ONU - Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes
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- Título
- ONU - Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes
- Autor
- ONU - Organización de Naciones Unidas
- Categoría
- Constitucional
- Área del derecho
- Migratorio
- Año
- —
A Naciones Unidas /RES/71/1 Distr. general Asamblea General 3 de octubre de 2016 Septuagésimo primer período de sesiones Temas 13 y 117 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de septiembre de 2016 [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/71/L.1)] 71/1. Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes La Asamblea General Aprueba el siguiente documento final de la reunión plenaria de alto nivel sobre la respuesta a los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes: Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes Nosotros, los Jefes de Estado y de Gobierno y altos representantes, reunidos en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York el 19 de septiembre de 2016 para examinar la cuestión de los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes, hemos aprobado la siguiente declaración política:
I. Introducción
1. La humanidad ha estado en movimiento desde los tiempos más antiguos.
Algunas personas se desplazan en busca de nuevas oportunidades económicas y nuevos horizontes. Otras lo hacen para escapar de los conflictos armados, la pobreza, la inseguridad alimentaria, la persecución, el terrorismo o las violaciones y abusos de los derechos humanos. Hay otras personas que se desplazan por los efectos adversos del cambio climático o de desastres naturales (algunos de los cuales pueden estar vinculados al cambio climático) u otros factores ambientales. Muchos se trasladan, de hecho, debido a varios de esos motivos.
2. Hemos examinado hoy la mejor manera en que la comunidad internacional
debe responder al creciente fenómeno mundial de los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes.
3. En la actualidad, estamos en presencia de una movilidad humana que ha alcanzado un nivel sin precedentes. Más personas que nunca viven un país distinto de aquel donde nacieron. En todos los países del mundo hay migrantes que, en su mayoría, se trasladan de un lugar a otro sin incidentes. El número de migrantes crece a un ritmo más rápido que el de la población mundial, y en 2015 ascendió a más de 244 millones. Sin embargo, hay aproximadamente 65 millones de personas desplazadas por la fuerza, de las cuales más de 21 millones son refugiados, 3 Publicado nuevamente por razones técnicas el 17 de octubre de 2016.
16-16163 (S) 1616163 A/RES/71/1 Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes millones solicitantes de asilo y más de 40 millones desplazados internos.
4. Al aprobar hace un año la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible1, reconocimos claramente la positiva contribución de los migrantes al crecimiento inclusivo y al desarrollo sostenible. Nuestro mundo es un lugar mejor gracias a esa contribución. Los beneficios y las oportunidades que ofrece la migración segura, ordenada y regular son considerables y a menudo se subestiman. En cambio, el desplazamiento forzoso y la migración irregular de personas en grandes movimientos suelen plantear problemas complejos.
5. Reafirmamos los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.
Reafirmamos también la Declaración Universal de Derechos Humanos2 y recordamos los principales tratados internacionales de derechos humanos.
Reafirmamos, y protegeremos plenamente, los derechos humanos de todos los refugiados y migrantes, independientemente de su condición; todos son titulares de derechos. En nuestra respuesta respetaremos plenamente el derecho internacional y el derecho internacional de los derechos humanos y, cuando proceda, el derecho internacional de los refugiados y el derecho internacional humanitario.
6. Aunque el trato que se les dispensa se rige por marcos jurídicos separados, los refugiados y los migrantes tienen los mismos derechos humanos universales y libertades fundamentales. Afrontan también muchos problemas comunes y tienen vulnerabilidades similares, incluso en el contexto de los grandes desplazamientos.
Cabe entender que el término “grandes desplazamientos” refleja una serie de consideraciones, entre ellas las siguientes: el número de personas que llegan; el contexto económico, social y geográfico; la capacidad de respuesta del Estado receptor; y las repercusiones de un desplazamiento de carácter repentino o prolongado. El término no abarca, por ejemplo, las corrientes habituales de migrantes de un país a otro. En los “grandes desplazamientos” pueden darse corrientes mixtas de personas, ya se trate de refugiados o migrantes, que se trasladan por motivos diferentes pero que pueden seguir rutas similares.
