🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

ONU - AG - Resolución A RES 80 8

ONU - Organización de Naciones Unidas

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
ONU - AG - Resolución A RES 80 8
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año

Naciones Unidas A/RES/80/8

Asamblea General

Distr. general 20 de noviembre de 2025 25-18947 (S) 2518947

Octogésimo período de sesiones Tema 11 del programa El deporte para el desarrollo y la paz: construcción de un mundo pacífico y mejor mediante el deporte y el ideal olímpico

Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de noviembre de 2025

[sin remisión previa a una Comisión Principal ( A/80/L.10 )]

80/8. Construcción de un mundo pacífico y mejor mediante el deporte y el ideal olímpico

La Asamblea General , Recordando su resolución 78/10 , de 21 de noviembre de 2023, en la que decidió incluir en el programa provisional de su octogésimo período de sesiones el subtema titulado “Construcción de un mundo pacífico y mejor mediante el deporte y el ideal olímpico”, y recordando también su decisió n anterior de examinar ese subtema cada dos años, antes de cada celebración de los Juegos Olímpicos de Verano y de Invierno, Recordando también su resolución 48/11 , de 25 de octubre de 1993, en la que, entre otras cosas, se restableció la antigua tradición griega de la ekejeiría (“tregua olímpica”), de acuerdo con la cual durante los Juegos Olímpicos se declararía una tregua para propiciar un entorno pacífico y gara ntizar el desplazamiento y el acceso de los atletas y otras personas y su participación en los Juegos en condiciones de

olímpica”), de acuerdo con la cual durante los Juegos Olímpicos se declararía una tregua para propiciar un entorno pacífico y gara ntizar el desplazamiento y el acceso de los atletas y otras personas y su participación en los Juegos en condiciones de seguridad y, de ese modo, se movilizaría a la juventud del mundo para la causa de la paz, Recordando además que, históricamente, el concepto central de la ekejeiría era el cese de las hostilidades desde el séptimo día anterior a la inauguración de cada Olimpiada hasta el séptimo día posterior a su clausura, que, según el legendario oráculo de Delfos, debía reem plazar el ciclo de conflicto por una competición atlética amistosa cada cuatro años, Reconociendo la valiosa contribución del deporte a la promoción de la educación, el desarrollo sostenible, la paz, la cooperación, la solidaridad, la equidad, la inclusión social y la salud en los planos local, regional e internacional, yA/RES/80/8 Construcción de un mundo pacífico y mejor mediante el deporte y el ideal olímpico

25-18947 2/6

observando que, como se declaró en el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 1, el deporte puede contribuir a la creación de un entorno de tolerancia y comprensión entre los pueblos y las naciones, Reconociendo también el papel que puede desempeñar el deporte para prevenir y contrarrestar el terrorismo y el extremismo violento cuando conduzca al terrorismo y su contribución al aumento de la resiliencia frente a la radicalización violenta, el reclutamiento de terroristas y los actos de terrorismo, Acogiendo con beneplácito que el 6 de abril haya sido designado Día

y su contribución al aumento de la resiliencia frente a la radicalización violenta, el reclutamiento de terroristas y los actos de terrorismo, Acogiendo con beneplácito que el 6 de abril haya sido designado Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz, Recordando que en la Declaración del Milenio 2 se incluye un llamamiento a observar la tregua olímpica ahora y en el futuro y a respaldar al Comité Olímpico Internacional en su labor de promover la paz y el entendimiento humano mediante el deporte y el ideal olímpico, Recordando también que en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 3 se reconoce que el deporte es un importante facilitador del desarrollo sostenible porque, entre otros motivos, contribuye cada vez más a hacer realidad el desarrollo y la paz promoviendo la tolerancia y el respeto y respalda también el empoderamiento de l as mujeres y la juventud, las personas y las comunidades, así como los objetivos en materia de salud, educación e inclusión social, Reconociendo la valiosa contribución que el llamamiento para que se observe una tregua olímpica formulado por el Comité Olímpico Internacional el 21 de julio de 1992 podría hacer a la promoción de los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando su resolución 79/8 , de 12 de noviembre de 2024, relativa al deporte como facilitador del desarrollo sostenible en sus tres dimensiones (económica, social y ambiental), en la que exhortó a los futuros organizadores de los Juegos Olímpicos y los Juegos Paralímpicos y a otros Estados Miembros a que incluyeran el deporte, según correspondiese, entre las actividades de prevención de conflictos y aseguraran

y ambiental), en la que exhortó a los futuros organizadores de los Juegos Olímpicos y los Juegos Paralímpicos y a otros Estados Miembros a que incluyeran el deporte, según correspondiese, entre las actividades de prevención de conflictos y aseguraran que se observase efectivamente la tregua olímpica durante los Juegos, Observando que los XXV Juegos Olímpicos de Invierno se celebrarán del 6 al 22 de febrero de 2026 y que los XIV Juegos Paralímpicos de Invierno se celebrarán del 6 al 15 de marzo de 2026, ambos en las regiones anfitrionas de los Juegos de Milán -Cortina, Observando también que la visión de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Invierno de Milán -Cortina 2026 reconoce el papel del deporte a la hora de inspirar a personas y comunidades para que defiendan los valores olímpicos de excelencia, amistad y respeto, contribuyendo as í a los esfuerzos mundiales más amplios para avanzar en la inclusión, la sostenibilidad y una cultura de paz a través del deporte, Reconociendo que los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Invierno de MilánCortina 2026 serán un evento unificador y una oportunidad valiosa para aprovechar el potencial que tiene el deporte de impulsar los esfuerzos en curso en favor de la paz en todo el mundo y de pro mover el desarrollo, la resiliencia, la tolerancia y la comprensión, la accesibilidad y la inclusión, y acogiendo con beneplácito a todas las delegaciones de atletas de los comités olímpicos y paralímpicos nacionales y los equipos olímpicos y paralímpicos de refugiados que han sido admitidos por el Comité _______________

delegaciones de atletas de los comités olímpicos y paralímpicos nacionales y los equipos olímpicos y paralímpicos de refugiados que han sido admitidos por el Comité _______________ 1 Resolución 60/1 . 2 Resolución 55/2 . 3 Resolución 70/1 .Construcción de un mundo pacífico y mejor mediante el deporte y el ideal olímpico A/RES/80/8

3/6 25-18947

Olímpico Internacional y el Comité Paralímpico Internacional para participar en los Juegos, Reconociendo también la importancia de fomentar el reforzamiento de la cooperación internacional en todas las ediciones de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos, en apoyo de la tregua olímpica y con miras a promover esfuerzos colectivos para defender el valor universal del depor te como impulsor de sociedades pacíficas e inclusivas, de la comprensión mutua, de la solidaridad y del diálogo intercultural entre las naciones, Recordando la importancia de la participación significativa de las comunidades locales en la organización y realización de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Invierno, como característica definitoria de Milán -Cortina 2026, a fin de promover un fuerte sentimiento de implicación local, el diálogo y la identidad comunitarios, la integración social, la cohesión y la salvaguardia del patrimonio cultural, Observando con aprecio el compromiso de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Invierno de Milán -Cortina 2026 de promover las tres dimensiones del desarrollo sostenible y dejar un legado a largo plazo, incluso mediante medidas destinadas a

Observando con aprecio el compromiso de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Invierno de Milán -Cortina 2026 de promover las tres dimensiones del desarrollo sostenible y dejar un legado a largo plazo, incluso mediante medidas destinadas a reducir el impacto ambiental, promover infraestructuras resilientes y sostenibles y garantizar beneficios duraderos para las poblaciones locales y las generaciones futuras, Observando con aprecio también los continuos esfuerzos del Comité Olímpico Internacional para promover la igualdad de género en el deporte, y acogiendo con beneplácito el hecho de que los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Invierno de Milán -Cortina 2026 serán la edición con mayor equil ibrio de género en la historia de los Juegos de Invierno, tras el compromiso de asignar un número prácticamente igual de plazas a atletas varones y mujeres, reforzando así el papel de los Juegos en la promoción de la igualdad de oportunidades, Recordando el artículo 31 de la Convención sobre los Derechos del Niño 4, en el que se enuncia el derecho de los niños al juego y a las actividades recreativas, y el documento final de su vigésimo séptimo período extraordinario de sesiones, dedicado a la infancia, que lleva por título “Un mundo apropiado para los niños” 5 y hace hincapié en la promoción de la salud física, mental y emocional por medio del juego y los deportes, Reconociendo la necesidad imperiosa de que las mujeres y las niñas participen en la práctica del deporte para el desarrollo y la paz, y acogiendo con beneplácito las actividades encaminadas a fomentar y alentar las iniciativas a ese respecto a nivel mundial,

Reconociendo la necesidad imperiosa de que las mujeres y las niñas participen en la práctica del deporte para el desarrollo y la paz, y acogiendo con beneplácito las actividades encaminadas a fomentar y alentar las iniciativas a ese respecto a nivel mundial, Observando la feliz conclusión de los Juegos de la XXXIII Olimpiada y de los XVII Juegos Paralímpicos, celebrados en París del 26 de julio al 11 de agosto de 2024 y del 28 de agosto al 8 de septiembre de 2024, respectivamente, y acogiendo con beneplácito los Juegos d e la XXXIV Olimpiada y los XVIII Juegos Paralímpicos, que se celebrarán en Los Ángeles (Estados Unidos de América) del 14 al 30 de julio y del 15 al 27 de agosto de 2028, respectivamente, los XXVI Juegos Olímpicos de Invierno y los XV Juegos Pa ralímpicos de Invierno, que se celebrarán en los Alpes franceses del 1 al 17 de febrero y del 1 al 10 de marzo de 2030, respectivamente, los Juegos de la XXXV Olimpiada y los XIX Juegos Paralímpicos, que se celebrarán en Brisbane (Australia) del 23 de juli o al 8 de agosto y del 24 de agosto al 5 de septiembre de 2032, respectivamente, y los XXVII Juegos Olímpicos de Invierno y los XVI Juegos _______________ 4 Naciones Unidas, Treaty Series , vol. 1577, núm. 27531. 5 Resolución S-27/2 , anexo.A/RES/80/8 Construcción de un mundo pacífico y mejor mediante el deporte y el ideal olímpico

25-18947 4/6

5 Resolución S-27/2 , anexo.A/RES/80/8 Construcción de un mundo pacífico y mejor mediante el deporte y el ideal olímpico

25-18947 4/6

Paralímpicos de Invierno, que se celebrarán en Salt Lake City (Estados Unidos de América) del 10 al 26 de febrero y del 10 al 19 de marzo de 2034, respectivamente, Reconociendo las actividades conjuntas que realizan el Comité Olímpico Internacional, el Comité Paralímpico Internacional y las entidades pertinentes de las Naciones Unidas en ámbitos como la promoción de los derechos humanos, el desarrollo humano, la mitigación de la pobreza, la asistencia humanitaria, la promoción de la salud, la prevención del VIH y el sida, la educación infantil y juvenil, la igualdad de género, la consolidación de la paz y el desarrollo sostenible, Reconociendo también la importancia de los Juegos Olímpicos de la Juventud para inspirar a la juventud mediante experiencias que combinan el deporte, la cultura y la educación, observando a ese respecto la feliz conclusión de los Juegos Olímpicos de la Juventud de Invierno, ce lebrados en Gangwon (República de Corea) en 2024, y acogiendo con beneplácito los Juegos Olímpicos de la Juventud de Verano, que se celebrarán en Dakar en 2026, y que son el primer evento olímpico que se organiza en el continente afri cano, y los Juegos Olímpicos de la Juventud de Invierno, que se celebrarán en Dolomiti Valtellina (Italia) en 2028, Acogiendo con beneplácito los esfuerzos proactivos de Milán -Cortina 2026,

