicia y las instituciones sólidas, y la meta 16.4, relativa a la reducción de las corrientes de armas ilícitas, Recordando la decisión adoptada por el Consejo Ejecutivo de la Unión Africana en su octavo período ordinario de sesiones, celebrado en Jartum del 16 al 21 de enero de 2006 2, en la que el Consejo exhortó a los Estados miembros a hacer contribuciones voluntarias al Centro Regional para que pudiera continuar funcionando, Recordando también que el Secretario General pidió a los Estados Miembros que siguieran aportando contribuciones financieras y en especie para que el Centro Regional pudiera ejecutar plenamente su mandato y responder con más eficacia a las solicitudes de asistencia de los E stados de África,
1. Toma nota del informe del Secretario General 3;
2. Encomia al Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África por el apoyo constante que ha prestado a los Estados Miembros en la ejecución de las actividades de desarme, control de armamentos y no proliferación mediante seminarios y confer encias, formación y desarrollo de la capacidad, conocimientos técnicos y de política e información y promoción en los planos regional y nacional;
3. Acoge con beneplácito el carácter continental de las actividades emprendidas por el Centro Regional en respuesta a las necesidades cambiantes de los Estados Miembros de África y a los desafíos nuevos y emergentes de la región en las esferas del desarme, la paz y la seguridad, incluida la protección marítima;
4. Recuerda el compromiso asumido por el Centro Regional de profundizar su alianza con la Comisión de la Unión Africana en el contexto del Marco Conjunto
esferas del desarme, la paz y la seguridad, incluida la protección marítima;
4. Recuerda el compromiso asumido por el Centro Regional de profundizar su alianza con la Comisión de la Unión Africana en el contexto del Marco Conjunto de las Naciones Unidas y la Unión Africana para una Alianza Reforzada en materia de Paz y Seguridad, firmado el 1 9 de abril de 2017, así como con las organizaciones subregionales africanas, y solicita al Secretario General que siga facilitando una cooperación estrecha entre el Centro Regional y la Unión Africana, en particular en las esferas del desarme, la paz y la seguridad;
5. Acoge con beneplácito la contribución del Centro Regional al desarme, la paz y la seguridad en el continente, en particular su contribución a la implementación de la Agenda 2063, aprobada por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Africana, el objetivo de sil enciar las armas en África y su hoja de ruta maestra de medidas prácticas para silenciar las armas en África, así como su asistencia a la Comisión Africana de Energía Nuclear para la aplicación del Tratado sobre una Zona Libre de A rmas Nucleares en África (Tratado de Pelindaba) 4;
6. Acoge con beneplácito también la labor del Centro Regional para fomentar la función y la representación de las mujeres en las actividades de desarme, no proliferación y control de armamentos; _______________ 1 Véase la resolución 70/1 . 2 A/60/693 , anexo II, decisión EX.CL/Dec.263 (VIII). 3 A/79/128 . 4 A/50/426 , anexo.Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el
2 A/60/693 , anexo II, decisión EX.CL/Dec.263 (VIII). 3 A/79/128 . 4 A/50/426 , anexo.Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África A/RES/80/60
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7. Exhorta a los Estados Miembros y a otras partes interesadas bilaterales y multilaterales a que sigan ayudando al Centro Regional a prestar una asistencia adecuada a los Estados Miembros de África en materia de control de armamentos y desarme desde la perspectiva de la seguridad humana, en particular en los siguientes ámbitos del control de armamentos: la prevención del extremismo violento, la juventud y la paz y la seguridad, y las mujeres y la paz y la seguridad;
8. Observa con aprecio los logros tangibles del Centro Regional y el efecto de la asistencia que presta a los Estados de África para controlar las armas pequeñas y las armas ligeras mediante el desarrollo de la capacidad de las comisiones nacionales en materia de armas pequeñas y armas ligeras, las fuerzas de defensa y seguridad y el personal de las misiones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz, así como el apoyo prestado por el Centro a los Estados para evitar el desvío de tales armas, e n particular a grupos armados no estatales y grupos terroristas 5, y observa con aprecio también la asistencia prestada por el Centro en la aplicación de la Convención de África Central para el Control de las Armas Pequeñas y las Armas Ligeras, Sus Municiones y Todas las Piezas y Componentes que Puedan Servir para Su Fa bricación, Reparación y Ensamblaje (Convención de Kinshasa) 6, que entró en
Ligeras, Sus Municiones y Todas las Piezas y Componentes que Puedan Servir para Su Fa bricación, Reparación y Ensamblaje (Convención de Kinshasa) 6, que entró en vigor el 8 de marzo de 2017, y su apoyo sustantivo al Comité Consultivo Permanente de las Naciones Unidas sobre las Cuestiones de Seguridad en África Central para la aplicación de la Convención de la Comunidad Económica de los Estados de Áfr ica Occidental sobre las Armas Pequeñas y las Armas Ligeras, Sus Municiones y Otros Materiales Conexos y respecto de iniciativas de reforma del sector de la seguridad, y a los Estados de África Oriental sobre los programas para el control de la intermediac ión en armas pequeñas y armas ligeras, en particular la asistencia adicional prestada por el Centro a los Estados Miembros de África en la aplicación de la resolución 1540 (2004) del Consejo de Seguridad, de 28 de abril de 2004;
9. Encomia al Centro Regional por el apoyo y la asistencia prestados a los Estados de África, cuando los solicitaron, con respecto al Tratado sobre el Comercio de Armas 7 , entre otras cosas a través de la organización de seminarios y talleres subregionales y regionales;
10. Insta a todos los Estados, así como a las organizaciones y fundaciones internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, a hacer contribuciones voluntarias para que el Centro Regional pueda llevar a cabo sus programas y actividades y atender las necesidade s de los Estados de África;
11. Insta , en particular, a los Estados miembros de la Unión Africana a hacer contribuciones voluntarias al fondo fiduciario para el Centro Regional de las Naciones
actividades y atender las necesidade s de los Estados de África;
11. Insta , en particular, a los Estados miembros de la Unión Africana a hacer contribuciones voluntarias al fondo fiduciario para el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África, de conformidad con la decisión adoptada por el Consejo Ej ecutivo de la Unión Africana en Jartum en enero de 2006;
12. Solicita al Secretario General que siga proporcionando al Centro Regional el apoyo necesario para que pueda mejorar sus actividades y los resultados de estas;
13. Solicita también al Secretario General que en su octogésimo primer período de sesiones la informe sobre la aplicación de la presente resolución; _______________ 5 Resolución 2370 (2017) del Consejo de Seguridad. 6 Véase A/65/517 -S/2010/534 , anexo. 7 Naciones Unidas, Treaty Series , vol. 3013, núm. 52373.A/RES/80/60
Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África
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14. Decide incluir en el programa provisional de su octogésimo primer período de sesiones, bajo el tema titulado “Examen y aplicación del Documento de Clausura del Duodécimo Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General”, el subtema titulado “Centro Regi onal de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África”.
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