7. Los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes tienen ramificaciones políticas, económicas, sociales y humanitarias y para el desarrollo y los derechos humanos que traspasan todas las fronteras. Se trata de fenómenos mundiales que exigen enfoques y soluciones mundiales. Ningún Estado puede por sí solo gestionar esos desplazamientos. Los países vecinos o los de tránsito, en su mayoría países en
desarrollo, se ven afectados de manera desproporcionada y, en muchos casos, su capacidad se ha visto seriamente desbordada, lo que afecta la cohesión social y económica y el desarrollo propios. Además, las crisis de refugiados prolongadas se han vuelto habituales y tienen repercusiones a largo plazo para los propios afectados y para los países y las comunidades que los acogen. Se necesita una mayor cooperación internacional para ayudar a los países y las comunidades de acogida.
8. Expresamos nuestra profunda solidaridad y apoyo a los millones de personas que, en diferentes partes del mundo, por motivos que escapan a su control, se ven obligadas, junto con sus familias, a abandonar sus hogares.
9. Los refugiados y los migrantes involucrados en grandes desplazamientos de personas a menudo enfrentan un calvario desesperado. Muchos corren grandes riesgos al emprender viajes peligrosos a los que tal vez no sobrevivirán. Algunos se _______________ 1 Resolución 70/1. 2 Resolución 217 A (III).
2/27 Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes A/RES/71/1 ven obligados a emplear los servicios de grupos delictivos, incluidos los traficantes de personas, y otros pueden caer en manos de esos grupos o convertirse en víctimas de la trata. Incluso después de llegar a su destino, les esperan un recibimiento incierto y un futuro precario.
10. Estamos decididos a salvar vidas. El desafío que enfrentamos es, ante todo, moral y humanitario. Estamos decididos también a encontrar soluciones de largo plazo y sostenibles. Lucharemos con todos los medios a nuestro alcance contra los
abusos y la explotación que sufre el incontable número de refugiados y migrantes que se encuentran en situación vulnerable.
11. Reconocemos que compartimos la responsabilidad de gestionar los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes de manera humana, respetuosa, compasiva y centrada en las personas. Acometeremos esa tarea mediante la cooperación internacional, reconociendo al mismo tiempo que hay capacidades y recursos diversos para responder a esos movimientos. La cooperación internacional y, en particular, la cooperación entre los países de origen o nacionalidad, de tránsito y de destino, es ahora más importante que nunca; en este ámbito, una cooperación en la que todos salen ganando reporta beneficios considerables para la humanidad.
Los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes requieren un apoyo amplio en materia de políticas, asistencia y protección, en consonancia con las obligaciones que incumben a los Estados en virtud del derecho internacional. Recordamos también nuestra obligación de respetar plenamente sus derechos humanos y libertades fundamentales y destacamos que necesitan vivir su vida en condiciones de seguridad y dignidad. Nos comprometemos a apoyar a las personas afectadas actualmente, así como a quienes formen parte de grandes desplazamientos en el futuro.
12. Estamos decididos a abordar las causas profundas de los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes, entre otros medios intensificando las gestiones para prevenir las situaciones de crisis en las etapas iniciales, sobre la base de la diplomacia preventiva. También haremos frente a esas causas mediante la prevención y la solución pacífica de los conflictos, una mayor coordinación de las actividades de asistencia humanitaria, desarrollo y consolidación de la paz, la
promoción del estado de derecho en los planos nacional e internacional y la protección de los derechos humanos. De manera análoga, nos ocuparemos de los desplazamientos causados por la pobreza, la inestabilidad, la marginación y la exclusión y la falta de oportunidades económicas y de desarrollo, prestando especial atención a las poblaciones más vulnerables. Trabajaremos con los países de origen para reforzar su capacidad.
13. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Recordamos que las obligaciones que hemos contraído en virtud del derecho internacional prohíben todo tipo de discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Sin embargo, en muchas partes del mundo observamos, con gran preocupación, respuestas cada vez más xenófobas y racistas ante los refugiados y los migrantes.
14. Condenamos enérgicamente los actos y las manifestaciones de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia contra los refugiados y los migrantes, así como los estereotipos que se les suelen aplicar, especialmente los basados en la religión o las creencias. La diversidad enriquece a todas las sociedades y contribuye a la cohesión social. La demonización de los
3/27 A/RES/71/1 Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes refugiados o migrantes atenta gravemente contra los valores de dignidad e igualdad de todos los seres humanos que hemos prometido defender. Reunidos hoy en las
Naciones Unidas, el lugar donde nacieron y se custodian esos valores universales, lamentamos todas las manifestaciones de xenofobia, discriminación racial e intolerancia. Adoptaremos una serie de medidas para contrarrestar esas actitudes y comportamientos, en particular con respecto a los delitos motivados por prejuicios, el discurso de odio y la violencia racial. Acogemos con beneplácito la campaña mundial de lucha contra la xenofobia propuesta por el Secretario General y la llevaremos adelante en cooperación con las Naciones Unidas y todos los interesados pertinentes, de conformidad con el derecho internacional. La campaña pondrá de relieve, entre otras cosas, el contacto personal directo entre las comunidades de acogida y los refugiados y migrantes y resaltará las contribuciones positivas de estos últimos, así como nuestra humanidad común.
15. Invitamos al sector privado y a la sociedad civil, incluidas las organizaciones de refugiados y migrantes, a que participen en alianzas de múltiples interesados para apoyar los esfuerzos por cumplir los compromisos que asumimos hoy día.
16. En la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, prometimos que nadie se quedaría atrás. Declaramos que deseábamos ver cumplidos los Objetivos de Desarrollo Sostenibles y sus metas para todas las naciones y los pueblos y para todos los sectores de la sociedad. Afirmamos también que nos esforzaríamos por llegar primero a los más rezagados. Reafirmamos hoy los compromisos relacionados con las necesidades específicas de los migrantes o los refugiados. En la Agenda 2030 se plantea claramente, entre otras cosas, que facilitaremos la migración y la
movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas. Las necesidades de los refugiados, los desplazados internos y los migrantes se reconocen expresamente.
17. La implementación de todas las disposiciones pertinentes de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible permitirá reforzar la contribución positiva que hacen los migrantes al desarrollo sostenible. Al mismo tiempo, se podrán encarar muchas de las causas fundamentales de los desplazamientos forzosos, lo que ayudará a crear condiciones más favorables en los países de origen. Nos reunimos hoy, un año después de la aprobación de la Agenda 2030, decididos a aprovechar todo el pleno de la Agenda en favor de los refugiados y los migrantes.
18. Recordamos el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-20303 y sus recomendaciones sobre las medidas para mitigar los riesgos asociados a los desastres. Los Estados que han firmado y ratificado el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático4 acogen con beneplácito ese acuerdo y están comprometidos con su aplicación. Reafirmamos la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo5, incluidas las disposiciones que se aplican a los refugiados y los migrantes.
19. Tomamos nota del informe del Secretario General, titulado “En condiciones de seguridad y dignidad: respuesta a los grandes desplazamientos de refugiados y _______________ 3 Resolución 69/283, anexo II. 4 Véase FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21, anexo.
5 Resolución 69/313, anexo. 4/27 Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes A/RES/71/1 migrantes”6, preparado en cumplimiento de la decisión 70/539 de la Asamblea General, de 22 de diciembre de 2015, como parte de los preparativos de esta reunión de alto nivel. Si bien reconocemos que las conferencias siguientes concluyeron sin resultados acordados a nivel intergubernamental o tuvieron alcance regional, tomamos nota de la Cumbre Humanitaria Mundial, celebrada en Estambul (Turquía) los días 23 y 24 de mayo de 2016, la reunión de alto nivel sobre las cuestiones relativas al reparto de responsabilidades de todos los países y las vías de admisión de refugiados sirios, convocada por el Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y celebrada el 30 de marzo de 2016, la Conferencia de Apoyo a Siria y la Región, celebrada en Londres el 4 de febrero de 2016, y la conferencia sobre promesas de contribuciones para los refugiados somalíes, celebrada en Bruselas el 21 de octubre de 2015. Si bien reconocemos que las iniciativas siguientes tienen carácter regional y se aplican únicamente a los países que participan en ellas, tomamos nota de iniciativas regionales como el Proceso de Bali sobre el Tráfico Ilícito de Migrantes, la Trata de Personas y los Delitos Transnacionales Conexos, la Iniciativa de la Unión Europea y el Cuerno de África sobre Rutas Migratorias y la Iniciativa de la Unión Africana sobre la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito en el Cuerno de África (proceso de Jartum), el Proceso
de Rabat, el Plan de Acción de La Valetta y la Declaración y Plan de Acción del Brasil.