celebrarán en Dolomiti Valtellina (Italia) en 2028, Acogiendo con beneplácito los esfuerzos proactivos de Milán -Cortina 2026, junto con todos los comités organizadores de los próximos Juegos Olímpicos, encaminados a aplicar nuevas normas para que los Juegos sean más sostenibles según las reformas del Comité Olímpico Internacional, Reconociendo que la participación activa de las personas con discapacidad en los deportes y los Juegos Paralímpicos contribuye a la realización plena y equitativa de sus derechos humanos y al respeto de su dignidad inherente, recordando los artículos 1 y 30 de la Conve nción sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 6, en que los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad, incluidas aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo, a participar en igualdad de condiciones con las demás en la vida cul tural y se comprometen a adoptar las medidas pertinentes para alentar y promover la participación, en la mayor medida posible, de las personas con discapacidad en las actividades deportivas generales a todos los niveles, a fin de que las personas con disca pacidad puedan participar en igualdad de condiciones con las demás en actividades recreativas, de esparcimiento y deportivas, y observando a este respecto la necesidad de contar con instrucción, formación y recursos adecuados y de asegurar la accesibilidad de las instalaciones, y acogiendo con beneplácito los planes de que los Juegos sean integrados e inclusivos, Reconociendo también el papel que desempeña el movimiento paralímpico a la hora de presentar los logros de atletas con discapacidad a un público mundial y como

de que los Juegos sean integrados e inclusivos, Reconociendo también el papel que desempeña el movimiento paralímpico a la hora de presentar los logros de atletas con discapacidad a un público mundial y como principal medio para promover percepciones positivas y una mayor inclusión de las personas con discapacidad en el dep orte y la sociedad, Acogiendo con beneplácito el considerable impulso que dan los Juegos Olímpicos, los Juegos Paralímpicos y los Juegos Olímpicos de la Juventud al movimiento del voluntariado en todo el mundo, reconociendo las contribuciones de los voluntarios al éxito de los Juegos, y a este respec to exhortando a los países organizadores a que promuevan la inclusión social sin ningún tipo de discriminación, Reconociendo el importante papel que desempeñan quienes prestan apoyo trabajando con los atletas y las personas con discapacidad para organizar y concebir deportes específicos de la discapacidad y para participar en ellos, _______________ 6 Naciones Unidas, Treaty Series , vol. 2515, núm. 44910.Construcción de un mundo pacífico y mejor mediante el deporte y el ideal olímpico A/RES/80/8

5/6 25-18947

Acogiendo con beneplácito el compromiso contraído por varios Estados Miembros de las Naciones Unidas y otros interesados pertinentes de formular programas nacionales e internacionales que promuevan la paz y la solución de los conflictos, los valores olímpicos y paralímpicos y los ideales de la tregua olímpica mediante el deporte y mediante la cultura, la educación, el desarrollo sostenible y una participación pública más amplia, y reconociendo la contribución de los países que

conflictos, los valores olímpicos y paralímpicos y los ideales de la tregua olímpica mediante el deporte y mediante la cultura, la educación, el desarrollo sostenible y una participación pública más amplia, y reconociendo la contribución de los países que han sido organizadores de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos en ese sentido, Reconociendo las oportunidades humanitarias que ofrecen la tregua olímpica y otras iniciativas apoyadas por las Naciones Unidas para lograr que cesen los conflictos, Recordando que, en su resolución 79/8 , apoyó la independencia y autonomía del deporte, así como la misión del Comité Olímpico Internacional como líder del movimiento olímpico y del Comité Paralímpico Internacional como líder del movimiento paralímpico, y reconoció la naturaleza unificadora y conciliadora de los Juegos Olímpicos y otros grandes eventos deportivos internacionales y que tales eventos debían organizarse en un espíritu de paz, entendimiento mutuo, amistad, tolerancia e inadmisibilidad de cualquier tipo de discriminación, Reconociendo todos los principios fundamentales de la Carta Olímpica, en particular el principio 6, que afirma que el disfrute de los derechos y libertades establecidos en la Carta Olímpica debe garantizarse sin ningún tipo de discriminación, Observando con satisfacción que la bandera de las Naciones Unidas ondeará en el estadio olímpico y en las villas olímpica y paralímpica de los XXV Juegos Olímpicos de Invierno y los XIV Juegos Paralímpicos de Invierno,

1. Insta a los Estados Miembros a que observen la tregua olímpica de manera

Olímpicos de Invierno y los XIV Juegos Paralímpicos de Invierno,

1. Insta a los Estados Miembros a que observen la tregua olímpica de manera individual y colectiva, en el marco de la Carta de las Naciones Unidas, durante todo el período comprendido entre el séptimo día anterior a la inauguración de los XXV Juegos Olímpicos de In vierno y el séptimo día posterior a la clausura de los XIV Juegos Paralímpicos de Invierno, que se celebrarán en Milán -Cortina en 2026, en particular a que garanticen el desplazamiento, el acceso y la participación en condiciones de seguridad de los atletas, los representantes oficiales y todas las demás personas acreditadas que participen en los Juegos Olímpicos de Invierno y los Juegos Paralímpicos de Invierno, y a que contribuyan con otras medidas adecuadas a la organización de los Juegos en co ndiciones de seguridad;

2. Subraya la importancia de la cooperación entre los Estados Miembros para implementar colectivamente los valores de la tregua olímpica en todo el mundo y pone de relieve el importante papel del Comité Olímpico Internacional, el Comité Paralímpico Internacional y la s Naciones Unidas a este respecto;

3. Acoge con beneplácito la labor que realizan el Comité Olímpico Internacional y el Comité Paralímpico Internacional, así como el Centro Internacional para la Tregua Olímpica, a fin de movilizar a las federaciones y organizaciones deportivas nacionales e internacionales, los com ités olímpicos y paralímpicos nacionales y las asociaciones de esas organizaciones para que adopten medidas concretas en los planos local, nacional, regional e internacional con miras a promover

deportivas nacionales e internacionales, los com ités olímpicos y paralímpicos nacionales y las asociaciones de esas organizaciones para que adopten medidas concretas en los planos local, nacional, regional e internacional con miras a promover y fortalecer una cultura de paz basa da en el espíritu de la tregua olímpica, e invita a esas organizaciones y esos comités nacionales a que cooperen y compartan información y mejores prácticas, según corresponda;

4. Acoge con beneplácito también el liderazgo de los atletas olímpicos y paralímpicos en la promoción de la paz y el entendimiento humano mediante el deporte y el ideal olímpico;A/RES/80/8

Construcción de un mundo pacífico y mejor mediante el deporte y el ideal olímpico

25-18947 6/6

5. Exhorta a todos los Estados Miembros a que cooperen con el Comité Olímpico Internacional y el Comité Paralímpico Internacional en sus esfuerzos por utilizar el deporte como instrumento para promover la paz, el diálogo, la tolerancia y la reconciliación en zonas de conflicto durante el período de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos y posteriormente;

6. Reconoce que el deporte y los Juegos Olímpicos y Paralímpicos se pueden utilizar para promover los derechos humanos y reforzar el respeto universal de tales derechos, contribuyendo de esta manera a su plena realización;

7. Acoge con beneplácito la cooperación entre los Estados Miembros, las Naciones Unidas y sus organismos especializados, fondos y programas, en el marco de sus respectivos mandatos, y el Comité Olímpico Internacional y el Comité

7. Acoge con beneplácito la cooperación entre los Estados Miembros, las Naciones Unidas y sus organismos especializados, fondos y programas, en el marco de sus respectivos mandatos, y el Comité Olímpico Internacional y el Comité Paralímpico Internacional a fin de aprovechar al má ximo el potencial del deporte para hacer una contribución importante y sostenible al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el marco de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y alienta a los movimientos olímpico y paralímpico a que colaboren estrechamente con las organizaciones deportivas nacionales e internacionales en la utilización del deporte a tal efecto;

8. Solicita al Secretario General y a la Presidencia de la Asamblea General que promuevan la observancia de la tregua olímpica entre los Estados Miembros y el apoyo a las iniciativas de desarrollo humano mediante el deporte y sigan cooperando efectivamente con el Comi té Olímpico Internacional, el Comité Paralímpico Internacional y la comunidad deportiva en general para conseguir esos objetivos;

9. Decide incluir en el programa provisional de su octogésimo segundo período de sesiones el subtema titulado “Construcción de un mundo pacífico y mejor mediante el deporte y el ideal olímpico” del tema titulado “El deporte para el desarrollo y la paz” y examinar es e subtema antes de los Juegos de la XXXIV Olimpiada y los XVIII Juegos Paralímpicos, que se celebrarán en Los Ángeles en 2028.

46a sesión plenaria 19 de noviembre de 2025

Consultar sobre este documento ...