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ONU - Resolución 80 19

ONU - Organización de Naciones Unidas

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Título
ONU - Resolución 80 19
Autor
ONU - Organización de Naciones Unidas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año

A/80/19

Naciones Unidas Informe del Comité Especial de Operaciones de Mantenimiento de la Paz

Período de sesiones sustantivo de 2026 (Nueva York, 16 de febrero a 13 de marzo de 2026)

Asamblea General Documentos Oficiales Octogésimo período de sesiones Suplemento núm. 19A/80/19Informe del Comité Especial de Operaciones de Mantenimiento de la Paz

Período de sesiones sustantivo de 2026 (Nueva York, 16 de febrero a 13 de marzo de 2026)

Asamblea General Documentos Oficiales Octogésimo período de sesiones Suplemento núm. 19

A/80/19

Naciones Unidas • Nueva York, 2026Nota Las signaturas de los documentos de las Naciones Unidas se componen de letras y cifras. La mención de una de tales signaturas indica que se hace referencia a un documento de las Naciones Unidas.26-03993 3/31

13 de marzo de 2026 Índice Capítulo Página

I. Introducción ................................ ................................ 4

II. Cuestiones de organización ................................ ................... 5

A. Apertura y duración del período de sesiones ................................ . 5

B. Asistencia ................................ ............................. 5

C. Elección de la Mesa ................................ ..................... 5

D. Programa y organización de los trabajos ................................ ..... 5

E. Documentació n ................................ ......................... 5

F. Deliberaciones del Comité ................................ ................ 5

III. Examen de los proyectos de propuestas y recomendaciones del Grupo de Trabajo

D. Programa y organización de los trabajos ................................ ..... 5

E. Documentació n ................................ ......................... 5

F. Deliberaciones del Comité ................................ ................ 5

III. Examen de los proyectos de propuestas y recomendaciones del Grupo de Trabajo Plenario ................................ ................................ ... 7

IV. Aprobación del informe a la Asamblea General en su octogésimo período de sesiones ... 8

V. Propuestas y recomendaciones del Comité Especial ............................... 9

A. Introducció n ................................ ........................... 9

B. Principios rectores, definiciones y cumplimiento de los mandatos ................ 10

C. Contexto general ................................ ........................ 11

D. Conducta del personal y las operaciones de mantenimiento de la paz ............. 11

E. Alianzas ................................ ............................... 13

F. Consolidación y sostenimiento de la paz ................................ .... 15

G. Desempeño y rendición de cuentas ................................ ......... 17

H. Política ................................ ................................ 20

I. Protección ................................ ............................. 23

J. Seguridad ................................ .............................. 25

K. Las mujeres, la paz y la seguridad ................................ .......... 29A/80/19

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Capítulo I Introducción

1. En virtud de su resolución 79/296 , la Asamblea General decidió que el Comité Especial de Operaciones de Mantenimiento de la Paz continuase, de conformidad con su mandato, el examen amplio de toda la cuestión de las operaciones de mantenimiento de la paz en todos sus aspectos.A/80/19

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Capítulo II Cuestiones de organización

A. Apertura y duración del período de sesiones

mantenimiento de la paz en todos sus aspectos.A/80/19

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Capítulo II Cuestiones de organización

A. Apertura y duración del período de sesiones

2. El Comité celebró su período de sesiones sustantivo de 2026 en la Sede, del 16 de febrero al 13 de marzo de 2026. Celebró cuatro sesiones plenarias (de la 284ª a la 287ª).

B. Asistencia

3. La asistencia al período de sesiones se refleja en la lista de participantes

(A/AC.121/2026/INF/4 ).

C. Elección de la Mesa

4. En su 284ª sesión, el Comité decidió posponer la elección de la Presidencia hasta que el nuevo Representante Permanente de Nigeria asumiera sus funciones en Nueva

York.

5. En la misma sesión, el Comité eligió por aclamación a los siguientes miembros

de la Mesa:

Vicepresidentes : Francisco Tropepi (Argentina)

Michael Gort (Canadá) Takayuki Iriya (Japón) Michał Miarka (Polonia)

Relator : Mohamed Soliman (Egipto)

D. Programa y organización de los trabajos

6. En su 284ª sesión, el Comité aprobó su programa provisional

(A/AC.121/2026/L.1 ), el programa de trabajo provisional ( A/AC.121/2026/L.2 ) y los métodos de trabajo en relación con su informe anual ( A/AC.121/2026/L.4 ).

7. En la misma sesión, el Comité estableció un grupo de trabajo plenario, presidido

métodos de trabajo en relación con su informe anual ( A/AC.121/2026/L.4 ).

7. En la misma sesión, el Comité estableció un grupo de trabajo plenario, presidido por Michael Gort (Canadá), para que examinara el contenido del mandato del Comité.

E. Documentación

8. La documentación del período de sesiones figura en el documento

A/AC.121/2026/INF/2 .

F. Deliberaciones del Comité

9. En sus sesiones 284ª a 286ª, que tuvieron lugar los días 18 y 19 de febrero, el Comité celebró un debate general. El registro de ponentes puede consultarse en

https://igov.un.org/a/c34/2026/5/meetings .A/80/19

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10. El 19 de febrero, el Grupo de Trabajo Plenario escuchó las exposiciones informativas de altos funcionarios de la Secretaría.

11. El Grupo de Trabajo y sus dos subgrupos se reunieron del 20 de febrero al 13 de marzo a fin de examinar los proyectos de recomendaciones del Comité.A/80/19

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Capítulo III Examen de los proyectos de propuestas y recomendaciones del Grupo de Trabajo Plenario

12. En su 287ª sesión, el Comité examinó las recomendaciones del Grupo de Trabajo Plenario y decidió incluirlas en el presente informe (véanse los párrs. 14 a 124) para someterlas a la consideración de la Asamblea General.A/80/19

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Capítulo IV Aprobación del informe a la Asamblea General en su octogésimo período de sesiones

someterlas a la consideración de la Asamblea General.A/80/19

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Capítulo IV Aprobación del informe a la Asamblea General en su octogésimo período de sesiones

13. En la 287ª sesión, el Relator presentó el proyecto de informe

(A/AC.121/2026/L.3 ), que el Comité aprobó.A/80/19

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Capítulo V Propuestas y recomendaciones del Comité Especial

A. Introducción

14. Al formular sus recomendaciones, el Comité Especial de Operaciones de Mantenimiento de la Paz reafirma los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas.

15. El Comité Especial rinde homenaje a los hombres y mujeres que han prestado y prestan servicio en operaciones de mantenimiento de la paz por su gran profesionalidad, dedicación y valor. Merecen especial homenaje quienes han sacrificado sus vidas por el man tenimiento de la paz y la seguridad.

16. El Comité Especial destaca la importancia del 29 de mayo, Día Internacional del Personal de Paz de las Naciones Unidas, como ocasión para rendir un homenaje anual en el Monumento a los Caídos (conocido también como el “Monumento al Personal de Paz de las N aciones Unidas”) a todos los hombres y mujeres que han prestado y prestan servicio en operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas por su gran profesionalidad, dedicación y valor, y para honrar la memoria de quienes han perdido la vida al servicio de la paz. A este respecto, el Comité Especial recomienda que, mediante contribuciones voluntarias, se levante un muro

Unidas por su gran profesionalidad, dedicación y valor, y para honrar la memoria de quienes han perdido la vida al servicio de la paz. A este respecto, el Comité Especial recomienda que, mediante contribuciones voluntarias, se levante un muro conmemorativo en el Monumento al Personal de Paz de las Naciones Unidas en la Sede y solicita que se estudien debidamente las co rrespondientes modalidades, como dejar inscritos los nombres de quienes han hecho el sacrificio supremo.

17. El Comité Especial reafirma que la responsabilidad primordial del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales recae en las Naciones Unidas, de conformidad con la Carta, y afirma que las operaciones de mantenimiento de la paz constituyen uno de los instrumentos fundamentales de que disponen las Naciones Unidas para cumplir con esa responsabilidad. El Comité Especial, único foro de las Naciones Unidas al que se ha encomendado el examen amplio de toda la cuestión de las operaciones de mantenimie nto de la paz en todos sus aspectos, incluidas las medidas destinadas a mejorar la capacidad de la Organización para llevar a cabo esas operaciones, es especialmente capaz de hacer una contribución importante a la política y las cuestiones relativas a dich as operaciones. El Comité Especial alienta a otros órganos, fondos y programas de las Naciones Unidas a que tengan en cuenta la perspectiva particular del Comité respecto de las operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. Por tanto, en calidad de órgano subsidiario de la Asamblea General, el Comité Especial recuerda que sus recomendaciones y conclusiones reflejan ante todo sus conocimientos especializados excepcionales en la esfera del mantenimiento de la paz.

18. Observando los esfuerzos sostenidos de las operaciones de mantenimiento de la

Asamblea General, el Comité Especial recuerda que sus recomendaciones y conclusiones reflejan ante todo sus conocimientos especializados excepcionales en la esfera del mantenimiento de la paz.

18. Observando los esfuerzos sostenidos de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas en distintas partes del mundo, que requieren la participación de los Estados Miembros en diversas actividades, el Comité Especial considera fundamenta l que las Naciones Unidas puedan mantener la paz y la seguridad internacionales de manera eficaz. A tal efecto se necesitan, entre otras cosas, una mayor capacidad para evaluar las situaciones de conflicto, una planificación y administración eficaces de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas y capacidad para cumplir con rapidez y eficacia cualquier mandato encomendado por el Consejo de Seguridad.

19. El Comité Especial subraya la importancia de que los principios y normas que ha fijado para el establecimiento y la realización de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas se apliquen de forma sistemática y destaca laA/80/19

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necesidad de seguir examinando metódicamente esos principios, así como las definiciones del mantenimiento de la paz. Las nuevas propuestas o condiciones relativas a las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas deben ser objeto de exame n detenido en el Comité Especial.

20. El Comité Especial, reconociendo la responsabilidad primordial del Consejo de Seguridad en la dirección y el control de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, solicita a la Secretaría que celebre, al inicio de su período de sesiones sustantivo, una reunión informativa oficiosa dedicada especialmente a las

Seguridad en la dirección y el control de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, solicita a la Secretaría que celebre, al inicio de su período de sesiones sustantivo, una reunión informativa oficiosa dedicada especialmente a las cuestiones operacionales sobre el terreno, incluida la evaluación por la Secretaría de la evolución de las operaciones de mantenimiento de la paz en curso.

21. El Comité Especial recuerda que las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas se llevan a cabo de conformidad con los capítulos pertinentes de la Carta. A este respecto, nada de lo contenido en el presente informe limita la responsabil idad fundamental del Consejo de Seguridad de mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.

22. El Comité Especial recuerda sus informes anteriores y reafirma que todas las recomendaciones contenidas en ellos siguen siendo válidas, a menos que sean sustituidas por las recomendaciones que figuran en el presente informe.

B. Principios rectores, definiciones y cumplimiento de los mandatos

23. El Comité Especial hace hincapié en que las operaciones de mantenimiento de la paz deben observar estrictamente los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas. Destaca que el respeto de los principios de soberanía, integridad t erritorial e independencia política de los Estados, así como la no intervención en los asuntos que son esencialmente de jurisdicción interna de los Estados, son elementos fundamentales de los esfuerzos mancomunados, entre ellos las operaciones de manten imiento de la paz, por promover la paz y la seguridad internacionales.

24. El Comité Especial estima que el respeto de los principios básicos del

Estados, son elementos fundamentales de los esfuerzos mancomunados, entre ellos las operaciones de manten imiento de la paz, por promover la paz y la seguridad internacionales.

24. El Comité Especial estima que el respeto de los principios básicos del mantenimiento de la paz, como el consentimiento de las partes, la imparcialidad y la no utilización de la fuerza salvo en caso de legítima defensa y en defensa de un mandato autorizado por el Consejo de Seguridad, es esencial para el éxito de las operaciones.

25. El Comité Especial opina que las operaciones de mantenimiento de la paz no eliminan la necesidad de abordar las causas profundas de los conflictos. Esas causas deben encararse de forma coherente, bien planificada, coordinada y exhaustiva utilizando instru mentos políticos, sociales y de desarrollo. Hay que plantearse cómo seguir llevando a cabo ininterrumpidamente esas actividades una vez que se ha retirado una operación de mantenimiento de la paz a fin de asegurar una transición sin contratiempos hacia una paz y una seguridad duraderas y hacia un desarrollo perdurable.

26. El Comité Especial sigue recalcando la importancia de proporcionar a las operaciones de mantenimiento de la paz mandatos, objetivos y estructuras de mando claramente definidos, recursos suficientes basados en una evaluación realista de la situación y una financiación segura para apoyar actividades encaminadas a resolver conflictos por medios pacíficos. El Comité Especial también subraya la necesidad de asegurar que en la formulación y la ejecución de los mandatos se asignen recursos suficientes, que hay a coherencia entre los mandatos y los recursos disponibles y que los objetivos sean factibles. El Comité hace hincapié en que, cuando se modifica un

asegurar que en la formulación y la ejecución de los mandatos se asignen recursos suficientes, que hay a coherencia entre los mandatos y los recursos disponibles y que los objetivos sean factibles. El Comité hace hincapié en que, cuando se modifica un mandato existente, deben ajustarse en consecuencia los recursos asignados a laA/80/19

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operación de mantenimiento de la paz para la ejecución del nuevo mandato. Los cambios en el mandato de una misión en curso deben basarse en una reevaluación completa y oportuna por parte del Consejo de Seguridad, realizada en consulta con los países que ap ortan contingentes y por conducto de los mecanismos prescritos en la resolución 1353 (2001) del Consejo y la nota de la Presidencia del Consejo de 14 de enero de 2002 ( S/2002/56 ).