20. Reconocemos el gran número de personas desplazadas dentro de las fronteras nacionales y la posibilidad de que esas personas soliciten protección y asistencia en otros países como refugiados o migrantes. Observamos que es necesario reflexionar sobre estrategias eficaces para garantizar de manera apropiada la prestación de asistencia a los desplazados internos y su protección y para prevenir y reducir esos desplazamientos.
Compromisos
21. Hemos aprobado hoy una serie de compromisos que se aplican tanto a los refugiados como a los migrantes, así como conjuntos distintos de compromisos con respecto a los refugiados y los migrantes. Al asumirlos, tenemos en cuenta las distintas realidades, capacidades y niveles de desarrollo nacionales y respetamos las políticas y prioridades de cada país. Reafirmamos nuestra adhesión al derecho internacional y ponemos de relieve que la presente declaración y sus anexos habrán de aplicarse de manera compatible con los derechos y las obligaciones de los Estados en virtud del derecho internacional. Aunque algunos compromisos se aplican principalmente a un grupo, también pueden ser aplicables al otro grupo.
Además, si bien todos los compromisos están enmarcados en el contexto de los grandes desplazamientos que examinamos hoy, muchos pueden aplicarse también a la migración regular. En el anexo I de la presente declaración figura un marco de respuesta integral para los refugiados y se esbozan los pasos necesarios para concertar en 2018 un pacto mundial sobre la cuestión de los refugiados, mientras que en el anexo II se establecen medidas para concertar en 2018 un pacto mundial para la migración segura, ordenada y regular.
II. Compromisos que se aplican tanto a los refugiados como a los migrantes
22. Subrayando la importancia de adoptar un enfoque integral de las cuestiones pertinentes, garantizaremos que se dé a todas las personas que llegan a nuestros
_______________ 6 A/70/59. 5/27 A/RES/71/1 Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes países, en particular las que formen parte de grandes desplazamientos, ya sean refugiados o migrantes, una acogida rápida, respetuosa, humana y digna, que se centre en las personas y tenga en cuenta las cuestiones de género. Garantizaremos también el pleno respeto y la protección de sus derechos humanos y libertades fundamentales.
23. Reconocemos y atenderemos, de conformidad con las obligaciones que nos incumben en virtud del derecho internacional, las necesidades especiales de todas las personas que se encuentran en situación vulnerable y que participan en los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes, como las mujeres en situación de riesgo, los niños, especialmente los menores no acompañados o separados de sus familias, los miembros de minorías étnicas y religiosas, las víctimas de la violencia, las personas de edad, las personas con discapacidad, las personas que son objeto de discriminación por cualquier motivo, los pueblos indígenas, las víctimas de la trata de personas, y las víctimas de la explotación y los abusos cometidos en el contexto del tráfico ilícito de migrantes.
24. Reconociendo que los Estados tienen derechos y responsabilidades en la gestión y el control de sus fronteras, aplicaremos procedimientos de control de fronteras que sean conformes con las obligaciones aplicables en virtud del derecho
internacional, incluido el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional de los refugiados. Promoveremos la cooperación internacional en materia de gestión y control de las fronteras como un elemento importante de la seguridad de los Estados, incluidas las cuestiones relativas a la lucha contra la delincuencia organizada transnacional, el terrorismo y el comercio ilícito. Velaremos por que los funcionarios públicos y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que trabajan en las zonas fronterizas estén capacitados para respetar los derechos humanos de todas las personas que cruzan o tratan de cruzar las fronteras internacionales. Fortaleceremos la cooperación internacional en la gestión de las fronteras, incluso en lo que respecta a la capacitación y el intercambio de las mejores prácticas. Intensificaremos el apoyo en ese ámbito y contribuiremos al desarrollo de la capacidad, según proceda. Reafirmamos que, de conformidad con el principio de no devolución, las personas no deben ser devueltas a las fronteras. Reconocemos también que los Estados, al tiempo que respetan esas obligaciones y principios, tienen derecho a tomar medidas para impedir el cruce irregular de sus fronteras.
25. Procuraremos reunir información precisa sobre los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes. Asimismo, adoptaremos medidas para determinar correctamente sus nacionalidades y las razones de su desplazamiento. Tomaremos medidas para identificar a las personas que buscan protección internacional en calidad de refugiados.
26. Seguiremos protegiendo los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas en tránsito y después de su llegada. Destacamos la importancia
de atender, a su llegada, las necesidades inmediatas de las personas que se hayan visto expuestas a malos tratos físicos o psicológicos mientras se encontraban en tránsito, sin discriminación y con independencia de su condición jurídica o situación migratoria o de los medios de transporte que hayan empleado. Con ese fin, consideraremos la posibilidad de prestar el debido apoyo al desarrollo de la capacidad de los países receptores de grandes desplazamientos de refugiados y migrantes que lo soliciten.
27. Estamos decididos a hacer frente a los desplazamientos inseguros de refugiados y migrantes, en particular los desplazamientos de refugiados y migrantes
6/27 Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes A/RES/71/1 de carácter irregular. Lo haremos sin perjuicio del derecho a solicitar asilo. Lucharemos contra la explotación, el abuso y la discriminación que sufren muchos refugiados y migrantes.
28. Expresamos nuestra profunda preocupación por el gran número de personas que han perdido la vida en tránsito. Encomiamos los esfuerzos que se han hecho para rescatar a las personas en situación de peligro en el mar. Nos comprometemos a intensificar la cooperación internacional dirigida a fortalecer los mecanismos de búsqueda y salvamento. Trabajaremos también por mejorar la disponibilidad de datos exactos sobre el paradero de las personas y las embarcaciones abandonadas a su suerte en el mar. Además, reforzaremos nuestro apoyo a las labores de rescate en tierra a lo largo de rutas peligrosas o aisladas, y en primer lugar destacaremos los riesgos que entraña el uso de esas rutas.
29. Reconocemos que las mujeres y los niños son especialmente vulnerables
durante el viaje del país de origen al país de llegada y adoptaremos medidas para encarar esas vulnerabilidades. Las mujeres y los niños pueden verse expuestos a la discriminación y la explotación, así como al abuso sexual y los malos tratos físicos y psicológicos, la violencia, la trata de personas y las formas contemporáneas de esclavitud.
30. Alentamos a los Estados a que se ocupen de atender la vulnerabilidad al VIH y las necesidades de salud específicas de las poblaciones migrantes y móviles y de los refugiados y las poblaciones afectadas por crisis y adopten medidas para reducir el estigma, la discriminación y la violencia, y los alentamos también a que examinen las políticas sobre restricciones a la entrada de personas seropositivas, con miras a eliminar esas restricciones y la devolución de personas por su condición de seropositivas, y a que faciliten su acceso a servicios de prevención, tratamiento, atención y apoyo en relación con el VIH;
31. Nos aseguraremos de que en nuestras respuestas a los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes se incorpore la perspectiva de género, se promuevan la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas y se respeten y protejan plenamente los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
Lucharemos en la mayor medida posible contra la violencia sexual y por razón de género. Facilitaremos el acceso a servicios de atención de la salud sexual y reproductiva. Combatiremos las formas múltiples e interrelacionadas de discriminación contra las mujeres y niñas refugiadas y migrantes. Al mismo tiempo, reconociendo la importante contribución y el liderazgo de las mujeres en las
comunidades de refugiados y migrantes, trabajaremos para garantizar que participen de manera plena, fructífera y en pie de igualdad en la formulación de soluciones y oportunidades locales. Tomaremos en consideración las diferentes necesidades, vulnerabilidades y capacidades de las mujeres, las niñas, los niños y los hombres.
32. Protegeremos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los niños refugiados y migrantes, independientemente de su condición, teniendo en cuenta en todo momento el interés superior del niño como consideración principal.
Esto se aplicará en particular a los niños no acompañados y los que estén separados de sus familias; remitiremos su atención a las autoridades nacionales de protección de la infancia y otras autoridades competentes. Cumpliremos las obligaciones que nos incumben en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño7. Procuraremos proporcionar servicios básicos de salud, educación y desarrollo _______________ 7 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531. 7/27 A/RES/71/1 Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes psicosocial y servicios de inscripción de todos los nacimientos en nuestros territorios. Estamos decididos a asegurar que todos los niños estén estudiando en un plazo de unos meses después de su llegada, y daremos prioridad a las asignaciones presupuestarias que contribuyan a ese propósito, incluso mediante el apoyo a los países de acogida, según sea necesario. Nos esforzaremos por brindar a los niños refugiados y migrantes un entorno propicio para la plena realización de sus derechos y capacidades.
33. Reafirmando que todas las personas que han cruzado o tratan de cruzar las
fronteras internacionales tienen derecho a las debidas garantías procesales a la hora de evaluar su condición jurídica y de determinar si se les permite la entrada y si están autorizados a permanecer en el país, estudiaremos la posibilidad de revisar las políticas que penalizan los desplazamientos transfronterizos. Trataremos también de emplear medidas sustitutivas de la detención entretanto se realicen esas evaluaciones. Además, reconociendo que, a los efectos de determinar la situación migratoria, la detención raras veces o nunca redunda en el interés superior del niño, la utilizaremos únicamente como medida de último recurso, en el entorno menos restrictivo, durante el período más breve posible, en condiciones que respeten los derechos humanos de cada niño y de manera que se tenga en cuenta como consideración primordial el interés superior del niño, y trabajaremos para poner fin a esa práctica.
34. Reafirmando la importancia de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus dos protocolos pertinentes8, alentamos la ratificación de los instrumentos internacionales sobre la prevención y lucha contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, la adhesión a ellos y su aplicación.
35. Reconocemos que los refugiados y los migrantes que forman parte de grandes desplazamientos corren un mayor riesgo de ser víctimas de la trata de personas y de ser sometidos a trabajo forzoso. Combatiremos enérgicamente la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes con miras a su eliminación, incluso adoptando medidas selectivas encaminadas a identificar a las víctimas de la trata de personas o las personas que corran el riesgo de serlo, garantizando el pleno respeto de las
obligaciones que nos impone el derecho internacional. Prestaremos apoyo a las víctimas de la trata de personas. Trabajaremos para prevenir la trata de personas entre los desplazados.
36. Con miras a desarticular y eliminar las redes delictivas involucradas en esos actos, examinaremos nuestra legislación nacional para garantizar que sea conforme con las obligaciones que nos impone el derecho internacional en lo tocante al tráfico ilícito de migrantes, la trata de personas y la seguridad marítima. Pondremos en práctica el Plan de Acción Mundial de las Naciones Unidas para Combatir la Trata de Personas9. Estableceremos o mejoraremos, según proceda, las políticas nacionales y regionales de lucha contra la trata de personas. Hacemos notar iniciativas regionales como la Iniciativa de la Unión Africana sobre la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes en el Cuerno de África, el Plan de Acción Contra la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental, la Estrategia de la Unión Europea para Erradicar la Trata de Personas (2012-2016) y los Planes de Trabajo contra la Trata de Personas _______________ 8 Ibid., vols. 2225, 2237 y 2241, núm. 39574. 9 Resolución 64/293.
8/27 Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes A/RES/71/1 en el Hemisferio Occidental. Acogemos con satisfacción el fortalecimiento de la cooperación técnica en los planos regional y bilateral entre los países de origen, tránsito y destino para prevenir la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes y
procesar a los tratantes y contrabandistas.
37. Somos partidarios de que se adopte un enfoque que aborde los factores determinantes y las causas profundas de los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes, incluidos el desplazamiento forzoso y las crisis prolongadas, para, entre otras cosas, reducir la vulnerabilidad, combatir la pobreza, mejorar la autosuficiencia y la resiliencia, reforzar el nexo entre las cuestiones humanitarias y el desarrollo y mejorar la coordinación con las actividades de consolidación de la paz. Todo ello implicará coordinar las respuestas priorizadas a partir de una evaluación conjunta e imparcial de las necesidades y facilitar la cooperación entre los mandatos institucionales.
38. Adoptaremos medidas para proporcionar, sobre la base de la cooperación bilateral, regional e internacional, financiación para la asistencia humanitaria que sea suficiente, flexible, previsible y sistemática, para que los países y las comunidades de acogida puedan responder a las necesidades humanitarias inmediatas y a sus necesidades de desarrollo a más largo plazo. Es preciso subsanar los déficits de financiación para las actividades humanitarias, considerando la posibilidad de recurrir, según corresponda, a recursos adicionales. En ese sentido, esperamos que se establezca una cooperación estrecha entre los Estados Miembros, las entidades de las Naciones Unidas y otros agentes y entre las Naciones Unidas y las instituciones financieras internacionales como el Banco Mundial, cuando proceda. Aspiramos a contar con sistemas de financiación innovadores, instrument
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