ONU - AG - Resolución A RES 80 71
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Detalles
- Título
- ONU - AG - Resolución A RES 80 71
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- —
Naciones Unidas A/RES/80/71
Asamblea General
Distr. general 5 de diciembre de 2025 25-19991 (S) 2519991
Octogésimo período de sesiones Tema 106 del programa Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre Su Destrucción
Resolución aprobada por la Asamblea General el 1 de diciembre de 2025
[sobre la base del informe de la Primera Comisión ( A/80/534 , párr. 7) ]
80/71. Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre Su Destrucción
La Asamblea General , Recordando sus resoluciones anteriores relativas a la prohibición completa y efectiva de las armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y a su destrucción, Observando con satisfacción que ha aumentado el número de adhesiones de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre Su Destrucción 1 y destacando al mismo tiempo que sigue siendo necesario lograr su universalización, Reafirmando su exhortación a todos los Estados signatarios que aún no han ratificado la Convención a hacerlo sin demora y exhortando a los Estados que no la han firmado a adherirse a ella lo antes posible a fin de contribuir al logro de la adhesión universal a la Convención, lo cual facilitará su eficacia,
ratificado la Convención a hacerlo sin demora y exhortando a los Estados que no la han firmado a adherirse a ella lo antes posible a fin de contribuir al logro de la adhesión universal a la Convención, lo cual facilitará su eficacia, Teniendo presente su exhortación a todos los Estados Partes en la Convención a participar en la aplicación de las recomendaciones de las conferencias de las Partes encargadas del examen de la Convención, incluido el intercambio de información y datos convenido en la Declara ción Final de la Tercera Conferencia de Examen de los Estados Partes en la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre Su Destrucción, que fue enmendada posteriormente por la Declaración Final de la Séptima Conferencia de Examen, y a proporcionar a la Dependencia de Apoyo a la _______________ 1 Naciones Unidas, Treaty Series , vol. 1015, núm. 14860.A/RES/80/71 Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre Su Destrucción
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Aplicación de la Convención de la Oficina de Asuntos de Desarme de la Secretaría, de conformidad con el procedimiento establecido, la información y los datos mencionados anualmente y a más tardar el 15 de abril, Acogiendo con beneplácito la reafirmación que se hizo en las Declaraciones Finales de las Conferencias de Examen Cuarta, Sexta, Séptima y Octava de que, en cualquier circunstancia, el empleo, el desarrollo, la producción y el almacenamiento
Acogiendo con beneplácito la reafirmación que se hizo en las Declaraciones Finales de las Conferencias de Examen Cuarta, Sexta, Séptima y Octava de que, en cualquier circunstancia, el empleo, el desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y t oxínicas estaban prohibidos efectivamente en virtud del artículo I de la Convención, Reconociendo la importancia de los esfuerzos que despliegan los Estados Partes a fin de aumentar la cooperación internacional, la asistencia y el intercambio más completo posible de equipo, materiales e información científica y tecnológica para la utilización de agente s bacteriológicos (biológicos) y toxinas con fines pacíficos, reconociendo también los problemas que aún hay que superar para desarrollar la cooperación internacional y reconociendo además el valor de la creación de capacidad mediante la coope ración internacional, así como del fortalecimiento de la coordinación y la coherencia de los esfuerzos de todas las organizaciones internacionales competentes, de conformidad con el Documento Final de la Novena Conferencia de Examen 2, Reafirmando la importancia de la adopción de medidas nacionales, de conformidad con los procesos constitucionales, para fortalecer la aplicación de la Convención por los Estados Partes, en consonancia con el Documento Final de la Novena Conferencia de Examen, Reafirmando también la importancia del examen de los adelantos en la esfera de la ciencia y la tecnología relacionados con la Convención, Alentando la participación equitativa de mujeres y hombres en el marco de la Convención, Recordando anteriores procesos entre períodos de sesiones llevados a cabo con arreglo a lo dispuesto en la Convención,
Alentando la participación equitativa de mujeres y hombres en el marco de la Convención, Recordando anteriores procesos entre períodos de sesiones llevados a cabo con arreglo a lo dispuesto en la Convención, Haciendo notar con satisfacción que, en las decisiones y recomendaciones del Documento Final, la Novena Conferencia de Examen reafirmó la utilidad de contar con un programa entre períodos de sesiones y decidió que los Estados Partes celebrarían reuniones anuales entre 2023 y 2026 en Gin ebra, en formato presencial de conformidad con la práctica habitual de la Convención, con una duración de tres días cada año, que la primera de esas reuniones se celebró en diciembre de 2023 y la segunda en diciembre de 2024, y que la siguiente de esas reuniones se celebraría en diciembre de 2025, Acogiendo con beneplácito que, en las decisiones y recomendaciones del Documento Final, la Novena Conferencia de Examen reafirmara que las Conferencias de Examen constituían un método eficaz de examinar la aplicación de la Convención para asegurarse de que se estuvieran cumpliendo los fines del preámbulo y las disposiciones de la Convención y la decisión anterior de que las Conferencias de Examen se celebrarían al menos cada cinco años, Haciendo notar que, en las decisiones y recomendaciones del Documento Final, la Novena Conferencia de Examen decidió que las Reuniones de los Estados Partes se encargarían de gestionar el programa entre períodos de sesiones en apoyo de la Convención, lo que incluía la ad opción de las medidas necesarias con respecto a las cuestiones presupuestarias, financieras y organizativas, con miras a garantizar la correcta ejecución del programa entre períodos de sesiones, que las Reuniones de los _______________
Convención, lo que incluía la ad opción de las medidas necesarias con respecto a las cuestiones presupuestarias, financieras y organizativas, con miras a garantizar la correcta ejecución del programa entre períodos de sesiones, que las Reuniones de los _______________ 2 BWC/CONF.IX/9 .Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre Su Destrucción A/RES/80/71
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Estados Partes también examinarían cada año los avances logrados en la universalización de la Convención, el informe anual de la Dependencia de Apoyo a la Aplicación de la Convención y, según procediera, la aplicación de las decisiones adoptadas por la Con ferencia y que la Décima Conferencia de Examen examinaría el trabajo y los resultados de esas reuniones y decidiría sobre cualquier acción ulterior, Haciendo notar también la Reunión Consultiva Oficial de los Estados Partes en la Convención sobre las Armas Biológicas, de 1972, solicitada por la Federación de Rusia en virtud del artículo V de la Convención y celebrada en el Palacio de las Naciones (Ginebra) el 26 de agosto d e 2022 y celebrada nuevamente del 5 al 9 de septiembre de 2022 en relación con las preguntas pendientes de la Federación de Rusia a los Estados Unidos de América y a Ucrania relativas al cumplimiento de sus respectivas obligaciones en virtud de la Convención en el contexto del funcionamiento de los laboratorios biológicos en Ucrania, las respuestas de Ucrania y de los Estados Unidos de América, que no se llegó a un consenso en relación con el
respectivas obligaciones en virtud de la Convención en el contexto del funcionamiento de los laboratorios biológicos en Ucrania, las respuestas de Ucrania y de los Estados Unidos de América, que no se llegó a un consenso en relación con el resultado de la Reunión Consultiva Oficial y el informe final de la Reunión Consultiva Oficial 3 , que el Consejo de Seguridad examinó el 27 de octubre de 2022 4 una denuncia 5 de la Federación de Rusia de conformidad con el artículo VI de la Convención, relativa a las preguntas pendientes de la Federación de Rusia, y una propuesta de proyecto de resolución para establecer una comisión encargada de investigar sus acusaciones con tra los Estados Unidos de América y Ucrania, que el Consejo de Seguridad adoptó medidas el 2 de noviembre de 2022 6 sobre el proyecto de resolución 7 presentado por la Federación de Rusia, que no fue aprobado, Recordando con aprecio la decisión de la Novena Conferencia de Examen 8 de que la Décima Conferencia