27. El Comité Especial destaca que el Consejo de Seguridad tiene la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales, de conformidad con el Artículo 24 de la Carta.

28. El Comité Especial subraya que es necesario velar por la unidad de mando de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas y recuerda que la dirección política y el control generales de estas operaciones son competencia del Consejo de S eguridad.

C. Contexto general

29. Observando que en 2025 se celebraron debates entre sesiones, el Comité Especial acordó consolidar las secciones de su informe anual relativas al contexto general en una única sección que preceda a los ocho capítulos temáticos. El Comité Especial también ac ordó seguir renegociando el contexto general cada tres años, sobre

Especial acordó consolidar las secciones de su informe anual relativas al contexto general en una única sección que preceda a los ocho capítulos temáticos. El Comité Especial también ac ordó seguir renegociando el contexto general cada tres años, sobre la base del último texto acordado, en consonancia con la decisión que figuraba en el informe del Comité Especial sobre su sesión sustantiva de 2024 ( A/78/19 ).

30. El Comité Especial reafirma que los párrafos del contexto general en relación con la conducta del personal y las operaciones de mantenimiento de la paz; las alianzas; la consolidación y sostenimiento de la paz; el desempeño y la rendición de cuentas; la po lítica; la protección; la seguridad; y las mujeres, la paz y la seguridad del informe del Comité Especial sobre su período de sesiones sustantivo de 2021

(A/75/19 ) siguen siendo válidos, ya que no hay nada que los deje sin efecto en ninguno de sus informes posteriores.

D. Conducta del personal y las operaciones de mantenimiento de la paz

Propuestas y recomendaciones

31. El Comité Especial reitera que todo apoyo de la Organización a fuerzas de seguridad que no sean de las Naciones Unidas se preste en estricto cumplimiento de la política de diligencia debida en materia de derechos humanos en el contexto del apoyo de las Nac iones Unidas a fuerzas de seguridad ajenas a la Organización. A este respecto, el Comité solicita a las Naciones Unidas que refuercen las medidas de mitigación del riesgo y de rendición de cuentas cuando presten apoyo a fuerzas de seguridad ajenas a la s Naciones Unidas. El Comité solicita además a la Secretaría que siga velando por la aplicación efectiva de la política, incluso durante las transiciones

mitigación del riesgo y de rendición de cuentas cuando presten apoyo a fuerzas de seguridad ajenas a la s Naciones Unidas. El Comité solicita además a la Secretaría que siga velando por la aplicación efectiva de la política, incluso durante las transiciones de las misiones, y que facilite información actualizada sobre la aplicación de la política y las medid as adoptadas para subsanar las deficiencias detectadas en los procesos antes del próximo período de sesiones sustantivo.

32. El Comité Especial solicita a la Secretaría que le informe sobre las medidas que se adoptarán para seguir mejorando los mecanismos de presentación de informes sobre explotación y abusos sexuales, de modo que sean claros, sencillos y accesibles.

33. El Comité Especial destaca la importancia de que las investigaciones de los casos de explotación y abusos sexuales se lleven a cabo sin demora y pide a laA/80/19

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Secretaría que siga fomentando la capacidad de los investigadores de las Naciones Unidas para que puedan realizar investigaciones de manera eficaz. El Comité Especial destaca la importancia de que las investigaciones llevadas a cabo por los países que apor tan contingentes y fuerzas de policía sobre las denuncias de explotación y abusos sexuales sean rigurosas, transparentes y se realicen con celeridad. El Comité insta a los Estados Miembros a que sigan facilitando información actualizada a las Naciones Unid as, incluso a través de los mecanismos de presentación de informes del Secretario General, sobre el estado y resultados de dichas investigaciones, incluidas las medidas adoptadas para exigir responsabilidades a los autores y las medidas correctivas aplicad as.

