ONU - CONSEJO DE SEGURIDAD - Declaración Presidencia 12 de enero de 2021
Consejo de Seguridad
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ONU - CONSEJO DE SEGURIDAD - Declaración Presidencia 12 de enero de 2021
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2021
Naciones Unidas S/PRST/2021/1
Consejo de Seguridad
Distr. general 12 de enero de 2021
Español Original: inglés
21-00350 (S) 120121 130121 2100350
Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad
El 12 de enero de 2021, en relación con el examen por el Consejo del tema titulado “Amenazas a la paz y la seguridad internacionales causadas por actos terroristas ”, de conformidad con el procedimie nto acordado a la luz de las circunstancias extraordinarias causadas por la pandemia de la COVID -19 y enunciado en el documento S/2020/372 , la Presidencia del Consejo de Seguridad formuló la siguiente declaración en nombre del Consejo: “El Consejo de Seguridad recuerda la resolución 1373 (2001) , por la que decidió establecer el Comité contra el Terrorismo, y acoge con beneplácito, a este respecto, el papel del Comité contra el Terrorismo, con la asistencia de su Dirección Ejecutiva, en la vigilancia, promoción y facilitación de la aplicación de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad. El Consejo de Seguridad expresa sus condolencias a las familias de las víctimas del terrorismo y expresa su solidaridad con los países que han sufrido atentados terroristas y su apoyo a los supervivi entes y a las víctimas de la violencia cometida por grupos terroristas, incluida la violencia sexual y de género. El Consejo de Seguridad reafirma que el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones sigue constituyendo una de las amenazas más graves para la
violencia cometida por grupos terroristas, incluida la violencia sexual y de género. El Consejo de Seguridad reafirma que el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones sigue constituyendo una de las amenazas más graves para la paz y la seguridad internacionales y que los actos de terrorismo son criminales e injustificables, cualquiera que sea su motivación y dondequiera y por quienquiera que sean cometidos. El Consejo de Seguridad pone de relieve que el terrorismo y el extremismo violento que conduce al terrorismo no pueden ni deben asociarse con ninguna religión, nacionalidad o civilización. El Consejo de Seguridad subraya la persistencia de la amenaza del terrorismo, que está afectando a Estados Miembros de todo el m undo que puede exacerbar los conflictos en las regiones afectadas y contribuir a debilitar a los Estados afectados. El Consejo de Seguridad reafirma su compromiso con la soberanía, la integridad territorial y la independencia política de todos los Estado s de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, y destaca que los Estados Miembros tienen la responsabilidad primordial de contrarrestar los actos terroristas y el extremismo violento que conduce al terrorismo. El Consejo de Seguridad reafirma tamb ién que los Estados Miembros deben cerciorarse de que todas las medidas adoptadas para contrarrestar elS/PRST/2021/1
2/3 21-00350
terrorismo se ajustan a todas las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional, en particular el derecho internacional de los derec hos humanos, el derecho internacional de los refugiados y el derecho internacional humanitario, recalca que el respeto de los derechos humanos, las libertades fundamentales y el estado de derecho son complementarios y se refuerzan
derecho internacional, en particular el derecho internacional de los derec hos humanos, el derecho internacional de los refugiados y el derecho internacional humanitario, recalca que el respeto de los derechos humanos, las libertades fundamentales y el estado de derecho son complementarios y se refuerzan mutuamente y que, junto c on las medidas eficaces contra el terrorismo, son esenciales para el éxito de la lucha contra el terrorismo, observa la importancia de respetar el estado de derecho a fin de prevenir y combatir eficazmente el terrorismo, y observa también que el incumplimi ento de esas y otras obligaciones internacionales, incluidas las que les impone la Carta de las Naciones Unidas, es uno de los factores que contribuyen al aumento de la radicalización conducente a la violencia y hace que cobre fuerza la sensación de impuni dad. El Consejo de Seguridad recuerda su decisión, en la resolución 1373 (2001) , de que todos los Estados Miembros aseguren el enjuiciamiento de toda persona que participe en la financiación, planifi cación, preparación o comisión de terrorismo o preste apoyo a esos actos. El Consejo de Seguridad reitera las obligaciones contraídas por los Estados Miembros en cuanto a la prevención y represión de la financiación del terrorismo, incluidas las estableci das en las resoluciones del Consejo de Seguridad 1373 (2001) , 2178 (2014) y 2462 (2019) . El Consejo de Seguridad subraya la necesidad de abordar las condiciones que conducen a la propagación del terrorismo, como se indica en el pilar I de la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo, y reconoce que un enfoque amplio para de rrotar el terrorismo requiere la adopción de medidas