de Examen se celebraría en Ginebra en formato presencial, de acuerdo con la práctica habitual de la Convención, a más tardar en 2027, y de que la Conferencia de Examen examinaría la aplicación de la Convención teniendo en cuen ta, entre otras cosas, los nuevos adelantos científicos y tecnológicos relacionados con la Convención, los avances logrados por los Estados Partes con respecto a la aplicación de la Convención y los avances logrados con respecto a la aplicación de las deci siones y recomendaciones acordadas en la Novena Conferencia de Examen, teniendo en cuenta, según procediera, las decisiones y recomendaciones alcanzadas en las anteriores Conferencias de Examen,
respecto a la aplicación de las deci siones y recomendaciones acordadas en la Novena Conferencia de Examen, teniendo en cuenta, según procediera, las decisiones y recomendaciones alcanzadas en las anteriores Conferencias de Examen, Recordando que en 2025 se conmemorará el 50º aniversario de la entrada en vigor de la Convención sobre las Armas Biológicas, que sigue siendo una piedra angular de las iniciativas de la comunidad internacional destinadas a prevenir el desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas biológicas y toxínicas y garantizar su destrucción,
1. Hace notar el consenso alcanzado en la Novena Conferencia de Examen de los Estados Partes en la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre Su Destrucción y exhorta a los Estados Partes en la Convención a que participen en su aplicación continuada y contribuyan activamente a ella;
2. Observa con pesar que la Novena Conferencia de Examen no pudo alcanzar un consenso sobre un proyecto de Declaración Final; _______________ 3 BWC/CONS/2022/3 . 4 Véase S/PV.9171 . 5 S/2022/796 . 6 Véase S/PV.9180 . 7 S/2022/821 . 8 Véase BWC/CONF.IX/9 .A/RES/80/71
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3. Hace notar con aprecio que, decidida a fortalecer la eficacia y a mejorar la aplicación de la Convención en todos sus aspectos, la Conferencia decidió crear un Grupo de Trabajo abierto a todos los Estados Partes;
4. Hace notar con aprecio también que el objetivo del Grupo de Trabajo es encontrar, examinar y desarrollar medidas específicas y eficaces, posiblemente también medidas jurídicamente vinculantes, y formular recomendaciones para fortalecer e institucionalizar la Convención en todos sus asp ectos que se someterán a la consideración de los Estados Partes para que actúen como corresponda, que esas medidas deberán formularse y diseñarse de tal manera que su aplicación contribuya a la cooperación internacional, l a investigación científica y el desarrollo económico y tecnológico, evitando cualquier efecto negativo, y que, en ese contexto, el Grupo de Trabajo estudiará lo siguiente: a) Medidas sobre la cooperación y asistencia internacionales en virtud del artículo X; b) Medidas sobre los adelantos científicos y tecnológicos relacionados con la Convención; c) Medidas sobre el fomento de la confianza y la transparencia; d) Medidas sobre el cumplimiento y la verificación; e) Medidas sobre la aplicación nacional de la Convención; f) Medidas sobre la asistencia, la respuesta y la preparación en virtud del artículo VII; g) Medidas sobre las disposiciones organizativas, institucionales y financieras;
5. Hace notar con satisfacción que la Novena Conferencia de Examen
f) Medidas sobre la asistencia, la respuesta y la preparación en virtud del artículo VII; g) Medidas sobre las disposiciones organizativas, institucionales y financieras;
5. Hace notar con satisfacción que la Novena Conferencia de Examen decidió preparar —con objeto de establecer — un mecanismo abierto a todos los Estados Partes para facilitar y fomentar el pleno cumplimiento del artículo X de la Convención en lo relativo a la cooperación y asistencia int ernacionales y que el Grupo de Trabajo sobre el Fortalecimiento de la Convención formularía las recomendaciones pertinentes para la creación de este mecanismo y alienta a los Estados Partes a proporcionar, al menos dos veces al año, información apropiada sobre su aplicación del artículo X y a colaborar, cuando se les solicite, y como figura en las propuestas específicas, ofreciendo asistencia o capacitación en apoyo de las medidas legislativas y otras medidas de aplicación de los Estados Partes que se requieran para garantizar el cumplimiento de la Convención;
6. Hace notar con satisfacción también que la Novena Conferencia de Examen decidió preparar —con objeto de establecer — un mecanismo para examinar y evaluar los adelantos científicos y tecnológicos relacionados con la Convención y proporcionar a los Estados Partes el asesoramiento pertinente y q ue el Grupo de Trabajo sobre el Fortalecimiento de la Convención formularía las recomendaciones pertinentes para la creación de ese mecanismo;
7. Hace notar que la decisión de la Novena Conferencia de Examen de establecer el Grupo de Trabajo sobre el Fortalecimiento de la Convención se entiende sin perjuicio del mandato del Grupo Ad Hoc establecido por la Conferencia Especial
7. Hace notar que la decisión de la Novena Conferencia de Examen de establecer el Grupo de Trabajo sobre el Fortalecimiento de la Convención se entiende sin perjuicio del mandato del Grupo Ad Hoc establecido por la Conferencia Especial de 1994 9 y que no lo sustituye, suplanta ni modifica;
8. Hace notar también que, al desempeñar su misión, el Grupo de Trabajo seguirá teniendo en cuenta, entre otras cosas y según proceda, todos los documentos _______________ 9 Véase BWC/SPCONF/1 .Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas
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acordados por los Estados Partes en el marco de la Convención, así como la labor ya realizada por los Estados Partes para fortalecer la Convención, sin perjuicio de cualquier decisión o posición;
9. Hace notar con aprecio que, reconociendo la necesidad de equilibrar la aspiración de mejorar el programa entre períodos de sesiones dentro de las limitaciones de recursos tanto financieros como humanos a las que se enfrentan los Estados Partes, la Conferencia asignó al Grupo de Trabajo 15 días para sus reuniones sustantivas y que cada año durante el período comprendido entre 2023 y 2026 el Grupo de Trabajo se reunirá en Ginebra, en formato presencial, de acuerdo con la práctica habitual de la Convención ;
10. Observa con satisfacción que, en consonancia con el párrafo 9, el Grupo de Trabajo se ha reunido hasta la fecha en seis períodos de sesiones en Ginebra, a
práctica habitual de la Convención ;
10. Observa con satisfacción que, en consonancia con el párrafo 9, el Grupo de Trabajo se ha reunido hasta la fecha en seis períodos de sesiones en Ginebra, a saber, los días 15 y 16 de marzo, del 7 al 18 de agosto y del 4 al 8 de diciembre de 2023, del 19 al 23 de agosto y del 2 al 13 de diciembre de 2024 y del 11 al 22 de agosto de 2025, respectivamente, en los que abordó los temas encomendados por la Novena Conferencia de Examen, y que está previsto que el séptimo período de sesiones del Grupo de Trabaj o se celebre en Ginebra del 8 al 12 de diciembre de 2025;
11. Hace notar que la Conferencia instó al Grupo de Trabajo a que concluyera su labor lo antes posible, preferiblemente antes de finales de 2025, que al término de su labor el Grupo de Trabajo aprobará, por consenso, un informe que incluirá conclusiones y recomendaciones con arreglo a su mandato y que el informe aprobado se someterá a los Estados Partes para que lo examinen en la Décima Conferencia de Examen, o antes en una conferencia especial si así se solicita con arreglo al procedimiento establecido po r la Tercera Conferencia de Examen 10, para decidir sobre cualquier acción ulterior;
12. Aprecia la información y los datos relativos a las medidas de fomento de la confianza proporcionados hasta la fecha por los Estados Partes en la Convención, exhorta a todos los Estados Partes a participar en el intercambio de información y datos relativos a las me didas de fomento de la confianza que se piden en las decisiones
la confianza proporcionados hasta la fecha por los Estados Partes en la Convención, exhorta a todos los Estados Partes a participar en el intercambio de información y datos relativos a las me didas de fomento de la confianza que se piden en las decisiones pertinentes de las conferencias de examen y reitera su llamamiento para que utilicen la plataforma de presentación electrónica, de manera voluntaria y sin perjuicio de su elección de los métodos de presentación;
13. Hace notar la decisión de la Octava Conferencia de Examen de continuar trabajando en la base de datos establecida por la Séptima Conferencia de Examen y de ampliarla para facilitar las solicitudes y los ofrecimientos de intercambio de asistencia y cooperación e insta a los Estados Partes a presentar de forma voluntaria a la Dependencia de Apoyo a la Aplicación de la Convención cualquier solicitud u ofrecimiento de cooperación y asistencia, incluso en cuanto a equipo, materiales e información científica y tecnológica con respecto al uso de agentes biológicos y toxínicos con fines pacíficos;
14. Acoge con beneplácito que la Novena Conferencia de Examen hiciera notar con aprecio el funcionamiento del programa de patrocinio y acogiera con beneplácito la continua disposición de los donantes a aportar contribuciones voluntarias, las cuales habían permitido apoyar y aument ar la participación de representantes de Estados en desarrollo;
15. Acoge con beneplácito también la decisión de la Novena Conferencia de Examen de renovar el mandato de la Dependencia de Apoyo a la Aplicación de la Convención convenido en la Séptima Conferencia de Examen, mutatis mutandis , para el período comprendido entre 2023 y 2027, que tomara nota con aprecio de la labor
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Convención convenido en la Séptima Conferencia de Examen, mutatis mutandis , para el período comprendido entre 2023 y 2027, que tomara nota con aprecio de la labor _______________ 10 Véase BWC/CONF.III/23 .A/RES/80/71 Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre Su Destrucción
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de la Dependencia y que, sin perjuicio de la decisión de la Sexta Conferencia de Examen sobre el establecimiento de la Dependencia de Apoyo a la Aplicación 11 y teniendo en cuenta sus decisiones y la necesidad de que la Dependencia prestara la asistencia necesaria y proporcionara los servicios requeridos en el intervalo entre períodos de sesiones, la Novena Conferencia de Examen decidiera establecer un nuevo pu esto de funcionario a tiempo completo en la Dependencia, únicamente para el período comprendido entre 2023 y 2027, que la Dependencia presentará un informe anual escrito a todos los Estados Partes sobre las actividades que realice para cumplir su misión y que los Estados Partes evaluarán el desempeño de la Dependencia y revisarán su mandato en la Décima Conferencia de Examen;
16. Observa con aprecio los actos organizados por algunos Estados Partes, organizaciones regionales y la Oficina de Asuntos de Desarme de la Secretaría para intercambiar puntos de vista sobre la aplicación de la Convención y alienta a los Estados Partes a que sigan participando e n dichos intercambios y debates oficiosos;
17. Solicita al Secretario General que continúe prestando la asistencia necesaria a los Gobiernos depositarios de la Convención y que siga proporcionando
Estados Partes a que sigan participando e n dichos intercambios y debates oficiosos;
17. Solicita al Secretario General que continúe prestando la asistencia necesaria a los Gobiernos depositarios de la Convención y que siga proporcionando los servicios que se requieran para que se realicen y apliquen las decisiones y recomendaciones de las conferencias de examen;
18. Hace notar que la Novena Conferencia de Examen acogió con beneplácito la mejora de la situación financiera tras las medidas aprobadas por la Reunión de los Estados Partes de 2018, reflejadas en la sección V del informe de la Reunión 12 , confirmó su eficacia y decidió revisarlas en la Décima Conferencia de Examen;
19. Hace notar con satisfacción que la Novena Conferencia de Examen subrayó la necesidad de seguir supervisando la situación financiera general de la Convención y de examinarla de manera activa y constante y solicitó a la Presidencia de las Reuniones de los Estados Partes anuales que, en estrecha consulta con los Estados Partes, la Dependencia de Apoyo a la Aplicación de la Convención, la Oficina de Asuntos de Desarme y la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, informara sobre la situación financiera general de la Convención, la aplic ación de las medidas aprobadas en 2018 y otras medidas posibles para su examen por las Reuniones de los
Estados Partes;
20. Decide incluir en el programa provisional de su octogésimo primer período de sesiones el tema titulado “Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre Su Destrucción”.
de sesiones el tema titulado “Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre Su Destrucción”.
52a sesión plenaria 1 de diciembre de 2025
_______________ 11 Véase BWC/CONF.VI/6 . 12 Véase BWC/MSP/2018/6 .