34. El Comité Especial se compromete a velar por el cumplimiento de las normas

General, sobre el estado y resultados de dichas investigaciones, incluidas las medidas adoptadas para exigir responsabilidades a los autores y las medidas correctivas aplicad as.

34. El Comité Especial se compromete a velar por el cumplimiento de las normas más estrictas de conducta y disciplina entre todo el personal de las Naciones Unidas, lo que implica luchar contra la explotación y los abusos sexuales, así como apoyar a las víctim as de estos actos. El Comité Especial subraya la importancia de actuar con la diligencia debida y compartir información de manera oportuna para notificar a los Estados Miembros afectados a fin de preservar las pruebas, garantizar la precisión en la det erminación de los hechos y promover un seguimiento eficaz.

35. El Comité insta a que se adopten medidas rápidas y decisivas cuando existan pruebas fiables de explotación y abusos sexuales generalizados o sistémicos, incluso mediante el uso de los mecanismos financieros disuasorios existentes, como la suspensión de pag os a cualquier miembro de un contingente o unidad de policía constituida, o la rescisión de los contratos del personal civil, cuando se haya demostrado una denuncia fundamentada de explotación y abusos sexuales.

36. El Comité Especial recuerda la importancia de que todo el personal respete las más estrictas normas de conducta y disciplina en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, destaca que la reducción de las misiones puede dar lugar a un aumento de las denuncias de faltas de conducta, y subraya además que se deben procurar y priorizar los plazos de investigación eficientes y abordar eficazmente las conductas indebidas, incluidos la explotación y los abusos sexuales.

deben procurar y priorizar los plazos de investigación eficientes y abordar eficazmente las conductas indebidas, incluidos la explotación y los abusos sexuales. El Comité Especial solicita a la Secretaría que siga empleando mecanismos de prevención, rendición de cuentas, apoyo a las víctimas y asistencia a las transiciones dentro del marco de conducta y disciplina en estos contextos, y que informe al Comité Especial sobre las medid as concretas adoptadas al respecto.

37. El Comité recuerda que las cuestiones relacionadas con la conducta y la disciplina constituyen un componente esencial de la formación previa al despliegue y la capacitación en las misiones, obligatoria para todo el personal de mantenimiento de la paz, y su braya la necesidad de que dicha capacitación sirva para reforzar la política de tolerancia cero.

38. El Comité Especial sigue recomendando que la Secretaría vele por que se imparta una capacitación obligatoria, eficaz, supervisada y específica sobre la explotación y los abusos sexuales, y subraya que la capacitación, la sensibilización y la evaluación de riesgos son fundamentales para prevenir la explotación y los abusos sexuales. Para lograr este objetivo, el Comité Especial solicita a la Secretaría que garantice que solo se desplieguen contingentes que hayan presentado la certificación obligatoria pe rtinente al Secretario General, con la que se confirma que todos los efectivos militares y personal de policía han recibido capacitación y han sido sometidos al proceso de verificación de antecedentes y que ningún miembro del personal ha sido condenado o e stá siendo investigado o enjuiciado por un delito de carácter sexual o una violación del derecho internacional de los derechos humanos o

sometidos al proceso de verificación de antecedentes y que ningún miembro del personal ha sido condenado o e stá siendo investigado o enjuiciado por un delito de carácter sexual o una violación del derecho internacional de los derechos humanos o el derecho internacional humanitario. El Comité Especial alienta a la Secretaría y a todos los países que aportan conti ngentes y fuerzas de policía a compartir las mejores prácticas sobre la manera en que la formación continua puede prevenir la explotaciónA/80/19

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y los abusos sexuales. El Comité Especial subraya además que la capacitación y las campañas de sensibilización se deben diseñar de modo que desalienten la culpabilización de las víctimas y refuercen la rendición de cuentas. Además, el Comité Especial alien ta a las misiones a que organicen periódicamente sesiones de capacitación, evaluaciones in situ y seminarios de sensibilización sobre el terreno que complementen la capacitación obligatoria sobre explotación y abusos sexuales que se imparte a los contingen tes, las fuerzas de policía, el personal penitenciario y los civiles antes de su despliegue en misiones de las Naciones Unidas. Además, el Comité Especial observa que la explotación y los abusos sexuales pueden cometerse incluso a través de plataformas dig itales o virtuales y recomienda que la Secretaría ponga a disposición de todas las partes interesadas programas de sensibilización e instrucción para seguir reforzando los mecanismos de prevención en todo el sistema con los recursos disponibles y para desa lentar y prevenir tales actividades.

39. El Comité Especial destaca la importancia de los cursos de las Naciones Unidas

para seguir reforzando los mecanismos de prevención en todo el sistema con los recursos disponibles y para desa lentar y prevenir tales actividades.

39. El Comité Especial destaca la importancia de los cursos de las Naciones Unidas sobre la cultura, las normas y la ética a nivel local, y alienta a que se sigan realizando esfuerzos, con los recursos disponibles, para que dichos cursos estén orientados a los resultados, sean de alta calidad y tengan una duración adecuada. Cuando proceda, los cursos deberían ser impartidos por un miembro de la comunidad local y tener como objetivo mejorar el conocimiento de las normas, prácticas culturales y comportamiento s adecuados e inadecuados a nivel local con miras a facilitar las misiones de mantenimiento de la paz.

40. El Comité Especial solicita a la Secretaría que vele por que todas las misiones aumenten su eficiencia y mejoren la rendición de cuentas, entre otras cosas mediante una mayor supervisión y gestión del consumo de combustible. El Comité Especial observa adem ás que las iniciativas que puedan contribuir a la continuidad y eficiencia operacionales, incluido el uso de proyectos de energía solar en las misiones, pueden mejorar la protección de las fuerzas al reducir las dependencias logísticas relacionadas con el transporte de combustible, siempre en función de las necesidades operacionales y la eficiencia y eficacia en términos de costos.

E. Alianzas

Propuestas y recomendaciones

41. El Comité Especial aboga por un enfoque integral del mantenimiento de la paz, consciente de que las misiones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas rara vez operan de forma aislada y que resultan más eficaces cuando aprovechan las

41. El Comité Especial aboga por un enfoque integral del mantenimiento de la paz, consciente de que las misiones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas rara vez operan de forma aislada y que resultan más eficaces cuando aprovechan las ventajas compa rativas de las Naciones Unidas. El Comité Especial insta a que se coordinen de manera más coherente, estructurada y previsible las operaciones de mantenimiento de la paz y las organizaciones regionales y subregionales, según proceda. El Comité Especial rec omienda que dichos mecanismos requieran una planificación conjunta, que se actualice periódicamente y que estén concebidos para garantizar la continuidad de la colaboración a lo largo de todo el ciclo de vida de la misión, incluso durante las transiciones, respetando al mismo tiempo los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.

42. El Comité Especial alienta a la Secretaría a que promueva los contactos con las organizaciones regionales, subregionales e internacionales pertinentes para fortalecer las alianzas, haciendo hincapié en las dinámicas regionales y subregionales, el intercamb io de las mejores prácticas y directrices en materia de políticas y las lecciones aprendidas, la planificación coherente y la complementariedad operacional sobre el terreno, la mejora de los programas de capacitación y el fortalecimiento de las iniciat ivas de creación de capacidad, para asegurar que haya un entendimiento mutuo de las oportunidades y los problemas de colaboración en las operaciones deA/80/19

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paz. Además, el Comité Especial pide a la Secretaría que presente sugerencias sobre la manera de fomentar esa interacción antes de su próximo período de sesiones sustantivo.

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paz. Además, el Comité Especial pide a la Secretaría que presente sugerencias sobre la manera de fomentar esa interacción antes de su próximo período de sesiones sustantivo.

43. El Comité recuerda que los Estados Miembros pueden coordinar voluntariamente las ofertas y solicitudes de capacitación relacionadas con el mantenimiento de la paz empleando el sistema en línea del mecanismo de coordinación ligera, que no debe duplicar func iones conexas de las oficinas existentes en la Secretaría o en las redes regionales, si las hubiera, y anima a esos Estados Miembros a que utilicen este sistema; asimismo, alienta a que se dé a conocer dicho sistema y se facilite la respuesta de los Es tados Miembros a las ofertas y solicitudes, además de agilizar sus respuestas.

44. El Comité Especial reconoce la importancia de las iniciativas de capacitación multilaterales respaldadas por los Estados Miembros, como el Programa de Alianza Triangular, para mejorar la capacidad y preparación de los países que aportan contingentes y fuer zas de policía, y de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas. El Comité Especial toma nota de la continua expansión del Programa de Alianza Triangular, financiado con fondos extrapresupuestarios, y recuerda los avances logrado s, como la adaptación de la capacitación para responder a las amenazas y los retos sobre el terreno y la impartición de cursos de nivel avanzado. El Comité Especial solicita a la Secretaría que organice una exposición informativa sobre la evolución del Pro grama de Alianza Triangular y alienta a que se siga colaborando estrech

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