que conducen a la propagación del terrorismo, como se indica en el pilar I de la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo, y reconoce que un enfoque amplio para de rrotar el terrorismo requiere la adopción de medidas nacionales, regionales, subregionales y multilaterales. El Consejo de Seguridad reafirma su preocupación de que los terroristas y los grupos terroristas sigan utilizando Internet con fines terroristas y destaca la necesidad de que los Estados Miembros cooperen en la adopción de medidas nacionales para impedir que los terroristas se aprovechen de la tecnología y las comunicaciones para la comisión de actos terroristas, y que sigan cooperando voluntariame nte con el sector privado y la sociedad civil para desarrollar y aplicar medios más eficaces para luchar contra la utilización de Internet con fines terroristas, incluso mediante la elaboración de argumentos contrarios al terrorismo y soluciones tecnológic as innovadoras, respetando al mismo tiempo los derechos humanos y las libertades fundamentales y de conformidad con el derecho interno y el derecho internacional. El Consejo de Seguridad subraya la importancia de un enfoque pangubernamental y pansocial y destaca la importancia de la cooperación con todos los interesados pertinentes, en particular la sociedad civil, en la lucha contra el terrorismo y el extremismo vi olento que conduce a él y, a este respecto, alienta la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres y los jóvenes en este proceso. El Consejo de Seguridad expresa su preocupación por el hecho de que los combatientes terroristas extranjeros aumentan la intensidad, duración e insolubilidad de los conflictos y también pueden representar una seria amenaza para sus Estados de origen, los Estados por los cuales transitan y los Estados a
combatientes terroristas extranjeros aumentan la intensidad, duración e insolubilidad de los conflictos y también pueden representar una seria amenaza para sus Estados de origen, los Estados por los cuales transitan y los Estados a los que viajan, así como para los Est ados vecinos de las zonas de conflicto armado en las que los combatientes terroristas extranjeros realizan sus actividades y que se ven afectados por graves problemas de seguridad, y observando que la amenaza que plantean los combatientes terroristas extra njerosS/PRST/2021/1
21-00350 3/3
puede afectar a todas las regiones y Estados Miembros, incluso a los que están alejados de las zonas de conflicto, y expresando gran inquietud por que los combatientes terroristas extranjeros se sirven de su ideología extremista para promover el ter rorismo. El Consejo de Seguridad encomia la labor que realizan el Comité contra el Terrorismo y su Dirección Ejecutiva para reforzar la aplicación de la resolución 1373 (2001) y las resoluciones poste riores pertinentes al identificar las deficiencias de capacidad y facilitar asistencia técnica, reconoce que los Estados Miembros afrontan muchas dificultades relacionadas con la capacidad y la coordinación en la lucha contra el terrorismo y el extremismo violento que conduce a él, así como en la prevención y la lucha contra la financiación del terrorismo, el reclutamiento y demás formas de apoyo a las organizaciones terroristas, y a este respecto alienta a los Estados Miembros a que sigan cooperando con el Comité contra el Terrorismo y su Dirección Ejecutiva y recalca que la evaluación neutral realizada por expertos de la aplicación de la resolución 1373 (2001) y otras resoluciones pertinentes es la fun ción básica de
cooperando con el Comité contra el Terrorismo y su Dirección Ejecutiva y recalca que la evaluación neutral realizada por expertos de la aplicación de la resolución 1373 (2001) y otras resoluciones pertinentes es la fun ción básica de la Dirección Ejecutiva, y que el análisis y las recomendaciones de esas evaluaciones son una valiosa ayuda para los Estados Miembros en la detección y superación de las deficiencias en la aplicación y la capacidad. El Consejo de Seguridad s ubraya la importancia de una coordinación y cooperación sólidas entre la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo y la Oficina de las Naciones Unidas de Lucha contra el Terrorismo, mientras trabajan en el marco de sus mandatos y en sus distintas funciones a fin de garantizar la eficacia de la colaboración de las Naciones Unidas con los Estados Miembros para mejorar la aplicación de la Estrategia Global contra el Terrorismo de manera equilibrada, así como de otras resoluciones sobre la lucha contr a el terrorismo, y destaca la importante función de las entidades del Pacto Mundial de Coordinación de la Lucha Antiterrorista, en particular la Oficina de las Naciones Unidas de Lucha contra el Terrorismo, y otros proveedores de asistencia para el fomento de la capacidad en la prestación de asistencia técnica mediante la cooperación internacional. El Consejo de Seguridad reitera la necesidad de intensificar la cooperación actual entre los comités establecidos en virtud de las resoluciones 1373 (2001) , 1267 (1999) , 1989 (2011) , 2253 (2015) y 1540 (2004) y sus respectivos grupos de expertos, señala la importancia de la interacción y el diálogo permanentes de
1267 (1999) , 1989 (2011) , 2253 (2015) y 1540 (2004) y sus respectivos grupos de expertos, señala la importancia de la interacción y el diálogo permanentes de los comités con todos los Estados Miembros para que su cooperación sea efectiva y alienta a los comités a que sigan aplicando un enfoque constructivo y transparente. El Consejo de Seguridad recuerda las anteriores resoluciones y declaraciones pertinentes de su Presidencia en que se recalca la importancia de crear asociaciones efectiva s entre las Naciones Unidas y los foros y organizaciones regionales y subregionales, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los correspondientes estatutos de las organizaciones regionales y subregionales. El Consejo de Seguridad mantendrá s u firme compromiso en la prevención y la lucha contra el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones y la lucha contra el extremismo violento que conduce al terrorismo, y determina seguir fortaleciendo la respuesta internacional unificada y coordinada a este flagelo, de conformidad con su responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales .”