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ONU - CONSEJO DE SEGURIDAD - Declaración Presidencia 29 de abril de 2020

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
ONU - CONSEJO DE SEGURIDAD - Declaración Presidencia 29 de abril de 2020
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2020

Naciones Unidas S/PRST/2020/6

Consejo de Seguridad

Distr. general 29 de abril de 2020

Español Original: inglés

20-06199 (S) 300420 300420 2006199

Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad

El 29 de abril de 2020, en relación con el examen por el Consejo del tema titulado “La protección de los civiles en los conflictos armados ”, de conformidad con el procedimiento acordado a la luz de las circunstancias extraordinarias causadas por la pandemi a de la COVID -19 y enunciado en el documento S/2020/273 , la Presidencia del Consejo de Seguridad formuló la siguiente declaración en nombre del Consejo: “El Consejo de Seguridad recuerda su resolución 2417 (2018) y la declaración de su Presidencia de 9 de agosto de 2017 ( S/PRST/2017/14 ). El Consejo de Seguridad recuerda su responsabilidad primordial en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y, a este respecto, reitera su compromiso de hacer frente a la inseguridad alimentaria originada por conflictos, incluida la hambruna, en situaciones de conflicto armado. El Consejo de Segurid ad reafirma el pleno respeto de la soberanía e integridad territorial de los Estados, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas. El Consejo de Seguridad recuerda el vínculo existente entre los conflictos armados, la violencia y la inseguridad al imentaria originada por conflictos y la amenaza de hambruna, y exhorta a todas las partes en conflictos armados a que

El Consejo de Seguridad recuerda el vínculo existente entre los conflictos armados, la violencia y la inseguridad al imentaria originada por conflictos y la amenaza de hambruna, y exhorta a todas las partes en conflictos armados a que cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional humanitario en relación con el respeto y la protección de lo s civiles y los bienes de carácter civil, entre ellos, los necesarios para producir y distribuir alimentos, como las granjas, los mercados, los sistemas de abastecimiento de agua, los molinos, los lugares donde se procesan y almacenan alimentos y los centr os y medios de transporte alimentario, y se abstengan de atacar, destruir, sustraer o inutilizar los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil, tales como los productos alimentarios, las cosechas, el ganado, los bienes agrícolas, la s instalaciones y reservas de agua potable y las obras de riego, y respeten y protejan al personal y los envíos humanitarios utilizados en las operaciones de socorro de este tipo; y subraya la importancia de que el personal humanitario disponga de acceso s eguro y sin trabas a los civiles en los conflictos armados. El Consejo de Seguridad observa con profunda preocupación que en los dos últimos años los conflictos armados han seguido siendo uno de los principales factores que causan o agravan la insegurid ad alimentaria y la desnutrición en diferentes zonas geográficas de todo el mundo, con un número cada vez mayor de personas que necesitan ayuda alimentaria, nutricional y para la subsistencia con carácter urgente.S/PRST/2020/6

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El Consejo de Seguridad reafirma la nec esidad de que todas las partes en

la subsistencia con carácter urgente.S/PRST/2020/6

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El Consejo de Seguridad reafirma la nec esidad de que todas las partes en conflictos armados respeten los principios humanitarios de humanidad, neutralidad, imparcialidad e independencia en la prestación de asistencia humanitaria, incluida la asistencia médica, y reafirma la necesidad de que tod os los agentes que participan en la prestación de esta asistencia promuevan y respeten plenamente estos principios. El Consejo de Seguridad reafirma la responsabilidad primordial de los Estados de proteger a la población en todo su territorio. El Consejo de Seguridad destaca los efectos particulares que tienen los conflictos armados en los civiles y, en especial, en las mujeres, los niños, las personas con discapacidad, las personas de edad, los refugiados y los desplazados internos, y destaca las necesidades de todas las poblaciones civiles afectadas en materia de protección y asistencia. El Consejo de Seguridad o bserva que muchas crisis alimentarias originadas por conflictos en todo el mundo también pueden verse agravadas por factores como las crisis económicas, los fenómenos meteorológicos cada vez más frecuentes y extremos y los desastres naturales. El Consejo de Seguridad condena enérgicamente la práctica de hacer padecer hambre a los civiles como método de guerra y la denegación ilícita del acceso de la asistencia y el personal humanitarios a la población civil en los conflictos armados. A este respecto, el C onsejo de Seguridad exhorta a todas las partes en conflictos armados a que cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional humanitario y adopten todas las medidas

conflictos armados. A este respecto, el C onsejo de Seguridad exhorta a todas las partes en conflictos armados a que cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional humanitario y adopten todas las medidas viables para proteger a los civiles y los bienes de carácter ci vil. El Consejo de Seguridad recuerda la importancia de garantizar el cumplimiento del derecho internacional de los derechos humanos, según proceda, y del derecho internacional humanitario, poner fin a la impunidad de las violaciones y los abusos y asegura r la rendición de cuentas. El Consejo de Seguridad destaca, a este respecto, que los conflictos armados, las violaciones del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos humanos y la inseguridad alimentaria pueden ser factores que impulsen el desplazamiento forzado y, a la inversa, que el desplazamiento forzado en los países en situaciones de conflicto armado puede tener efectos devastadores en la producción agrícola, la seguridad alimentaria y los medios de subsistencia de las comunidades desplazadas y sus comunidades de acogida, recuerda la prohibición relativa al desplazamiento de civiles en los conflictos armados y destaca la importancia de que se acate plenamente el derecho internacional humanitario y demás normas int ernacionales aplicables en este contexto. El Consejo de Seguridad reitera su compromiso de trabajar con el Secretario General para buscar todas las vías posibles a fin de prevenir y poner fin a los conflictos armados, entre otras cosas, abordando sus ca usas profundas subyacentes de manera inclusiva, integrada y sostenible mediante la promoción del diálogo, la mediación, las consultas, las negociaciones políticas y otros medios pacíficos, intensificando al mismo tiempo las actividades humanitarias,

subyacentes de manera inclusiva, integrada y sostenible mediante la promoción del diálogo, la mediación, las consultas, las negociaciones políticas y otros medios pacíficos, intensificando al mismo tiempo las actividades humanitarias, de des arrollo y de consolidación de la paz. El Consejo de Seguridad destaca la necesidad de que la asistencia humanitaria tenga en cuenta el género y la edad y siga respondiendo a las distintas necesidades de la población, velando por que esas necesidades se integren en la respuesta humanitaria, incluidos un apoyo adecuado, oportuno y fiable para salvar vidas, así como los planes de respuesta humanitaria de lasS/PRST/2020/6

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Naciones Unidas y los llamamientos humanitarios conexos diseñados para prestar asistencia a las perso nas más necesitadas de los países que se enfrentan a emergencias complejas en situaciones de conflicto armado. El Consejo de Seguridad alienta a las Naciones Unidas y a todos los interesados pertinentes, incluso asegurando la participación plena, efecti va y significativa de las mujeres, a que colaboren en apoyo de los países afectados por conflictos armados para reducir las necesidades, promover la recuperación a largo plazo, proteger los medios de vida, mejorar el acceso a los servicios básicos y foment ar la resiliencia de las poblaciones afectadas, en particular las que se encuentran en situaciones vulnerables, contribuyendo así al cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, incluidas la erradicación de la pobreza y la reducción del ri esgo de inseguridad alimentaria en situaciones de conflicto armado. El Consejo de Seguridad alienta a los Estados Miembros a que apoyen los

erradicación de la pobreza y la reducción del ri esgo de inseguridad alimentaria en situaciones de conflicto armado. El Consejo de Seguridad alienta a los Estados Miembros a que apoyen los sistemas de alerta temprana pertinentes para proporcionar a los gobiernos y los agentes humanitarios información oportuna, fiable, precisa y verificable en relación con la seguridad alimentaria, de modo que sea posible prever y adoptar medidas tempranas para prevenir y mitigar los efectos de una crisis alimentaria en el contexto de los conflictos armados, respetando al mismo tiempo la implicación de los países interesados. El Consejo de Seguridad alienta al Secretario General a que incorpore en sus informes sobre las situaciones de países concretos análisis que incluyan información desglosada por sexo y edad cuando se produzca el riesgo de hambruna originada por conflictos y de inseguridad alimentaria generalizada en los conflictos armados y expresa su intención de seguir prestando la debida atención a esa información, con inclusión de recomendaciones pertinentes pa ra evitar esos riesgos”.

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