ONV Colombia - Inventario de informacion institucional sobre violencia por razones de sexo y genero
Observatorio Nacional de Violencia Colombia
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Detalles
- Título
- ONV Colombia - Inventario de informacion institucional sobre violencia por razones de sexo y genero
- Autor
- Observatorio Nacional de Violencia Colombia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad_Género_e_Inclusión
- Año
- —
de información institucional sobre violencia por razones de sexo y género Comité de Sistemas de Información del Mecanismo Articulador para el Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Sexo y Género Con el apoyo de:2 La erradicación de la violencia por razones de sexo y género es un paso fundamental para avanzar hacia una sociedad más justa, igualitaria y basada en la garantía de los derechos humanos. Para lograr esto, es necesario contar con datos precisos y actualizados que permitan evaluar su alcance y analizar su naturaleza compleja. Solo así será posible diseñar políticas y planes de acción basados en evidencia para la prevención y erradicación de la violencia por razones de sexo y género. A partir del Decreto 1710 de 2020, se adoptó el Mecanismo Articulador para el Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Sexo y Género, con el objetivo de establecer una estrategia de coordinación interinstitucional del orden nacional, departamental, distrital y municipal para el abordaje de esta problemática. Dentro de la estructura del Mecanismo se estableció el Comité de Sistemas de Información, integrado por 20 entidades, como la instancia encargada de generar procesos de gestión del conocimiento y el fortalecimiento de herramientas de captura de información sobre la violencia por razones de sexo y género. En este contexto, el Comité de Sistemas de Información del Mecanismo Articulador, en el marco de sus competencias, ha elaborado un inventario actualizado de los datos sobre violencia por razones de sexo y género con los que cuentan las entidades que lo conforman. El documento está dirigido a los Mecanismos de orden territorial, hacedores de políticas públicas, personas investigadoras, organizaciones de la sociedad civil y otros actores que requieran información
razones de sexo y género con los que cuentan las entidades que lo conforman. El documento está dirigido a los Mecanismos de orden territorial, hacedores de políticas públicas, personas investigadoras, organizaciones de la sociedad civil y otros actores que requieran información sobre esta problemática. De esta forma se busca proporcionar una herramienta de consulta que facilite el acceso a la información, su adecuada interpretación y promueva su aprovechamiento en la investigación y diseño de políticas y estrategias para la prevención y erradicación de la violencia por razones de sexo y género en Colombia. El documento se estructura en cinco secciones. En la primera se presenta el objetivo. La segunda sección contiene un marco conceptual general sobre la violencia por razones de sexo y género desde una perspectiva estadística. La tercera sección se enfoca en la importancia de contar con datos sobre está temática. En el cuarto apartado se detalla la información sobre violencia por razones de sexo y género que dispone cada una de las entidades que hacen parte del Comité. Finalmente, la quinta sección presenta el visor de datos del Sistema Integrado de Información sobre Violencias de Género – SIVIGE, como una herramienta práctica para el acceso a la información.3
Listado de abreviaturas ARN: Agencia para la Reincorporación y Normalización
CSJ: Consejo Superior de la Judicatura CTI: Cuerpo Técnico de Investigación de la Policía Nacional CPEM: Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer
CONPES: Consejo Nacional de Política Económica y Social
CIETI: Comité Interinstitucional de Erudición de Trabajo Infantil
DANE: Departamento Administrativo Nacional de Estadística
DDHH: Derechos Humanos
DIH: Derecho Internacional Humanitario
DNP: Departamento Nacional de Planeación
EEVV: Estadísticas Vitales del DANE
CIETI: Comité Interinstitucional de Erudición de Trabajo Infantil
DANE: Departamento Administrativo Nacional de Estadística
DDHH: Derechos Humanos
DIH: Derecho Internacional Humanitario
DNP: Departamento Nacional de Planeación
EEVV: Estadísticas Vitales del DANE ECSC: Encuesta de Convivencia y Seguridad Ciudadana del DANE ENDIREH: Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los
Hogares del INEGI de México
EPS: Encuesta de Pulso Social del DANE
EPM: Encuesta Pulso de la Migración del DANE FGN: Fiscalía General de la Nación GAHD: Grupo de Atención Humanitaria al Desmovilizado y Apoyo al
Sometimiento Individual a la Justicia
GEIH: Gran Encuesta Integrada de Hogares del DANE
ICBF: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
INMLCF: Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
INS: Instituto Nacional de Salud
IPOR: Índice de Probabilidad de Ocurrencia de Reclutamiento
MESECVI: Mecanismo de Seguimiento de la Convención Belem Do Pará
NNA: Niños, Niñas y Adolescentes
OCM: Observatorio Colombiano de las Mujeres4
ODS: Objetivos de Desarrollo Sostenible
OIT: Organización Internacional del Trabajo
OSIGD: Orientaciones Sexuales e Identidades de Género Diversas
ONV: Observatorio Nacional de Violencias
PND: Plan Nacional de Desarrollo
RNI: Red Nacional de Información
SAT: Sistema de Alertas Tempranas
SEN: Sistema Estadístico Nacional
SICLICO: Sistema de Información de Clínica y Odontología Forense
SIEDCO: Sistema de Información Estadístico, Delincuencial, Contravencional y Operativo
SIERJU: Sistema de Información Estadística de la Rama Judicial
SIJIN: Seccional de Investigación Judicial de la Policía Nacional
SINERGIA: Sistema Nacional de Evaluación de Gestión y Resultados
SIRDEC: Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres SIRITI: Sistema de Información Integrado para la Identificación, Registro y Caracterización del Trabajo Infantil y sus Peores Formas
SISPRO: Sistema Integrado de Protección Social
SIUCE: Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar
SIVIGE: Sistema Integrado de Información sobre Violencia de Género SIVIGILA: Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Publica SNARIV: Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas
SNIDH: Sistema Nacional de Información de Derechos Humanos y DIH SPOA: Sistema Penal Oral Acusatorio UARIV: Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas
UPGD: Unidades Primarias Generadoras de Datos
VBG: Violencia Basada en GéneroÍndice
1. Objetivo del documento ...................................................................................................................................7
2. Marco conceptual ...............................................................................................................................................8
3. Información estadística sobre violencia por razones de sexo y género.....................................16
4. Sistemas de información de cada entidad...........................................................................................17
5. Visor del Sistema Integrado de Información sobre Violencia de Género................................52
Referencias ..................................................................................................................................................................55 4.1. Agencia para la Reincorporación y la Normalización....................................................18 4.2. Consejería Presidencial para los Derechos Humanos...................................................18 4.3. Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer.....................................................20 4.4. Consejo Superior de la Judicatura...........................................................................................21 4.5. Defensoría del Pueblo....................................................................................................................22
4.3. Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer.....................................................20 4.4. Consejo Superior de la Judicatura...........................................................................................21 4.5. Defensoría del Pueblo....................................................................................................................22 4.6. Departamento Administrativo Nacional de Estadística..............................................24 4.7. Departamento Nacional de Planeación................................................................................29 4.8. Fiscalía General de la Nación......................................................................................................31 4.9. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.......................................................................32 4.10. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.........................................33 4.11. Instituto Nacional de Salud.........................................................................................................36 4.12. Ministerio de Educación Nacional...........................................................................................37 4.13. Ministerio de Justicia y del Derecho......................................................................................39 4.14. Ministerio de Salud y Protección Social................................................................................39 4.15. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones......................41 4.16. Ministerio del Trabajo.....................................................................................................................44 4.17. Policía Nacional de Colombia....................................................................................................42 4.18. Procuraduría General de la Nación........................................................................................43 4.19. Unidad Administrativa Especial Migración Colombia...................................................46 4.20. Unidad para la Atención y Reparación integral a las víctimas................................487 Disponer de un inventario actualizado de la información sobre violencia por razones de sexo y género que es capturada por las entidades que integran el Comité de Sistemas de Información del Mecanismo Articulador, para facilitar su comprensión, garantizar su uso adecuado y promover su aprovechamiento. 1. Objetivo del documento8 En esta sección se recopilan conceptos relevantes para la gestión del conocimiento sobre la violencia por razones de sexo y género. Por tanto, incluye los conceptos concertados previaadecuado y promover su aprovechamiento. 1. Objetivo del documento8 En esta sección se recopilan conceptos relevantes para la gestión del conocimiento sobre la violencia por razones de sexo y género. Por tanto, incluye los conceptos concertados previamente por la mesa técnica del Sistema Integrado de Información sobre Violencias de Género (SIVIGE) 1 , así como algunas consideraciones que se deben tener en cuenta desde la perspectiva estadística.
Sexo: De acuerdo con el SIVIGE (2016), “desde la perspectiva biológica, el sexo se refiere a las características genéticas, endocrinas y morfológicas del cuerpo. Las categorías utilizadas para clasificar estas características en los seres humanos son hombre, mujer e intersexual“ (p.70).
En el análisis de datos, la variable sexo es la mínima condición para poder efectuar análisis de brechas de género referidos a la comparación entre hombres y mujeres. Por tanto, “siempre que se trate de una operación estadística cuya unidad de análisis sea la persona, debe incluirse la variable sexo (hombre, mujer), esto permitirá realizar análisis con enfoque de género al desagregar los datos, cruzando con otra información relevante de la operación o instrumento” (DANE, 2020). Además, dependiendo de las variables que considere la operación estadística para la inclusión del enfoque de género, en ciertas circunstancias es recomendable incluir el concepto de sexo al nacer abordando además la categoría intersexual, indeterminado u otro de manera adicional a las categorías hombre y mujer 2.
Hombre: El SIVIGE (2016), define a los hombres como “personas cuyas características gené- ticas, morfológicas y endocrinas le identifican como macho, según la clasificación biológica de la especie humana” p. 70.
Hombre: El SIVIGE (2016), define a los hombres como “personas cuyas características gené- ticas, morfológicas y endocrinas le identifican como macho, según la clasificación biológica de la especie humana” p. 70.
Mujer: El SIVIGE (2016), define a las mujeres como “personas cuyas características genéticas, morfológicas y endocrinas le identifican como hembra, según la clasificación biológica de la especie humana” p.70.
Intersexual: Según el SIVIGE (2016), corresponde a “personas que presentan simultáneamente características genéticas, congénitas, endocrinas o morfológicas de hembra y machos” p.70.
Género: “Se comprende como un estructurador social que precisa la construcción de roles, valoraciones, estereotipos e imaginarios asociados a lo masculino y lo femenino, y las relaciones de poder que de estos se desprenden y se exacerban con otras formas de desigualdad.
Estas construcciones sociales difieren entre sociedades, culturas y se transforman en el tiem2. 1 Marco conceptual disponible en: https:/ /www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/PP/sivige-documento.pdf 2 Para profundizar en la captura de esta variable puede consultar la Guía la Inclusión del Enfoque Diferencial e Interseccional en el Sistema Estadístico Nacional del DANE (Disponible en: disponible en: https:/ /www.dane.gov.co/files/investigaciones/genero/guia-inclusion-e que-difencias-intersecciones-produccion-estadistica-SEN.pdf) Marco Conceptual9 po y parten de expectativas colectivas de género que se modifican dependiendo de la condición de clase, el periodo del curso de vida y el lugar que ocupen los sujetos sociales en el ordenamiento socio-racial. Las discriminaciones por razones de género permean las estructuras sociales, culturales, económicas y políticas; y tienen impactos individuales, comunitarios y colectivos” (SIVIGE, 2016, p.61). Complementariamente, el DANE (2020) considera al género como “los roles, las características y oportunidades definidos por la sociedad que se consideran apropiados para los hombres, las mujeres, los niños, las niñas y las personas con identidades no binarias. El género es también producto de las relaciones entre las personas y puede reflejar la distribución de poder entre ellas. No es un concepto estático, sino que cambia con el tiempo y el lugar. Cuando las personas o los grupos no se ajustan a las normas (incluidos los conceptos de masculinidad o feminidad), los roles, las responsabilidades o las relaciones relacionadas con el género, suelen ser objeto de estigmatización, exclusión social y discriminación, todo lo cual puede afectar negativamente a la salud. El género interactúa con el sexo biológico, pero es un concepto distinto” (p.31).
Identidad de género: “Hace referencia a la vivencia individual y personal del género. Es independiente del sexo asignado al momento del nacimiento. Incluye la vivencia personal del cuerpo, que puede o no involucrar transformaciones corporales escogidas libremente” (DANE, 2020). Para fines estadísticos, la captura de información sobre identidad de género requiere la incorporación de la pregunta sexo al nacer o sexo asignado al nacer y no solo sexo, con el fin de poder realizar cruces posteriores en el procesamiento 3.
2020). Para fines estadísticos, la captura de información sobre identidad de género requiere la incorporación de la pregunta sexo al nacer o sexo asignado al nacer y no solo sexo, con el fin de poder realizar cruces posteriores en el procesamiento 3. Vale la pena precisar que las variables de orientación sexual e identidad de género son de reciente inclusión en la producción estadística y sus metodologías se encuentran aún en estado exploratorio, por lo cual no se han estandarizado en todas las operaciones estadísticas y es recomendable su evaluación permanente, de manera que se puedan asegurar los mínimos lineamientos metodológicos para garantizar calidad de la información y la protección de los derechos humanos de la población que proporciona la información (DANE, 2020). Por ejemplo, teniendo en cuenta la Sentencia T-033 de 2022, el DANE modificó la pregunta sobre identidad de género en la Gran Encuesta Integrada de Hogares - GEIH, incorporando la opción de respuesta no binario.
Orientación sexual: “Se refiere a la atracción afectiva, erótica o sexual de una persona hacia otras, según el sexo de las personas hacia las que se orienta el deseo” (SIVIGE, 2016, p.61).
La captura de información sobre orientación sexual puede variar entre operaciones estadísticas pues, como se comentó antes, aún no se ha estandarizado las preguntas, variables y categorías para su recolección 4 .
Violencia de género: “Según el artículo 11 de la Ley 1719 de 2014, se entiende por violencia el
3 Puede profundizar en la captura de esta variable en la Guía la Inclusión del Enfoque Diferencial e Interseccional en el Sistema Estadístico Nacional del DANE (Disponible en: https:/ /www.dane.gov.co/files/investigaciones/genero/guia-inclusion-enfoque-difencias-intersecciones-produccion-estadistica-SEN.pdf) 4 Puede profundizar en la captura de esta variable en la Guía la Inclusión del Enfoque Diferencial e Interseccional en el Sistema Estadístico Nacional del DANE (Disponible en: https:/ /www.dane.gov.co/files/investigaciones/genero/guia-inclusion-enfoque-difencias-intersecciones-produccion-estadistica-SEN.pdf)10 uso de la fuerza; la amenaza del uso de la fuerza; la coacción física, sexual o psicológica, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación; la detención ilegal; la opresión psicoló- gica; el abuso de poder; la utilización de entornos de coacción y circunstancias similares que impidan a la víctima dar su libre consentimiento. Las violencias basadas en género conciernen a cualquier acción o conducta que se desarrolle a partir de las relaciones de poder asimétricas basadas en el género que sobrevaloran lo relacionado con lo masculino y subvaloran lo relacionado con lo femenino” (SIVIGE, 2016, p.60) 5 .
Violencia contra las mujeres: “Cualquier acción u omisión que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado” (Ley 1257 de 2008).
las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado” (Ley 1257 de 2008). Clasificación de las violencias de género: De acuerdo con el SIVIGE (2016), las violencias de género se pueden clasificar de múltiples formas, por ejemplo, de acuerdo con las características de las violencias, características de la víctima, ámbito en el que suceden, características de la persona agresora y ubicación geográfica del hecho. 5 El documento del SIVIGE (2016) incluye la siguiente nota explicativa: “Entendiendo género como un estructurador social que determina la construcción de roles, valoraciones, estereotipos e imaginarios asociados a lo masculino y lo femenino, y las relaciones de poder que de estos se desprenden y se exacerban con otras formas de desigualdad. Estas construcciones sociales difieren entre sociedades, culturas y se transforman en el tiempo y parten de expectativas colectivas de género que se modifican dependiendo de la condición de clase, el periodo del curso de vida y el lugar que ocupen los sujetos sociales en el ordenamiento socio-racial. Las discriminaciones por razones de género permean las estructuras sociales, culturales, económicas y políticas; y tienen impactos individuales, comunitarios y colectivos.” Según las características de la violencia, esta se puede clasificar en violencia psicológica, sexual, física o económica. Ilustración 1. Clasificación general de las violencias de género
Fuente: SIVIGE, 2016
Violencias de Género Según el ámbito de la violencia Según características de la persona agresora Según características de la violencia Según características de la víctima Según la zona
Violencias de Género Según el ámbito de la violencia Según características de la persona agresora Según características de la violencia Según características de la víctima Según la zona geográfica de ocurrencia11 Ilustración 2. Clasificación de las violencias de género, según sus características
Fuente: SIVIGE, 2016
Psicológica Sexual Física Económica Violencias de Género según sus características Violencia psicológica: “Este tipo de violencia es entendida como toda aquella acción u omisión dedicada a degradar o controlar acciones, comportamientos, decisiones y creencias de otras personas mediante cualquier conducta que involucre perjuicio, afectaciones en la salud psicológica, mental, la autodeterminación, la percepción de sí mismo o el desarrollo personal”
(SIVIGE, 2016, p.67).
Violencia sexual: “Es todo aquel acto o comportamiento de tipo sexual que se ejerce sobre una persona a través de la fuerza; la amenaza del uso de la fuerza; la coacción física, psicológica o económica; o cualquier otro mecanismo que suprima o limite la voluntad personal aprovechando las situaciones y condiciones de desigualdad; y las relaciones de poder existente entre la víctima y el agresor” (SIVIGE, 2016, p.67).
Violencia física 6: Según SIVIGE (2016), “es cualquier acto de agresión, por medio del uso de la fuerza o cualquier otro mecanismo, que pueda ocasionar daños físicos internos o externos a la persona agredida y pone en riesgo o disminuye su integridad corporal” p.68.
fuerza o cualquier otro mecanismo, que pueda ocasionar daños físicos internos o externos a la persona agredida y pone en riesgo o disminuye su integridad corporal” p.68. 6 El documento del SIVIGE (2016) incluye la siguiente nota explicativa: “En el interior de este tipo de violencia se incluyen golpizas, empujones, sacudidas, estrujones, agresiones con objetos o con líquidos, ácidos, álcalis, sustancias similares o corrosivas que ocasionen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano”.12 Violencia económica 7:SIVIGE (2016) lo define como “cualquier acto que desconozca o limite el derecho a los ingresos, a la propiedad, y disfrute de bienes y servicios, que tiene una persona, o que arremete contra otros derechos económicos de la víctima aprovechando situaciones y condiciones de desigualdad, y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”.
Acoso sexual: El Código Penal, en el artículo 210 A, tipifica el acoso sexual como toda conducta realizada por una persona que “en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona”.
Feminicidio: se refiere al asesinato de una mujer por el hecho de serlo, el final de un continuum de violencia y la manifestación más brutal de una sociedad patriarcal. Este fenómeno ha sido clasificado según la relación entre víctima y victimario en cuatro categorías: I) Femininuum de violencia y la manifestación más brutal de una sociedad patriarcal. Este fenómeno ha sido clasificado según la relación entre víctima y victimario en cuatro categorías: I) Feminicidio de pareja íntima, II) Feminicidio de familiares, III) Feminicidio por otros conocidos y IV) Feminicidio de extraños, todos estos atravesados por las diferentes opresiones que viven las mujeres día a día.
El feminicidio hace parte de las múltiples y complejas violencias contra las mujeres, y no puede entenderse sólo como un asesinato individual, sino como la expresión máxima de esa violencia, en la que el sometimiento a los cuerpos de las mujeres y extinción de sus vidas tiene por objetivo mantener la discriminación y la subordinación de todas (ONU Mujeres, s.f.). En Colombia la Ley 1761 de 2015 tipifica el feminicidio como un delito autónomo. En el artículo 2, que modificó el artículo 104A de la Ley 599 de 2000, establece que quien causare la muerte a una mujer, por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género o en donde haya concurrido o antecedido las circunstancias enlistadas en la Ley, incurrirá en prisión de doscientos cincuenta (250) meses a quinientos (500) meses (Función pública, 2015). Violencia basada en género en el ámbito laboral: De acuerdo con el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la violencia y acoso en el mundo del trabajo hace referencia a un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida,
referencia a un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, incluyendo la violencia y el acoso por razón de género (Art. 1). En el Convenio la OIT reconoce el derecho de todas las personas a un entorno de trabajo libre de violencias y acoso, incluyendo la violencia basada en el género. La violencia y el acoso obstaculizan la igualdad de oportunidades y no son compatibles con el trabajo decente ni con la responsabilidad que tienen los/as empleadores/as de fomentar la tolerancia cero a las conductas constitutivas de acoso laboral. La violencia y el acoso en el ámbito laboral ocurren durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado de este. Por ejemplo, 7 El documento del SIVIGE (2016) incluye la siguiente nota explicativa: “A este tipo de violencia se incorpora pérdida, transformación, sustracción, destrucción, retención u ocultamiento de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores. Esta modalidad de violencia se puede ejercer por medio del hurto, del fraude o la destrucción de objetos de la víctima. Se da, por ejemplo, en aquellos casos en que se hurta o se dispone del salario de la víctima o de las herencias recibidas por esta, o cuando se coarta el derecho de las mujeres al trabajo y la generación de ingresos. También se presenta cuando, como
consecuencia de la violencia generalizada en el marco del conflicto armado interno, o por ser víctima directa de violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario por parte de un grupo armado, una persona se ve forzada a abandonar su tierra y demás propiedades o es despojada de ellas”.13 z En el lugar de trabajo, inclusive en los espacios públicos y privados de un lugar de trabajo. z En los lugares donde se paga al trabajador/a, donde éste/esta toma su descanso, donde come, en instalaciones sanitarias o de aseo y en los vestuarios. z En los desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales o de formación relacionados con el trabajo. z En el marco de las comunicaciones que estén relacionadas con el trabajo, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información y de la comunicación. z En el alojamiento proporcionado por el/la empleador/a. z En los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo. Tomado como referencia algunas investigaciones realizadas en Colombia en la materia, los tipos de violencia que se presentan en el ámbito laboral pueden clasificarse así (FES,2022): Física, psicológica, económica y patrimonial, sexual y simbólica (la que reproduce dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de las mujeres y de otras comunidades en condiciones de desventaja). Acoso sexual en el ámbito laboral: Toda conducta que no sea deseada, que genere un ambiente intimidatorio y que sea de naturaleza sexual o discriminatoria por su sexo o género en el lugar de trabajo. El acoso sexual es una violación de los derechos fundamentales de las y los trabajadores, y constituye un problema de salud y seguridad en el trabajo. Para abordar de manera integral el acoso sexual laboral es necesario vincular elementos como violencias
el lugar de trabajo. El acoso sexual es una violación de los derechos fundamentales de las y los trabajadores, y constituye un problema de salud y seguridad en el trabajo. Para abordar de manera integral el acoso sexual laboral es necesario vincular elementos como violencias contra las mujeres o discriminación debido al género, ya que las situaciones de esta índole se desarrollan en mayor proporción hacia las mujeres y población LGBTIQ+. Según la OIT las personas más vulnerables del acoso sexual son las mujeres jóvenes, económicamente dependientes e inmigrantes. Respecto a los hombres, son más vulnerables los jóvenes, homosexuales e integrantes de grupos minoritarios étnicos. La OIT ha establecido cuatro modalidades a través de las cuales se puede presentar el acoso sexual laboral: chantajes, comportamientos verbales, comportamientos físicos y comportamientos no verbales. z Chantaje sexual en el ámbito laboral: Bajo esta modalidad se identifica un abuso de la autoridad, produciéndose una situación en la que la negativa del acosado/a frente a una conducta de naturaleza sexual, se utiliza explícita o implícitamente como base para una decisión que afecta al acceso de la persona a la formación profesional, al empleo continuado, a la promoción, al salario o cualquier otra decisión sobre el empleo. z Comportamientos verbales indeseados en el ámbito laboral: Llamadas, mensajes, cartas, invitaciones, chistes, piropos, insultos, comentarios, conversaciones no deseadas e intimidatorias con contenido sexual y/o discriminatorio debido al sexo o género, como rumores e información privada de las personas de orden sexual, en un contexto laboral. z Comportamientos no verbales indeseados en el ámbito laboral: Miradas, gestos lascivos, muecas, imágenes, fotografías, ilustraciones no deseadas e intimidatorias con conrumores e información privada